Mensaje por Busman » 07 Nov 2011 19:16
Hola Brugent.
Conviene diferenciar entre armas de avancarga, armas antiguas o armas históricas, pues no tienen porqué coincidir. Un arma histórica, según el reglamento, es aquella que se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, acreditada documentalmente.
Solo se consideran armas de avancarga aquellas que se cargan por la boca del cañón, aparte claro, de los revólveres de percusión cuya carga se realiza en las recámaras. El fusil que mencionas es considerado arma antigua y su venta es libre en Francia, como arma de colección (no para tirar con él). En España la cosa cambia, pero no creo que tengas ningún problema en meterlo en el Libro de Coleccionista. Eso sí, tampoco vas a poder tirar con él si no tramitas su guía en alguna licencia (A, F o D), amén de la dificultad para conseguir munición.
Hasta ahora la fecha hasta la cual se consideraba en España un arma como antigua estaba en 1870 ( apartado 6.2 del reglamento) y teóricamente se podía guiar en tiro con la AE, pero en la práctica solo guiaban armas de avancarga (apartado 6.4 del reglamento de armas).
Con la nueva modificación del reglamento el apartado 6.2 se modifica y la fecha se amplia, considerándose arma antigua los modelos cuyo diseño o patente sea anterior al 1 de enero de 1890. Esto a primera vista, parece un regalo, pero es algo que ha levantado cierta polémica.
De momento en ninguna IA te guían armas de cartucho metálico con la AE, independientemente de cual sea su fecha, quedando “de facto” dicha autorización limitada al apartado 6.4 de dicho reglamento, es decir a las armas de avancarga. Como digo al menos de momento.
Aquí hay que decir que la AE no nace como un regalito o chollete, ni siquiera es una licencia de armas. Se trata de una Autorización Especial que se creó en su día (principios de los 80) para controlar armas de fuego que quedaban en un vacío legal (como fueron las avancargas) en aquellos delicados momentos de transición política en este país. Vacío legal, por cierto, que nunca han tenido las armas de cartuchería metálica.
La única ventaja de esto, por ahora, es que puedes meter al Libro de Coleccionista sin muchos trámites, todas las armas anteriores a 1-1-1890, aunque sin poder tirar con ellas. Parece que nos han hecho esta pequeña concesión mientras nos obligan a destruir (literalmente) muchas armas posteriores a dicha fecha y que tanto amamos. Cada uno que vea lo que compensa.
Hoy por hoy y hasta que no se aclare este polémico punto, si quieres tener en tiro armas como el Rolling Block, el Gras, etc. las puedes guiar en la A, en la F o en la D y si no al Libro, pero todavía nada de AE, (que es solamente una autorización especial de momento y esperemos que no devenga en Licencia).
Saludos.
Hola Brugent.
Conviene diferenciar entre armas de avancarga, armas antiguas o armas históricas, pues no tienen porqué coincidir. Un arma histórica, según el reglamento, es aquella que se signifique especialmente por su relación con un hecho o personaje histórico relevante, acreditada documentalmente.
Solo se consideran armas de avancarga aquellas que se cargan por la boca del cañón, aparte claro, de los revólveres de percusión cuya carga se realiza en las recámaras. El fusil que mencionas es considerado arma antigua y su venta es libre en Francia, como arma de colección (no para tirar con él). En España la cosa cambia, pero no creo que tengas ningún problema en meterlo en el Libro de Coleccionista. Eso sí, tampoco vas a poder tirar con él si no tramitas su guía en alguna licencia (A, F o D), amén de la dificultad para conseguir munición.
Hasta ahora la fecha hasta la cual se consideraba en España un arma como antigua estaba en 1870 ( apartado 6.2 del reglamento) y teóricamente se podía guiar en tiro con la AE, pero en la práctica solo guiaban armas de avancarga (apartado 6.4 del reglamento de armas).
Con la nueva modificación del reglamento el apartado 6.2 se modifica y la fecha se amplia, considerándose arma antigua los modelos cuyo diseño o patente sea anterior al 1 de enero de 1890. Esto a primera vista, parece un regalo, pero es algo que ha levantado cierta polémica.
De momento en ninguna IA te guían armas de cartucho metálico con la AE, independientemente de cual sea su fecha, quedando “de facto” dicha autorización limitada al apartado 6.4 de dicho reglamento, es decir a las armas de avancarga. Como digo al menos de momento.
Aquí hay que decir que la AE no nace como un regalito o chollete, ni siquiera es una licencia de armas. Se trata de una Autorización Especial que se creó en su día (principios de los 80) para controlar armas de fuego que quedaban en un vacío legal (como fueron las avancargas) en aquellos delicados momentos de transición política en este país. Vacío legal, por cierto, que nunca han tenido las armas de cartuchería metálica.
La única ventaja de esto, por ahora, es que puedes meter al Libro de Coleccionista sin muchos trámites, todas las armas anteriores a 1-1-1890, aunque sin poder tirar con ellas. Parece que nos han hecho esta pequeña concesión mientras nos obligan a destruir (literalmente) muchas armas posteriores a dicha fecha y que tanto amamos. Cada uno que vea lo que compensa.
Hoy por hoy y hasta que no se aclare este polémico punto, si quieres tener en tiro armas como el Rolling Block, el Gras, etc. las puedes guiar en la A, en la F o en la D y si no al Libro, pero todavía nada de AE, (que es solamente una autorización especial de momento y esperemos que no devenga en Licencia).
Saludos.