cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

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Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por abranchadell » 01 Feb 2021 11:38

Sin ánimo de crear controversia, os diré por experiencia propia, que en caso de haber problemas la interpretación (tanto de la G.C. como de la autoridad judicial) siempre es la más restrictiva posible. O sea, que en este caso tiene toda la razón Chinchu, son 200 pistones en depósito (con vainas empistonadas y cartuchos enteros incluidos) en arma larga, y 150 en arma corta, con iguales condiciones. Así que mucho cuidado, que cuando las cosas se tuercen y te buscan la vuelta, tienes que poder defenderte con argumentos legales, no vale el decir que en la armería me lo apuntaban así.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Chinchu » 29 Ene 2021 17:07

Casi me quedo sin respiración.

Luego he alucinado.

:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por jneogeo » 29 Ene 2021 17:02

una cosa se pueden comprar al dia 200 al día pero en tu casa puedes tener 100 vainas empistonadas y 100 pistones ok según reglamento lo que hace en total 200 pistones diarios si no tienes ninguna vaina empistonadas ya sabes 100 vainas empistonadas y 100 pistones en la cajita ( corregido) perdón por el error

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por walman » 29 Ene 2021 15:42

Aqui lo teneis 200 al dia.
Adjuntos

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por jfmtda » 29 Ene 2021 13:48

En la armería de Madrid en la que yo compro también apuntan 200 diarios.

JFM

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Parachut » 29 Ene 2021 12:46

chiss escribió:Pues yo cuando hice el curso lo recalcaron mucho

Estaría bien saber dónde o quién os dió ese curso, más que nada porque dice mucho de la calidad del mismo y así que nadie más caiga.

Un saludo.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por JohnWoolf » 29 Ene 2021 11:08

No, apuntan los 200 en el mismo día.

W.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Chinchu » 29 Ene 2021 10:03

jrdc1 escribió:Buenas!

Chinchu escribió:
jrdc1 escribió:Seguro que ponen problemas, pero no deberían. En un momento dado, puedes tener almacenados 150 cartuchos completos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones por envainar sin incumplir el reglamento. Eso implica hasta cuatro viajes a la armería, y deberían estar contentos de tener un cliente tan voluntarioso.

Saludos.


Hola,

Esto último que pones no se ajusta a la norma, porque se te olvida algo muy importante del articulado del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, que limita ese artículo, la norma ha de ser aplicada y entendida conjugando tres artículos, el 4.8, el 104.2 y el 136:

Artículo 4. Definiciones.

8. Cartuchería: todo tipo de cartuchos dotados de vaina con pistón, fuego anular y cargados de pólvora, lleven o no proyectiles incorporados. Los pistones y vainas con pistón, independientemente de que éstas se encuentren vacías o a media carga, tendrán la misma consideración, a efectos de este reglamento, que el tipo de cartucho que pueda fabricarse con ellos.

Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.

1. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la ITC número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica.

2. En cuanto al almacenamiento de cartuchos, la suma de los cargados o recargados por los particulares y los adquiridos a comerciantes no pueden superar los límites establecidos en el artículo 136.

Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.


Esto significa que nunca el número de pistones y vainas empistonadas más el de cartuchos puede exceder las cantidades máximas de depósito luego, si almacenas 150 cartuchos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones, tendrías 350, porque tanto pistones como vainas empistonadas tienen el tratamiento de cartuchos y esos tres artículos son meridianamente claros.

Conclusión:

La suma de cartuchos de arma larga, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 200 unidades.

La suma de cartuchos de arma corta, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 150 unidades.


Esto nos lleva a una segunda conclusión:

Una armería nunca debería vender de una vez más de 200 pistones de arma larga o 150 pistones de arma corta, aunque seguramente venden 200 en ambos casos, pero erróneamente.

saludos,


Entonces el Reglamento se contradice a si mismo, porque en un lugar permite 100 vainas y 100 pistones y en otro lo limita a 150 unidades, si nos referimos a arma corta. Por no hablar que la interpretación del Art. 4 la veo muy restrictiva, pero estas no son horas de ponerse a bucear en el articulado.

Saludos


Todos hemos sufrido las contradicciones del reglamento, y lo que nos queda, pero si algo he aprendido es que cuando lees una norma legal no puedes leer sólo un artículo que te interese, ya que puede haber otros que le afecten. Es más, puede ser que una norma te diga una cosa y haya otra que te la restrinja, como el caso del R.A. y la Ley de Seguridad Ciudadana.

La cuestión es que hay 3 artículos que afectan a esto de los pistones y la recarga, nos guste o no.

El 104.1 dice claramente:

Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones.

Ese "hasta" se aplica tanto a la pólvora, como a los pistones, como a las vainas con pistón, en ningún sitio dice que puedas tenerlo todo siempre.Esto no es una interpretación, está semánticamente claro.

Y el 104.2 hace la restricción diciéndote dónde se marcan las cantidades máximas, que es en el 136, con una salvedad, el Art. 4.8, que viene a decir que a efectos de conteo, pistón cuenta igual que vaina empistonada e igual que cartucho.

Saludos,

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por walman » 29 Ene 2021 08:51

Ribetano escribió:Ojo con eso, que seguramente es porque te apuntan 100 de un día y 100 de otro. Compruébalo enn a lista.

Luego lo compruebo, pero creo que no. Ademas en su dia hice la pregunta y me recalcaron en la armeria que 200.
Un saludo.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Ribetano » 29 Ene 2021 08:05

chiss escribió:
Ribetano escribió:Los percutidos no cuentan


Pues yo cuando hice el curso lo recalcaron mucho


Sería un malentendido. Puedes tener miles de vainas percutidas en una caja. Es chatarra a nivel oficial.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Ribetano » 29 Ene 2021 08:03

Ojo con eso, que seguramente es porque te apuntan 100 de un día y 100 de otro. Compruébalo enn a lista.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por walman » 29 Ene 2021 06:55

Precisamente hoy he ido a comprar y me he traido 200.
Cada vez que voy me traigo 200. Y me los cuñan en la hoja. Asi a sido desde que recargo. Voy mas alla, cuando renove la licencia de armas tuve que presentar la hoja en mi I. A. y no me dijeron nada. Es una conocida armeria de la Com Valenciana.
Un saludo.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por jrdc1 » 29 Ene 2021 02:19

Buenas!

Chinchu escribió:
jrdc1 escribió:Seguro que ponen problemas, pero no deberían. En un momento dado, puedes tener almacenados 150 cartuchos completos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones por envainar sin incumplir el reglamento. Eso implica hasta cuatro viajes a la armería, y deberían estar contentos de tener un cliente tan voluntarioso.

Saludos.


Hola,

Esto último que pones no se ajusta a la norma, porque se te olvida algo muy importante del articulado del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, que limita ese artículo, la norma ha de ser aplicada y entendida conjugando tres artículos, el 4.8, el 104.2 y el 136:

Artículo 4. Definiciones.

8. Cartuchería: todo tipo de cartuchos dotados de vaina con pistón, fuego anular y cargados de pólvora, lleven o no proyectiles incorporados. Los pistones y vainas con pistón, independientemente de que éstas se encuentren vacías o a media carga, tendrán la misma consideración, a efectos de este reglamento, que el tipo de cartucho que pueda fabricarse con ellos.

Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.

1. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la ITC número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica.

2. En cuanto al almacenamiento de cartuchos, la suma de los cargados o recargados por los particulares y los adquiridos a comerciantes no pueden superar los límites establecidos en el artículo 136.

Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.


Esto significa que nunca el número de pistones y vainas empistonadas más el de cartuchos puede exceder las cantidades máximas de depósito luego, si almacenas 150 cartuchos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones, tendrías 350, porque tanto pistones como vainas empistonadas tienen el tratamiento de cartuchos y esos tres artículos son meridianamente claros.

Conclusión:

La suma de cartuchos de arma larga, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 200 unidades.

La suma de cartuchos de arma corta, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 150 unidades.


Esto nos lleva a una segunda conclusión:

Una armería nunca debería vender de una vez más de 200 pistones de arma larga o 150 pistones de arma corta, aunque seguramente venden 200 en ambos casos, pero erróneamente.

saludos,


Entonces el Reglamento se contradice a si mismo, porque en un lugar permite 100 vainas y 100 pistones y en otro lo limita a 150 unidades, si nos referimos a arma corta. Por no hablar que la interpretación del Art. 4 la veo muy restrictiva, pero estas no son horas de ponerse a bucear en el articulado.

Saludos

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Chinchu » 28 Ene 2021 23:49

jrdc1 escribió:Seguro que ponen problemas, pero no deberían. En un momento dado, puedes tener almacenados 150 cartuchos completos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones por envainar sin incumplir el reglamento. Eso implica hasta cuatro viajes a la armería, y deberían estar contentos de tener un cliente tan voluntarioso.

Saludos.


Hola,

Esto último que pones no se ajusta a la norma, porque se te olvida algo muy importante del articulado del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, que limita ese artículo, la norma ha de ser aplicada y entendida conjugando tres artículos, el 4.8, el 104.2 y el 136:

Artículo 4. Definiciones.

8. Cartuchería: todo tipo de cartuchos dotados de vaina con pistón, fuego anular y cargados de pólvora, lleven o no proyectiles incorporados. Los pistones y vainas con pistón, independientemente de que éstas se encuentren vacías o a media carga, tendrán la misma consideración, a efectos de este reglamento, que el tipo de cartucho que pueda fabricarse con ellos.

Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.

1. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la ITC número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica.

2. En cuanto al almacenamiento de cartuchos, la suma de los cargados o recargados por los particulares y los adquiridos a comerciantes no pueden superar los límites establecidos en el artículo 136.

Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.


Esto significa que nunca el número de pistones y vainas empistonadas más el de cartuchos puede exceder las cantidades máximas de depósito luego, si almacenas 150 cartuchos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones, tendrías 350, porque tanto pistones como vainas empistonadas tienen el tratamiento de cartuchos y esos tres artículos son meridianamente claros.

Conclusión:

La suma de cartuchos de arma larga, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 200 unidades.

La suma de cartuchos de arma corta, las vainas empistonadas y sus pistones, nunca puede exceder las 150 unidades.


Esto nos lleva a una segunda conclusión:

Una armería nunca debería vender de una vez más de 200 pistones de arma larga o 150 pistones de arma corta, aunque seguramente venden 200 en ambos casos, pero erróneamente.

saludos,

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por JohnWoolf » 28 Ene 2021 22:52

En la armería donde yo compro los pistones me dan 200 y es así como los tengo anotados y sellados. Es una de las más conocidas y no van ni a equivocarse ni a jugársela. ¿Es en mi Reino de Taifas? No lo discuto porque España ya se sabe el mosaico que es, pero salvo que en estos dos meses haya cambiado algo, que no me suena porque habría corrido la voz, en el cuadrante de mi autorización los tengo sellados de 200 en 200.

Saludos.

JW.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por chiss » 28 Ene 2021 22:26

Ribetano escribió:Los percutidos no cuentan


Pues yo cuando hice el curso lo recalcaron mucho

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por jrdc1 » 28 Ene 2021 10:03

Buenas!

Del RD Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. Actualizado el 07/11/2015

Artículo 104. Carga y recarga de cartuchería por particulares.

1. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la Instrucción técnica complementaria número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica, a pesar de no necesitar autorización alguna.

2. En cuanto al almacenamiento de cartuchos, la suma de los cargados o recargados por los particulares y los adquiridos a comerciantes no pueden superar los límites establecidos en el artículo 136.


Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.

En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.


Seguro que ponen problemas, pero no deberían. En un momento dado, puedes tener almacenados 150 cartuchos completos, 100 vainas empistonadas y 100 pistones por envainar sin incumplir el reglamento. Eso implica hasta cuatro viajes a la armería, y deberían estar contentos de tener un cliente tan voluntarioso.

Saludos.

Re: cuantos pistones para recarga puedo comprar al día

Mensaje por Ribetano » 28 Ene 2021 09:55

Poderse, se podría, pero igual el armero no te los vende paras evitar líos.

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