ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

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Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por yunque » 07 Sep 2010 15:17

Conclusión...el "cortar y pegar" conlleva estos riesgos; cuando andas parcheando algo de lo que no tienes mucha idea (legislador) acaban quedando subterfugios sin cubrir que pueden ser explotados (léase actual reglamento de armas con la prohibición de no poder transportar más de 5 rifles".



Un saludo.[/quote]


No tenia ni idea de que no se pudieran transportar mas de 5 rifles.
El mes que viene tengo que ir a pasar la revista de armas y tengo que llevar 9 y otras 7 u 8 escopetas , no recuerdo bién , ¿no puedo hacerlo legalmente en el mismo viaje?

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por annhilator » 04 Sep 2010 03:14

el-castigador escribió:Vaya tela como están algunos en materia de normativa...

En el armero que utilicéis para guardar el material de recarga ( prensa, pistones, pólvora o útiles para la misma ) solo pueden estar dentro los mismos, ni armas cortas, ni rifles, ni carabinas ni escopetas, vamos que si alguno ha dado de alta el armero para tal menester que tenga claro que si va al intervención de su zona a inspeccionar sus armeros lo van a pillar con el culo al aire.

Y tener en cuenta que hoy ya casi todo en las intervenciones lo tienen informatizado, así que cuando tengáis que ir a renovar licencia de armas y como están haciendo por algunas zonas o pidan la factura del armero y vean que solo tenéis uno o dos para tres licencias tendréis un problema. Me explico si tengo armas cortas tengo un grado III y con licencia tipo D un grado I pero si añadimos la licencia de recarga necesito otro de grado I mínimo para la prensa, pólvora, pistones y los utensilios necesarios para la recarga (aun que sean de venta libre ).

Un saludo.


Me acaban de conceder la autorización (esta mañana he recibido la llamada para pasar a recogerla) y en ningún momento me han comentado que se necesite un armero exclusivo para tener que guardar la pólvora, pistones y vainas. Es más, en la Instrucción Técnica Complementaria Número 15, en concreto, en el punto 2, párrafo 9:

Las medidas de seguridad mínimas exigibles para el almacenamiento de la pólvora, vainas y pistones utilizadas para la recarga, es la posesión en el domicilio u otro lugar autorizado, de caja fuerte, nivel 1 o superior.

Como puede leerse, solo se pide que en el domicilio haya una caja de seguridad con ese nivel de seguridad mínimo (Grado I), pero en ningún sitio pone nada de "exclusivo" para el material de recarga.

Hay, sin embargo, un párrafo que resulta ambiguo y es el 8:

Conservar la maquinaria junto con la cartuchería y sus componentes, en el domicilio, con las suficientes medidas de seguridad

Habría que saber que considera el legislador lo que son "suficientes medidas de seguridad"...¿Todo dentro de un armero? No creo, porque entonces hubieran refundido el párrafo 8 y 9 en algo parecido a:

"Conservar la maquinaria junto con la cartuchería y sus componentes (pólvora, pistones y vainas), en el domicilio, con las suficientes medidas de seguridad, siendo las medidas de seguridad mínimas exigibles para dicha conservación la posesión en el domicilio u otro lugar autorizado, de caja fuerte, nivel 1 o superior"

Conclusión...el "cortar y pegar" conlleva estos riesgos; cuando andas parcheando algo de lo que no tienes mucha idea (legislador) acaban quedando subterfugios sin cubrir que pueden ser explotados (léase actual reglamento de armas con la prohibición de no poder transportar más de 5 rifles".

Se me olvidaba ya, indicar que a mi hicieron la inspección antes para comprobar si el armero tenía "suficiente espacio" entre ellas, para guardar la máquina de recarga. Sabía que no es obligatorio que se guarde dentro, pero por la buena marcha del negocio no quise discutir con el Interventor ya que es buena gente, por lo que no tuve ningún reparo en que lo revisara, haciendo un informe positivo sobre la capacidad del armero.


Un saludo.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por Gisme » 04 Sep 2010 02:01

Vamos a acabar teniendo 40 extintores, 40 armeros, y un arma inutilizada :mrgreen:
Me río pero es para llorar.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por doggy » 03 Sep 2010 23:03

joer a ese paso vamos a tener en casa mas armeros que armas jajaja

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por el-castigador » 03 Sep 2010 21:40

Vaya tela como están algunos en materia de normativa...

En el armero que utilicéis para guardar el material de recarga ( prensa, pistones, pólvora o útiles para la misma ) solo pueden estar dentro los mismos, ni armas cortas, ni rifles, ni carabinas ni escopetas, vamos que si alguno ha dado de alta el armero para tal menester que tenga claro que si va al intervención de su zona a inspeccionar sus armeros lo van a pillar con el culo al aire.

Y tener en cuenta que hoy ya casi todo en las intervenciones lo tienen informatizado, así que cuando tengáis que ir a renovar licencia de armas y como están haciendo por algunas zonas o pidan la factura del armero y vean que solo tenéis uno o dos para tres licencias tendréis un problema. Me explico si tengo armas cortas tengo un grado III y con licencia tipo D un grado I pero si añadimos la licencia de recarga necesito otro de grado I mínimo para la prensa, pólvora, pistones y los utensilios necesarios para la recarga (aun que sean de venta libre ).

Un saludo.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por serteco » 03 Sep 2010 16:44

annhilator escribió:
P.D.: A mi no me han pedido ninguna factura de extintor ni nada parecido.


a mi si me pidieron la factura del extintor .

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por Buen_tirador » 03 Sep 2010 15:24

Si le dais un repasito rapido al nuevo Reglamento de Cartucheria, vereis que armero es necesario para la Autorización de Recarga de Cartucheria Metalica (que lo de Titulo de Recarga no es).


Un saludo al foro.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por annhilator » 03 Sep 2010 14:21

Te piden un armero que esté homologado...si vas a recargar para arma larga, te exigirán un Grado I, pero si vas a recargar para armas cortas seguramente te exijan el Grado III.

Un saludo.

P.D.: A mi no me han pedido ninguna factura de extintor ni nada parecido.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por doggy » 03 Sep 2010 11:39

jajaja pos si me piden un armero de grado 3 tendre que hacer hueco para meter mi pistola y la polvora y pistones en un armero de armandog de los pequeños donde solo caben 3 pistolas,lo paretare todo a ver si cabe..

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por ARMONICA » 02 Jun 2010 10:38

La documentacion que yo presente fue : factura de compra de la maquina y su homologacion, licencia de armas, guias de los calibres a recargar factura de compra y homologacion de clase III por que es la unica que tengo y son las de las armas, tarjeta federativa, curso de recarga y punto. Me tardo un mes en mandarla el ICAE.

Un saludo.-

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por Buen_tirador » 02 Jun 2010 01:16

carses escribió:Y para terminar, según la IA, una vez que tienes todo y te entregan la autorización, te dicen el dia que van a pasar por tu casa para ver donde vas a realizar la recarga, si el sitio está bien ventilado, que tienes suficientes medidas de seguridad, que el armero está bien clavado en la pared, etc.

No es coña, no lo hacen siempre, pero se de casos que si, y en el reglamento de explosivos dice que tienen que hacerlo.

un saludo



Otro dando ideas.

Un saludo al foro.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por Buen_tirador » 02 Jun 2010 01:11

Delianio escribió:Hola amigos.

Segun mi reciente experiencia, para solicitar el permiso de recarga tienes que presentar lo siguiente:

Certificado del curso de recarga.
Tarjeta federativa en vigor.
Licencia de armas.
Guias de los calibres que pienses recargar.
Certificado de homologacion y factura de la maquina de recarga.
Factura, certificado de homologacion y certificado de lavoratorio de pruevas de la caja fuerte que ahora desde enero tiene que ser obligatoriamente de "grado III".
DNI.
Todo fotocopiado y prentado junto el original para su cotejo.

Si te falta alguna fotocopia no esperes que ellos te la hagan, tendras que darte un paseo hasta la papeleria mas proxima, aunque tengan la fotocopiadora en el mostrador de la intervencion.

Y no olvides tomarte algun antidepresivo, eso si convenientemente prescrito por un medico certificado por un lavoratorio homologado por alguna universidad de alguna comunidad del pais que este autorizado por el estado al que pertenezca la oficina oficial de tramitacion de la documentacion oficial que presenentaras en tiempo y forma ante la autoridad burocratica competente en la materia a la que el articulo tal.tal de la ley organica cual de regglamento publicado en el BOE con fecha....."podria seguir todo el dia".

Suerte.


Que jodio eres compañero.
Que le vas a hacer comprarse una caja fuerte de grado III para la Autorizacion de Recarga.
Ni que las vendieras tu.

Reglamento de Cartucheria. Leerselo y cumplirlo.

Un saludo al foro.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por Buen_tirador » 02 Jun 2010 01:07

ROLAND escribió:Hola a todos , me gusrtaria saber que tipo de armero te piden para obtener la titulacion expedidad por la g.c en la que autoriza a la compra y tenencia de elementos de recarga , polvora y pistones asi como la maquina ( esta ultima sin papeleos ni autorizacion ) .

me interesaria comprar un armero grande para 6 armas largas , de paso que la compro esa factura la presentaria para la g.c y que me den el titulo de recarga.

pero las de grado 3 solo estan en armeros pequeños no?

saludos.


Si te lees el Reglamento de Cartucheria, recientemente aprobado y publicado en el BOE y en vigor, te sacara de dudas.

Lo que ahi pone es lo que hay que aportar.

Y de lo que indicas de maquina de recarga sin papeleos, es decir sin certificado de homologacion. Para obtener la autorizacion de recarga no te va a servir, eso si para tenerla de segunda maquina vale.

Leete la normativa, que para eso se ha publicado.

Un saludo al foro.

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por supertrabuco » 02 Jun 2010 00:54

A mi no me pidieron tantas cosas, nada de estintor y el armero que tengo tiene 12 años y tengo una fotocopia de algo parecido a una factura con una solicitud de homologacion a la GC que me haabia proporcionado la desaparecida A Kenert, :wink: y me ha servido, tambien tengo que decir que el interventor no estaba muy al tanto pues cuando me decia los papeles que me hacian falta esta consultando el espediente de otro solicitante para saber cuales eran :mrgreen:
En fin se ve que cada maestrillo tiene su librillo :)
Saludos

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por texedu197329 » 01 Jun 2010 12:05

Delianio escribió:Estais oxidados.......
Paco, segun el teniente de la IA de Malaga, la caja o armero ha de ser minimo grado III
Ahora si me han tomado el pelo.... eso ya es otro cantar.
Salu2


Buenas, a de ser grado III, si tienes armas cortas, si no con un armero grado I, es suficiente para los elementos de recarga.

Un cordial saludo.

texedu197329

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por pablo1984 » 08 Mar 2010 18:05

También dice la constitución que tengo derecho a un trabajo y sueldo digno, y a vivienda, y llevo casi dos años en paro y sin cobrar un puto duro. :twisted:

Si todo lo que dicen fuera verdad...

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por carses » 08 Mar 2010 17:51

Y para terminar, según la IA, una vez que tienes todo y te entregan la autorización, te dicen el dia que van a pasar por tu casa para ver donde vas a realizar la recarga, si el sitio está bien ventilado, que tienes suficientes medidas de seguridad, que el armero está bien clavado en la pared, etc.

No es coña, no lo hacen siempre, pero se de casos que si, y en el reglamento de explosivos dice que tienen que hacerlo.

un saludo

Re: ARMERO PARA TITULO DE RECARGA

Mensaje por ROLAND » 08 Mar 2010 15:11

Bueno por lo menos ya hemos sacado en claro los requisitos , q no son pocos aunque con paciencia y tiempo desde que te pones hasta que te manden el titulo de la g.c pues..... jajja. es bastante tiempo.

saludos.

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