Polemica
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Re: Polemica
Compañeros,os informo que estamos batallando a brazo partido,luchando hasta el final
Gracias a todos y en especial a los grandes frofesionales de Anarma.
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Re: Polemica
Animo Suso.....Un abrazo.
- garruli
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Re: Polemica
Hola me hago una pregunta , las armas como saben en las I.A que son compradas o vendidas y que a habido animo de lucro , puede que sean heredadas , regaladas , cedidas o simplemente después de tenerlas no te gustan y decides desacerte LEGAL MENTE de las armas en las I.A .Lo dicho sin ser jurista creo que todas estas denuncias no se sostienen amenos que la G.C tenga factura de todas las armas para poder establecer que se a lucrado uno con las operaciones .De deslealtad a las armerías nada de nada , en ningún lado se dice por la G.C cuantas veces se puede guiar armas por año y individuo .Un saludo compañeros
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Re: Polemica
Hay un tema que quizá no tenemos en cuenta en profundidad y es el asunto fiscal, aparte de la correspondiente documentación de las armas expedida por Intervención, todo cambio o venta de un arma debe ir acompañada de contrato de compra-venta o factura, y por tanto figurar en la declaración de renta como un ingreso adicional a los propios ingresos. Puede que la interpretación con respecto a lo que llaman deslealtad con las armerías derive de esta circunstancia.
Ya sé que no soluciono nada del tema de debate, pero tenedlo en cuenta. Lo digo porque recientemente ha pasado algo similar con los que somos àrbitros de tiro, hay que separar lo que recibes en concepto de dietas y la remuneración por el arbitraje e incluír esta última como ingreso adicional.
Ya han habido sanciones pero han sido de tema fiscal, no sé si el tema se ha originado del mismo modo pero no me extrañaría nada
salu2 a todos-as
Balta
Ya sé que no soluciono nada del tema de debate, pero tenedlo en cuenta. Lo digo porque recientemente ha pasado algo similar con los que somos àrbitros de tiro, hay que separar lo que recibes en concepto de dietas y la remuneración por el arbitraje e incluír esta última como ingreso adicional.
Ya han habido sanciones pero han sido de tema fiscal, no sé si el tema se ha originado del mismo modo pero no me extrañaría nada
salu2 a todos-as
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- garruli
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Re: Polemica
Que yo sepa nunca me han pedido contrato de compra venta ni de ningun tipo en las I.A ni e oído escuchar nada parecido , solo las correspondientes tasas pagadas , también están las armas dadas o heredadas sin que nadie se lucre sin ir mas lejos yo tengo 1 carabina del 22 que me regalo un buen amigo por dejar la afición y 2 escopetas de mi padre , le quedan otras 2 que con el tiempo pasaran a mi nombre , que se supone que tengo que hacer renunciar a las escopetas inutilizarlas por miedo a represarías sin sentido , pues en ningún sitio pone cuantas veses puede cada ciudadano guiar armas legalmente por año , creo que se están equivocando y que seria de sentido común que rectifiquen .En rresumidas cuentas deben de investigar y cuando tengan pruebas de que se esta cometiendo un delito actuar pero nunca sacar conclusiones precipitadas y sancionar a los ciudadanos honrados sin pruebas y digo honrados pues para tener licencia de armas no pueden tener antecedentes penales . Un saludo a todos y espero que esto se arregle
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Re: Polemica
balta204 escribió:Hay un tema que quizá no tenemos en cuenta en profundidad y es el asunto fiscal, aparte de la correspondiente documentación de las armas expedida por Intervención, todo cambio o venta de un arma debe ir acompañada de contrato de compra-venta o factura, y por tanto figurar en la declaración de renta como un ingreso adicional a los propios ingresos. Puede que la interpretación con respecto a lo que llaman deslealtad con las armerías derive de esta circunstancia.
Ya sé que no soluciono nada del tema de debate, pero tenedlo en cuenta. Lo digo porque recientemente ha pasado algo similar con los que somos àrbitros de tiro, hay que separar lo que recibes en concepto de dietas y la remuneración por el arbitraje e incluír esta última como ingreso adicional.
Ya han habido sanciones pero han sido de tema fiscal, no sé si el tema se ha originado del mismo modo pero no me extrañaría nada
salu2 a todos-as
Balta
Si como posible hipótesis sobre el origen de tamaño despropósito... no está mal planteado pero no olvides que el fisco y la intervención de armas no tienen nada que ver (Salvo que ambos se dedican a joder al más desvalido).
Si fuera un tema fiscal la posible sanción tendría otros cauces, los cuales desconozco pero con toda seguridad que no pasan por una intervención de armas.
En el caso de los arbitrajes que mencionas es claro que lo que percibíis como compensación/remuneración es considerado como "un sueldo" por ridículo que sea y ahí sí que meten el hocico los de hacienda y déjate que no os citen también desde la Seguridad Social.

Y lo de deslealtad con los armeros... "pa mear y no echar gota".

Saludos...

Re: Polemica
garruli escribió:Hola me hago una pregunta , las armas como saben en las I.A que son compradas o vendidas y que a habido animo de lucro , puede que sean heredadas , regaladas , cedidas o simplemente después de tenerlas no te gustan y decides desacerte LEGAL MENTE de las armas en las I.A .Lo dicho sin ser jurista creo que todas estas denuncias no se sostienen amenos que la G.C tenga factura de todas las armas para poder establecer que se a lucrado uno con las operaciones .De deslealtad a las armerías nada de nada , en ningún lado se dice por la G.C cuantas veces se puede guiar armas por año y individuo .Un saludo compañeros
Pero en todo caso seria la Agencia Tributaria la que iniciara el expediente,no? Si no declaro la compra mucho menos declarare la venta que casi seguro obtendré un precio menor al pagado en su compra,no?
22lr -cal.12 - -9 Para --.38 Spl.
Re: Polemica
Hola de nuevo:
Ya sé que las intervenciones de armas no están conectadas con el fisco, Ellos hacen su trabajo y no tengo nada que objetar al respecto, pero imaginaros que una armería, presenta una queja por intrusismo profesional enfocada a todos aquellos que realicen muy a menudo compras o ventas de armas, no digo que haya sido así pero podría haber sido perfectamente el inicio del tema.
En cuanto a las armas heredadas, ya sabéis que hay piezas de gran valor, y eso se puede imputar en el impuesto de sucesiones, si regalamos un arma, está el de donaciones.
de todos modos, al paso que vamos estoy convencido de que vamos a acabar todos tirando sólo con aire comprimido y calibre 22 dado que son los únicos calibres olímpicos, y las federaciones a las que pertenecemos se llaman de tiro olímpico y no de tiro deportivo. Yo estaría más contento si la Federación se llamase Real Federación de Tiro Olímpico y Deportivo.
En fin, me he ido por las ramas, lo siento, saludos a todo el foro
Balta
Ya sé que las intervenciones de armas no están conectadas con el fisco, Ellos hacen su trabajo y no tengo nada que objetar al respecto, pero imaginaros que una armería, presenta una queja por intrusismo profesional enfocada a todos aquellos que realicen muy a menudo compras o ventas de armas, no digo que haya sido así pero podría haber sido perfectamente el inicio del tema.
En cuanto a las armas heredadas, ya sabéis que hay piezas de gran valor, y eso se puede imputar en el impuesto de sucesiones, si regalamos un arma, está el de donaciones.
de todos modos, al paso que vamos estoy convencido de que vamos a acabar todos tirando sólo con aire comprimido y calibre 22 dado que son los únicos calibres olímpicos, y las federaciones a las que pertenecemos se llaman de tiro olímpico y no de tiro deportivo. Yo estaría más contento si la Federación se llamase Real Federación de Tiro Olímpico y Deportivo.
En fin, me he ido por las ramas, lo siento, saludos a todo el foro
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- basilisuso
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Re: Polemica
El tema compañero es mas serio.
La libertad en todos sus sentidos y nadie puede condenarnos por algo que no es cierto.
La libertad en todos sus sentidos y nadie puede condenarnos por algo que no es cierto.
Re: Polemica
Buenas tardes,a pesar de aver pasado ya tres años,alguien sabe como quedo este asunto,a mi tambien me acaban de denunciar por el mismo motivo...
Re: Polemica
Thomygun escribió:Buenas tardes,a pesar de aver pasado ya tres años,alguien sabe como quedo este asunto,a mi tambien me acaban de denunciar por el mismo motivo...
Acojonado me hallo, he comprado 6 armas en tres años, y estoy pensando seriamente desguazar 3 de ellas, de primera mano, nunca he vendido, pero todo esto va muy ràpido, nos están cazando y aflorando muchos casos de estos.
Es totalmente arbitrario todo esto.
Te han puesto lo mismo??? Deslealtad a las armerías, es denuncia penal o una falta administrativa simple? ¿Sabes si te hace tener antecedentes penales?
Re: Polemica
Compañero, yo como todos soy un gran aficionado a las armas.... tengo mis armas mas o menos de siempre, pero de vez en cuando sale alguna por ahi, y la compro, la pruebo y hay veces que me las quedo y otras las pongo a la venta... Te comento el ultimo caso, compre una beretta 301 con idea de quedarmela, puesto que no tenia repetidora y tenia una sarasqueta en venta.. El caso es que me ofrecieron un cambio de una benelli por la sarasqueta, y ya habia cogido la beretta, con lo cual puse a la venta las dos para quitar una, al final vendi la beretta y me quede la benelli. El caso es que la beretta la he tenido 3 semanas. Por otro lado la sarasqueta se la habia vendido a un chico con anterioridad a que la cambiase, vino se la llevo y a los pocos dias me llama que se la ha llevado al armero y que si estaba pavonada encima etcc... total que le devolvi el dinero y la puse a mi nombre de nuevo... y posteriormente la cambie por la benelli...
El otro dia me dijeron en la intervencion que tuviera cuidado que estan investigando que si patatin y patatan... porque hay gente que se dedica a la venta de armas y no declara como las armerias....
En estas dos transacciones que he comentado he tenido la sarasqueta ( 1 transaccion) la vendi (1 transaccion) le devolvi el dinero al comprador ( 1 transaccion) , la cambie por la benelli ( 2 transacciones - una de venta y otra de compra de la benelli) a su vez acababa de comprar la beretta ( 1 transaccion ) y como consegui el cambio de la sarasqueta por la benelli ( vendi la beretta otra transaccion ) Ellos lo unico que miran es que tu has comprado este arma y en 3 semanas ya no la tienes, o tal arma la acabas de coger y al dia siguiente no, y has tenido muchas transacciones, y patatin... Coño si fuera rico me quedaria todas... pero fijaros en la chorrada que os he contado las transacciones que ha habido por las causas que han sido... Pero eso no lo ven.... Tambien le dije al de la intervencion: " en ningun sitio prohibe que yo cambie de nombre la escopeta a otra persona " , joder si quieren controlar si gano o pierdo o lo que sea , que pongan un impuesto por cada transferencia y ya esta, pero a dia de hoy el unico tramite es pagar la guia... y ya esta...
Me comento tambien el caso de una armeria que las armas que coge usadas las pone a su nombre y luego se las cambia de nombre a una persona para que las pruebe y luego las vuelve a poner al suyo... y me dijo que eso no pasaba nada porque como la venta en teoria la hacia la armeria y la compra tambien, pues que el ya pagaba sus impuestos... Pero claro el señor cuando le devuelve el arma a la armeria, el no declara la venta...
En fin que tengais cuidado ( y yo el primero) porque ya si compras un arma no la vendas en un mes , quedatela un tiempo porque estan muy cabrones....
El otro dia me dijeron en la intervencion que tuviera cuidado que estan investigando que si patatin y patatan... porque hay gente que se dedica a la venta de armas y no declara como las armerias....
En estas dos transacciones que he comentado he tenido la sarasqueta ( 1 transaccion) la vendi (1 transaccion) le devolvi el dinero al comprador ( 1 transaccion) , la cambie por la benelli ( 2 transacciones - una de venta y otra de compra de la benelli) a su vez acababa de comprar la beretta ( 1 transaccion ) y como consegui el cambio de la sarasqueta por la benelli ( vendi la beretta otra transaccion ) Ellos lo unico que miran es que tu has comprado este arma y en 3 semanas ya no la tienes, o tal arma la acabas de coger y al dia siguiente no, y has tenido muchas transacciones, y patatin... Coño si fuera rico me quedaria todas... pero fijaros en la chorrada que os he contado las transacciones que ha habido por las causas que han sido... Pero eso no lo ven.... Tambien le dije al de la intervencion: " en ningun sitio prohibe que yo cambie de nombre la escopeta a otra persona " , joder si quieren controlar si gano o pierdo o lo que sea , que pongan un impuesto por cada transferencia y ya esta, pero a dia de hoy el unico tramite es pagar la guia... y ya esta...
Me comento tambien el caso de una armeria que las armas que coge usadas las pone a su nombre y luego se las cambia de nombre a una persona para que las pruebe y luego las vuelve a poner al suyo... y me dijo que eso no pasaba nada porque como la venta en teoria la hacia la armeria y la compra tambien, pues que el ya pagaba sus impuestos... Pero claro el señor cuando le devuelve el arma a la armeria, el no declara la venta...
En fin que tengais cuidado ( y yo el primero) porque ya si compras un arma no la vendas en un mes , quedatela un tiempo porque estan muy cabrones....
Re: Polemica
Es una casa de p... a mi me denuncian por mover 8 armas en un año,la mitad las e regalado a un hermano y amigos,eso claro esta les da igual,ademas como pretenden que hagamos si tenemos el cupo de 6 bueno en fin....
El caso,la multa de 1000€ por pronto pago 500€,tocate los pies que justo lo que cuesta recurrirla son 600€ ,que casualidad,si eres de anarma como es mi caso se reduce a la mitad,300€,que yo sepa en ningun sitio pone cuantas armas puedes cambiar de nombre en x periodo de tiempo,pero la multa te la calzan iwal,y si kieres pagas 500€ y si no 600€ del recurso....que pais
El caso,la multa de 1000€ por pronto pago 500€,tocate los pies que justo lo que cuesta recurrirla son 600€ ,que casualidad,si eres de anarma como es mi caso se reduce a la mitad,300€,que yo sepa en ningun sitio pone cuantas armas puedes cambiar de nombre en x periodo de tiempo,pero la multa te la calzan iwal,y si kieres pagas 500€ y si no 600€ del recurso....que pais

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Re: Polemica
Pero esta la mentira .yo vendi 7 y cambie dos me compre algunas a armerias casi todas menos un par de ellas a particulares
Como en asturias es todo a lo grande me mandan un premio de 6000 e por pronto pago 3000
Dice en la denuncia que llama la atencion la brevedad de las guias de pertenencia en el ultimo año de uno o dos dias
Y resulta que la que menos.tiempo estubo en mis manos fueron 6 m
A no ser que me levante sonambulo y haga ventas
Estoy preparando el recurso con los abogados de anarma
EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS!!!
Como en asturias es todo a lo grande me mandan un premio de 6000 e por pronto pago 3000
Dice en la denuncia que llama la atencion la brevedad de las guias de pertenencia en el ultimo año de uno o dos dias
Y resulta que la que menos.tiempo estubo en mis manos fueron 6 m
A no ser que me levante sonambulo y haga ventas
Estoy preparando el recurso con los abogados de anarma
EN MANOS DE QUIEN ESTAMOS!!!
Re: Polemica
Joder 6000 euros... pero donde vamos a llegar, en donde pone que tengas que tener en posesión un arma un numero mínimo de días, y más en el caso que has realizado o vendido o cambiado 7 armas... por dios... a mi me parece muy bien que quieran controlar la gente que se dedique a la venta de armas sin declarar... pero para ello que hagan una normativa en la que lo controlen, porque tu cambies 7 armas en un año , no creo que te ganes la vida con ello... e incluso muchas veces se pierde dinero, cuando te encaprichas de otro arma, y necesitas vender alguna ... que no somos ricos, y tenemos que desprendernos de algunas para tener otras...
En fin animo compañero y mantennos informados...
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Re: Polemica
Es que ellos solo pueden meterse en las que tu vendes por que las que te compraste y las tienes en tu poder no tienen nada que rascar tienes tus cupos y tus cosas
Y ojo que ami en la denuncia me pone que en la pagina de armas.es puse anuncios con mi nik de quemabalas que lo asocian a mi n de telefono
De pena!!
Claro la denuncia me pone que desde el 2010 que hania tenido 122 armas y esas son las que he tenido dede hace 30 años que empece con esto y que el periodo de un año de 1/11/2016 a 1/11/2017
Que habia relizado 28 transferencias que yo sepa las que compras no las vendes y por mas que sumo no llego a esas cuentas
Y lo de las transferencias en uno o dos dias es muy gorda
Y ojo que ami en la denuncia me pone que en la pagina de armas.es puse anuncios con mi nik de quemabalas que lo asocian a mi n de telefono
De pena!!
Claro la denuncia me pone que desde el 2010 que hania tenido 122 armas y esas son las que he tenido dede hace 30 años que empece con esto y que el periodo de un año de 1/11/2016 a 1/11/2017
Que habia relizado 28 transferencias que yo sepa las que compras no las vendes y por mas que sumo no llego a esas cuentas
Y lo de las transferencias en uno o dos dias es muy gorda
Re: Polemica
Aqui lo que me cuestiono es en base a que hacen esa denuncia, en ningún sitio se especifica cuantas armas puedes tener en un año o en dos, etc, ni cuantas transferencias puedes hacer en un año o dos o tres... En la normativa pone que esta permitida la transferencia entre particulares, pues lo que hacemos transferirlas entre particulares... que demuestren que te lucras con esto... me cago en la leche y cuando no es el caso que nos estafan como a mi y a mas compañeros.. eso no lo ven... joder... El fulano que me estafo a mi está en busca y captura pero no lo cogen... y nosotros que hacemos las cosas con los documentos que se nos pide... ocurren estas cosas... Que pongan algún impuesto como cuando haces una transferencia de un vehiculo y así lo controlan , ya declaras la venta... pero hoy por hoy solo hay una manera de hacerlo y es mediante la guia...
En fin compañero mucho animo...
En fin compañero mucho animo...
Re: Polemica
Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
CAPITULO II
De las funciones
Artículo 11
1. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciban de las Autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias.
b) Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
c) Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran.
d) Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.
e) Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
f) Prevenir la comisión de actos delictivos.
g) Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del Juez o Tribunal competente, y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes.
h) Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.
i) Colaborar con los Servicios de Protección Civil en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de Protección Civil.
Artículo 12
1. Además de las funciones comunes establecidas en el artículo anterior, se establece la siguiente distribución material de competencias:
B) Serán ejercidas por la Guardia Civil:
a) Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
b) El resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
c) La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
d) La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
e) Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
f) La conducción interurbana de presos y detenidos.
g) Aquellas otras que le atribuye la legislación vigente.
No veo por ninguna parte que la GC tenga atribuciones para velar por la Competencia Leal con las armerías ni con cuestiones impositivas salvo que los jueces o la Agencia Tributaria se las encomiende en un caso concreto.
Saludos.
CAPITULO II
De las funciones
Artículo 11
1. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana mediante el desempeño de las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de las Leyes y disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciban de las Autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias.
b) Auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.
c) Vigilar y proteger los edificios e instalaciones públicos que lo requieran.
d) Velar por la protección y seguridad de altas personalidades.
e) Mantener y restablecer, en su caso, el orden y la seguridad ciudadana.
f) Prevenir la comisión de actos delictivos.
g) Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables, asegurar los instrumentos, efectos y pruebas del delito, poniéndolos a disposición del Juez o Tribunal competente, y elaborar los informes técnicos y periciales procedentes.
h) Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para el orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de prevención de la delincuencia.
i) Colaborar con los Servicios de Protección Civil en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, en los términos que se establezcan en la legislación de Protección Civil.
Artículo 12
1. Además de las funciones comunes establecidas en el artículo anterior, se establece la siguiente distribución material de competencias:
B) Serán ejercidas por la Guardia Civil:
a) Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
b) El resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
c) La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
d) La custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran.
e) Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
f) La conducción interurbana de presos y detenidos.
g) Aquellas otras que le atribuye la legislación vigente.
No veo por ninguna parte que la GC tenga atribuciones para velar por la Competencia Leal con las armerías ni con cuestiones impositivas salvo que los jueces o la Agencia Tributaria se las encomiende en un caso concreto.
Saludos.
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