Mensaje por Merlin74 » 13 Sep 2024 13:30
patrillos escribió:Hola
Llevo una temporada rumiando éste asunto e intentando saber cuál sería la opción más lógica.
Tengo una colección de armas (rifles y escopetas) e hijos, pero ninguno de ellos con permiso de armas
En caso de enfermedad de mal pronóstico entiendo que tendría tiempo para "arreglar" las cosas.
En caso que muera de forma "inesperada" mi familia se encontraría con que en mi propiedad hay armas, armeros, guías de pertenencia, documentación de los armeros...y un inmovilizado en armas a los que dudosamente podrían dar salida, en primer lugar porque desconocen el valor real o potencial de las armas, su mayor o menor mercado, dónde y como venderlas...todo ello unido a qué no tienen permiso de armas.
Se me ocurren las siguientes opciones:
1. Se comunica que he palmado a la GC y no sé de qué forma (no sé si la GC vendría a por las armas o si podría un familiar mío sin permiso de armas llevarlas a la Intervención) éstas pasarían a estar en la IA y para chatarra.
2. No sé si una armería de confianza podría hacerse cargo de ellas para intentar venderlas. También desconozco si las armerías tienen un "cupo" o un número límite de armas que puedan estar en la armería. También desconozco cuál podría ser el procedimiento para que las armas vayan físicamente de mi casa a la armería
3. Obligo a un hijo mío a que por cojones se saque el permiso de armas, bajo el caramelo de que todas pasarían a ser para él, y el consiguiente posible rendimiento económico de su venta. En este caso desconozco cómo pasarían a estar a su nombre tras mi fallecimiento ni los trámites necesarios (Si tiene que constar en testamento. Qué procedimiento tiene que seguir con la GC para llevarlo a cabo. Etc)
En fin. Qué os agradecería consejos que tengan que ver con éste asunto
Pues básicamente todo lo que comentas.
Si nadie de tu entorno familiar se las puede quedar porque no tienen licencia de armas, la IA pasa a recogerlas, si un familiar tuyo tiene licencia de armas, puede transportarlas a la IA, se pueden quedar depositadas 1 año para su venta o cesión, una vez transcurrido ese años si no han salido de la IA, se van a la chatarra.
Se pueden depositar en una armería o ceder a conocidos que puedan cogerlas y compártelas o en el caso de la Armería venderlas según se pacte.
Si tu hijo tiene licencia de armas, llegado el momento, se acredita que es tu hijo y se hace el simple cambio de nombre en la IA, teniendo que pasar revista como si una venta se tratase.
Yo tengo en mis ultimas voluntades que hacer con mis armas, más que nada para que mi pareja no tenga que calentarse la cabeza, sabe a quien tiene que llamar y que hacer con todo.
[quote="patrillos"]Hola
Llevo una temporada rumiando éste asunto e intentando saber cuál sería la opción más lógica.
Tengo una colección de armas (rifles y escopetas) e hijos, pero ninguno de ellos con permiso de armas
En caso de enfermedad de mal pronóstico entiendo que tendría tiempo para "arreglar" las cosas.
En caso que muera de forma "inesperada" mi familia se encontraría con que en mi propiedad hay armas, armeros, guías de pertenencia, documentación de los armeros...y un inmovilizado en armas a los que dudosamente podrían dar salida, en primer lugar porque desconocen el valor real o potencial de las armas, su mayor o menor mercado, dónde y como venderlas...todo ello unido a qué no tienen permiso de armas.
Se me ocurren las siguientes opciones:
1. Se comunica que he palmado a la GC y no sé de qué forma (no sé si la GC vendría a por las armas o si podría un familiar mío sin permiso de armas llevarlas a la Intervención) éstas pasarían a estar en la IA y para chatarra.
2. No sé si una armería de confianza podría hacerse cargo de ellas para intentar venderlas. También desconozco si las armerías tienen un "cupo" o un número límite de armas que puedan estar en la armería. También desconozco cuál podría ser el procedimiento para que las armas vayan físicamente de mi casa a la armería
3. Obligo a un hijo mío a que por cojones se saque el permiso de armas, bajo el caramelo de que todas pasarían a ser para él, y el consiguiente posible rendimiento económico de su venta. En este caso desconozco cómo pasarían a estar a su nombre tras mi fallecimiento ni los trámites necesarios (Si tiene que constar en testamento. Qué procedimiento tiene que seguir con la GC para llevarlo a cabo. Etc)
En fin. Qué os agradecería consejos que tengan que ver con éste asunto[/quote]
Pues básicamente todo lo que comentas.
Si nadie de tu entorno familiar se las puede quedar porque no tienen licencia de armas, la IA pasa a recogerlas, si un familiar tuyo tiene licencia de armas, puede transportarlas a la IA, se pueden quedar depositadas 1 año para su venta o cesión, una vez transcurrido ese años si no han salido de la IA, se van a la chatarra.
Se pueden depositar en una armería o ceder a conocidos que puedan cogerlas y compártelas o en el caso de la Armería venderlas según se pacte.
Si tu hijo tiene licencia de armas, llegado el momento, se acredita que es tu hijo y se hace el simple cambio de nombre en la IA, teniendo que pasar revista como si una venta se tratase.
Yo tengo en mis ultimas voluntades que hacer con mis armas, más que nada para que mi pareja no tenga que calentarse la cabeza, sabe a quien tiene que llamar y que hacer con todo.