Mensaje por BRUNOCOM » 01 Nov 2013 23:21
Bueno la cosa es esta así , solo computa un máximo de un año si te quieres prejubilar , la O.C.U. , esta haciendo hincapié en que se cuente toda la mili , pero por ahora no lo consigue y tal como esta la cosa , creo que lo tiene crudo , según la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social - BOE 5 de diciembre de 2007, núm. 291 ambas pueden computar como tiempo cotizado sólo para los trabajadores que se jubilen de forma anticipada, en el caso de que sean despedidos (o se la ofrezcan) y les falte un máximo de un año para llegar a los 30 exigidos para acceder a la prejubilación. Por ejemplo, si alguien tiene 29 años de cotización y quiere prejubilarse, el año de 'mili' se computaría como cotizado. Eso sí, no influiría en el cálculo de la pensión.
Bueno la cosa es esta así , solo computa un máximo de un año si te quieres prejubilar , la O.C.U. , esta haciendo hincapié en que se cuente toda la mili , pero por ahora no lo consigue y tal como esta la cosa , creo que lo tiene crudo , según la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social - BOE 5 de diciembre de 2007, núm. 291 ambas pueden computar como tiempo cotizado sólo para los trabajadores que se jubilen de forma anticipada, en el caso de que sean despedidos (o se la ofrezcan) y les falte un máximo de un año para llegar a los 30 exigidos para acceder a la prejubilación. Por ejemplo, si alguien tiene 29 años de cotización y quiere prejubilarse, el año de 'mili' se computaría como cotizado. Eso sí, no influiría en el cálculo de la pensión.