Mensaje por pepeillo » 13 Dic 2016 23:36
Le informo que es prácticamente imposible dar de baja a un socio, si éste no lo ha solicitado de forma voluntaria, paga escrupulosamente su cuota anual, cumple con los preceptos del régimen interior y tiene además esa antigüedad con lo que significan sus "derechos adquiridos". Si el ayuntamiento le da de baja, puede acudir a un abogado y, ya le digo que el caso está ganado y las reclamaciones por daños y perjuicios, vulneración de diferentes preceptos del Código Penal y Civil, entre otros, pueden dar con el Sr. Alcalde o Secretario, investigados por presuntos delitos de prevaricación o contra los derechos cívicos de los ciudadanos, amén de denuncias por vía civil y/o administrativas. Un saludo.
Le informo que es prácticamente imposible dar de baja a un socio, si éste no lo ha solicitado de forma voluntaria, paga escrupulosamente su cuota anual, cumple con los preceptos del régimen interior y tiene además esa antigüedad con lo que significan sus "derechos adquiridos". Si el ayuntamiento le da de baja, puede acudir a un abogado y, ya le digo que el caso está ganado y las reclamaciones por daños y perjuicios, vulneración de diferentes preceptos del Código Penal y Civil, entre otros, pueden dar con el Sr. Alcalde o Secretario, investigados por presuntos delitos de prevaricación o contra los derechos cívicos de los ciudadanos, amén de denuncias por vía civil y/o administrativas. Un saludo.