Finca privada, problemas?

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koni69
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor koni69 » 03 Feb 2009 14:17

Buenas. Ok jeje
pues gracias ;)
Entonces ya se que la pistola en aeropuerto sin avisar kaka.

Mirare a ver que se puede hacer, ya que suelo ir mucho a las islas, que tengo alli la familia, y claro, alli podria tirar todos los dias...

Saludosss ;)

P.D: Eso pasa por llevar secadores... si habria sido una pistola seguro que no se habria sentido tan avergonzado xD

barret85
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor barret85 » 03 Feb 2009 18:53

pasate porel juzgado de paz de tu peblo tal vez te hagan una autorizacion de traslado de armas atu nuevo dstino pero aun asi tendras que traer permiso de GC con cuño incluido desde donde sale hasta donde va,y creo que asi no tedras ningun problema,bueno creo yo,de todas maneras suerte......

koni69
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor koni69 » 03 Feb 2009 19:25

Ya pero el problema es...
Yo quiero usar el arma en los 2 sitios. Peninsula e islas.

Si llevo el arma alli con todo el royo y la dejo alli.... luego aqui no la puedo usar evidentemente...

Una putada vaya, les voy a escribir un email a los de la Guardia Civil (que aqui no hay), y ya os dire lo que me dicen. Tambien aprovechare para preguntar sobre los papeles y demas.

Saludos y gracias

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kansas
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor kansas » 04 Feb 2009 12:32

:D:D:sn Tienes la mejor opción bajo mi punto de vista, que es.Cómprate otra pistola y la dejas en las islas y asunto arreglao, chato
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor jacintos » 04 Feb 2009 13:38

Precisamente es donde mejor uso puedes dar a tu arma de c02 o aire comprimido. En tu finca particular, patio, cochera ... Nadie te puede decir nada. Eso si siempre adoptar las medidas necesarias de seguridad, pues aunque hablemos de armas de aire comprimido no quiere decir que no sean lesivas...
Para portar o transportar tu arma de un sitio a otro, tienes que acompañarla de la guía de circulación que te dieron cuando la adquiriste,cumplimentada y sellada por el ayuntamiento de donde resides. Siempre descargada y sin munición en su cargador o recámara. Nadie te podrá decir nada si así lo haces. Al menos esto es lo que dice el Reglamento de arma que rige actualmente en nuestro país. A, si vas en avion el arma se la entregaras al capitan de nave, el cual te la devolvera una vez llegas a destino. Espero haberte aclarado algo.
Un saludo;)
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor vvchamaco » 17 Feb 2009 17:11

en la finca privada es mejor que nadie te vea porque ni con autorizacion del ayuntamiento es legal.............para que el ayuntamiento te de esa autorizacion tendrias que cumplir todas las normativas de seguridad de un a galeria de tiro. Yo ando luchando por una autorizacion hace ya dos años........si la consigues...aprovecha esa galeria de tiro :cw
prototipo único e irrepetible. Espantapajaros en otros foros.
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor maiztostado » 17 Feb 2009 17:43

lo siento me equivoque de hilo
visita nuestra tienda http://www.deportesycoleccionismo.com todo para la caza y tiro

momenti
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor momenti » 25 Feb 2009 21:03

Las armas de aire comprimido no pueden ser disparadas nada mas q en campos o galerias de tiro,lo de utilizar el arma en una finca privada es totalmente ilegal aunque las evidencias demuestren q se esta tirando a el blanco,los agentes de la autoridad pueden entar en ella al oir los disparos sin permiso de la propiedad ya q q se esta cometiendo un delito o varios te enumero algunos; chantear y espantar la caza en caso de q sea coto,recechar la caza con medios prohibidos,hacer uso de un arma en lugar prohibido,atentar con la seguridad de las personas y muchas mas cosas q a malas t podrian sacar ,depende con quien des hay de todo,unsaludo

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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor trosky » 25 Feb 2009 22:48

NORMAS NECESARIAS E IMPRESCINDIBLES, QUE SE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA FACTURACION Y TRANSPORTE DE ARMAS A BORDO DE UN AVION.

Aclaración.
Estas normas son las normas estándar que aplican al transporte de armas de fuego. Después de hablar con intervención de armas, se recomienda a día de hoy hacer extensivo este protocolo a las armas de cuarta categoría para, evitar en la medida de lo posible malos entendidos o acciones malintencionadas amparadas en el desconocimiento.

¿Qué se debe tener en cuenta?
Se aconseja que se presente con suficiente antelación en el aeropuerto. Antes de facturar su equipaje deberá cumplimentar los trámites que se indican a continuación en la INTERVENCION DE ARMAS DE SU AEROPUERTO.

¿Que documentación deberá llevar consigo?
• D.N.I. o pasaporte.
• Licencia de armas
• Guía de pertenencia del arma
• Billete de vuelo Tarjeta Europea de armas (países UE)

¿Cómo deben transportarse las armas?
Las armas han de ir en su estuche. Las municiones en otro maletín rígido independiente. Ambas listas para su inspección por la Guardia Civil.

En intervención de Armas
Es el primer paso que Ud. debe realizar. Rellenar el impreso 790 relativo a la autorización de transporte de armas (un impreso por viajero), pagar la tasa de 3,07 € en cualquier entidad bancaria próxima a la Sala de Intervención. Para su comodidad puede traer al aeropuerto el modelo 790 de pago, previamente cumplimentado y abonada la tasa en cualquier entidad bancaria antes de ir al aeropuerto.
Con el modelo 790 sellado y los estuches de armas y municiones revisados deberá dirigirse al mostrador de facturación de la compañía aérea con la que va a viajar.

En el mostrador de facturación
Se entregará el equipaje junto con los estuches de armas y municiones, el billete de avión y el pasaporte. El personal de facturación se encargará de precintar tal, y como está establecido, las armas y municiones.

 Si su destino es Territorio Nacional debe llevar consigo:
• D.N.I. o pasaporte
• Licencia de armas
• Guía de pertenencia del arma Billete de vuelo
 Si su destino es Países de la UE deberá llevar consigo:
• D.N.I. o pasaporte.
• Licencia de armas.
• Guía de pertenencia del arma.
• Billete de vuelo.
• Tarjeta europea de armas de fuego.
La tarjeta de armas de fuego será la documentación de su arma en el país de destino, no debe olvidar presentarla a las autoridades competentes en el punto fronterizo de entrada para que, una vez comprobada y sellada, sea debidamente habilitada.
 Si su destino es un país fuera de la UE
Le aconsejamos que contacte con la Embajada o Consulado en España de ese país para solicitar información sobre la legislación local vigente, en lo que afecta a tenencia, circulación y uso de armas de fuego.

Al regreso de su viaje.
Deberán dirigirse a la Intervención de Armas del aeropuerto, donde presentará el resguardo sellado del modelo 790, procediendo a retirar las armas y municiones de la intervención.

ASPECTOS MUY IMPORTANTES.

Recordándole que en ningún caso, está permitido transportarlas personalmente, en el equipaje de mano ni en la cabina de pasajeros.
El transporte de armas a bordo de un avión sólo puede hacerse en la bodega, en régimen de equipaje facturado, y únicamente después de haber cumplimentado una serie de requisitos en el Servicio de Intervención de Armas de su aeropuerto.



Fuentes intenet e intervención de Armas.
Agradezco la claridad de explicaciones ofrecidas por la Comandancia de Intervención de Armas de Barcelona.

saludos :sn

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Gebek
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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor Gebek » 26 Feb 2009 11:26

[citando a: vvchamaco]
en la finca privada es mejor que nadie te vea porque ni con autorizacion del ayuntamiento es legal.............para que el ayuntamiento te de esa autorizacion tendrias que cumplir todas las normativas de seguridad de un a galeria de tiro. Yo ando luchando por una autorizacion hace ya dos años........si la consigues...aprovecha esa galeria de tiro :cw


Hombre eso no es exacto. El alcalde tiene autoridad para autorizar el uso de armas de 4ª categoria en espacios que no sean galerias de tiro, etc... y en cuanto a los requisitos que estos deben cumplir... las casetas de tiro de las ferias, crees que cumplen los requisitos??? y sin embargo tienen autorizacion. Asi que... si pones parabalines, parapetos, etc te aseguras de que los balines perdidos no vuelen mas alla de tu finca, elevacion de terreno para absorver los impactos de baines perdidos... etc... no tienen ningun motivo para no permitirtelo, y si no te lo permiten, seguramente puedes recurrir a un arganismo superior, que no se cual es... por cierto. Jeje.
La verdad es que a veces nos lo ponen muy dificil para ser legales, no entiendo como no se dan cuenta.

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RE: Finca privada, problemas?

Mensajepor ccrocco » 26 Feb 2009 12:59

[citando a: trosky]
NORMAS NECESARIAS E IMPRESCINDIBLES, QUE SE DEBE TENER EN CUENTA PARA LA FACTURACION Y TRANSPORTE DE ARMAS A BORDO DE UN AVION.

Aclaración.
Estas normas son las normas estándar .............



Si me lo permites... y aunque llevas razón en cuanto a que I.A. lo explica muy claro... tengo que apuntar que armas.es lo pone aún mas claro. ;)

http://www.armas.es/foro/foro.php?TEMA=59&MEN=196852&T=VIAJAR_EN_AVION_CON_NUESTRA_ARMA

Saludos,
Hay tres maneras de hacer las cosas. La correcta, la incorrecta y la mí­a.


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