Munición zorrera.

Escopetas Paralelas, escopetas semiautomáticas, chokes... todo sobre esta arma de caza
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Re: Munición zorrera.

Mensajepor calzada » 26 May 2011 08:48

Tomaxito escribió: ...Balas nunca ya que no se pueden llevar si vas a la menor, aunque el coto permita las dos modalidades.

...aunque en un coto esté permitida la menor y la mayor NO se puede ir a las dos cosas a la vez. ... Normalmente no está permitida la práctica de las dos modalidades de forma simultánea en el mismo terreno pero si se diese el caso (mediante autorizaciones especiales) se deben delimitar zonas en las que se practican las distintas modalidades, establecer las distancias de seguridad y poner los medios apropiados para que, a simple vista de los cazadores, sea posible identificar qué modalidad está practicando cada uno .

...NO se puede cazar un cochino si estás a la menor, por supuesto tampoco se pueden llevar balas. La Ley es clara y dice que no se pueden practicar una modalidad de caza mayor a la vez que una de menor, así que eso de "llevar un par de balas en la canana cuando voy al conejo, por si acaso" como que no. La caza del jabalí "al salto" es otra cosa.
La caza del jabalí al salto o en mano es una modalidad de caza mayor que, en las Comunidades en las que se autoriza, se puede ejercitar durante la temporada de caza menor y siempre que el Plan Cinegético permita la caza de esa especie. Luego cada uno lo interpreta como más le conviene pero la Ley es clara.

En algunas comunidades, pocas, la caza del cochino al salto se permite con rifle, en otras no, pero nunca mientras en el mismo terreno pueda haber otros cazadores a la menor.

...


Hola compañero. Afirmas rotundamente un montón de cosas y dices que la Ley es clara. ¿Puedes decirme qué parte de qué Ley prohíbe en toda España la caza al salto o en mano del jabalí durante el ejercicio de la caza menor?. Yo ya he puesto una que lo autoriza expresamente, en concreto, en Castilla y León que es el caso que conozco, y lo autoriza tal cual, sin más limitación que el número de cazadores y perros.

En la mayoría de los sitios se permite la caza del zorro durante la caza mayor. Según tú, eso tampoco se puede hacer ¿no?, porque según tú, rotundamente, no puede cazarse la menor y la mayor a la vez. Pues te aseguro que sí se puede, y no mediante una autorización especial, sino que lo permite la Ley de forma genérica.

Mira, hay algo que mezclas y que puede llevar a confusión. Hablas de la práctica simultánea de dos modalidades, y no es eso lo que aquí se ha tratado. Aquí se habla de la misma modalidad, en que se puede tirar a especies de menor y de mayor. En una montería de jabalí o un rececho de corzo se puede tirar al zorro generalmente. De igual manera y de forma genérica, (sin necesidad de autorización especial) en algunos sitios, en una mano de perdiz o de conejos se puede tirar al jabalí. No son modalidades distintas aunque se trate de especies de distinta “categoría”.

Insisto en una cosa que ya le dije a otro compañero. En España no hay una Ley de caza igual para todos, como ocurre por ejemplo con el reglamento de armas o el de tráfico. En España hay 17 leyes de caza con sus correspondientes desarrollos reglamentarios. O te los conoces todos al dedillo o hacer afirmaciones tan rotundas es, cuando menos, aventurado.

En unos sitios se puede cazar con reclamo y en otros no, en unos hay que usar chalecos y en otros no, en unos los perreros pueden ir armados y en otros no, en unos se puede utilizar posta zorrera y en otros no, en unos se puede tirar al corzo en batida y en otros no, en unos se puede poner lazos y jaulas trampa con autorización y en otros tiene que ser personal cualificado, en unos se caza el conejo en verano y en otros no, en unos se puede usar foco y en otros no…y así un largo etcétera.

Un saludo

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 26 May 2011 13:35

calzada escribió:
Tomaxito escribió: ...Balas nunca ya que no se pueden llevar si vas a la menor, aunque el coto permita las dos modalidades.

...aunque en un coto esté permitida la menor y la mayor NO se puede ir a las dos cosas a la vez. ... Normalmente no está permitida la práctica de las dos modalidades de forma simultánea en el mismo terreno pero si se diese el caso (mediante autorizaciones especiales) se deben delimitar zonas en las que se practican las distintas modalidades, establecer las distancias de seguridad y poner los medios apropiados para que, a simple vista de los cazadores, sea posible identificar qué modalidad está practicando cada uno .

...NO se puede cazar un cochino si estás a la menor, por supuesto tampoco se pueden llevar balas. La Ley es clara y dice que no se pueden practicar una modalidad de caza mayor a la vez que una de menor, así que eso de "llevar un par de balas en la canana cuando voy al conejo, por si acaso" como que no. La caza del jabalí "al salto" es otra cosa.
La caza del jabalí al salto o en mano es una modalidad de caza mayor que, en las Comunidades en las que se autoriza, se puede ejercitar durante la temporada de caza menor y siempre que el Plan Cinegético permita la caza de esa especie. Luego cada uno lo interpreta como más le conviene pero la Ley es clara.

En algunas comunidades, pocas, la caza del cochino al salto se permite con rifle, en otras no, pero nunca mientras en el mismo terreno pueda haber otros cazadores a la menor.

...


Hola compañero. Afirmas rotundamente un montón de cosas y dices que la Ley es clara. ¿Puedes decirme qué parte de qué Ley prohíbe en toda España la caza al salto o en mano del jabalí durante el ejercicio de la caza menor?. Yo ya he puesto una que lo autoriza expresamente, en concreto, en Castilla y León que es el caso que conozco, y lo autoriza tal cual, sin más limitación que el número de cazadores y perros.

En la mayoría de los sitios se permite la caza del zorro durante la caza mayor. Según tú, eso tampoco se puede hacer ¿no?, porque según tú, rotundamente, no puede cazarse la menor y la mayor a la vez. Pues te aseguro que sí se puede, y no mediante una autorización especial, sino que lo permite la Ley de forma genérica.

Mira, hay algo que mezclas y que puede llevar a confusión. Hablas de la práctica simultánea de dos modalidades, y no es eso lo que aquí se ha tratado. Aquí se habla de la misma modalidad, en que se puede tirar a especies de menor y de mayor. En una montería de jabalí o un rececho de corzo se puede tirar al zorro generalmente. De igual manera y de forma genérica, (sin necesidad de autorización especial) en algunos sitios, en una mano de perdiz o de conejos se puede tirar al jabalí. No son modalidades distintas aunque se trate de especies de distinta “categoría”.

Insisto en una cosa que ya le dije a otro compañero. En España no hay una Ley de caza igual para todos, como ocurre por ejemplo con el reglamento de armas o el de tráfico. En España hay 17 leyes de caza con sus correspondientes desarrollos reglamentarios. O te los conoces todos al dedillo o hacer afirmaciones tan rotundas es, cuando menos, aventurado.

En unos sitios se puede cazar con reclamo y en otros no, en unos hay que usar chalecos y en otros no, en unos los perreros pueden ir armados y en otros no, en unos se puede utilizar posta zorrera y en otros no, en unos se puede tirar al corzo en batida y en otros no, en unos se puede poner lazos y jaulas trampa con autorización y en otros tiene que ser personal cualificado, en unos se caza el conejo en verano y en otros no, en unos se puede usar foco y en otros no…y así un largo etcétera.

Un saludo

:apla: :apla: :apla: +1 pues si, nunca digas nunca jamás, las afirmaciones rotundas llevan a equivocos :wink: yo me he leido la ley de valencia y de mi coto y no me dice nada de que esta prohibido llevar balas a la menor ni que no puedo tirar a jabali, es mas alguna vez me ha parado el seprona y no me ha dicho nada, asi que mientras no me muestren la ley que lo prohibe seguiré llevando balas y tirando a el jabali si me sale :wink:
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor calzada » 26 May 2011 13:53

Está claro que tanta ley es un embrollo y que a los cazadores nos resulta farragoso y sabemos más de oidas que de lo que realmente dicen las normas.

El problema, el gran problema, y sucede, es cuando es el agente de la autoridad el que no lo tiene claro. Y es muy lógico que un agente del seprona que lleva 20 años en Murcia, cuando le trasladan a Galicia al principio no se entere. Su deber entonces es enterarse muy bien de todo esto y, mientras tanto, ir con cuidadín y un poquito (sólo un poquito) de humildad.

Por otro lado, no vale con aprobar la oposición. La normativa cambia constantemente y quien tiene la capacidad para denunciar ha de reciclarse continuamente, y eso no siempre pasa.

Saludos

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 26 May 2011 18:24

Wenas.

Las normas de seguridad durante el ejercicio de la caza dicen que no podrá practicarse más de una modalidad de caza a la vez y que solamente podrá portarse la munición permitida para el desarrollo de la modalidad que se esté practicando. Luego cada Comunidad Autónoma en sus correspondientes normativas lo desarrolla como quiere, sabe, puede o le conviene y los cazadores, guardas, y demás, pues lo mismo. Por ejemplo la Ley 2/2011 de Caza dice en su artículo 36 referente a municiones:

1. Se prohíbe la tenencia para la caza y la utilización de postas. Se entienden por tales los perdigones de diámetro superior a 4,5 milímetros.
2. Se prohíbe la tenencia y la utilización de cartuchos de perdigones en la caza mayor; para ésta sólo podrá emplearse bala como munición. Se prohíbe la tenencia y utilización de cartuchos de bala para la caza menor; para ésta sólo podrán emplearse cartuchos de perdigón igual o inferior a 4,5 milímetros de diámetro.
3. Se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza cuando ésta se practique en zonas húmedas catalogadas incluidas en los espacios naturales protegidos y áreas protegidas por instrumentos internacionales.


La cuestión viene cuando en las diferentes Autonomías mandan redactar el Reglamento a alguien que lo más parecido a un monte que ha visto es el cuadrado de tierra en la acera alrededor del árbol donde mea su perro. El que lo pasa a limpio no corrige ni las faltas de ortografía porque es de los de la LOGSE. El que lo firma y ratifica ni se lo ha leído. Luego el cazador interpreta que todo lo que no está expresamente prohibido está permitido y el guardia que todo lo que no está prohibido ni expresamente permitido necesita autorización, y además piensa que seguro que le estás engañando.

calzada escribió:".....¿Puedes decirme qué parte de qué Ley prohíbe en toda España la caza al salto o en mano del jabalí durante el ejercicio de la caza menor?. Yo ya he puesto una que lo autoriza expresamente, en concreto, en Castilla y León que es el caso que conozco, y lo autoriza tal cual, sin más limitación que el número de cazadores y perros"

Como te decía es problema de redacción e interpretación. La ley a la que te refieres dice textualmente:

"Caza del jabalí al salto o en mano:
Podrá practicarse la caza del jabalí al salto o en mano, en días hábiles del período hábil para la caza menor, siempre que en el plan de ordenación cinegética correspondiente se tenga autorizado el aprovechamiento de esta especie y dicha modalidad de caza.
En la caza «en mano», el número de cazadores con arma de fuego no podrá ser superior a cinco, ni el total de perros superior a seis."


En ningún sitio se autoriza expresamente, como tu dices, a cazar jabalíes durante el ejercicio de la caza menor.
Lo que la ley dice es que durante la temporada de caza menor también se podrá salir a cazar jabalí al salto siempre que en el terreno donde lo hagas esté permitido cazar cochino. Ni más, ni menos.
No dice que puedes hacer las dos cosas a la vez ni que puedas llevar balas y perdigones juntos.
Allá cada cual con su interpretación pero lo que yo entiendo es que la Ley de caza de tu comunidad te permite salir hasta con cuatro amigos y media docena de perros a practicar una modalidad de caza mayor en época de menor y, lo mismo que si sales al conejo no puedes llevar balas, al cochino no podrás llevar perdigones.

Cada autonomía es un mundo y de la norma general cada una regula según sus intereses. Otro ejemplo: el Real Decreto 1095/1989 dice que está prohibido cazar con hurón, lazos y cebos pero faculta a las autonomías para que expresamente puedan autorizar su uso. Creo que casi todas ella permiten alguna de estas artes y así lo autorizan en sus leyes de caza. Lo que intento explicar es que si no se autoriza de forma expresa está prohibido.

calzada escribió:"En la mayoría de los sitios se permite la caza del zorro durante la caza mayor. Según tú, eso tampoco se puede hacer ¿no?, porque según tú, rotundamente, no puede cazarse la menor y la mayor a la vez. Pues te aseguro que sí se puede, y no mediante una autorización especial, sino que lo permite la Ley de forma genérica".

Efectivamente, en general no se puede pero como la Ley de caza de tu comunidad lo autoriza expresamente pues si podrás. Lo cual no quiere decir que se pueda en todas las autonomías, solo en las que expresamente se autorice.

calzada escribió:"... En una montería de jabalí o un rececho de corzo se puede tirar al zorro generalmente. De igual manera y de forma genérica, (sin necesidad de autorización especial) en algunos sitios, en una mano de perdiz o de conejos se puede tirar al jabalí.

Te equivocas compañero, no se puede tirar al zorro "generalmente”. Solamente si está expresamente autorizado. En una mano de menor no se puede tirar a un cochino si no está expresamente autorizado y creo que eso no lo está en ninguna parte. Otra cosa es que se haga, pero no se puede.

Saludos.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor calzada » 26 May 2011 19:16

Bueno, esto tiene pinta de convertirse en un laberinto sin salida. Allá cada cual.

Por cierto, esa ley que has puesto, Tomaxito, es la Ley de caza del País Vasco. Simplemente eso, sin ningún valor fuera del País Vasco. Nadie tiene que basarse en ella para reglamentar nada. En cuanto a las normas de seguridad en el ejercicio de la caza...te digo lo mismo.

Un saludo

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 27 May 2011 00:04

Ya lo se. Como puse en el texto es un ejemplo de como cada autonomía desarrolla la Ley como quiere, muchas veces de manera incorrecta, y busqué adrede una que considero redactada de manera clara. No pretendía crear jurisprudencia ;-) ni nada parecido.

Está claro que no nos pondremos de acuerdo porque mientras tu pareces interpretar que todo lo que no esté prohibido en la ley está permitido yo, por el contrario, considero que todo lo que no esté expresamente autorizado está prohibido.

Sobre las normas de seguridad, pues lo mismo. Yo creo que en cualquier deporte y especialmente en la caza, puesto que se utilizan herramientas para matar, todas las medidas de seguridad que se tomen son pocas. Quizá a ti te parezca seguro balear en un terreno en donde puede haber otros compañeros cazando la menor. A mi no, prefiero que cuando se me vaya un tiro perdido sea de perdigones, seré raro. De todas formas estas dudas se suelen despejar cuando llegan los del betis con el boli y nos quitan la escopeta y algo de peso de la cartera.

Un saludo.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor calzada » 27 May 2011 11:19

Tomaxito escribió:
Sobre las normas de seguridad, pues lo mismo. Yo creo que en cualquier deporte y especialmente en la caza, puesto que se utilizan herramientas para matar, todas las medidas de seguridad que se tomen son pocas. Quizá a ti te parezca seguro balear en un terreno en donde puede haber otros compañeros cazando la menor...

Un saludo.


Mira, te pedí que nos dijeras a ver qué ley prohíbe en toda España la caza del jabalí al salto durante el ejercicio de la caza menor al salto (distinta especie, pero mismo modalidad). Como evidentemente esa ley no existe, has puesto una ley del País Vasco y unas normas de seguridad sin ningún valor jurídico a nivel nacional que no sé de dónde has sacado ni me importa.

Lo que no admito es que digas lo que a mí me parece o no seguro. No te vayas por los cerros de Úbeda que bastante liado estás ya. Yo te digo lo que se puede hacer, y de hecho se hace abierta y cotidianamente, al menos en Castilla y León y en Comunidad Valenciana. Lo que me parece seguro o no es otra historia y no viene al caso. No son opiniones ni interpretaciones, son hechos.

Ale, con Dios.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 27 May 2011 22:22

calzada escribió:Mira, te pedí que nos dijeras a ver qué ley prohíbe en toda España la caza del jabalí al salto durante el ejercicio de la caza menor al salto (distinta especie, pero mismo modalidad). Como evidentemente esa ley no existe, has puesto una ley del País Vasco y unas normas de seguridad sin ningún valor jurídico a nivel nacional que no sé de dónde has sacado ni me importa.

Malinterpretas lo que escribo igual que haces con las normas de caza. Te repito por tercera vez que cuando cité la ley del Pais vasco fue poniéndola como ejemplo de una normativa que me pareció especialmente bien redactada. Lo demás lo dices tú. Te podía haber puesto el ejemplo contrario con la de Aragón, que es donde yo cazo... Bueno, la de Valencia también tiene tela por las cabriolas con las que se pasa por el forro la Ley y el Reglamento de caza, además de varias normativas internacionales, para autorizar el parany, pero eso es otra historia.

calzada escribió:"...Yo te digo lo que se puede hacer, y de hecho se hace abierta y cotidianamente, al menos en Castilla y León y en Comunidad Valenciana. Lo que me parece seguro o no es otra historia y no viene al caso. No son opiniones ni interpretaciones, son hechos.

Me dices que se hace abierta y cotidianamente. Ya lo sé, lo hace mucha gente en muchos sitios, unos por desconocimiento y porque lo llevan haciendo toda la vida y otros, los más, por mala interpretación o redacción de la ley pero eso no quiere decir que sea legal. Hay un millón de españoles que circulamos abierta y cotidianamente a 130 por la autopista y está prohibido.

Si como dices te has leído la Ley de tu comunidad dime donde pone que se autoriza la caza una especie de mayor cuando sales a menor. Si no lo pone es que simplemente no está autorizado.
Como verás, ocurre justo lo contrario en el caso del zorro donde sí se autoriza expresamente a cazar una especie de menor cuando sales a mayor.

Un saludo.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 29 May 2011 23:49

TOMAXITO mira lo que pone la orden de vedas de Murcia de este año

https://www.federacioncaza.com/index.php ... &Itemid=50

pero mira, te copìo un fragmento...

"...La caza de perdiz con reclamo macho va des el día 25 de diciembre hasta el 4 de marzo de 2012, habiéndose eliminado las zonas bajas, media y alta.

Referente al jabalí podrá ser abatido, si practicando caza menor se diera el caso.

Otra novedad que nos llama la atención está en la..."

Yo creo que lo dice bastante CLARO! :roll:
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 29 May 2011 23:54

Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 30 May 2011 02:47

Hola.

Senik escribió:TOMAXITO mira lo que pone la orden de vedas de Murcia de este año

https://www.federacioncaza.com/index.php ... &Itemid=50

pero mira, te copìo un fragmento...

"...La caza de perdiz con reclamo macho va des el día 25 de diciembre hasta el 4 de marzo de 2012, habiéndose eliminado las zonas bajas, media y alta.

Referente al jabalí podrá ser abatido, si practicando caza menor se diera el caso.

Otra novedad que nos llama la atención está en la..."

Yo creo que lo dice bastante CLARO! :roll:


Pues va a ser que no está tan claro. En el enlace que pones solo veo un artículo que alguien ha publicado en la web de la Federación murciana de caza en el que el autor interpreta bastante libremente lo que dice la Ley. Esta Ley, te recomiendo que la leas si te afecta, es la Orden de 10 de mayo de 2011, de la Consejería de Agricultura y Agua sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2011/2012 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Para los amigos, la Orden de Vedas.
En su artículo 3, donde hace referencia a los periodos hábiles para caza mayor dice textualmente:
"b) Caza mayor: Todos los días, desde el 12 de octubre de 2011 hasta el 8 de enero de 2012. Excepcionalmente, se autoriza el abatimiento de jabalí (Sus scrofa) al salto en terrenos cinegéticos de aprovechamiento de caza menor con escopeta."

De lo que dice la Ley a lo que publica el autor: "Referente al jabalí podrá ser abatido, si practicando caza menor se diera el caso." hay bastante diferencia. Creo que se puede ver claramente pero ya que me pongo a escribir te doy mi punto de vista.

- La Orden de vedas de Murcia autoriza, excepcionalmente (si te interesa te indico el procedimiento) a practicar la caza del jabalí al salto en terrenos de caza menor.

- Estamos hablando de una modalidad de caza mayor: caza del jabalí al salto. No se dice nada de caza menor al salto y mucho menos de una supuesta modalidad de caza de "todoloquesemenea" al salto. Solo se hace referencia a los terrenos de caza menor.

- Como el jabalí al salto es una modalidad de caza mayor, solo podrás llevar munición autorizada para ello y como te especifica que con escopeta, pues eso, solo balas de escopeta. Si llevas perdigón y te pillan los del betis te pueden emplumar y si llevas rifle no te escapas.

- Solo puedes practicarla durante la temporada de caza mayor. Si te pillan en media veda te empluman.

- Necesitas el recargo de mayor así que si llevas la canana llena de balas y no hay recargo, te empluman.

- Si estas cazando la menor al salto solo puedes llevar munición autorizada para caza menor, osea cartuchos con perdigones de hasta 4,5 mm., lo que comunmente conocemos por perdigón zorrero o doble cero. Si llevas otra cosa y te pillan te pueden emplumar. A la segunda vez que te emplumen, además de la escopeta con su guía y la munición, te pueden quitar el permiso de armas.

Ahora cada cual que piense y haga lo que quiera.

Respecto al otro enlace que pones a un post donde haces gala de lo buen cazador que eres, no te voy a dar mi opinión porque no te conozco y no quiero ofenderte. Donde estarán los del SEPRONA cuando hacen falta...

Un saludo.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 30 May 2011 15:54

tus amigos del seprona me cuñaron el permiso para el abate de alimañas zorro y urracas hasta el 31 de junio, puedo ir todos los dias si me diera la gana y con el consentimiento del coto, el guarda y tus amigos del seprona, si el post habla de municion zorrera, a las pruebas me remito de que un 00 cumple y si no vuelves a mirar la foto.. que no te parece bien que yo caze cuando tu no? pues pide tu permiso o sigue llamando a tus amigos del seprona, les mostraré el permiso y seguiré cazando :wink:
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 30 May 2011 20:47

Senik escribió:tus amigos del seprona me cuñaron el permiso para el abate de alimañas zorro y urracas hasta el 31 de junio, puedo ir todos los dias si me diera la gana y con el consentimiento del coto, el guarda y tus amigos del seprona, si el post habla de municion zorrera, a las pruebas me remito de que un 00 cumple y si no vuelves a mirar la foto.. que no te parece bien que yo caze cuando tu no? pues pide tu permiso o sigue llamando a tus amigos del seprona, les mostraré el permiso y seguiré cazando :wink:

Seguro que también te han autorizado a dispararles con bala y llevar cinco cartuchos en la escopeta, a que si?
Como no va a cumplir el doble cero con una zorrilla de tres kilos?...si eso se mata con cartuchos de trap!. :D ...Si es un zorro de verdad hubieses necesitado un barret y un par de granadas para sacarlo de la madriguera.
Ale, disfruta.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 30 May 2011 21:00

Tomaxito escribió:
Senik escribió:tus amigos del seprona me cuñaron el permiso para el abate de alimañas zorro y urracas hasta el 31 de junio, puedo ir todos los dias si me diera la gana y con el consentimiento del coto, el guarda y tus amigos del seprona, si el post habla de municion zorrera, a las pruebas me remito de que un 00 cumple y si no vuelves a mirar la foto.. que no te parece bien que yo caze cuando tu no? pues pide tu permiso o sigue llamando a tus amigos del seprona, les mostraré el permiso y seguiré cazando :wink:

Seguro que también te han autorizado a dispararles con bala y llevar cinco cartuchos en la escopeta, a que si?
Como no va a cumplir el doble cero con una zorrilla de tres kilos?...si eso se mata con cartuchos de trap!. :D ...Si es un zorro de verdad hubieses necesitado un barret y un par de granadas para sacarlo de la madriguera.
Ale, disfruta.

con bala te repito que puedo ir a la orden de vedas me remito puesto que nada me lo prohibe, y todo lo que no esta prohibido esta permitido... y si, puedo cazar con 5 cartuchos en la escopeta con 6 y con 100 si me da la gana porque LLEVO CORREDERA!!! sin acritud :wink: (fijate mas en las fotos)
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 30 May 2011 23:23

Senik escribió:con bala te repito que puedo ir a la orden de vedas me remito puesto que nada me lo prohibe, y todo lo que no esta prohibido esta permitido... y si, puedo cazar con 5 cartuchos en la escopeta con 6 y con 100 si me da la gana porque LLEVO CORREDERA!!! sin acritud :wink: (fijate mas en las fotos)


Lo de la corredara me lo apunto. Tienes razón y no me fije en la foto. Imperdonable porque además yo cazo con corredera :roll:

Que sepas que el zorro, como pieza de caza menor que es, no se puede cazar con bala. Algunas comunidades autorizan a abatirlo mientras se celebran monterías o batidas y entonces sí le podrás tirar con la munición y arma que estés utilizando, pero ese no es tu caso si en tu Orden de vedas no se permite....porque eso de "todo lo que no esta prohibido esta permitido", es muy bonito y lo que nos gustaría a todos pero no es así. Más bien es lo contrario, que todo lo que no esté expresamente autorizado está prohibido.
Aplicando tu regla también podrías ir al zorro con el barret y las granadas que te decía antes y luego rematarlo con un revolver del .357 ya que en la Orden de vedas no se prohibe, verdad?
Un saludo.
Última edición por Tomaxito el 31 May 2011 15:27, editado 1 vez en total.

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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Senik » 31 May 2011 01:52

no porque el barret es un arma de 12,7 mm y prohibida a particulares al igual que las granadas, y el 357 esta prohibido el uso de armas cortas para la caza (eso si lo prohibe expresamente el reglamento) no prohibe ir con un palanquero del .357 o un rifle del .222 y de hecho se practica y no está prohibido al igual que las balas...
Prefiero llevarla y no tener que usarla, a necesitarla y no llevarla.

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Tomaxito
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Re: Munición zorrera.

Mensajepor Tomaxito » 31 May 2011 21:42

Senik escribió:no porque el barret es un arma de 12,7 mm y prohibida a particulares al igual que las granadas, y el 357 esta prohibido el uso de armas cortas para la caza (eso si lo prohibe expresamente el reglamento) no prohibe ir con un palanquero del .357 o un rifle del .222 y de hecho se practica y no está prohibido al igual que las balas...

Pues eso es precisamente lo que intento explicar, que hay un montón de leyes y reglamentos de rango superior que prohíben cosas y que el hecho de que en la Orden de vedas de tu Comunidad Autónoma no se prohíba algo no quiere decir que esté permitido. Date cuenta que si no en la Orden de vedas solo habría un artículo y todo lleno de prohibiciones. Los demás apartados en los que se autorizan distintas modalidades se podrían dejar en blanco.

El ejercicio de la caza depende no solo de la normativa que se regule en tu zona. Está la Ley de caza y su Reglamento, el Reglamento de armas, la Ley de Seguridad Ciudadana, un montón de normativa, decretos y convenios sobre protección de la biomasa, otro montón de leyes de la UE y otro más de reglamentos internacionales. Todos ellos en vigor y de obligado cumplimiento y que las diferentes normativas hacia abajo regulan.
Si, por ejemplo, la Ley 9/99, de Conservación de la Naturaleza prohíbe la caza con hurón, las ordenes de veda de las diferentes CCAA que quieran autorizar esta modalidad deben regularlo de manera expresa en su reglamento, si no hacen referencia a ello simplemente no se puede porque hay una normativa de rango superior que lo prohíbe.
Un saludo.


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