Se puede tirar al plato con licencia de caza?

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por hunkas » 23 May 2020 00:15

para tirar al plato no hace falta federativa, solo para competir y para hacer caja no es lógico que un campo de tiro te quiera pedir la federativa si alomejor ellos no están federados que también puede ser, no es lógico que hagan federativas de un dia.. según dicen si me para la guardia civil y digo que voy a tirar al plato y me piden la federativa que les digo que me la voy hacer cuando llegue al campo? licencia para entrenar? será licencia para hacer caja, en el reglamento de licencias federativas no hay licencia de entrenamiento y les recuerdo a las federaciones autonómicas que son simples delegaciones de la REAL FEDERACION DE TIRO OLIMPICO y aunque tengan competencias, no tienen competencia para cambiar reglamentos. en la de caza pasa igual. ellos quieren que todos estemos federados incluso ya hacen ofertas a las asociaciones de cazadores con seguro y federativa o lo que es lo mismo comision

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 15:08

pues muy bien estupendo , tienes razon , sigue asi
cuando vaya por tu pueblo ya preguntare donde esta la fuente

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por CX4_STORM » 03 Ago 2018 14:56

Si supieras leer podrías comprobar en otros post anteriores que mi seguro de caza tiene una ampliación de cobertura que me amapara en campos de tiro ya sean de plato o de dianas de papel.

La última vez que fuí a centrar el visor de rifle me dijeron de pagar la federativa de un día por cuestión de seguros. Les mostré mi póliza se seguro, con una cobertura mucho mayor que la que ofrecían ellos y tiré sin ningún problema ni suplementos federativos.

En ningún momento he recomenado a nadie que tire sin que su seguro le cubra. Así que antes de volver a llamar tonto a alguien aprende a leer.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 14:29

pero vamos a ver , ¿tu de verdad hablas en serio? dejando ya aparte la normativa , ¿tu puedes usar un arma sin seguro? , en el caso de ocurrir un accidente entrenando al plato ¿te cubre el seguro de caza que has echo PARA CAZAR? ¿te permite la guardia civil usar un arma sin el seguro en vigor?

es que manda cojones , ya dicen que cuando un tonto coje una linde .............

ademas mira , haz lo que te salga de los cojones , despues vendras por aqui diciendo que si anarma o que si los foreros o que se yo quien puede ayudarte , lo tienes muy facil , recurre a lo que he tenido que recurrir yo en alguna ocasion y es a informarte directamente de quien te tienes que informar

ala , adios , joderrrrrrrrrrrrrrr

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por CX4_STORM » 03 Ago 2018 14:03

Como no, ningún enlace al citado reglamento completo, solo una mención en una web de una FEDERACIÓN.

Sí, es cierto, gente muy lista tratando de sacarnos el dinero.

Edito:

He buscado el "Reglamento español para la organización de tiradas" del año 83 que se cita en la web y sólo lo encuentro en formato libro físico (en papel) pero adivinad quien es el autor.... Pues la federación madrileña de tiro olímpico ¿que sorpresa? ¿verdad?

A mi lo que no diga el reglamento de armas no me vale. Y éste sólo obliga a Federarse con la F pues obliga a competir. Con la caza también se usan armas y no te obligan a federarte, aunque las federaciones autonómicas de caza intenten engañarte. Pero para renovar tu licencia de armas en D y E solo te exigen la licencia de caza autonómica. Si no cazas, entonces sí que tienes que federarte porque es la única manera de demostrar su uso deportivo, pero este hilo va de tirar al plato sin competir con licencia de caza.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 12:46

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 12:36

CX4_STORM escribió:Pues aún estoy esperando que me digas que parte del reglamento de armas obliga federarse para tirar al plato sin competir.

Sólo mostraste el reglamento de la federación, la cuál vela sólo por sus intereses, no por la de sus federados.

¿O acaso crees que no hay campos de tiro al plato particulares, autorizados por la guardia civil, en los que la federación no tiene nada que hacer?

Por mi parte ya no digo más en este hilo. Yo sí he aportado pruebas del reglamento, referente a los campos de tiro, en los que no es necesaria la federación si no se compite, en cambio otro señor sólo se ha limitado a poner el reglamento de la federación.... ¿trabaja para ellos?

Saludos.



que lastima no saber que dia y donde estas tirando al plato TU SOLO para que no jodan a nadie mas y estes sin licencia federativa , seria la mejor forma de que te enteraras , y no ni trabajo ni trabaje ni tengo nada que ver con la federacion , lo unico que tengo son 41 años tirando al plato y escepto los 3 primeros siempre en categoria segunda y haber sido socio un monton de años de 2 clubs de tiro al plato "privados"

ademas a mi me tira del aire lo que tu hagas , el problema es que alguien se puede creer de buena fe lo que dices y despues salir jodido por tu culpa , eso es lo que me molesta

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por CX4_STORM » 03 Ago 2018 11:44

Pues aún estoy esperando que me digas que parte del reglamento de armas obliga federarse para tirar al plato sin competir.

Sólo mostraste el reglamento de la federación, la cuál vela sólo por sus intereses, no por la de sus federados.

¿O acaso crees que no hay campos de tiro al plato particulares, autorizados por la guardia civil, en los que la federación no tiene nada que hacer?

Por mi parte ya no digo más en este hilo. Yo sí he aportado pruebas del reglamento, referente a los campos de tiro, en los que no es necesaria la federación si no se compite, en cambio otro señor sólo se ha limitado a poner el reglamento de la federación.... ¿trabaja para ellos?

Saludos.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 00:30

si , creo haberlo comantado en alguna intervencion , pero te lo amplio , al tener licencia F como bien dices por narices tienes licencia federativa de tiro , y esa licencia federativa de tiro te habilita para practicar tiro al plato pues el tiro al plato es una modalidad de tiro deportivo , lo que no es , es ninguna forma de caza por lo que la licencia de caza no te sirve

y como preguntas de buenas maneras te voy a decir que hagas caso de los comentarios que he puesto en el hilo y no se te ocurra hacer caso de "algunos" consejos , ahi gente que cree que las leyes son como ellos las sueñan , pero al final no es asi y en tema de armas siempre que haya dos opciones ten en cuenta que la peor es la que te van a aplicar

saludos

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por llamareto » 03 Ago 2018 00:12

No había visto que el hilo seguía y seguía. Acabo de leerlo y me quedo igual que al principio pero quería hacer algunas reflexiones:

- Coincido en que en una IA puede que te contesten una cosa y en otra lo contrario, creo que el actual reglamento de armas debería ser mucho mas claro en esto y en mas cosas y no estar tan sujeto a interpretaciones etc. Como no se cual es la realidad pues no puedo estar de parte de ninguna opinión de las anteriores.

-Soy aeromodelista y parapentista desde hace muchos años y también hemos tenido nuevas normativas que nos han obligado a muchas cosas y aunque no se si es extrapolable os cuento:

Hace años se tenia la creencia popular de que para volar aeromodelos o volar en parapente había que estar federado en aeromodelismo o vuelo libre, en tu comunidad, lo cual te daba "derecho" a volar en campos de vuelo homologados por las federaciones o en terrenos libres "con permiso del propietario" en caso del parapente.

Yo estuve federado en ambas modalidades muchos años.

Acabe enterándome a causa de sentencias judiciales ajenas a mi que las federaciones y sus seguros solo te cubre las practicas de los deportes que representan solo para competiciones. Pero también había interpretaciones y los vuelos de avioncitos de domingueo no son competiciones pero en teoría y también me consta que era así y sigue siendo, el seguro te cubre dependiendo de lo que pase pero si la federación se pone tonta te jodes y no hay seguro que valga si no es en competición o entrenamiento de la misma.

Hoy en día (antes también pero casi nadie lo sabia o no quería saberlo) puedes volar un aeromodelo con un seguro privado, que es el que tengo desde hace pocos años, ya que yo nunca he competido ni lo voy a hacer, la cosa es que hay campos de vuelo que te permiten ese seguro privado en sus instalaciones y otros no, según las normas que tengan, eso si, tienes que tener un seguro de responsabilidad civil de daños a terceros como mínimo en cualquier campo.

Se daba la paradoja de que el seguro de la federación cubría daños a terceros, excepto a otros federados (te cagas) o sea empotro mi avión en la crisma de un espectador o en su coche y mi seguro le cubre, pero lo mismo en otro socio del club y no hay seguro que valga....

Ahora vuelo por libre paso de clubes, todo son marrones, mi seguro privado y la legislación vigente me permiten volar en ciertos espacios no controlados por las autoridades aeronáuticas (AESA), quedan muy pocos, pero los hay.

Pasemos al parapente:

Es una aeronave tripulada (no un avión de aeromodelismo con el que a 500 metros lo pierdes de vista...). Pues bien, legalmente no es necesaria ningún tipo de titulo, carné ni leches, lo compras, un amíguele te enseña a volar y listos. Eso si si causas daños a alguien, entras en conflicto con otras aeronaves o sus espacios sin seguro privado te comes tu el marrón, y si estas federado en vuelo libre solo te cubre en competiciones y en los lugares habilitados para ello, aunque como en el caso de aeromodelismo, se que en vuelo de "domingueo" también el seguro responde hasta cierto limite, es lógico, si no nadie se federaría y adiós chollo de las federaciones.

En fin, repito que ni idea si es extrapolable al tiro al plato pero ahora voy a ser mas concreto:

Si me saco la licencia F (cosa que ya tenia pensada pero todo ha de ir poco a poco) se que hay que federarse en tiro olímpico porque lo exige la propia licencia, y en eso si coincido con el forero que ha dicho que es así porque para mantener la licencia hay que competir al menos dos veces al año si no recuerdo mal haber leído por ahí.

Así que, con F puedo ir a mi galería u otra de tiro con pistola o lo que me permitan y además tranquilamente tirar al plato estando legalmente asegurado y tranquilo?

Además de eso también habría que federarse en tiro al plato específicamente o la tarjeta federativa de tiro olímpico, deportivo o como se llame también lo cubre en canchas de tiro al plato homologadas?

Igual creo nueva polémica pero os aseguro que estoy empezando en este mundo de las armas de fuego y es realmente difícil que te digan exactamente como hay que hacer las cosas, lo que tengo claro es que esto es serio y antes que equivocarme y que vengan los problemas me federo hasta en hinchar globos si hace falta. Otra cosa es que me acabe aburriendo.

Perdón por el tocho. Y valoro todas vuestras opiniones.

Saludos y gracias.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por para_bellum » 23 Jul 2018 14:59

Que paren todos los torneos de fiestas patronales de España, que 4 iluminaos han llegado a la conclusión de que hay que restringir las cosas más de lo que pone en las normas!!

Hay veces que uno se arrepiente de venir a decir nada a este foro. Haced lo que os salga de los huevos y asustad todo lo que podáis a la gente que se acerca a nuestro deporte a ver si nos joden más y prohíben todas las armas legales de una vez.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?s

Mensaje por topp » 22 Jul 2018 13:27

Si preguntamos a los reinos de taifas las constetaciones van a ser diferentes en cada IA... 8) ya que queda la mayor parte del criterio a la interpretación del reglamento por parte del oficial que como sabemos esta versado en temas juridicos.. :D
Que este bien o que esta mal aqui en Madrid la mayoria de la gente que tira plato lo hace con su licencia de caza y seguro los que van mas en serio o no cazan estan federados. Porque se hace esto, pues intereses economicos es preferible tener las canchas llenas de gente pagando sus tiradas que la cancha vacia con cuatro federados.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por coyote81 » 22 Jul 2018 12:37

CX4_STORM escribió:
coyote81 escribió:Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
saludos!!


Puede que el tuyo sea el comentario más acertado de éste hilo. Por mi parte no lo voy a consultar porque no tengo ninguna duda, pero para quien la tenga, es lo mejor que puede hacer.

Saludos


Gracias!!
Saludos!!

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por CX4_STORM » 22 Jul 2018 12:27

coyote81 escribió:Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
saludos!!


Puede que el tuyo sea el comentario más acertado de éste hilo. Por mi parte no lo voy a consultar porque no tengo ninguna duda, pero para quien la tenga, es lo mejor que puede hacer.

Saludos

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por coyote81 » 22 Jul 2018 12:15

Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
Saludos!!

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por CX4_STORM » 21 Jul 2018 22:50

Ya veo, ya... El reglamento de la Federación.

Pues ni todos los campos de tiro les pertenecen ni estando adscritos obligan a federarse para tiro lúdico, ajustar visor, etc.

Ninguna ley obliga a federarse para ningún deporte mientras no se compita, otra cosa es que la federación de tiro quiera sacarnos nuestro dinero para malgastarlo y trate de engañarnos.

Si yo monto un campo de tiro particular para tirar yo y quien quiera invitar, la federación no puede decirme ni pío. Y como prueba pongo los artículos 150 y 151 en las que se mencionan los requisitos para montar un campo de tiro y la federación no está invitada en los citados artículos.



Sección 2. Campos, galerías y polígonos de tiro

Artículo 150.

1. Se considerarán campos y galerías de tiro los espacios habilitados para la práctica del tiro que reúnan las características y medidas de seguridad que se determinan en anexo a este Reglamento.

2. A los efectos del presente Reglamento, se considerará polígono de tiro el espacio, limitado y señalizado, que esté integrado, como mínimo, por dos campos de tiro, dos galerías de tiro, o un campo y una galería de tiro.

3. Los campos y polígonos de tiro sólo podrán ser instalados en los terrenos urbanísticamente aptos para estos usos y en todo caso fuera del casco de las poblaciones.


Artículo 151.

1. Sin perjuicio de otras licencias o autorizaciones de carácter preceptivo que, en virtud de su competencia, corresponda otorgar a la Administración General del Estado, o a las Administraciones Autonómicas o Locales, las personas naturales o jurídicas que pretendan instalar campos, galerías o polígonos de tiro deberán solicitar la pertinente autorización para ello de la Dirección General de la Guardia Civil. La petición deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Certificación del acuerdo de instalación, si se trata de una persona jurídica.

b) Certificado de antecedentes penales del peticionario, si es persona física, o del representante, si es persona jurídica.

c) Memoria o proyecto y plano topográfico, con las siguientes especificaciones:

1. Lugar de emplazamiento y distancias que lo condicionen.

2. Dimensiones y características técnicas de la construcción, de acuerdo con el anexo a este Reglamento.

3. Medidas de seguridad en evitación de posibles accidentes, de acuerdo con el anexo a este Reglamento.

4. Destino proyectado y modalidades de tiro a practicar.

5. Condiciones de insonorización, cuando se trate de galerías de tiro.

6. Las restantes exigidas para cada supuesto en el anexo al presente Reglamento.

2. Para las galerías de tiro ubicadas en zonas urbanas, será precisa la instrucción de procedimiento en el que sean oídos los vecinos del inmueble en que pretendan instalarse y de los inmediatos al mismo, salvo que ya se hubiera instruido al efecto por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento.

3. Para la concesión de autorización de campos, galerías y polígonos de tiro, será preciso el informe favorable de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa y del órgano correspondiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

4. La Dirección General de la Guardia Civil comunicará al Ministerio de Defensa las autorizaciones concedidas.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por furas » 21 Jul 2018 22:39

Yo no estoy federado y tiro, aquí en Madrid sin problemas, lo mismo que cuando pongo el rifle en tiro, pago y esos son todos los requisitos.

Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensaje por sinoapuntoconfio » 21 Jul 2018 21:22

pues mira no , ya que yo engaño a la gente buscate la vida y encuentralo , estar esta
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