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Mensaje por Manueles » 13 May 2018 14:08

Ah caramba.

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por orion14 » 13 May 2018 07:35

Manueles escribió:Hola orion14 me quedo con esta frase tuya " gracias a dios estás los juzgados"
Los mismos juzgados que han suspendido varias veces las falsas oposiciones en Andalucía, por que el interino enchufado tenia todo los puntos y lo de oposición abierta era un falsedad..
Saludos


Correcto... O los mismos juzgados que desarticularon la trama de cierta academia que tenia y vendia los examenes de acceso para Guardias y de promocion interna para Sargentos y Alfereces de la Guardia Civil. Mierda hay mucha en todos los cuerpos asi que no desviemos el hilo del post con tonterias ajenas al tema de las armas.

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Fernoked » 12 May 2018 21:14

Manueles escribió:Art. 7.º
1. El Guardia Civil Auxiliar desempeñará aquellos servicios que, siendo propios de la Guardia Civil, revistan carácter militar, aquellos otros que puedan realizar encuadrados en Unidades y los auxiliares que se les asignen en las Unidades de destino.
2. En el desempeño de tales servicios tendrán, a todos los efectos, la misma consideración que el guardia civil profesional..."

El arma reglamentaria era el CETME C no estaban autorizados a llevar pistolas, y los servicios eran siempre con un funcionario de carrera a su lado, eso si se chupaban muchas guardias de garita como en la mili.

Bien ha llegado a la frase "revistan carácter militar" pero no se quede ahí, siga leyendo "aquellos otros que puedan realizar", que eso da para mucho. Además hay que tener en cuenta que la Guardia Civil es un cuerpo militar únicamente en tiempo de guerra por lo que pocos cometidos militares podrían haber hecho.

Que tenían la misma consideración que el resto de guardias en el desempeño de sus servicios, pues es evidente ¿Cuándo sino quiere que lo tengan? ¿Cuándo están en la cama con la parienta? El CETME sigue siendo un arma, pues porque tenga abundancia de madera es difícil confundirlo con una escoba. Que no llevaran un arma y no otra, no quita que prestaran servicios armados y no eran funcionarios de carrera, y que tenían la misma consideración que el resto de agentes siendo indiferente que portasen una navaja de siete muelles, les pusiesen zapatos de claqué, o vestidos de lagarterana.

Espero que no confunda hacer servicios de seguridad con servicios de carácter militar o sino los del CNP cuando están de seguridad en dependencias policiales tendríamos que considerarlos también militares.


Manueles escribió: Como sabes ya le ha costado el puesto como dice el reportaje al responsable de la escuela de seguridad publica. Igual es que los del periódico son unos embusteros y los encargados de aplicar la ley unos tontos que no saben de lo que hablan.


En cuanto a los militares de empleo son eso, militares de empleo y el armas que llevan es la misma que llevaba yo cuando hacia el servicio militar.

El responsable se ha ido pero no porque fuera un error tener a interinos armados sino por estar liándola en perjuicio de los policías locales.

Sobre si el que redactó el informe no sabe de lo que habla no entro porque no he visto el informe y puede que sea bastante diferente de lo que se publica en los medios. Ahora bien, si antes los interinos portaban armas de servicio me surjen unas duda ¿En la Intervención de armas el de antes no sabía lo que hacía y el de ahora si? ¿Era el de antes el que si sabía y el de ahora el que no se entera? ¿tenía razón el de antes y también el de ahora? ¿Realmente es el mismo y es que ahora vió la luz? ¿Cuantos policías interinos han sido detenidos por posesión ilegal de armas?

Defendía que solamente un funcionario de carrera puede prestar servicios con armas y ahora resulta que reconoce que se prestan servicios armados por personal laboral ¿No es eso contradecirse un poco?

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por INOOK » 12 May 2018 20:12

debe ser del estilo de estos.

https://politica.elpais.com/politica/20 ... 66394.html

vaya pais este.

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Mensaje por Manueles » 12 May 2018 18:02

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Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por orion14 » 12 May 2018 08:43

Esta tonteria es igual que cuando un iluminado escribió y rubricó que el carnet profesional de PL en segunda actividad dejaba de surtir efecto como licencia A. Resultado escrito y revocación de esa "interpretación personal" (entre otros daños "colaterales" para el interpretador de la norma)
El rgto de armas es claro. Dice "personal de los cuerpos de policia local". Es cada comunidad autonoma la que determina que miembros pueden o no llevar armas a traves de las leyes de coordinacion máxime cuando las guias de pertenencia de las armas oficiales no se expiden a titulo personal sino que se adjudican por la propia jefatura.

Respecto a los funcionarios interinos son funcionarios al igual que los de carrera (salvo en la propiedad de la plaza) con la finalidad de ocupar determinado puesto en la administración hasta su cobertura definitiva por lo tanto el "no ser" funcionario no tiene encaje posible ya que no son personal laboral contratado sino personal que ha pasado un proceso de selección y tiene nombramiento como tal.

Por ahora ya un par de listos han sido cesados y espero que en breve le sacudan tambien consecuentemente a los "libre interpretadores" de la norma. Que a final legisla, aplica e interpreta alguien que entró con graduado escolar por el simple hecho de haber recibido un curso de "x" horas y estar destinado en determinado sitio careciendo de formación jurídica minima necesaria y que por otra parte la interpretacion de las leyes en este pais esta reservada a otro estamento. Gracias a Dios aun estan los juzgados.

Mis mejores deseos al que firmó ese escrito porque por lo que me dicen le van a recordar internamente ciertas cosas.

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Mensaje por Manueles » 11 May 2018 22:29

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Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Fernoked » 11 May 2018 21:54

Manueles escribió:OK fernoked lo de la segunda parte de tu comentario ve a la dirección general de la GC y se lo cuentas,, La GC no discute la valides de ningún nombramiento, solo aplican las leyes en este caso el reglamento de armas.

No tengo necesidad de ir a ningún sitio a contar nada. El tema no me afecta y al que le pique que se rasque (tanto en un sentido como en otro).

El Reglamento de Armas es claro y no deja lugar a dudas:

"Art. 114.1 Al personal que a continuación se indica, siempre que se encuentre en servicio activo o disponible, le será considerada como licencia A su tarjeta de identidad militar o carné profesional:

...d) Los miembros de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones locales."

El carnet profesional de un policia interino tiene consideración de licencia A puesto que la norma no hace distinciones y la Intervención no puede entrar a decidir si el interino es menos policía, es poco policía, o si el nombramiento no es válido.

El reglamento es clarito, dura lex sed lex

El que afirme que no se puede llevar armas en el servicio simplemente porque se carece de la condición de funcionario de carrera le puede dar un patatús cuando sepa que la tropa del ejército es personal laboral ¡Horror personal laboral con armas! ¡Y de las gordas!

Manueles escribió:Los guardias auxiliares de servicio militar no tenían la misma consideración que los funcionarios de la guardia civil, no se de donde has sacado tu eso.



"Real Decreto 99/1988, de 12 de febrero, por el que se regula la prestación del servicio militar en el voluntariado especial en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Art. 7.º
1. El Guardia Civil Auxiliar desempeñará aquellos servicios que, siendo propios de la Guardia Civil, revistan carácter militar, aquellos otros que puedan realizar encuadrados en Unidades y los auxiliares que se les asignen en las Unidades de destino.
2. En el desempeño de tales servicios tendrán, a todos los efectos, la misma consideración que el guardia civil profesional..."

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Blas Femo » 11 May 2018 21:26

"solo aplican las leyes en este caso el reglamento de armas"
Ya pasó con la Guardia Urbana (bcn) hará como ¿años?
El que no pasó por la "escuela" o se jubiló o a "segunda actividad"
Es lo que hay.

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Mensaje por Manueles » 11 May 2018 20:18

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Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Fernoked » 11 May 2018 17:40

Manueles escribió:El tema por el que yo preguntaba es este en concreto :

https://www.elcomercio.es/asturias/guard ... -ntvo.html

y ni una respuesta sobre el mismo. :mrgreen:

Es la cosa de los foros, que tu vienes a hablar de tu libro y los demás hablamos de lo que nos viene bien.

Un funcionario interino sigue siendo un funcionario. Hace ya algún tiempo se podía hacer la mili en la Guardia Civil y a todos los efectos tenían la misma consideración que los guardias profesionales; Al igual que también existen jueces sustitutos (otra denominación de interinidad) que meten en la cárcel a la gente y embargan bienes de la misma forma que los funcionarios de carrera.

En principio la figura del funcionario interino es admisible en las policías locales aunque luego habrá que ir a cada comunidad autónoma a ver si su regulación específica prohíbe el nombramiento de interinos. Además, una vez nombrado como policía local, la Guardia Civil carece de competencia para discutir la validez de ese nombramiento. Pues siendo un acto administrativo se presupone válido con todas sus consecuencias, como pueda ser el considerar que su tarjeta de identidad profesional sirve como licencia de armas.

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Mensaje por Manueles » 11 May 2018 15:27

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Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Hoplon » 11 May 2018 10:52

Aunque habrá muchas y honrosas excepciones, se ha abusado de la figura del interino: se coloca a un amigo en el ayuntamiento, y unos años después se convoca una oposición, en la que se dan muchos puntos a haber estado de interino en ese mismo puesto, y ya tenemos al amigo como funcionario de carrera.

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Fernoked » 11 May 2018 00:37

Manueles escribió:¿ Alguien me puede explicar que es un FUNCIONARIO INTERINO ?

Un funcionario que se ha nombrado por razones de necesidad y urgencia. Normalmente se suelen elegir entre los opositores que no han obtenido plaza y pasan a una lista de interinos para ocupar vacantes por bajas, vacaciones u otras situaciones. Como en todo también se da un uso inadecuado de la figura y no es raro que muchas plazas se destinen a interinos con vocación de permanencia.

También como dijeron, en algunos sectores como la sanidad suelen denominarse interinos a personal laboral que mediante lista van ocupando vacantes.

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Mensaje por Manueles » 10 May 2018 23:23

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Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por srek1980 » 10 May 2018 22:55

En mi caso me pagan por quedarme de accidental o interino. A mi al menos poco regalo para aprobar mis oposiciones horas de estudio y de entrenamientos. Puedo decir orgulloso que lo que tengo me lo he currado y sigo en ello por mejorar sueldo y situación. Solo a Dios le puedo dar gracias y a mi familia por aguantarme. Y a un amigo por animarme y apoyarme.

Enviado desde mi LG-H850 mediante Tapatalk

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por Blas Femo » 10 May 2018 22:12

A ver... en lo que atañe a la sanidad pública, el interinaje es una práctica habitual de toda la vida... duros a cuatro pelas, osea...
El tema de las oposiciones: filtrar los cuestionarios a academias "opositoras" a cambio de "x" pelas y así apruebas... y quién no? :roll:

Re: PEPE EL INTERINO

Mensaje por srek1980 » 10 May 2018 22:03

Yo he sido accidental e interino. Sustituyendo al Jefe en cuestión.

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