Mensaje por elursus » 07 Dic 2014 23:05
Hola compañeros, el Reglamento de Armas, en lo referente a las Armas blancas, no sólo regula la posesion y uso de éstas armas para la caza.....por éso, deja a criterio del Agente, la necesidad, oportunidad, etc, del porte y uso.No es lo mismo portar, y evidentemente, exhibir, un arma blanca, independientemente de su tamaño, en el monte, cazando o cogiendo setas, a las diez de la mañana, que en una zona de copas, a las 4 de la madrugada, y si el arma es de las prohibidas, en ningún sitio.Saludos.
Hola compañeros, el Reglamento de Armas, en lo referente a las Armas blancas, no sólo regula la posesion y uso de éstas armas para la caza.....por éso, deja a criterio del Agente, la necesidad, oportunidad, etc, del porte y uso.No es lo mismo portar, y evidentemente, exhibir, un arma blanca, independientemente de su tamaño, en el monte, cazando o cogiendo setas, a las diez de la mañana, que en una zona de copas, a las 4 de la madrugada, y si el arma es de las prohibidas, en ningún sitio.Saludos.