Hola, me presento ya que es mi primer post en el foro, soy Miguel de Barcelona.
Resulta que llevo unos días leyendo para iniciarme en field target y despues de volverme loco, esta mañana he ido a arminse en Viladecans, (yo soy del Prat, el pueblo de al lado) a por una fenix 400 star, nada más salir de allí, me he dirigido al ayuntamiento de mi localidad a registrarla y me piden entre otras cosas los penales...
Bien, no me importa decirlo, yo en el 2006 tuve una pelea y tengo antecendetes que no me cumplirán hasta enero del 2016. Cosas de cuando uno era más joven, ahora con 36 años seguramente la evitaria, pero en aquella época un día de borrachera y tal pues surgió como surgió no puedo cambiar el pasado...
La pregunta es la siguiente, he visto que en cada ayuntamiento piden un requisito y en algunos no te piden los penales, osea, ¿la carabina la he de registrar en mi municipio o puedo probar en otro donde no me los pidan?
Gracias de antemano por la info.
Un saludo a todos.
aire comprimido y antecentes
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Re: aire comprimido y antecentes
Hola compañero, primero deberías pasarte por aquí para presentarte: salir-del-armero/.
En relación a tu pregunta te diré que la tarjeta para guiar el arma de aire solo puedes solicitarla en el ayuntamiento en el que estás enpadronado. De todas formas por una pelea que no tenga lesiones no tienen 10 años para su cancelación, de hecho las penas mas graves sólo tienen un plazo de 5 años de cancelación tal y como lo proclama el Código Penal en su artículo 136: 2º Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves. No sé de donde sacas eso de los diez años. Me figuro que tendrás una sentencia al respecto, vete al Juzgado que te sancionó y pide un certificado de cumplimiento de condena, paga las responsabilidades civiles que te marcaran en sentencia y acude con el certificado a la agencia territorial del Ministerio de Justicia y solicita la cancelación de antecedentes penales. Luego tendrás que cancelar los antecedentes policiales, mira en la web de la Guardia Civil y desde esta lo puedes tramitar una vez tengas la resolución del Ministerio de Justicia. Si te parece engorroso acude a un abogado de tu localidad y que te lo tramite, te cobrará por ello XXX€. Si te habrías molestado un poco en diferentes post aparecen temas iguales. Un saludo.
En relación a tu pregunta te diré que la tarjeta para guiar el arma de aire solo puedes solicitarla en el ayuntamiento en el que estás enpadronado. De todas formas por una pelea que no tenga lesiones no tienen 10 años para su cancelación, de hecho las penas mas graves sólo tienen un plazo de 5 años de cancelación tal y como lo proclama el Código Penal en su artículo 136: 2º Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves. No sé de donde sacas eso de los diez años. Me figuro que tendrás una sentencia al respecto, vete al Juzgado que te sancionó y pide un certificado de cumplimiento de condena, paga las responsabilidades civiles que te marcaran en sentencia y acude con el certificado a la agencia territorial del Ministerio de Justicia y solicita la cancelación de antecedentes penales. Luego tendrás que cancelar los antecedentes policiales, mira en la web de la Guardia Civil y desde esta lo puedes tramitar una vez tengas la resolución del Ministerio de Justicia. Si te parece engorroso acude a un abogado de tu localidad y que te lo tramite, te cobrará por ello XXX€. Si te habrías molestado un poco en diferentes post aparecen temas iguales. Un saludo.
Re: aire comprimido y antecentes
Sí, en la pelea hubieron lesiones desafortunadamente. Los hechos ocurrieron en 2006 y el juez decretó sentencia condenandome por un delito de lesiones (artículo 149.150 C. P) a libertad condicional a la espera de juicio. En el 2009 se dicta sentencia firme y se me condena a a la multa de 2 euros día durante 24 meses y según mi hoja de registro de penados la situación de la causa es, cumplida con fecha de extinción el 21de enero del 2011.
He buscado bastante por Internet pero no encontraba que tuviera que tenerla registrada en el mismo municipio. Muchas gracias y un saludo.
He buscado bastante por Internet pero no encontraba que tuviera que tenerla registrada en el mismo municipio. Muchas gracias y un saludo.
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Re: aire comprimido y antecentes
Buenas!
Para ser exactos, la tarjeta de armas debes obtenerla en el municipio en que te encuentres avecindado o residiendo. Lo complejo es definir lo que significa estar avecindado o residiendo. Si tu o alguien de tu familia tiene casa en otro Ayuntamiento puedes intentar obtenerla allí; a lo mejor son más laxos en los papeles necesarios.
Por otro lado, eres de Barcelona capital? Yo hace tiempo que no registro carabinas en BCN, pero nunca me pidieron penales para expedir la tarjeta (que no quiere decir que no los consulten de oficio, ojo). Si han cambiado para mal, peor rayo los parta.
Saludos
Para ser exactos, la tarjeta de armas debes obtenerla en el municipio en que te encuentres avecindado o residiendo. Lo complejo es definir lo que significa estar avecindado o residiendo. Si tu o alguien de tu familia tiene casa en otro Ayuntamiento puedes intentar obtenerla allí; a lo mejor son más laxos en los papeles necesarios.
Por otro lado, eres de Barcelona capital? Yo hace tiempo que no registro carabinas en BCN, pero nunca me pidieron penales para expedir la tarjeta (que no quiere decir que no los consulten de oficio, ojo). Si han cambiado para mal, peor rayo los parta.

Saludos
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