Mensaje por Antonio » 19 Oct 2007 11:45
Buenos días Acecho. Primeramente, darte la bienvenida al foro. Las armas de aire comprimido, solo pueden ser utilizadas en galerías y polígonos autorizados. Para la tenencia, tan sólo te hace falta la factura de compra, pero para portarla fuera de la propiedad privada, deberás solicitar en el ayuntamiento que estés empadronado, la correspondiente tarjeta de armas de 4ª categoría que te autorizaría ( legalmente, por supuesto) a utilizarla fuera de tu propiedad privada.
Creo, que vives en Madrid y quieres utilizarla en Toledo; para empezar, tendrías que empadronarte en el ayuntamiento donde vayas a utilizar tu carabina ( cosas de la legislación actual y vigente en España, que le vamos a hacer) y si las autoridades te ven utilizar tu arma, fuera de un polígono o galería......:db:db:db
Te sorprenderá, haber visto a muchas personas con carabinas en el campo sin que les haya pasado nada, normalmente, si tienes la tarjeta de armas con tu factura y tan sólo estás disparando a latas, botellas de plástico, etc, dejas todo limpio despues de la diversión y no estás poniendo en peligro a personas o animales que puedan transitar por donde estás disparando, no tendrías problema, pero si un agente de la G.C. o del Seprona quiere......te empapela y te requisa la carabina.
Así están las cosas y así te las informo. Ahora, depende de tí y de tu responsabilidad, el uso que le des a tu carabina. Suerte y felicidades por tu Shadow RSW, es un buén arma dentro de la calidad-precio.
Buenos días Acecho. Primeramente, darte la bienvenida al foro. Las armas de aire comprimido, solo pueden ser utilizadas en galerías y polígonos autorizados. Para la tenencia, tan sólo te hace falta la factura de compra, pero para portarla fuera de la propiedad privada, deberás solicitar en el ayuntamiento que estés empadronado, la correspondiente tarjeta de armas de 4ª categoría que te autorizaría ( legalmente, por supuesto) a utilizarla fuera de tu propiedad privada.
Creo, que vives en Madrid y quieres utilizarla en Toledo; para empezar, tendrías que empadronarte en el ayuntamiento donde vayas a utilizar tu carabina ( cosas de la legislación actual y vigente en España, que le vamos a hacer) y si las autoridades te ven utilizar tu arma, fuera de un polígono o galería......:db:db:db
Te sorprenderá, haber visto a muchas personas con carabinas en el campo sin que les haya pasado nada, normalmente, si tienes la tarjeta de armas con tu factura y tan sólo estás disparando a latas, botellas de plástico, etc, dejas todo limpio despues de la diversión y no estás poniendo en peligro a personas o animales que puedan transitar por donde estás disparando, no tendrías problema, pero si un agente de la G.C. o del Seprona quiere......te empapela y te requisa la carabina.
Así están las cosas y así te las informo. Ahora, depende de tí y de tu responsabilidad, el uso que le des a tu carabina. Suerte y felicidades por tu Shadow RSW, es un buén arma dentro de la calidad-precio.