Mensaje por bwlf69 » 10 Ene 2009 20:20
Acabo de comprarle a un compañero un cañon intercambiable de otro calibre (22) para mi pistola.
Sin embargo, ahora le dicen en la Intervención de Armas de su localidad que no lo puede vender si no va asociado junto con su pistola, es decir, que no se pueden vender a otro particular (que tiene su correspondiente permiso y guía del arma a la que añadir el cañon) si no es junto con el arma que aparece en la guía::8
Sinceramente, creo que todo es debido al provecto funcionario que le ha tocado en suerte preguntar. Legalmente, estoy convencido que no existe ningún impedimento en que un particular pueda vender un carro del 22, guiado con su arma, al poseedor de la licencia correspondiente, sin que este último tenga también que adquirir el arma llamémosle "principal".
Por favor, si alguien tiene alguna opinión o información al respecto, que la comparta, porque ambos comprador y vendedor estamos fastiados con el asunto:?
Saludos.
Acabo de comprarle a un compañero un cañon intercambiable de otro calibre (22) para mi pistola.
Sin embargo, ahora le dicen en la Intervención de Armas de su localidad que no lo puede vender si no va asociado junto con su pistola, es decir, que no se pueden vender a otro particular (que tiene su correspondiente permiso y guía del arma a la que añadir el cañon) si no es junto con el arma que aparece en la guía::8
Sinceramente, creo que todo es debido al provecto funcionario que le ha tocado en suerte preguntar. Legalmente, estoy convencido que no existe ningún impedimento en que un particular pueda vender un carro del 22, guiado con su arma, al poseedor de la licencia correspondiente, sin que este último tenga también que adquirir el arma llamémosle "principal".
Por favor, si alguien tiene alguna opinión o información al respecto, que la comparta, porque ambos comprador y vendedor estamos fastiados con el asunto:?
Saludos.