Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

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Amra
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 22 Abr 2020 20:39

DrZola escribió:SSin embargo no creo que eso invalide el hecho de que el origen de la sanción del corredor se basa en una actuación que hoy está penada (más o menos). Es esa actuación incorrecta la que da origen a una sanción "injusta", "desproporcionada" "improvisada", "sin sustento real" "sin jurisprudencia a favor" o cualquier otro calificativo que queramos aplicarle. A posteriori es criterio de cada uno evaluar la desproporción de dicha medida, porque la falta sin duda se ha cometido.

Pretender que en una situación de emergencia como la que se da actualmente se recoja una normativa con la claridad, alcance y precisión que todos preferiríamos resulta un tanto ilusorio, aquí se lleva más la improvisación como bien sabemos.


¿Estamos hablando de leyes?, ¿improvisar en materia de leyes?. :?

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley, la ley es la misma para todas las personas, y debe tratar a todas las personas en todas estas categorías de manera justa, prohíbe la discriminación y debe ser proporcional.

En estos casos no lo son, se están aplicación criterios de criminalidad propios de un estado que no quiero nombrar.

La infracción existe y debe ser castigada proporcionalmente a la culpa y la culpa en estos casos es muy similar a gente que tiene otras circunstancias y puede salir a la calle, pero la pena es a todas luces desproporcionada, sin avisar y con afán recaudatorio ó de control de masas por lo menos, lo claro es que es a todas luces discriminatoria y no basada en pruebas científicas ó por lo menos igual a otros sectores de población.

Lo mismo digo en la discriminación por edades, sexo, religión ó cualquier otra forma de discriminación.

Repito desproporción en las sanciones é inseguridad jurídica con grandes tintes discriminatorios, vivir para ver.

Y también repito no hay aviso previo para poder juzgar una desobediencia, es una falta grave directa con todas sus consecuencias.

Un saludo.
Nuestro carácter es el resultado de nuestra conducta.

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor DrZola » 22 Abr 2020 20:53

Hay muchas cosas en las que estoy de acuerdo contigo, y con los demás compañeros.

Pero sí, creo que a esto se le podría llamar improvisación. De un día para otro como quien dice los niños no salen, o salen para ir al super, o salen para ir a correr, y así todo.

Las circunstancias están cambiando constantemente, es imposible calibrar repercusiones ni establecer normas dentro del marco legal anterior o en un marco conjunto.

Si a eso añadimos que en este país, ya incluso con tiempo para pensar las cosas, se hacen mal, imagina si hoy decimos digo y mañana diego.

Y así estamos.

Hay que confiar que cuando esto pase y se normalice todo pues algunas cosas dejen de tener validez y se vean las repercusiones reales de un caso como el que citas.

Es más es que no queda otra, nadie puede contestar a día de hoy con seguridad.

Entiendo que cada uno se preocupe de su situación, pero igual mañana pasa como con las multas de tráfico, pagas la mitad y a correr.

Es que no se sabe, pero vamos en cualquier caso no se puede esperar coherencia (ni sentido común) en un momento como este, ni de gente como esta. Al menos así lo veo yo.

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Rapiegu » 22 Abr 2020 21:09

Compañero es una putada pero tendras que asumir tus responsabilidades y apechugar con las consecuencias . Te saltaste a la torera el confinamiento y como dicen en mi tierra " Ye lu que ahi "
Un saludo

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 22 Abr 2020 21:57

Rapiegu escribió:Compañero es una putada pero tendras que asumir tus responsabilidades y apechugar con las consecuencias . Te saltaste a la torera el confinamiento y como dicen en mi tierra " Ye lu que ahi "
Un saludo


Hay más casos además de este ó similares, lo de las comunidades son casos muy parecidos, unos cuantos miles me atrevería a decir.

Lo que es seguro es que en la mayoría de los casos, el agente le dio el alto, se identifico, se le requirió para que se fuese a su casa y esta persona obedeció diligente y pacíficamente, hasta que le comunican mediante cuatro folios que pasa a ser considerado infractor grave con consecuencias serias, las cuales en los primeros días de alarma no se era consciente de la gravedad del asunto, te recuerdo:

Certeza del derecho:

“La certeza en Derecho alude a la ausencia de dudas sobre la verdad de lo afirmado, sobre las normas a aplicar, sobre el alcance de las atribuciones de las partes y del juzgador, etcétera, lo que es consecuencia del principio de seguridad jurídica.”

En este caso la ley no esta clara, las consecuencias sí pero a posteriori, eso se llama inseguridad jurídica sin certeza del derecho, repito.

No eximo de responsabilidad, pero las sanciones están siendo desproporcionadas y de muy dudosa legalidad al no haber aviso previo a la sanción, sobre todo en los primeros días del estado de alarma que estábamos todos confundidos.

Personalmente siempre he sido responsable de mis acciones, léete lo que pone debajo acerca de mí:

“Nuestro carácter es el resultado de nuestra conducta.”

No lo dudes pero este tema tenia que comentarlo porque es serio que se criminalice a ciudadanos sin avisar y sin certeza de derecho, equiparándolos a camellos y navajeros.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Mesillero » 22 Abr 2020 22:44

Amra escribió:Os dejo los documentos, recordando que el agente solo requirió el dni y nada más.

Repito la inseguridad jurídica y abuso de autoridad que se puede generar con esto es muy peligrosa, es desobediencia Si pero a que autoridad y en que circunstancias, lo equiparan todo al articulo 36.06 4/2015 aun siendo educado, habiendo obedecido y habiendo esperado un aviso previo que no se produjo, sin reincidencia de ningún tipo, esta deriva es peligrosa en democracia y en estado de derecho.

Se recurre seguro.

Esto es solo como denuncia y aviso a los demás compañeros de foro, porque no sabemos las consecuencias de esto al equipararse ciudadanos honrados a delincuentes comunes.

Muchas gracias.

Dena.jpg

Denb.jpg

Un saludo.

Esta tarde la Abogado del Estado Macarena Olona en el Congreso de los Diputados ha sacado un informe de la Abogacía General del Estado remitido al Ministerio del Interior informándole que no se podía sancionar usando articulos de la Ley "Mordaza" en el decretazo de Estado de Alarma.....
Minuto 25:50
https://youtu.be/JhRaHhIvFYo
Última edición por Mesillero el 22 Abr 2020 23:04, editado 1 vez en total.

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Rapiegu » 22 Abr 2020 22:46

A ver compañero ; podremos agarrarnos a un clavo ardiendo , podremos estar enredando con la ley lo que queramos pero la cuestión es que desde el minuto uno del confinamiento se cansaron y nos cansaron a los demás " del quédate en casa" y especificaron los parámetros de las salidas fuera del domicilio . A si que a otro perro con ese hueso ; que asuma su responsabilidad y apechugar , no hay otra . Luego tiene recursos legales para poder zafarse del asunto ; pero intentar pasar por damnificado de las fuerzas represoras policiales no cuela ; fue de listo y lo pillaron con el carrito de los helados
Un saludo

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 22 Abr 2020 23:07

Rapiegu escribió:A ver compañero ; podremos agarrarnos a un clavo ardiendo , podremos estar enredando con la ley lo que queramos pero la cuestión es que desde el minuto uno del confinamiento se cansaron y nos cansaron a los demás " del quédate en casa" y especificaron los parámetros de las salidas fuera del domicilio . A si que a otro perro con ese hueso ; que asuma su responsabilidad y apechugar , no hay otra . Luego tiene recursos legales para poder zafarse del asunto ; pero intentar pasar por damnificado de las fuerzas represoras policiales no cuela ; fue de listo y lo pillaron con el carrito de los helados
Un saludo


Esto es lo que hay, derechas, izquierdas, son sentimientos de la gente, como ejemplo este de izquierdas por si piensas que esto es un tema de ideología política.

https://www.lasrepublicas.com/2020/04/22/brutal-video-juristas-advierten-que-para-sancionar-hay-que-desobedecer-una-orden-concreta/

Repito todo mi respeto a las fuerzas de seguridad del estado.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Rapiegu » 22 Abr 2020 23:28

Bien y ? Puedes alargar el hilo 39 páginas con todo tipo de justificaciones. El hecho es que se salta el confinamiento y lo proponen para sanción . Que es lo que quieres que de la razón al que se saltó el confinamiento? . Pues no

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Chemi _Refogs » 23 Abr 2020 04:47

Parece de sentido común que una cosa es desobedecer un decreto (de confinamiento, en este caso) y otra cosa es desobedecer el requerimiento concreto de un agente de la autoridad.

Y, por primera vez, así lo confirma un juez de Pontevedra: el incumplimiento del decreto de alarma NO es un delito de desobediencia.

O sea, si te sales a dar un paseo al parque a echar un cigarrillo, incumples el decreto famoso, pero no es delito de desobediencia. Si un guardia te ordena que te vayas a tu casa a fumártelo y no le haces caso, ENTONCES SÍ es desobediencia a la autoridad.

En el vídeo lo explican en detalle: https://youtu.be/1PLI6CLJMBk

Resolución judicial, en gallego pero se entiende fácil : https://drive.google.com/file/d/1NwY_-a ... uVfEE/view

O sea que, Amra, tranquilo que parece ser que no te pueden sancionar por el 36.06 del 4/2015 o padecer sus efectos sobre la renovación de licencias.

Ya nos contarás en qué queda la cosa, y un consejo: ¡haz el deporte en casa :lol: :lol: :lol: !

Saludos cordiales.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 23 Abr 2020 10:14

Rapiegu escribió:Bien y ? Puedes alargar el hilo 39 páginas con todo tipo de justificaciones. El hecho es que se salta el confinamiento y lo proponen para sanción . Que es lo que quieres que de la razón al que se saltó el confinamiento? . Pues no


Buenos días.

El hecho es que se salta el confinamiento, no le dan aviso inicial, obedece en todo y se va a su casa y le llega sorpresivamente una denuncia equiparándolo a un criminal con posibles consecuencias como la retirada de todas sus licencias, repito se saltan el aviso inicial porque la desobediencia y más en esos primeros días existía pero previa a un aviso ó resistencia cosa evidentemente que en la inmensa mayoría de los casos no hay, ni hubo.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor fierabras » 23 Abr 2020 10:18

Bueno, en unos días el Tribunal Supremo se va a pronunciar sobre el estado de alarma.

https://www.abc.es/espana/abci-supremo- ... ticia.html

"En la línea de los juristas que consideran que lo decretado por el Ejecutivo no es un estado de alarma, sino de excepción encubierto, el abogado Curro Nicolau pide como medida cautelarísima la suspensión del artículo 7 de ese real decreto. Sostiene que un estado de alarma no puede prohibir de manera genérica el ejercicio de los derechos fundamentales. "

Y se tiene que pronunciar en pocos días, ya que el denunciante ha pedido medidas cautelarísimas, así que no le queda otra.

Veremos en qué sentido se pronuncian los magistrados.

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 23 Abr 2020 10:20

Chemi _Refogs escribió:Parece de sentido común que una cosa es desobedecer un decreto (de confinamiento, en este caso) y otra cosa es desobedecer el requerimiento concreto de un agente de la autoridad.

Y, por primera vez, así lo confirma un juez de Pontevedra: el incumplimiento del decreto de alarma NO es un delito de desobediencia.

O sea, si te sales a dar un paseo al parque a echar un cigarrillo, incumples el decreto famoso, pero no es delito de desobediencia. Si un guardia te ordena que te vayas a tu casa a fumártelo y no le haces caso, ENTONCES SÍ es desobediencia a la autoridad.

En el vídeo lo explican en detalle: https://youtu.be/1PLI6CLJMBk

Resolución judicial, en gallego pero se entiende fácil : https://drive.google.com/file/d/1NwY_-a ... uVfEE/view

O sea que, Amra, tranquilo que parece ser que no te pueden sancionar por el 36.06 del 4/2015 o padecer sus efectos sobre la renovación de licencias.

Ya nos contarás en qué queda la cosa, y un consejo: ¡haz el deporte en casa :lol: :lol: :lol: !

Saludos cordiales.


Aparte de las consecuencias económicas que a todos nos preocupan, esta el hecho de la retirada de licencias, eso me preocupa más, y lo que de verdad me enfada es el incumplimiento del procedimiento al saltarse el aviso inicial y denunciar directamente y sin constancia en el momento, no se firmo nada porque no existía nada que firmar, no hubo desobediencia al agente, si desobediencia al estado de alarma pero en los días iniciales hubo mucha gente que desconocía o no era consciente de este problema, burros SI delincuentes NO.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 23 Abr 2020 10:28

fierabras escribió:Bueno, en unos días el Tribunal Supremo se va a pronunciar sobre el estado de alarma.

https://www.abc.es/espana/abci-supremo- ... ticia.html

"En la línea de los juristas que consideran que lo decretado por el Ejecutivo no es un estado de alarma, sino de excepción encubierto, el abogado Curro Nicolau pide como medida cautelarísima la suspensión del artículo 7 de ese real decreto. Sostiene que un estado de alarma no puede prohibir de manera genérica el ejercicio de los derechos fundamentales. "

Y se tiene que pronunciar en pocos días, ya que el denunciante ha pedido medidas cautelarísimas, así que no le queda otra.

Veremos en qué sentido se pronuncian los magistrados.


Efectivamente ese el tipo de estado que parece ser, pero que lo digan claro se llama certeza del derecho que si no existe también se llama inseguridad jurídica.

Repito falta leve en todo caso pero equipar a gente normal padres de familia a delincuentes, sin aviso inicial y habiendo en ese mismo momento gente en las mismas condiciones pero con eximentes ridículos e igual de peligrosos para la alarma sanitaria NO sinceramente.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 23 Abr 2020 10:51

Lo triste de esta situación es que se ha conseguido que tengamos miedo a salir a la calle, ya no solo por temas sanitarios sino sociales y económicos, ya veremos que pasa con la desescalada con los auténticos delincuentes y como se gestionan esas situaciones, esperemos que todo sea por el bien común.

Yo con mi hija saldré pero con mucho cuidado y no tengo claro que de primeras.

Repito el post denuncia la equiparación de gente normal Burros si queréis a delincuentes y una situación de excepcionalidad que a nivel legal no se aviso porque en legislación las cosas tienen Si o Si un nombre bien claro.

Un saludo.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor kikeformad » 23 Abr 2020 10:56

Amra escribió:Precepto infringido:

La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.

No hubo lógicamente ninguna desobediencia de ningún tipo a ningún agente, Si hubo desobediencia a la cuarentena establecida en el caso de alarma, aunque siendo una necesidad hacer deporte no justificable seria por lo menos cuestionable.

Un saludo.

Para el tiro, en nada.
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor kikeformad » 23 Abr 2020 11:01

fierabras escribió:Los que sois radioyentes seguro que habéis oído ese anuncio de un bufete de abogados que dice así:

¿Es usted un afectado del banco que se vendió por un euro?, etc, etc

Pues no os extrañe que dentro de poco amplien y pregunten ¿es usted un afectado por sanciones del estado de alarma?

Porque son muchos los juristas que dicen que está todo cogido con alfileres y en cuanto empicen a funcionar los juzgados y vean recursos y denuncias echarán atrás muchas.

Hasta entonces Amra, no te toca más que esperar ...

Eso espero, que se colapsen los Juzgados con denuncias a éstos ineptos. Que no se les olvide, tarde, pero la gente acaba en el trullo, exministros incluidos, yernos de Rey, hijos de expresidentes, ....todos.... con el tiempo acabarán todos...
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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor Amra » 23 Abr 2020 11:37

kikeformad escribió:
Amra escribió:Precepto infringido:

La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.

No hubo lógicamente ninguna desobediencia de ningún tipo a ningún agente, Si hubo desobediencia a la cuarentena establecida en el caso de alarma, aunque siendo una necesidad hacer deporte no justificable seria por lo menos cuestionable.

Un saludo.

Para el tiro, en nada.


Una infracción grave es un tema muy serio con muchas consecuencias:

“b) Para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400; el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros. 2. La multa podrá llevar aparejada alguna o algunas de las siguientes sanciones accesorias, atendiendo a la naturaleza de los hechos constitutivos de la infracción: a) La retirada de las armas y de las licencias o permisos correspondientes a las mismas. b) El comiso de los bienes, medios o instrumentos con los que se haya preparado o ejecutado la infracción y, en su caso, de los efectos procedentes de ésta, salvo que unos u otros pertenezcan a un tercero de buena fe no responsable de dicha infracción que los haya adquirido legalmente. Cuando los instrumentos o efectos sean de lícito comercio y su valor no guarde relación con la naturaleza o gravedad de la infracción, el órgano competente para imponer la sanción que proceda podrá no acordar el comiso o acordarlo parcialmente. c) La suspensión temporal de las licencias, autorizaciones o permisos desde seis meses y un día a dos años por infracciones muy graves y hasta seis meses para las infracciones BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Página 23 graves, en el ámbito de las materias reguladas en el capítulo IV de esta Ley. En caso de reincidencia, la sanción podrá ser de dos años y un día hasta seis años por infracciones muy graves y hasta dos años por infracciones graves”.

Articulo 39 de la pagina 23:

https://boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-3442-consolidado.pdf

Un saludo.
Nuestro carácter es el resultado de nuestra conducta.

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Re: Consecuencias infracción grave desobedecer cuarentena por hacer deporte.

Mensajepor JJWinchester » 23 Abr 2020 12:21

Amra escribió:
Una infracción grave es un tema muy serio con muchas consecuencias:

“b) Para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400; el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros. 2. La multa podrá llevar aparejada alguna o algunas de las siguientes sanciones accesorias, atendiendo a la naturaleza de los hechos constitutivos de la infracción: a) La retirada de las armas y de las licencias o permisos correspondientes a las mismas. b) El comiso de los bienes, medios o instrumentos con los que se haya preparado o ejecutado la infracción y, en su caso, de los efectos procedentes de ésta, salvo que unos u otros pertenezcan a un tercero de buena fe no responsable de dicha infracción que los haya adquirido legalmente. Cuando los instrumentos o efectos sean de lícito comercio y su valor no guarde relación con la naturaleza o gravedad de la infracción, el órgano competente para imponer la sanción que proceda podrá no acordar el comiso o acordarlo parcialmente. c) La suspensión temporal de las licencias, autorizaciones o permisos desde seis meses y un día a dos años por infracciones muy graves y hasta seis meses para las infracciones BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Página 23 graves, en el ámbito de las materias reguladas en el capítulo IV de esta Ley. En caso de reincidencia, la sanción podrá ser de dos años y un día hasta seis años por infracciones muy graves y hasta dos años por infracciones graves”.

Articulo 39 de la pagina 23:

https://boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-3442-consolidado.pdf

Un saludo.


Pero eso sólo tiene sentido si esas armas se han utilizado para la infracción, por ejemplo en el art. 36 de la misma ley, punto 10, una de las infracciones graves es:

"10. Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de
modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso,
aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no
constituyan infracción penal."

Artículo que ya conocemos de sobra por este foro. La consecuencia de infringirlo es la sanción económica y la posible retirada de ESAS armas (el art. 39 habla de retirar "las armas", se entiende las del art 36 con las que se cometió la infracción), no de cualquiera otra que puedas tener legalmente en tu domicilio. Si no, se hubiese dicho "toda arma en poder del interesado", o similar. Fíjate que en el resto del art 39 se hace referencia a otros bienes utilizados en la infracción:

"b) El comiso de los bienes, medios o instrumentos con los que se haya preparado o
ejecutado la infracción..."

Si atraviesas un contenedor en la calle empujándolo con tu coche, te lo pueden decomisar. No otro coche que tengas en tu garaje.

Es decir, entiendo que aunque se confirmase la sanción grave, cosa que dudo, en ningún caso lleva aparejada la retirada de armas no presentes en los hechos sancionados. Un poco de tranquilidad.
Socio ANARMA
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