¡Saludos y bienvenido!
P.D. Las ballestas (arma categoría 7-2) no precisan ser guardadas en armero aunque sí requieren licencia de armas tipo E.
Las armas amparadas bajo dicha licencia que requieren almacenaje especial son, a mi entender:
“ 5. Las municiones y armas de la categoría 3.ª 1 y 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en lugares seguros bajo llave, de forma que las armas y municiones no sean accesibles de manera conjunta...”
Te sugiero expongas el resto de dudas en el apartado “Leyes y Normativa sobre armas”.