Mensaje por sam76 » 28 Feb 2011 17:51
Brubaker escribió:18%iva
4% aranceles
17 euros para la empresa concesionaria de la Aduana.
Risa floja

Estoy estudiando Comercio Internacional. Hace unas dos semanitas tuve un examen de legislación aduanera. Según la regulación aduanera, tendrias que pagar el 10% del valor del producto. Os adjunto los datos
Clases de tipos arancelarios.
Los tipos de gravámenes pueden ser:
· Ad valorem: aquellos que suponen un porcentaje del valor en aduana de la mercancía. Por ejemplo el 12%.
· Específicos: aquellos que se expresan con una cantidad fija por cada unidad o múltiplo de unidades físicas (litros, toneladas, m2, etc.). Por ejemplo, 2€/litro.
· Mixtos: aquellos que están integrados por un derecho específico y por un derecho ad valorem, aplicándose simultáneamente. Por ejemplo, 12% + 150 €/tonelada neta.
· Tipos compuestos: Son tipos ad-valorem con un máximo o mínimo específico. Por ejemplo, arancel porcentual del 4,5%, con mínimo específico de 0,3€/ud y máximo específico de 0,8€/ud.
Además, hay que señalar la práctica denominada imposición a tanto alzado. Se aplica a las mercancías que constituyen pequeños envíos a particulares o están contenidas en equipajes personales de viajeros con la finalidad de ahorrar trabajo debido a los escasos derechos que de ellas se derivan. De este modo, se aplica sobre ellas un único derecho ad valorem del 10%.
[quote="Brubaker"]18%iva
4% aranceles
17 euros para la empresa concesionaria de la Aduana.
Risa floja :?[/quote]
Estoy estudiando Comercio Internacional. Hace unas dos semanitas tuve un examen de legislación aduanera. Según la regulación aduanera, tendrias que pagar el 10% del valor del producto. Os adjunto los datos
Clases de tipos arancelarios.
Los tipos de gravámenes pueden ser:
· Ad valorem: aquellos que suponen un porcentaje del valor en aduana de la mercancía. Por ejemplo el 12%.
· Específicos: aquellos que se expresan con una cantidad fija por cada unidad o múltiplo de unidades físicas (litros, toneladas, m2, etc.). Por ejemplo, 2€/litro.
· Mixtos: aquellos que están integrados por un derecho específico y por un derecho ad valorem, aplicándose simultáneamente. Por ejemplo, 12% + 150 €/tonelada neta.
· Tipos compuestos: Son tipos ad-valorem con un máximo o mínimo específico. Por ejemplo, arancel porcentual del 4,5%, con mínimo específico de 0,3€/ud y máximo específico de 0,8€/ud.
[color=#0000FF]Además, hay que señalar la práctica denominada imposición a tanto alzado. Se aplica a las mercancías que constituyen pequeños envíos a particulares o están contenidas en equipajes personales de viajeros con la finalidad de ahorrar trabajo debido a los escasos derechos que de ellas se derivan. De este modo, se aplica sobre ellas un único derecho ad valorem del 10%.[/color]