LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Enhorabuena, aunque tengo dos dudas:
Con el revólver del .22LR guiado en AE ¿puedes comprar munición?, porque de pólvora negra no hay.
Con el del .45 Colt ¿te conceden ampliación de cartuchería, o permiso de recarga?.
Con el revólver del .22LR guiado en AE ¿puedes comprar munición?, porque de pólvora negra no hay.
Con el del .45 Colt ¿te conceden ampliación de cartuchería, o permiso de recarga?.
Cave canem.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
moratalla escribió:Las armas han sido compradas esta semana, no estaban en el libro de coleccionista, son nuevas
Dudo que te dejen usar armas que estén en el libro de coleccionista, porque el reglamento de armas dice que eso es incompatible
Un saludo
Entiendo que entonces teniendo la autorización de uso no hace falta meterlas en libro, se guían en la antigua ae pero teniendo autorización de uso de replicas.
Es decir hay que demostrar la posesión de dos armas, armero, federación, etc; Pero el libro entonces no hace falta, solo para coleccionar es cuando las metemos, para uso solo autorización de uso de replicas.
Lo de colección y uso es incompatible entonces.
Gracias Moratalla.
Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Pero si no se aclaran ni ellos como vamos aclararnos nosotros?? cada día que leo es algo nuevo y totalmente contrario a lo anterior...que ineptos!
22lr -cal.12 - -9 Para --.38 Spl.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Amra escribió:moratalla escribió:Las armas han sido compradas esta semana, no estaban en el libro de coleccionista, son nuevas
Dudo que te dejen usar armas que estén en el libro de coleccionista, porque el reglamento de armas dice que eso es incompatible
Un saludo
Entiendo que entonces teniendo la autorización de uso no hace falta meterlas en libro, se guían en la antigua ae pero teniendo autorización de uso de replicas.
Es decir hay que demostrar la posesión de dos armas, armero, federación, etc; Pero el libro entonces no hace falta, solo para coleccionar es cuando las metemos, para uso solo autorización de uso de replicas.
Lo de colección y uso es incompatible entonces.
Gracias Moratalla.
Un saludo.
Por favor, ya se ha dicho hasta la saciedad, que desde que entró en vigor la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que (con mayor o menor fortuna y legalidad) se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se prevé expresamente en su artículo 7 el uso de las réplicas incritas en el libro de réplicas si se obtiene autorización de uso.
Otras personas y yo ya la hemos obtenido y no se sacan las armas del libro de coleccionista. Al contrario, es obligatorio inscribirlas en él para poder obtener la autorización de uso.
La normativa puede ser más o menos liosa, pero en este punto está clara:
Artículo 7. Uso.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.
Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación: (...)
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.
(...)
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas noches.
Doy por ciertas las palabras del compañero Moratalla y a el no le han inscrito nada en el libro.
Un saludo.
Doy por ciertas las palabras del compañero Moratalla y a el no le han inscrito nada en el libro.
Un saludo.
Última edición por Amra el 27 Sep 2015 22:15, editado 2 veces en total.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Amra escribió:Buenas noches.
Doy por ciertas las palabras del compañero Moratalla y a el no le han inscrito nada en el libro.
Un saludo.
Bueno, si yo no digo que mienta, todo lo contrario. Pero una cosa es que lo hagan de una forma en su intervención y otra que lo hayan hecho correctamente. De eso tenemos aquí muchos ejemplos.
Su interventor puede hacer lo que quiera, y usted lo que le dejen ellos hacer. Que tenga suerte.
Porque si fuera así, ¿para que sacarse el libro? ¿para no inscribir nada? Así dura más, desde luego.
Última edición por manchego2010 el 27 Sep 2015 21:28, editado 1 vez en total.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Bueno, nos marean como a idiotas.
Muchas gracias, un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
manchego2010 escribió:¿para que sacarse el libro? ¿para no inscribir nada? Así dura más, desde luego.
Buenas noches, a mi desde el principio me a gustado coleccionar estas armas, la idea de poder usar armas de colección para mi también es muy atractiva.
Empecé a escribir en este foro para poder sacar información sobre este tipo de armas, las cuales colecciono, pero también me gustaría usar, poco, pero algo de vez en cuando.
No esta nada claro aun este tema, no se si interesadamente o no.
Yo tengo los trámites muy avanzados pero me siguen sin aclarar el tema de guiar armas inscritas en libro de coleccionista, por mucho que la ley diga, los hechos son muy difusos.
Habrá que seguir esperando.
Mientras tanto sigo con armas en la ae antigua y las que más me gustan en libro.
Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Las que uso siguen guiadas en Ae, las de libro ninguna con guía.
No me fió, luego me vuelven a pedir bope, defensa y todo el historial.
Espero que lo aclaren pronto pero lo dudo.
Un saludo.
No me fió, luego me vuelven a pedir bope, defensa y todo el historial.
Espero que lo aclaren pronto pero lo dudo.
Un saludo.
Última edición por Amra el 27 Sep 2015 22:41, editado 1 vez en total.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Por cierto tengo todas las autorizaciones necesarias, tanto de colección como de uso.
Pero a mí si me hicieron meter armas en libro para poder seguir con los trámites (tener dos mínimo en libro).
También me imagino que si se guían ya no están en libro, por eso lo de guiar en ae.
Pasan revistas cada cinco años, se puede comprar munición, etc.
Espero aclararlo en breve.
Pero ya a estas alturas no tengo ninguna prisa y bastante paciencia, por lo menos nos dejan seguir comprándolas.
Un saludo.
Pero a mí si me hicieron meter armas en libro para poder seguir con los trámites (tener dos mínimo en libro).
También me imagino que si se guían ya no están en libro, por eso lo de guiar en ae.
Pasan revistas cada cinco años, se puede comprar munición, etc.
Espero aclararlo en breve.
Pero ya a estas alturas no tengo ninguna prisa y bastante paciencia, por lo menos nos dejan seguir comprándolas.
Un saludo.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Lo que esta claro es que aun no hay nada del todo claro,si bien es cierto que se están realizando y concediendo tramites según especifica la orden ministerial,pero aun quedan algunos tramites finales que no se han realizado y estamos a la espera de como sera realmente,solo tenemos palabras sin excesiva seguridad.
Sin entrar en si todo esto es legal o correcto,lo que esta claro es que la orden tiene puntos claramente definidos aunque contradigan las sagradas escrituras y que de momento es lo que hay en vigor,mientras no se anule o cambie.
Otra cosa es lo que en algún momento se haga en una IAE determinada,en este tema o en otros de diferente tipo siempre han existido diferencias entre unas y otras,por ser en muchos casos tramites según criterio de quien los realice,sin descartar también posibles errores debido a lo complicado que se ha puesto esto.
Por ahora seguimos esperando estas soluciones finales,por mi parte informare cuando tenga noticias de las ultimas solicitudes hechas,en concreto como sera esa hipotética guía para armas inscritas en el libro o si al final es otra cosa.
Saludos.
Sin entrar en si todo esto es legal o correcto,lo que esta claro es que la orden tiene puntos claramente definidos aunque contradigan las sagradas escrituras y que de momento es lo que hay en vigor,mientras no se anule o cambie.
Otra cosa es lo que en algún momento se haga en una IAE determinada,en este tema o en otros de diferente tipo siempre han existido diferencias entre unas y otras,por ser en muchos casos tramites según criterio de quien los realice,sin descartar también posibles errores debido a lo complicado que se ha puesto esto.
Por ahora seguimos esperando estas soluciones finales,por mi parte informare cuando tenga noticias de las ultimas solicitudes hechas,en concreto como sera esa hipotética guía para armas inscritas en el libro o si al final es otra cosa.
Saludos.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas!
Enhorabuena por todo, pero sobre todo por ésto!
Yo voy ya para 81 días, por que comandante de mi zona no quiere firmarla; pretende que lo haga el subdelegado del gobierno, y los papeles arriba y abajo, pero sin firmar. El revolver que me llegó el lunes pasado lo he tenido que guiar en F para poder usarlo este fin de semana - y de paso, comprar y usar munición nitro. No hay mal que por bien no venga.
Lo dicho, felicidades!
Saludos
moratalla escribió: tiempo para conseguir el uso de armas y réplicas antiguas sólo 3 días
Enhorabuena por todo, pero sobre todo por ésto!
Yo voy ya para 81 días, por que comandante de mi zona no quiere firmarla; pretende que lo haga el subdelegado del gobierno, y los papeles arriba y abajo, pero sin firmar. El revolver que me llegó el lunes pasado lo he tenido que guiar en F para poder usarlo este fin de semana - y de paso, comprar y usar munición nitro. No hay mal que por bien no venga.
Lo dicho, felicidades!
Saludos
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Lamento que tengas tanto tiempo de espera para conseguir tu autorización de uso de arma, lo cierto que en mi intervención de armas siempre han sido muy amables y te decían trae esto y esto y te daremos esto, lo hice y todo me lo han entregado de forma rápida y eficaz.- Po cierto el que me dió la autorización de uso de Arma y replica antigua me indico que siempre que fuera a usarla en el campo de tiro tenía que llevar la guía del arma y la autorización de uso, cosa que hago y me hace ir muy tranquilo cuando disparo con los revólveres de cartuchería metálica
En fin, paciencia
Un saludo
En fin, paciencia
Un saludo
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
jrdc1 escribió: el comandante de mi zona no quiere firmarla; pretende que lo haga el subdelegado del gobierno, y los papeles arriba y abajo, pero sin firmar.
Artículo 101.
3. Será concedida por los Gobernadores civiles y por los Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, quienes podrán delegar en los primeros Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil.
Si firmaba las licencias E y las AE, tendrá la delegación; es una potestad que el subdelegado puede delegar (y delegará para quitársela de encima) y quien recibe la delegación no puede rechazarla.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
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Última edición por jrdc1 el 29 Sep 2015 20:03, editado 1 vez en total.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Buenas!
Ya, pero cuéntaselo a él! Si oficialmente no me lo firma, oficialmente le llevaré el RA. Mientras tanto, a ver cuando se acaba el baile de papeles...
Saludos
Ya, pero cuéntaselo a él! Si oficialmente no me lo firma, oficialmente le llevaré el RA. Mientras tanto, a ver cuando se acaba el baile de papeles...
Saludos
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
Para general conocimiento.
En mi caso las cosas han ido así:
A mi comentario de que en algunas IA's, al parecer, no extienden guía, respuesta del asombrado Interventor.
"Imposible, es un incumplimiento flagrante del Reglamento de Armas, en particular de su artículo 88 y, además, en la Orden de Interior no se dice que no hayan de ser guiadas, las únicas armas que no tienen guía son las inscritas en el Libro sólo para colección, pero si van a usarse han de tener su guía. ¿Si no con qué va a mover ese arma de su casa a la galería, con el Libro? ¡Absurdo!"
CAPÍTULO IV
Documentación de la titularidad de las armas
Sección 1. Guías de pertenencia
Artículo 88.
Para la tenencia de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 7.ª; 1, 2, 3 y 4, cada arma habrá de estar documentada con su correspondiente guía de pertenencia.
y es que en algunas IA's saben hacer las cosas bien y, además, con amabilidad.
En mi caso las cosas han ido así:
- Solicitud del Permiso de Coleccionista de Reproduccioes y Réplicas. Concedido al mes y medio
Solicitud de Uso de Réplicas de Armas Históricas. Concesión 1 semana
Una vez concedido el Permiso de Coleccionista y comprado el Libro, al día siguiente voy a mi IA, me diligencian el Libro, me inscriben un revólver y me lo llevo a casa.
Un vez concedido el Permiso de Uso de Réplicas, me extienden la GUÍA de PERTENENCIA del revólver.
A mi comentario de que en algunas IA's, al parecer, no extienden guía, respuesta del asombrado Interventor.
"Imposible, es un incumplimiento flagrante del Reglamento de Armas, en particular de su artículo 88 y, además, en la Orden de Interior no se dice que no hayan de ser guiadas, las únicas armas que no tienen guía son las inscritas en el Libro sólo para colección, pero si van a usarse han de tener su guía. ¿Si no con qué va a mover ese arma de su casa a la galería, con el Libro? ¡Absurdo!"
CAPÍTULO IV
Documentación de la titularidad de las armas
Sección 1. Guías de pertenencia
Artículo 88.
Para la tenencia de las armas de las categorías 1.ª, 2.ª, 3.ª, 6.ª y 7.ª; 1, 2, 3 y 4, cada arma habrá de estar documentada con su correspondiente guía de pertenencia.
y es que en algunas IA's saben hacer las cosas bien y, además, con amabilidad.
Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE
A mi también me lo han dicho esta mañana muy clarito......., la autorización es pecial es para poder usa las réplicas de 1890 inscritas en el libro......y luego la AE con su guía para usarlas!!
Los q tenemos d, f AE.....antes de la orden estamos exentos de el examen al renovar esa AE.....los nuevos a examinarse...
Salu2 al foro!!!
Los q tenemos d, f AE.....antes de la orden estamos exentos de el examen al renovar esa AE.....los nuevos a examinarse...
Salu2 al foro!!!
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