Resulta que hemos encontrado en casa del abuelo una replica de pistola europa de cuando no hacia falta licencia y la avancarga ers de venta libre, resulta que ademas el mecanismo de la llave no funciona ya que al echarkla atras no retiene la llave en posicion de disparo,
Las preguntas son, me va a metecer la pena legalizarla y guiarla a mi nombre? O mas me vale entregarla en la IA y que la troceen?
La averia que refiero tiene mala pinta? Un tio mañoso podria arreglarla? La envio a alguna armeria y en su casa cual toca de este tipo de armas?
Pistola de percusion sin guia
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Re: Pistola de percusion sin guia
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Última edición por Reincidente el 15 Oct 2020 11:53, editado 1 vez en total.
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. 

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Re: Pistola de percusion sin guia
Creo recordar que se podían tener dos armas de avancarga en casa sin licencia , para tenerla te pedirán informe psicotécnico y la guía que te entregarán en la IA
Coste: +- 12€ de la guía y +- 25€ psicotécnico
Si no es así, ruego los compañeros me rectifiquen
Saludos
Coste: +- 12€ de la guía y +- 25€ psicotécnico
Si no es así, ruego los compañeros me rectifiquen
Saludos
Re: Pistola de percusion sin guia
Hola,
Art. 104 del R.A.
e) No obstante lo dispuesto en otros preceptos de este Reglamento, se considerará autorizada la posesión en el propio domicilio, sin los requisitos determinados en ellos, de un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, acreditando su especial valor histórico o artístico, o de dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitud regulado en el artículo 98, adoptando las medidas de seguridad necesarias para su custodia y no pudiendo utilizarlas ni enajenarlas, salvo dando cumplimiento a lo dispuesto al respecto en los preceptos específicos de este Reglamento. La infracción de lo dispuesto en este apartado tendrá la consideración de grave y llevará aparejada en todo caso la retirada definitiva de las armas de que se trate.
saludos,
Art. 104 del R.A.
e) No obstante lo dispuesto en otros preceptos de este Reglamento, se considerará autorizada la posesión en el propio domicilio, sin los requisitos determinados en ellos, de un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, acreditando su especial valor histórico o artístico, o de dos armas de avancarga, documentadas con las correspondientes guías de pertenencia, previa aportación del informe de aptitud regulado en el artículo 98, adoptando las medidas de seguridad necesarias para su custodia y no pudiendo utilizarlas ni enajenarlas, salvo dando cumplimiento a lo dispuesto al respecto en los preceptos específicos de este Reglamento. La infracción de lo dispuesto en este apartado tendrá la consideración de grave y llevará aparejada en todo caso la retirada definitiva de las armas de que se trate.
saludos,
- Reincidente
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Re: Pistola de percusion sin guia
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Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. 

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Re: Pistola de percusion sin guia
Tener tiene punzones Bope y numero de serie. Lo que no tiene es guia, pues en aquellos tiempos no hacia falta y no hemos encontrado factura, ni creo que exista pues segun mi padre, cree que fue un regalo.
- fierabras
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Re: Pistola de percusion sin guia
tirantloblanch escribió:Tener tiene punzones Bope y numero de serie. Lo que no tiene es guia, pues en aquellos tiempos no hacia falta y no hemos encontrado factura, ni creo que exista pues segun mi padre, cree que fue un regalo.
Lo malo es si a pesar de tenerlos la tienes que mandar de nuevo al BOPE a que lo comprueben. A raiz de otros temas con asuntos similares que se han puesto por aquí, parece que ese es el proceder ... Los gastos de envío y demás corren por tu cuenta ...
Igual está mal decirlo, pero si no la quieres disparar ni vender también puedes pasar de líos y colgarla por ahí, en tu casa, donde quede bien y santas pascuas. Y entretenerte reparándola, que será un muelle roto o alguna cosas sencilla seguramente.
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