Bien, por partes, no se en qué momento hablo del porte o transporte de armas ni veo lógica con lo que expuse antes. Mi referencia es al debate sobre guardar las armas cuando estamos en la práctica deportiva y su posibilidad de sanción por agentes de la guardia civil usando el R.A . Quizás no lo entiendo bien, tú argumento, y agradecería que me lo explicarás mejor. Por supuesto que no tenemos derecho de porte, las licencias deportivas F,D,E. Y nunca he debatido el transporte que si podemos realizar y también conozco su normativa lo suficiente para abrir varios melones en cuanto afirme, y me reitero en lo dicho del montón de agujeros de R.A.
Pero no sé debe desviar el tema. La seguridad es un problema importante y vital en nuestro deporte y en su nombre no se pueden hacer concesiones en ningún sentido. Si dejas tu arma, correctamente y siguiendo las normas, dentro de tu puesto de tiro mientras vas a coger, cambiar dianas o parchear blancos no estás abandonando nada. Ni tiene sentido sancionar, ni es contrario a lo estipulado en el reglamento ni en las normas federativas. Por mucho que un guardia civil o un presidente de club lo diga. Eso es lo que dije y vuelvo a repetir. Que pueden hacerlo, indiscutiblemente pueden y parece ser que ya lo han hecho ( yo no lo he visto de momento) pero yo personalmente no puedo aceptarlo ni estaré dispuesto a dejar que me lo hagan sin recurrir a las reclamaciones que legalmente tengo a mí disposición.
Guardar las armas en la funda ...cuando vas a parchear
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