Mensaje por Sp01Shadow » 25 Ene 2017 19:34
https://www.guardiacivil.es/web/web/docu ... 111998.pdfPuede leerse como habla de cierres (cerrojos)
"La licencia tipo F autorizará la adquisición de un arma de concurso, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición.
Esta licencia sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizadas para la práctica del tiro, y únicamente podrá portarse con tal objeto.
Los titulares de las armas de concurso deberán guardarlas en:
En los locales de las federaciones con las debidas condiciones de seguridad, aprobadas por la Guardia Civil.
En los domicilios de los titulares, desactivadas, siempre que los cierres o las piezas esenciales se guarden en cajas fuertes de los domicilios o en los locales de las federaciones deportivas con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil. Las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes se determinan en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE. núm. 291, de 5 de diciembre)"
Ciertamente con las carabinas del 22 de percusión anular amparadas con la E, no dice que se necesite ningún tipo de armero. He de decir que a mí me lo pidieron en mi IA y yo convencido de que al ser arma larga rayada era exigible. Aún así lo que se habla de las incongruencias del reglamento de armas, si la misma carabina se guía en F, por el redactado se entiende que es necesario armero grado III... total, cada IA aplica su propio criterio y el resto de los mortales nos quedamos con el lío que no hay por donde cogerlo.
https://www.guardiacivil.es/web/web/documentos/iarmas/normativa/resol26111998.pdf
Puede leerse como habla de cierres (cerrojos)
"La licencia tipo F autorizará la adquisición de un arma de concurso, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición.
Esta licencia sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizadas para la práctica del tiro, y únicamente podrá portarse con tal objeto.
Los titulares de las armas de concurso deberán guardarlas en:
En los locales de las federaciones con las debidas condiciones de seguridad, aprobadas por la Guardia Civil.
En los domicilios de los titulares, desactivadas, siempre que los cierres o las piezas esenciales se guarden en cajas fuertes de los domicilios o en los locales de las federaciones deportivas con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil. Las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes se determinan en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE. núm. 291, de 5 de diciembre)"
Ciertamente con las carabinas del 22 de percusión anular amparadas con la E, no dice que se necesite ningún tipo de armero. He de decir que a mí me lo pidieron en mi IA y yo convencido de que al ser arma larga rayada era exigible. Aún así lo que se habla de las incongruencias del reglamento de armas, si la misma carabina se guía en F, por el redactado se entiende que es necesario armero grado III... total, cada IA aplica su propio criterio y el resto de los mortales nos quedamos con el lío que no hay por donde cogerlo.