Como inscribir carabina de 2ª mano

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Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por gerbaro » 14 Ene 2017 01:04

¡¡¡ Mecachisss...!!! Iba " bastante decentemente hasta el último párrafo, "( fijaos que no "bien", no os lo perdáis. ¡¡Qué fuerte!! ), pero al llegar ahí, vuelvo "a meter la pata de nuevo". No, en serio, están muy bien las críticas del compañero, éso nos motiva a mirar con lupa lo que se cuelga en el hilo, y ello va en beneficio de todos ¿No os parece?. Así que vamos de nuevo con este "último párrafo".

Queda claro que cada ayuntamiento es un mundo en cuanto a normativas propias; pero como las variables posibles no son infinitas, yo os he transmitido el modo de actuación del mío, por si fuera de utilidad. En mi ayuntamiento, si vas TDA en mano dispuesto a dar de baja tu arma ya vendida, muy cortesmente te indicarán que " éso aquí no se recoje", y amablemente te remitirán a la cercana IA, donde te la admitirán sin decir ni "mu". Ah, pero si de lo que se trata es de dar alta un arma de segunda,junto con la baja del anterior propietario cuya TDA aportas, entonces sí que te la admitirán ( auque sea de un titular de otro munincipio, ya véis ) y la tramitarán junto con el tríptico de alta, que el propio Ayuntamiento aporta, como ya comenté. Y sin pago alguno. Por eso indicaba que la TDA del vendedor "TAMBIËN puede ser aportada por el comprador al solicitar el alta". Yo lo veo claro ¿Vosotros no?.

La idea de todo ésto es que os quedéis con la "música" de la copla, que " la responsabilidad de la baja corresponde al vendedor. ",como indiqué. La "letra" la pondrá ,en último grado,el ayuntamiento de cada uno; de modo que, ante una baja, es recomendable contactar con la Oficina de Atención Ciudadana, donde indicarán a cada interesado el punto de recogida que corresponda.

Bueno, compañeros, espero que ahora sí quede todo definitivamente aclarado. ( Pero ya veréis como aún no, si no al tiempo...).

Un saludo a todos.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por abranchadell » 13 Ene 2017 09:29

Pues no, NO está bien. Ibas bastante decentemente hasta el último párrafo, pero ahí ya vuelves a meter la pata de nuevo. No sé de dónde te sacas ese art. 94, desde luego del Reglamento de Armas no, pues el que regula el tema de las tarjetas es el 105, y no tiene nada que ver con lo que tú expones. La G.C. no da ninguna baja ni tampoco ninguna alta, ni tiene ninguna competencia con las armas de la 4ª categoría, la expedición y retirada de las tarjetas de armas compete única y exclusivamente a los alcaldes de cada municipio, por lo que todo lo que indicas en este párrafo es falso. Desde el Ayuntamiento, únicamente se traslada a la I.A. correspondiente, un ejemplar de la tarjeta de armas a efectos informativos, la cual se custodia en el expediente personal de cada titular. Nada más.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por gerbaro » 12 Ene 2017 17:15

Al final, con tanta info contradictoria, pienso que más de uno se habrá hecho un lío, y seguirá sin saber si la dichosa TDA es exigible o no, y en que circunstancias. A raíz de una reciente visita a Intervención de Armas de mi localidad,por otro motivo, aproveché para aclarar el tema de "1ª mano", que ahora comparto con vosotros.

Para la tenencia y uso de un arma de aire DENTRO del propio domicilio,queda confirmado que no se exige documentación de ningún tipo. Y por domicilio la normativa entiende no sólo la propia vivienda, sino también cualquier patio exterior o jardín circundante,perteneciente a la vivienda. De modo que, ante la denuncia de cualquier vecino alarmado por el tiroteo, fuera de las "horas de silencio", la subsiguiente llegada de la poli para investigar el tema no nos supondrá ningún trastorno. Eso queda claro.

Para el transporte y/o uso FUERA del domicilio pero DENTRO del propio munincipio (aunque sea para ir a la armería de la esquina), también quedó claro que se precisa la TDA. Sin embargo, para el uso y/o transporte en OTRO munincipio diferente al que estamos empadronados, que es el único que puede expedirla, existe un "vacío legal": la normativa no indica nada al respecto. La interpretación que aplica la GC en este caso, es permitir también el uso del arma en recintos autorizados por este 2º Ayuntamiento, y su desplazamiento por cualquier munincipio distinto del propio, siempre que el arma se transporte en su funda, sin el cargador puesto y sin munición en la recámara, igualmente con la TDA más el DNI del propietario. Así que tranquilos también ante este "vacío legal",siempre que se posea la tarjeta en cuestión.

Pero para el transporte y/o uso en un otro país, Schëngen o no, la cosa cambia: es preciso declarar y presentar el arma, junto con su TDA, en la aduana correspondiente. La policía de ese país extenderá la documentación adicional que sea necesaria,si autoriza la entrada...o retendrá el arma hasta la vuelta en caso contrario. Dependerá del país.

En cuanto al trámite para la obtención de la dichosa tarjeta, también quedó claro que varía según el ayuntamiento. Así que ,antes de presentar la solicitud, es aconsejable contactar con la Oficina de Atención Ciudadana, que nos informará sobre la documentación a aportar junto con la solicitud, como ya comentamos.

Y por último, ante un cambio de titularidad, el art.94 indica que "la GC recogerá la tarjeta del vendedor para darla de baja"; y aunque añade que "TAMBIËN puede ser aportada por el comprador al solicitar el alta", la responsabilidad de la baja corresponde al vendedor. Si no se diese de baja, ante un percance, el vendedor negligente será responsable subsidiario; es decir, que además de la multa (300 papeles igualmente), tendría que hacer frente a la reclamación de daños si el nuevo propietario fuera insolvente, o ilocalizable. Ya lo sabéis para cuando vendáis la vuestra.

Bueno, ahora sí ¿verdad?. Espero que esta aclaración sea de utilidad para todos.

Un saludo.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por abranchadell » 28 Dic 2016 21:11

No sé por qué os gusta buscarle tres pies al gato, casi todo lo que está entrecomillado no es más que una soberana falsedad... "según entiendo yo después de leer el reglamento de armas, este mismo específica que para su transporte a galerías de tiro / lugar habilitado por el ayuntamiento y su uso (aunque sea en domicilio particular) es necesaria la respectiva tarjeta.
Cualquier persona mayor de edad puede tener armas de 4ta categoria en su vivienda sin inscribir siempre y cuando las tenga para coleccionismo, es decir que no las utilice, no se exhiban ( a terceros que pasen por la vía pública) o salgan de la propiedad bajo ninguna circunstancia, en caso contrario estarías cometiendo una falta o delito ( dependiendo las circunstancias) por la cual podrían sancionarte y confiscartela.
También, hay que tener en cuenta que esta tarjeta teóricamente solo habilita para transportarla en el municipio que está inscrita".


En mi domicilio puedo hacer lo que me salga de los mismísimos con mis armas de 4ª categoría, sin necesidad de tenerlas inscritas en tarjeta alguna... es decir, usarlas, coleccionarlas, exhibirlas, y no por ello se comete ninguna ilegalidad. De igual forma, el transportarlas sin tener la dichosa tarjeta, tampoco supone ningún ilícito penal (las faltas han pasado a la historia, ahora se llaman delitos menores), sino únicamente una infracción administrativa (multa de 300 € como posteó el colega gerbaro). Y ya por último, la tarjeta habilita para transportarla, no sólo por todo el territorio nacional, sino también por todo el espacio Schengen (Unión Europea). Otro cantar sería su uso fuero del término municipal, pero eso ya es otra historia...

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por Chinpa » 28 Dic 2016 13:04

Buenas, vamos por partes.

El tema de la tarjeta es competencia del ayuntamiento, este mismo puede pedir requisitos extras como el certificado médico o incluso que te persones con el arma para que ellos mismos vean de primera mano que la inscribes en la categoría que corresponde.
En algunos es un trámite tiene una tasa irrisoria pero en otros pagas una tasa de hasta 25 € por cada una independientemente de que categoría sea.

Para inscribir un arma de 4ta categoria de segunda mano necesita un contrato de compraventa en el cual se vea el número de serie del arma y fotocopia del dni del vendedor y comprador o bien, si no dispones de este contrato puedes hacer una declaración jurada en el cual expresas que está arma es tuya a todos los efectos.

Es muy importante que al venderla vayas a darla de baja con lo mismo, contrato y fotocopia de los dos dni. En caso contrario podrían venirte a buscar si llegara a pasar algo.

según entiendo yo después de leer el reglamento de armas, este mismo específica que para su transporte a galerías de tiro / lugar habilitado por el ayuntamiento y su uso (aunque sea en domicilio particular) es necesaria la respectiva tarjeta.
Cualquier persona mayor de edad puede tener armas de 4ta categoria e su vivienda sin inscribir siempre y cuando las tenga para coleccionismo, es decir que no las utilice, no se exhiban ( a terceros que pasen por la vía pública) o salgan de la propiedad bajo ninguna circunstancia, en caso contrario estarías cometiendo una falta o delito ( dependiendo las circunstancias) por la cual podrían sancionarte y confiscartela.
También, hay que tener en cuenta que esta tarjeta teóricamente solo habilita para transportarla en el municipio que está inscrita.

A la hora de la verdad, conozco a muchos compañeros que tienen un terreno privado y la utilizan allí sin llamar la atención y sin inscribir. Tampoco nunca en los campeonatos oficiales que he participado a nivel estatal, autonómico, provincial ni ningún agente FCSE me han pedido la tarjeta de armas para competir y/o al saber que la transportaba. No creo que las autoridades de otra provincia te la confisquen (aunque podrían, no olvidemos que siempre queda a criterio del agente) siempre y cuando lleves toda tu documentación, la federativa y la tarjeta de armas.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por gerbaro » 27 Dic 2016 16:41

Mmm...creo que no se me ha entendido bien,asì que a ver si consigo explicarlo un poco mejor.Para tener y usar una AC DENTRO del propio domicilio, no se precisa documentación de ningún tipo.Queda claro ¿verdad?.Bien. Pero alguna vez saldremos de casa con ella ¿no?.Entonces, para transportarla y/o usarla FUERA del domicilio propio,es necesaria la TDA, que deberá acompañar al arma en todo momento.Su carencia ante cualquier requerimiento de la Autoridad será considerada como infracción leve,y sancionada(ya me he enterado) con multa de 300 papeles y la retirada del arma hasta que se presente la TDA. Por eso advertía al final del post sobre el riesgo innecesario que supone manejar un arma que no esté debidamente registrada; ante cualquier contratiempo, el haber incumplido la normativa no nos va a acarrear más que disgustos. Bueno,espero que ahora quede ya el tema bien aclarado. Y si aún no fuera así, pues se agradecerá cualquier aportación adicional. Un saludo a todos.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por abranchadell » 25 Dic 2016 21:33

De nuevo otro ERROR GRAVE!!! Las tarjetas de armas son necesarias para poder usar las armas dentro del término municipal donde fueron expedidas... Artículo 105 del Reglamento de Armas. "1.-Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4ª fuera del domicilio, habrán de estar documentadas singularmente, mediante Tarjetas de Armas , que las acompañarán en todo caso".
De hecho, no sería la primera vez que se intervienen armas de aire comprimido en galerías de tiro, por no contar con dicha tarjeta del Ayuntamiento, todo depende de las ganas que tenga la fuerza actuante de tocar los...

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por gerbaro » 22 Dic 2016 20:29

Y otra cosa, la tarjeta, en sentido estricto, no es para poder TENER un arma (en tu casa no va a entrar la GC a pedírtela), ni para poderla USAR en casa (y en el club,aunque es exigible, tampoco te la van a pedir,al menos en el mío), sino para poderla TRANSPORTAR ( si te para la GC en un control de cualquier tipo, te la van a incautar hasta que presentes la tarjeta,con muy probable sanción asociada; aunque acabes de salir de la armería),y para que el seguro federativo de Responsabilidad Civil TE CUBRA ante posibles daños a terceros. Así que ojito cuando pretendamos usarla sin tenerla debidamente registrada.

Un saludo a todos.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por gerbaro » 22 Dic 2016 20:14

¿ Certificado Médico para un arma de 4ª Categoría? ¿¿¿ Fé de Vida??? ¡¡ Vaya disparate !! ¿No os parece?. Pero es cierto que en cada ayuntamiento el alcalde es Dios, así que no está de más llamar a la Oficina de Atención Ciudadana y enterarse de los requisitos. En mi munincipio ,donde he inscrito ya varias armas (nuevas y de 2ª), no exigen más que fra., o contrato+DNIs,como ya comenté; el tríptico y la solicitud de Antecedentes lo aporta el Ayuntamiento, y todo gratuito, sin tasas ni pago de ningún tipo. Majete el alcalde que tenemos ¿eh?. Ah, y sí es necesario dar de baja el arma en el ayuntamiento de origen, pero éso es responsabilidad del vendedor; ya lo sabes para cuando la vendas.
Bueno, ya nos dirás el resultado final de la gestión,así los compañeros sabremos cómo funciona la cosa en otros pagos. Un saludo.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por manolosolo » 21 Dic 2016 21:41

Bueno, siempre podras decir, que la llevas a reparar a la armeria..........porque, cuando la compraste, te la habras tenido que llevar a casa sin la inutil tarjetita de marras........ :mrgreen:
Saludos.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por abranchadell » 21 Dic 2016 21:26

Error grave!!! Para poder utilizar un arma de aire comprimido fuera de tu domicilio necesitas contar con la dichosa tarjeta de armas municipal, da igual que estés federado y seas socio de un club de tiro. En caso contrario te arriesgas a que te incaute el arma la autoridad, si por mala pata te la piden.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por VJS » 21 Dic 2016 10:38

Lo de inscribirla en el Ayto. será para usarla en algún lugar habilitado por este para la práctica deportiva, pero si no tienen nada para el uso de sus ciudadanos, qué sentido tiene inscribirla ?
supongo que si la usas solo en tu club de tiro y estas federado no hay que registrar nada, la llevas en el maletero con su funda y factura, tu carnet de socio del club de tiro y la tarjeta federativa en vigor y punto, no?

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por marauder » 21 Dic 2016 08:30

La ultima vez que pase por alli para inscribir una nueva, me pidieron el certificado medico, que ya vale una pasta, al final lo he ido dejando.

A ver si lo saco y ahora inscribo las dos.

Otra cosa. Es necesario tramitar la baja en el ayuntamiento si ha vendido una carabina?

Saludos

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por marauder » 21 Dic 2016 08:27

Hola

Gracias asi lo voy a hacer aprovechando estos dias de fiesta. Ya casi que me paso por una armeria y les pido el papel amarillo para ir ganando tiempo, no creo que en el ayuntamiento tengan estas cosas. Vaya me extrañaria.

Un saludo

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por joaquin308 » 20 Dic 2016 20:09

Es cierto, cada Ayuntamiento actua de manera diferente, lo mejor es que te acerques al tuyo y preguntes, un saludo.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por manolosolo » 20 Dic 2016 19:39

Y de paso, prepara el bolsillo, porque, el alcalde, cobrar por firmar............... :mrgreen:
Saludos.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por jafura » 20 Dic 2016 19:32

Como dice el compañero abranchadell cada ayuntamiento lo hace de una manera, lo mejor es que vayas y preguntes que necesitas, así te ahorras mareos de cabeza.
Esto es un rollo para los ayuntamientos y para nosotros, y algo que no lleva a ninguna parte, debían eliminar este tipo de registros y ya está.

Re: Como inscribir carabina de 2ª mano

Mensaje por abranchadell » 20 Dic 2016 18:16

Pues va a ser que no, en mi Ayuntamiento como no aportes tú el tríptico amarillo, la llevas clara. Cada municipio de España tiene su propia regulación al respecto, y varía bastante de unos a otros, en algunos incluso exigen certificado médico y fe de vida. El compañero debería preguntar los requisitos que exigen en el suyo, pues se arriesga a hacer dos viajes para lo mismo.

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