Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Temas relacionados con la tenencia y uso de las armas.
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JordiAMX
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor JordiAMX » 12 Abr 2016 09:47

Que se cepillan a los CETMEs, vamos. :evil:
Cave canem.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 09:57

Si, ahora mismo se cepillaran como mínimo CETMES, G3 y FAL, ya que son armas militares automáticas de origen y reconvertidas a semi.

Las semis desde fabrica civiles sobreviven en una nueva categoría, la B8, aquí vendrían los AR, los Steyr Aug Z, los AK FEG SA, etc...

Cuidado, porque como se ha indicado mas arriba esto son los mínimos. Al día siguiente de que apruebe este borrador la Guardia civil nos puede sacar un nuevo Real decreto prohibiendo también las B8 y nos lo comemos con patatas. Perfectamente legal prohibir mas dentro de cada país si a este le apetece.

Por otro lado hay mas sutilezas que a mi me preocupan mas que el hecho de que me vuelen los CETME (y yo tengo uno). Depende de como se lea, la lista de piezas fundamentales se amplia en las semiatomaticas, de hecho cualquier pieza detrás del bolt también seria fundamental.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor -STAR- » 12 Abr 2016 10:15

Por supuesto todo es libre de interpretación......... pero el CETME no es en realidad un arma automática propiamente dicha en origen (como pueda serlo una MG42 por ejemplo), es un fusil con selector de fuego.

En el caso que nos ocupa, la posibilidad de de seleccionar el fuego automático esta completamente anulada y es irrecuperable, así lo ha certificado el BOPE (que ademas tendría que aprobar un proyecto previo de modificación-anulación). Realmente han salido semiautomáticos de fabrica. Otra cosa sera que lo respeten.....

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 10:31

-STAR- escribió:Por supuesto todo es libre de interpretación......... pero el CETME no es en realidad un arma automática propiamente dicha en origen (como pueda serlo una MG42 por ejemplo), es un fusil con selector de fuego.

En el caso que nos ocupa, la posibilidad de de seleccionar el fuego automático esta completamente anulada y es irrecuperable, así lo ha certificado el BOPE (que ademas tendría que aprobar un proyecto previo de modificación-anulación). Realmente han salido semiautomáticos de fabrica. Otra cosa sera que lo respeten.....


Hilas fino, pero tienes razón.

"Las armas de fuego automáticas transformadas en armas semiautomáticas (así como, para evitar toda duda, las armas de fuego semiautomáticas transformadas en armas automáticas) deben mantenerse en la categoría A"

Es cierto que no son armas transformadas, si no que se anula de manera irrecuperable la posibilidad de hacer fuego automático.

Este texto dará juego en los tribunales.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor papaoso » 12 Abr 2016 11:08

según la traducción la enmienda 19 dice así:

Enmienda 19
Propuesta de Directiva
Considerando 9

Texto de la Comisión

(9) Algunas armas de fuego semiautomáticas pueden transformarse fácilmente en armas de fuego automáticas, lo que supone una amenaza para la seguridad. Algunas armas de fuego semiautomáticas pueden resultar muy peligrosas, incluso aunque no se transformen en armas de categoría «A», si tienen una elevada capacidad en relación con el número de disparos.
Procede, por tanto, prohibir el uso civil de dichas armas semiautomáticas.

Enmienda:
(9) Existe el riesgo de que un arma de fuego que se haya transformado para disparar cartuchos de fogueo, sustancias irritantes u otras sustancias activas o munición pirotécnica pueda devolverse a su estado original de manera que pueda disparar munición real. Dichas armas de fuego deben mantenerse, por lo tanto, en las categorías en las que se habían
clasificado antes de su transformación.


Entonces creo entender que no afecta al CETME y parecidos.
Corregidme si me equivoco aunque deseo y espero no equivocarme.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 11:20

papaoso escribió:según la traducción la enmienda 19 dice así:

Enmienda 19
Propuesta de Directiva
Considerando 9

Texto de la Comisión

(9) Algunas armas de fuego semiautomáticas pueden transformarse fácilmente en armas de fuego automáticas, lo que supone una amenaza para la seguridad. Algunas armas de fuego semiautomáticas pueden resultar muy peligrosas, incluso aunque no se transformen en armas de categoría «A», si tienen una elevada capacidad en relación con el número de disparos.
Procede, por tanto, prohibir el uso civil de dichas armas semiautomáticas.

Enmienda:
(9) Existe el riesgo de que un arma de fuego que se haya transformado para disparar cartuchos de fogueo, sustancias irritantes u otras sustancias activas o munición pirotécnica pueda devolverse a su estado original de manera que pueda disparar munición real. Dichas armas de fuego deben mantenerse, por lo tanto, en las categorías en las que se habían
clasificado antes de su transformación.


Entonces creo entender que no afecta al CETME y parecidos.
Corregidme si me equivoco aunque deseo y espero no equivocarme.


Mira también la justificación;

La propuesta de modificar la categoría B.7 provocaría demasiados problemas prácticos de aplicación y se ha probado y rechazado en algunos Estados miembros. La ponente presenta en su lugar una serie de propuestas alternativas. Las armas de fuego transformadas en armas para disparar cartuchos de fogueo deben mantenerse en sus categorías originales dados los riesgos específicos asociados a ellas. Las armas de fuego automáticas transformadas en armas semiautomáticas (así como, para evitar toda duda, las armas de fuego semiautomáticas transformadas en armas automáticas) deben mantenerse en la categoría A.

Es aquí donde se puede hilar fino. Depende de lo que entiendan unos y otros como "armas de fuego automáticas transformadas en armas semiautomáticas "
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor papaoso » 12 Abr 2016 11:42

No hace falta hilar fino, simplemente el CETME es una automática transformada a Semi con lo cual, Prohibida.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 11:46

papaoso escribió:No hace falta hilar fino, simplemente el CETME es una automática transformada a Semi con lo cual, Prohibida.


A mi me gusta la argumentación del compañero -STAR-. Realmente el arma no ha sido "transformada"; era de origen semi y auto permitiendo seleccionar uno u otro mediante un selector. Una de las dos posiciones ha sido anulada permanentemente, la automática. Pero en ningún caso el modo auto se a transformado a semi.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor papaoso » 12 Abr 2016 11:50

Tienes bastante razón y además también me gusta la explicación del compañero, pero....ponte en la piel de los que mandan de verde y sabrás a ciencia cierta que entenderán lo que pone, "modificado", por lo tanto lo prohibirán, piensa que prohibirían hasta el lanzamiento de dardos en el bar.
repito, mal que me pese.
saludos.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 12:02

Con esta definición acabaremos en los tribunales y será el señor juez el que decida. Lo único que veo es que esta definición es para toda Europa y sera imposible que los de verde lo interpreten distinto a los Alemanes o a los Polacos. Me explico, no veo como en base a este articulo se puede retirar un CETME si las autoridades Alemanas no hacen lo mismo con un G3.

Igualmente no veo como un CETME en Alemania acabaría en la B8 mientras que un CETME en España acabaría en la A. Seria una incongruencia legislativa inaceptable.

Ojo!!! Que es legislación de mínimos, luego nos pueden plantar un nuevo Real Decreto ultrarestrictivo y a volver a luchar otra vez, pero desde luego que las incoherencias de base entre países de la UE no serán aceptables.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor papaoso » 12 Abr 2016 12:07

Se ha de rechazar este borrador, hay que seguir luchando.
:caba:
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 12 Abr 2016 12:09

Completamente de acuerdo.

Que exista la categoría B8 es la puerta para que las prohíban de verdad dentro de un par de años.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor ANARMA » 13 Abr 2016 10:46

NOVENA ACCIÓN CÍVICA CONTRA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE ARMAS CEE 91/477 – LLAMADA A LA ACCIÓN – EMAILs POSITIVOS DE APOYO CON SOLICITUD DE MEJORA DE ENMIENDAS PENDIENTES

LLAMADA A LA ACCIÓN - ACCIÓN COORDINADA CON EL RESTO DE PAÍSES EUROPEOS

Como usted sin duda sabe, los ministros de Justicia e Interior del Consejo Europeo dirigido actualmente por la Presidencia holandesa, están discutiendo la propuesta de la Comisión Europea para modificar drásticamente la Directiva sobre la adquisición y tenencia de armas (91/477 / CEE, modificada por la Directiva 2008/51 / CEE).

La misma propuesta se está discutiendo simultáneamente en el Parlamento Europeo a través de su Comité IMCO, al que se le ha asignado la tarea de revisar el documento de la Comisión, a través de un equipo de miembros compuesto por un Ponente y siete ponentes en la sombra, cada uno representando un grupo político diferente dentro del Parlamento Europeo.

El ponente y los ponentes en la sobra han sido muy críticos con la propuesta de la Comisión, la cual consideran mal redactada y desproporcionada en su efecto negativo sobre los propietarios y usuarios de armas de fuego legales. Las discusiones de IMCO se pueden seguir en el registro del Parlamento Europeo.

Estos son los datos de contacto de los diputados que componen este equipo:

Ponente:

MEP Vicky Ford (ECR – UK) - http://bit.ly/1qo7AWo

Ponentes en la sombra:

MEP Sergio Cofferati (S&D – Italy) - http://bit.ly/23DEeSA

MEP Dita Charanzová (ALDE – Czech Republic) - http://bit.ly/1S5TxMm

MEP Jiři Maštálka (GUE/NGL – Czech Republic) - http://bit.ly/25ZdJJe

MEP Pascal Durand (EFA – France) - http://bit.ly/1SyJte6

MEP Anna Maria Corazza Bildt (EPP/CD – Sweden) - http://bit.ly/1MtwONp

MEP Robert Jarosław Iwaszkiewicz (EFDD – Poland) - http://bit.ly/1N7UXsW

MEP Mylène Troszczynski (ENF – France) - http://bit.ly/1SyJM8I


La Sra Ford publicó su primer borrador de informe oficial el 29 de marzo En nuestra opinión está lejos de ser perfecto, sin embargo se solucionan varios problemas graves, aparentemente se ha rechazado la destrucción irresponsable de armas de fuego Categoría A en poder de coleccionistas, la desactivación de las armas de fuego de la categoría A en colecciones de museos, el registro de réplicas y la prohibición de armas de fuego basada en la apariencia. En su revisión actual, el borrador tiene algunos puntos útiles, por ejemplo, limitar la aplicación de la Directiva únicamente a los objetos que contienen al menos una parte fundamental de arma de fuego, por lo tanto automáticamente quedan excluidas todas las réplicas, juguetes, airsoft y otros artículos inofensivos.

LINK A BORRADOR EN ESPAÑOL: http://bit.ly/1SMfcZR

Sin embargo, la propuesta todavía incluye algunos puntos que necesitan una nueva revisión. Éstos son:

· La inclusión de los coleccionistas en la Directiva sobre la base de una acusación infundada y absurda, de que estas personas reconocidas como coleccionistas en sus Estados miembros, son una posible fuente de tráfico de armas de fuego; esto tendrá graves consecuencias sobre el patrimonio;

· La fabricación y modificación de las armas de fuego y munición, sólo se autorizarán si se realiza por comerciantes con licencia; esto podría prohibir la recarga, una práctica popular entre los cazadores y tiradores deportivos;

· Todas las piezas fundamentales del arma de fuego se deben marcar indeleblemente con datos tales como el fabricante, país de origen, año y número de serie. El problema aquí es doble: en primer lugar, algunas partes esenciales (es decir, el armazón de la pistola) pueden ser de plástico y en consecuencia no pueden ser marcados de forma indeleble; en segundo lugar, el marcado de las armas de fuego antiguas de forma retroactiva dañaría su valor histórico.

· La re-categorización en la categoría A de las armas de fuego automáticas convertidas en armas civiles de fuego semiautomáticas; esto significaría la prohibición total de las armas de fuego desmilitarizadas, que son muy populares entre los tiradores en varios Estados miembros. Tal prohibición daría lugar a la criminalización de sus propietarios, o gastos enormes, para los Estados miembros, que resulten de las compensaciones por la confiscación.


No creemos que estos defectos, que hay en el borrador de la propuesta de Vicky Ford, son el resultado de una mala intención. Debemos entender que los Ponentes no están bien versados en la materia, y por lo tanto las consecuencias de la redacción podrían ser fácilmente pasadas por alto. Por otra parte, los diputados están bajo una fuerte presión política de la Comisión, y en algunos casos, también de sus propios gobiernos. La señora Ford merece el crédito por el rechazo de algunos puntos que eran, y siguen siendo, fuertemente apoyados por el Gobierno británico.

Por lo tanto este es un momento en el que se espera que todos los propietarios de armas de fuego legales y de hecho todo el mundo que valore la importancia de los derechos de los ciudadanos, dedique algo de tiempo a escribir cartas y correos electrónicos a sus eurodiputados.

Sin embargo recuerde que usted debe escribir en el tono apropiado. Nuestras cartas están destinadas a llegar a los eurodiputados que tienen en su mayoría tomada una posición a favor de sus derechos. Estos representantes elegidos por la ciudadanía son conscientes de sus responsabilidades con respecto a su electorado. Esto es precisamente por lo que es tan importante que se les muestra su aprecio. Ellos requieren nuestro apoyo para mantener su postura frente a la presión de los burócratas no electos de la Comisión.

Nuestra lucha es contra la Comisión, que ha utilizado cínicamente los recientes ataques terroristas a los efectos de su programa para limitar severamente la propiedad de armas de fuego legales. Y lo ha hecho con gran arrogancia y engaño, citando estadísticas erróneas, manipulando resultados de encuestas y calumniando a los ciudadanos, para crear un pretexto para su acción.

Hay dos razones por las que no se publicará ninguna plantilla de carta o email para que usted pueda copiar y pegar.

En primer lugar los propios eurodiputados admiten que el contacto personal tiene un impacto mucho mayor. Ellos son más propensos a prestar atención a su correo, si usted se presenta, señala los problemas y proponer soluciones. No van a apreciar 'correo basura'.

En segundo lugar, los diputados deben ser conscientes de que usted está dispuesto a hacer mucho más en defensa de sus derechos que sólo copiar y pegar mensajes. Sea firme, pero educado.

Lo más que le va a costar son unos pocos minutos de su tiempo. Si usted no está dispuesto a sacrificar esto en defensa de nuestra justa causa, entonces probablemente no merece la protección por la que estamos luchando.

También le pedimos que difunda este mensaje en los medios especializados que dan cobertura nuestras actividades, así como en los foros en internet. Si bien nuestra tarea es coordinar nuestra acción a nivel europeo, su objetivo es asegurar que sus eurodiputados están bien informados.

Puede encontrar la lista completa de los eurodiputados en la página web del Parlamento Europeo aquí, o puede buscar por país aquí. Enfoque su atención en sus representantes elegidos independientemente de su postura política y personal sobre armas de fuego.

Lista E-mails eurodiputados españoles (sólo tenéis que hacer un copiar – pegar):

claraeugenia.aguileragarcia@europarl.europa.eu., marina.albiol@europarl.europa.eu., ines.ayalasender@europarl.europa.eu., pilar.ayuso@europarl.europa.eu., beatriz.becerra@europarl.europa.eu., izaskun.bilbaobarandica@europarl.europa.eu., jose.blancolopez@europarl.europa.eu., soledad.cabezonruiz@europarl.europa.eu., enrique.calvetchambon@europarl.europa.eu., pilar.delcastillo@europarl.europa.eu., javier.cousopermuy@europarl.europa.eu., agustin.diazdemera@europarl.europa.eu., rosa.estaras@europarl.europa.eu., jonas.fernandezalvarez@europarl.europa.eu., santiago.fisasayxela@europarl.europa.eu., francesc.gambus@europarl.europa.eu., iratxe.garcia-perez@europarl.europa.eu., eider.gardiazabalrubial@europarl.europa.eu., juancarlos.girautavidal@europarl.europa.eu., tania.gonzalezpenas@europarl.europa.eu., esteban.gonzalezpons@europarl.europa.eu., luis.degrandespascual@europarl.europa.eu., enrique.guerrerosalom@europarl.europa.eu., sergio.gutierrezprieto@europarl.europa.eu., esther.herranzgarcia@europarl.europa.eu., carlos.iturgaiz@europarl.europa.eu., teresa.jimenez-becerril@europarl.europa.eu., josu.juaristi@europarl.europa.eu., veronica.lopefontagne@europarl.europa.eu., javi.lopez@europarl.europa.eu., juanfernando.lopezaguilar@europarl.europa.eu., paloma.lopez@europarl.europa.eu., antonio.lopezisturiz@europarl.europa.eu., ramon.jaureguiatondo@europarl.europa.eu., ernest.maragall@europarl.europa.eu., gabriel.mato@europarl.europa.eu., fernando.maurabarandiaran@europarl.europa.eu., francisco.millanmon@europarl.europa.eu., javier.nart@europarl.europa.eu., maite.pagaza@europarl.europa.eu., inma.rodriguezpinero@europarl.europa.eu., mariadoloreslola.sanchezcaldentey@europarl.europa.eu., jordi.sebastia@europarl.europa.eu., lidia.senra@europarl.europa.eu., josep-maria.terricabras@europarl.europa.eu., estefania.torresmartinez@europarl.europa.eu., ramon.tremosa@europarl.europa.eu., miguel.urbancrespo@europarl.europa.eu., ernest.urtasun@europarl.europa.eu., ramonluis.valcarcel@europarl.europa.eu., elena.valenciano@europarl.europa.eu., angela.vallina@europarl.europa.eu., pablo.zalbabidegain@europarl.europa.eu.

No se moleste en escribir a la propia Comisión. A ellos simplemente no les importa y es imposible lograr cualquier cosa de buena fe con ellos. Por el contrario, pueden utilizar su ira contra ellos como prueba de la agresividad de los poseedores de armas de fuego, para los que la propiedad de las armas de fuego debe ser restringida.

¡¡¡¡¡ POR FAVOR COMPARTID !!!!!
Última edición por ANARMA el 13 Abr 2016 13:42, editado 2 veces en total.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor elsantoangel » 13 Abr 2016 12:08

Podriamos redactar un "cuerpo" de carta general y que cada uno añada cosas y pequeñas variaciones ? ESto facilitaria la tarea y que la gente se anime a escribir

Yo desde luego voy a escribirles, si hay en europa gente que esta dispuesta a legislar con sentido comun merece la pena perder unos minutos para escribir una carta :clint:
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor papaoso » 13 Abr 2016 12:09

Mi carta, con mis inquietudes, disconformidades y demás y con buena educación....ha sido ya enviada.

saludos a todos.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor abranchadell » 13 Abr 2016 12:58

Misiva enviada también por mi parte, de forma muy correcta en las formas, pero contundente en el fondo del asunto. Eso sí, hay que quitar el punto que hay al final de cada dirección de correo, pues si no, da error de envío, es decir, tiene que acabar en "eu" sin punto final, si se copian y pegan tal cual está en el post no funciona, al menos en mi mail.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor KM_boy » 13 Abr 2016 13:13

Hoy no me es posible, pero mañana envío la mía. Haré especial incapie en comentar los puntos que comenta Anarma y por mi parte en juntar la B8 con la B5.

Creo que a todos nos interesa hacer las definiciones de armas lo mas genéricas posibles y no andar dividiendo tanto. La unión hace la fuerza y la división..., bueno ya sabemos la historia de los reinos de Taifas.

De las propias definiciones del texto traducido:


Definición de B5:
Armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos, cuyo cargador no sea inamovible o en relación con las cuales no se garantice que no puedan ser transformadas en armas cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos.


Definición de B8:
Armas de fuego semiautomáticas con cargadores desmontables



Que alguien me explique la diferencia, salvo poner las de madera en la B5 las diabólicas negras en la B8 (por mis cojones) y prohibir la B8 sin tocar a los cazadores (aunque vista la movilización de este sector, que mas da).

Mañana envío las alegaciones.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Wyat » 13 Abr 2016 13:56

Por de pronto, si la definición es así, en la B5 hablan de armas largas. En la B8 hablan de todas las semiautomaticas.


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