Zgz_ae escribió:"Las personas, físicas o jurídicas, que deseen ejercer actividades de venta y suministro de cartuchería y artificios pirotécnicos tienen que estar en posesión de un depósito autorizado o un establecimiento autorizado.
Aquellas otras personas que carezcan de los mencionados establecimientos y deseen dedicarse a la venta y suministro de cartuchería y artificios pirotécnicos deberán obtener una autorización expresa del Delegado del Gobierno correspondiente, previo informe del Área de Industria y Energía y de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil.
Queda expresamente prohibida la venta a particulares de artificios pirotécnicos por correspondencia."
Extraído de la web de la guardia civil:
https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... index.html¿Alguien puede arrojar algo de luz sobre el tema?
Exacto, queda prohibida la venta a particulares por correspondencia,
pero no la compra, por ejemplo si se compran cartuchos .22 flobert CB (los de bala cónica cobreada) en Chequia y se pagan por Paypal por ejemplo, la única obligación del comprador es declararlos en la IA dentro de un plazo establecido, con los cartuchos de papel franceses ocurre lo mismo, si las legislaciones de Francia y Chequia permiten su venta por correo dentro de la UE, lo único que puede hacer la GC es verificar que las condiciones de la adquisición en cuanto a guias, cupos etc se cumplen al igual que si lo comprases en una armería local.
Saludos