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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por llamareto » 14 Mar 2022 02:31

pilotoweb escribió:Hola a todos,

Dentro de poco dispondré de una pistola para IPSC del calibre 38 super. En mi club me han comentado que la ampliacion de cupo no la dan así como así. Es cierto que en mi club venden un único tipo de 38 super, pero basandome en la teoria del caos, imagino que no será el ideal para mi arma.

Mi pregunta es la siguiente:

Que debo argumemtar para que la IA me conceda la preciada ampliación de cupo?

Existe algún argumento tan sólido que nadie pueda discutirlo? (ya me entendeis)


Gracias por vuestra atención y saludos cordiales.


En mi caso, alegue que la municion de mi club no era la que daba mejor precisión con mi arma y que alguna veces solo tenian municion de ese calibre que intrerrumpia mi arma, ambas cosas que son ciertas y si me moleste en pedir la ampliacion de cupo (viajes a la IA, papeleo, esperas de dos o tres meses hasta que la conceden) es porque yo no recargo y se que municion me va bien sin problemas y se que la puedo comprar en armeria cuando la necesito y de paso algo mas barata que en mi club, que supongo que como en todos, sale mas cara siendo la misma.

*Si no vas a gastar mucha al año otra opcion es la que te han dicho, una carabina del calibre que vayas a usar en la pistola y ya tienes 1000 al año para la carabina y para la pistola.

Yo pedi un cupo lo mas ajustado a mis tiradas y el mismo agente me dijo que pidiera de sobra porque si no gastaba el cupo no pasaba nada, o sea, que no es obligatorio ni mucho menos gastar todo lo que pidas, cuando caduque pues lo que sobre se pierde y ya esta. Luego renuevas el cupo y vuelta a empezar, ya tengo pedido mi tercer cupo el problema es que hasta que no te caduca uno no puedes solicitar el nuevo y como tardan bastante ese tiempo te quedas sin poder comprar en armeria, salvo los 100 al año que te corresponden por la guia anual. Y es ahi donde el asterisco te salva hasta que te la concedan de nuevo...

Saludos

Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Deliciosa » 27 Feb 2022 02:15

La ampliación de cupo es en realidad una cartilla de racionamiento.

Se tenía que decir y se dijo.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por jrdc1 » 06 Feb 2013 11:14

Buenas!

Depende de como sean en tu intervención. En la mía, con decir que deseas usar munición no disponible en el club, y presentar un plan de consumo razonable - por calibre y semanas o meses - te la conceden. No tengo copia de la solicitud del aumento de cupo, pero en trámite de mejora me pidieron que justificara el gasto. Aporté esto:

[...] respecto a las deficiencias observadas en la solicitud de autorización especial para adquisición de cartuchería metálica, y que se comunican en trámite de mejora mediante el oficio XXXX/xxx número XXXX, que a continuación se reseñan:
• Debe aportar una previsión semanal aproximada del consumo que se va a realizar para cada uno de los calibres para los que peticiona la autorización especial de adquisición de cartuchería.

Aporta la información solicitada:

- Cal. .22lr:
Se prevee una sesión de entreno semanal, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. 9x19:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. .45ACP:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 50 cartuchos.

Lo que hace un total bruto de 5.200, 1.200 y 600 cartuchos, respectivamente. Descontando períodos vacacionales y puntas de competición, se estima el consumo anual en los 5.000, 1.000 y 500 cartuchos solicitados en el calibre correspondiente.


Y me la concedieron sin problemas.

Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Runos » 04 Feb 2013 23:22

Así quedo con la modificación que tuvo el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería en el año 2012

Art. 136

e. Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F, deseara
adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos
anteriormente, he de estar provisto de un permiso especialexpedido por la Intervenció n de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto
de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
f. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un
particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de
10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres.
Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas
cantidades.


Un saludo

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por pilotoweb » 04 Feb 2013 23:00

Hola a todos,

Dentro de poco dispondré de una pistola para IPSC del calibre 38 super. En mi club me han comentado que la ampliacion de cupo no la dan así como así. Es cierto que en mi club venden un único tipo de 38 super, pero basandome en la teoria del caos, imagino que no será el ideal para mi arma.

Mi pregunta es la siguiente:

Que debo argumemtar para que la IA me conceda la preciada ampliación de cupo?

Existe algún argumento tan sólido que nadie pueda discutirlo? (ya me entendeis)


Gracias por vuestra atención y saludos cordiales.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por jrdc1 » 08 Abr 2011 11:46

Buenas!

Para arma corta son calibres de concurso casi todos desde el .22 hasta el .45. Para arma larga, cualquiera con un diámetro de proyectil entre 5.56 y 8 mm.
Otra cosa es que el reglamento particular de cada galería autorice el uso de cartuchos gordos - 0.357mag, .44mag, etc.

El cuadro:

https://www.mir.es/SGACAVT/derecho/anexo ... 6_2011.pdf

Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Sergi » 07 Abr 2011 20:10

Cualquier munición de arma corta tiene de cupo 100 cartuchos al año. Si quieres disponer de más cartuchos tienes la posibilidad de comprarte un arma larga que dispare el mismo calibre. Por ejemplo puedes comprarte un carabina del .22 o una destroyer del 9mm parabellum, también hay armas largas en calibre 357 magnum y en 44 magnum.

Un saludo.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por karlos35 » 07 Abr 2011 09:48

Hola a tod@s
Lo del aumento de cupo es por curiosidad,en principio tenia un calibre pensado para mi primer arma y resulta que como no hay nunguna competicion con este calibre la IA no me lo concederia,no quiero comprarme un arma que luego solo tenga 100 balas de cupo ya que mi club no vende esa municion,para evitar esto he pensado en cambiar de calibre,por eso preguntaba que calibres quitando el 22,no me pondrían pegas,creeme que no tengo ninguna prisa,lo que no tengo es nada de información ya que vuelvo a repetir que estoy muuuuuuuuuuuuuuu verde en esto del tiro.
Un saludo.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Sergi » 07 Abr 2011 09:28

Calibres de concurso hay muchos, tanto de arma larga como de arma corta, aunque de arma corta menos. El problema no es ese, el problema está en lo que comentaba en este mismo hilo. Además, vas a examinarte a final de mes para la F y ya quieres pedir aumento de cupo, no vas demasiado rápido.

Un saludo.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por karlos35 » 06 Abr 2011 16:06

Hola a tod@s.
Aprovechando este hiloos pregunto una de las mil dudas que tengo en este mundo del tiro,ya que soy menos que novato ya que hasta final de este mes no me examino,bueno mi pregunta es ¿que calibres son los denominados de concurso y que teóricamente no pondrán ninguna pega al pedir aumento de cupo en la I.A?
Un saludo a tod@s.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Farnacho » 30 Dic 2010 00:14

Skiner, tienes razón, pero pensaba que estábamos hablando de tramitar el aumento de cupo mediante la F. No tengo ni idea de cómo gestionarlo mediante otras licencias, aunque teóricamente parece posible hacerlo.

Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Burbaies » 29 Dic 2010 21:23

...Gracias Sergi. Y a todos.

Salut.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Sergi » 28 Dic 2010 18:39

Como dice Skiner, se puede pedir aumento de cupo teniendo A, B, D o F, otra cosa es que te lo concedan la cual cosa es prácticamente imposible si no lo solicitas a través de la F, és decir, si no estás federado y pagas un club de tiro. El procedimiento que emplean es simple, tienes que rellenar una solictud explicando el porqué solicitas el aumento de cupo la cual cosa tampoco es fácil ya que en muchos campos de tiro venden munición y por lo tanto no tiene sentido (según ellos) que pidas aumento de cupo ya que la puedes comprar y la debes gastar durante ese mismo día. Si tienes un rifle que empleas para caza, por supuesto puedes pedir aumento de cupo, pero, quien se va a creer que haces más de 1000 disparos en una temporada cazando, y si lo empleas en un campo de tiro volvemos al pez que se come la cola, 1000 disparos son muchos disparos (unos 20 disparos de media a la semana) y además el coste es desmesurado.
En definitiva, en la gran mayoría de los casos el aumento de cupo se concede a aquellos tiradores de arma corta y que pueden justificar que en su club de tiro no venden asiduamente munición. Pero, por supuesto, hay excepciones.

Un saludo.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Burbaies » 27 Dic 2010 23:59

...compañero topp, desgraciadamente yo no tengo ninguna carabina del 22 guiada en "D". Osea que segun el reglamento no puedo pedir aumento de cupo del calibre 22.

Puedo pedir del calibre 17 y del 308.Pero no del 22.

Es así?

Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por topp » 27 Dic 2010 23:48

efectivamente yo siempre lo he oido y me lo han aconsejado ya que tengo todas las armas con la D.. Es cojerte el reglamento en mano y a la intervencion no te tienen que poner ninguna pega y pedir los 5000 cartuchos que te corresponden si tienes que alegar alega que eres cazador y cazas todo el año a nivel mundial...

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Burbaies » 27 Dic 2010 19:08

...Compañero Skiner, así la cosa cambia.

Cambia relativamente, ya que según leo tu post NO veo la licencia E, en la cual tengo guiadas mis carabinas del 22.

no obstante si veo posibilidad de ampliación de cupo sin tener la "F", a mis carabinas del 17hrm, y 308 por estar guiadas en "D".

...Corregidme si me equivoco, por favor.
Salut.

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por skiner » 27 Dic 2010 17:53

No se cuando se lo pregunto a su interventor pero a dia de hoy se puede solicitar incremento de cupo para las armas guiadas con cualquier licencia.

Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.

En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo:

1. El personal de las empresas de seguridad y los guardas particulares de campo podrán adquirir los cartuchos de dotación, reposición de los utilizados en el ejercicio de sus cometidos específicos, ejercicios de tiro reglamentarios y para la obtención de licencias tipo C, según se establece en la normativa específica de aplicación. Las autorizaciones de adquisición de cartuchería serán expedidas por las Intervenciones de Armas y Explosivos de las correspondientes Zonas de la Guardia Civil y tendrá una validez de un año.
2. Los organismos o Cuerpos de los que dependa el personal reglamentariamente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y la persecución de la criminalidad podrán adquirir los cartuchos necesarios para la dotación, realización de los ejercicios de tiro reglamentarios, y practicas de los equipos de tiro constituidos formalmente. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil
3. Los Centros de Formación que deseen adquirir la cartuchería necesaria para las prácticas de sus actividades docentes, deberán de estar provistos de un permiso especial expedido por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, cuya validez será de un año. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería y de las armas debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
4. El personal en posesión de licencia F podrá adquirir para su consumo un número ilimitado de cartuchos siempre que lo haga en las propias instalaciones de las Federaciones y sin que pueda sacarlos del recinto de estas. Las Federaciones adoptarán las medidas de control adecuadas para evitar que dichos cartuchos puedan salir al exterior. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida a los Clubes o Federaciones por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
5. Si el particular en posesión de licencias A, B, D o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
6. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de 10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres. Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas cantidades.
4. Podrá adquirirse un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5000 unidades de esta clase de cartuchos.


Saludos

Re: ...Ampliación de cupo.

Mensaje por Burbaies » 27 Dic 2010 15:54

...Gracias compañero Farnacho.

...Pues seguiremos esperando la dichosa "F" solicitada a mediados de octubre, unos meses mas.

...Menos mal que termina el año ( natural) y en enero ya podre comprar mil unidades mas del 22 y del 17. Las de mi club, no van muy finas en mi cañon. Y 17 no hay ( NO existe... ezoo que éeeee?¿?¿?) :shock:

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