Venta entre particulares.

No importa que sea una pistola de aire, un revólver de aire o una carabina de aire: ¡entra y cuéntanoslo!
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Venta entre particulares.

Mensajepor Carsu » 04 Feb 2021 18:41

Para los que vendéis asiduamente armas de aire comprimido. Cual seria la mejor forma entre particulares de distinta comunidad? Entiendo que siendo la venta entre personas cercanas, el tramite es mucho más sencillo a la hora de firmar el contrato de compraventa. Y perdón, si este no es el lugar apropiado para la consulta.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 04 Feb 2021 19:01

Yo he vendido un montón de armas de aire, sin ningún tipo de contrato, ni nada de nada, sobre todo armas vintage de calidad con muchos años encima. Si el arma es relativamente de compra reciente, y tengo factura, se la meto dentro del paquete, y el que quiera un contrato de compra venta, pues lo mismo, lo imprimo, lo firmo, y lo meto dentro del paquete, y luego, que el nuevo dueño, haga lo que quiera, que lo firme tambien, o lo tire a la basura, son armas de venta libre....
Saludos.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 04 Feb 2021 19:58

A los estúpidos comentarios de la mona de Ricardito, alias Cristian, ni caso, el pobre es algo retrasado, no tiene solución, salvo una lobotomía....... :(

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor Carsu » 04 Feb 2021 20:01

En principio, la carabina está tal cual me la entregaron. Imagino que un contrato de compraventa y el dar de baja dicho arma en el respectivo ayuntamiento, evita futuros problemas. El mayor problema se presenta en la firma del contrato cuando la venta no es directa.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 04 Feb 2021 20:11

Si el vendedor envía un contrato por él firmado, por mail, o dentro del paquete, carta certificada, u otro medio cualquiera, al llegar, lo firma el comprador, y asunto arreglado, pues en caso de necesitar papeles, quien los necesita es el comprador......
En realidad, esto de dar de alta carabinas de aire, es un puro cachondeo, y esta todo a merced del alcalde del lugar, que puede pedir, desde nada, a facturas originales, antecedentes penales y psicotécnico, y el coste, tambien es a discreción, desde unos euros, hasta 50 pavos, o mas, y por una carabina de 100 €, lo dicho, un cachondeo.... :(
Saludos.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor Carsu » 04 Feb 2021 20:19

Gracias, ya lo tengo claro en el caso de que decida vender.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor webley56 » 04 Feb 2021 20:45

Muy buenas, muchas de mis carabinas de aire comprimido, las he tenido que legalizar y tener la tarjeta para poder transportarlas hasta el campo de la Asociación y ademas es un requisito para poder participar en campeonatos. Por tal motivo cuando he vendido armas le he hecho al comprador un boleto de compra venta y me he quedado con otro para darle la baja en la policía del pueblo.
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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor Walter-p5 » 04 Feb 2021 21:03

webley56 escribió:Muy buenas, muchas de mis carabinas de aire comprimido, las he tenido que legalizar y tener la tarjeta para poder transportarlas hasta el campo de la Asociación y ademas es un requisito para poder participar en campeonatos. Por tal motivo cuando he vendido armas le he hecho al comprador un boleto de compra venta y me he quedado con otro para darle la baja en la policía del pueblo.
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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 04 Feb 2021 21:05

Sigo diciendo que esto es un puro cachondeo, porque yo tengo un documento oficial, que por si las moscas llevo en la guantera, diciendo claramente que para "transportar" un arma de aire comprimido de un lugar A a un lugar B, no es necesario ningún tipo de documento, según nuestro Reglamento de Armas, pues a saber, las armas de aire comprimido de hasta 24,2 Julios, son armas de 4ª Categoría. Otra cosa distinta, es que sea obligatorio para un campeonato de la Federación de Tiro Olímpico, aunque supongo, tambien dependerá de la Comunidad, porque parece, que en el tema de armas de aire, todo depende..... :?
Punto 5, para los que no quieran leer todo...........
Saludos.
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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor AliBey » 04 Feb 2021 23:55

manolosolo escribió:Sigo diciendo que esto es un puro cachondeo, porque yo tengo un documento oficial, que por si las moscas llevo en la guantera, diciendo claramente que para "transportar" un arma de aire comprimido de un lugar A a un lugar B, no es necesario ningún tipo de documento, según nuestro Reglamento de Armas, pues a saber, las armas de aire comprimido de hasta 24,2 Julios, son armas de 4ª Categoría. Otra cosa distinta, es que sea obligatorio para un campeonato de la Federación de Tiro Olímpico, aunque supongo, tambien dependerá de la Comunidad, porque parece, que en el tema de armas de aire, todo depende..... :?
Punto 5, para los que no quieran leer todo...........
Saludos.


Entonces Manolo..., para qué exigen o piden la tarjetita de marras del Ayuntamiento?
Para la tenencia en casa?
Pensé que era al revés, que si la iba a tener en casa y no la iba a sacar en la vida, pues que no iba am Ayuntamiento para nada, pero que si la iba a sacar de paseo entonces sí, tarjetita del alcalde de turno.
Mi no entender entonces. He leído el punto 5 y es meridianamente claro lo que pone.
O es un todo depende de quien te toque si te paran...
Saludos

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 05 Feb 2021 00:03

En armas de aire, como en muchas mas cosas, esta claro que quedas a la discreción, entendimiento, raciocinio, e interpretación de la autoridad pertinente que te pare en ese momento..........Un supuesto, la acabas de comprar, sales de la armería, la metes en el maletero, y a 200 m, te paran en un control en la rotonda, que pasara???? Pues, vaya usted a saber, ahí esta el misterio irresoluble del tema...... :mrgreen:
Saludos.

:birra^:

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor AliBey » 05 Feb 2021 00:08

Puuuff. Pues vaya incertidumbre...
Cada Ayuntamiento pide lo que le sale de las narices y cada agente de la autoridad también. Según tenga el día. Vaya tela...
Saludos y gracias por compartir el pdf.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 05 Feb 2021 00:11

Porque vamos, la tarjetita del alcalde, supuestamente solo vale para el termino municipal donde tu estas empadronado, y si la sacas de casa, y vas a tu campo de tiro, que esta, pongamos, a 30 Km de distancia, igual atraviesas como poco, dos o tres términos municipales distintos, con dos o tres alcaldes distintos, que haces????, sacas una tarjeta por cada municipio que atraviesas?????.... :lol:
Saludos.

:birra^:

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor manolosolo » 05 Feb 2021 00:17

En cambio, y ahí esta la coña, puedes atravesar legalmente España de lado a lado, con un arma de fuego, un fusil de un calibre bien gordo, y que cuesta un pastizal, sin mayor problema.
Oiga, y Vd. a donde va con ese cacho escopetón????, pues mire, sr. agente, voy tirar a 1.000 m de distancia a Parga, al campo de tiro militar de Lugo, porque solo hay dos en España, sabe usted, ahhh, vale, continúe.....tal cual. :roll:
Saludos.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor dlcanadas » 05 Feb 2021 07:15

Buenos días,

Lo mejor es hacer un contrato de compra-venta para asegurar que el arma está a tu nombre. Ya sea para tenerla en casa o para desplazarte con ella a un campo de tiro o competición.

Como comentan los compañeros cada ayuntamiento tiene su normativa y es un poco cachondeo, unos cobran y otros no, en unos te dan la tarjeta para 3 años y en otros para siempre. Eso si lo que seguro te pedirán es un certificado de penales.


Saludos
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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor Klibre » 05 Feb 2021 08:25

Walter-p5 escribió:
webley56 escribió:Muy buenas, muchas de mis carabinas de aire comprimido, las he tenido que legalizar y tener la tarjeta para poder transportarlas hasta el campo de la Asociación y ademas es un requisito para poder participar en campeonatos. Por tal motivo cuando he vendido armas le he hecho al comprador un boleto de compra venta y me he quedado con otro para darle la baja en la policía del pueblo.
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Efectivamente. No solo eso. Las armas son armas y se pueden utilizar para intimidar por ejemplo. Si el comprador o el comprador del comprador, o el amigo del hijo del comprador la pierde y la encuentra alguien que le da mal uso sin borrar el numero de serie, lo que hay registrado por la armeria es el nombre del primer propietario (salvo que alguien haya hecho tarjeta por el medio para lo que necesita factura o contrato). Y este archivo dura muuuchos años... Si te preguntan por el arma y no la tienes y no tienes una prueba de venta, como minimo has cometido una falta, pero si además no se creen tu historia te pueden cascar lo que circunstancialmente te toque.
No cuesta nada hacer las cosas bien. Lo normal es que primero firme el contrato el comprador, lo mande por carta o incluso email con fotocopia de DNI. El vendedor firma y adjunta al arma y listo.
El vendedor guarda copia del email, el contrato y DNI. Se puede hacer todo en 10 minutos antes de enviar.
Para el comorador, igualmente, necesita justicar procedencia, sobre todo si la saca de casa.

Luego nunca pasa nada hasta que pasa. Se habla de falta de confianza, de que todos somos colegas, de que entre paidanos no hacen falta papeles.....

No desconfies de quien te proponga hacer las cosas bien aunque patezca desconfianza, desconfia de quien basandose en la confianza te proponga hacerlas mal.

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor Sisco1968 » 05 Feb 2021 09:08

Ya hubo un caso de un chico en el foro, que a la hora de ir a la policía local a hacer unos trámites de la tarjeta le pedían que justificara la ausencia de unas pistolas de aire comprimido suyas que había vendido y tenía registradas y le faltaba la firma o el DNI del comprador en el documento de compra venta, para darlas de baja... :birra^:

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Re: Venta entre particulares.

Mensajepor JJWinchester » 05 Feb 2021 09:14

Klibre escribió:

Efectivamente. No solo eso. Las armas son armas y se pueden utilizar para intimidar por ejemplo. Si el comprador o el comprador del comprador, o el amigo del hijo del comprador la pierde y la encuentra alguien que le da mal uso sin borrar el numero de serie, lo que hay registrado por la armeria es el nombre del primer propietario (salvo que alguien haya hecho tarjeta por el medio para lo que necesita factura o contrato). Y este archivo dura muuuchos años... Si te preguntan por el arma y no la tienes y no tienes una prueba de venta, como minimo has cometido una falta, pero si además no se creen tu historia te pueden cascar lo que circunstancialmente te toque.
No cuesta nada hacer las cosas bien. Lo normal es que primero firme el contrato el comprador, lo mande por carta o incluso email con fotocopia de DNI. El vendedor firma y adjunta al arma y listo.
El vendedor guarda copia del email, el contrato y DNI. Se puede hacer todo en 10 minutos antes de enviar.
Para el comorador, igualmente, necesita justicar procedencia, sobre todo si la saca de casa.

Luego nunca pasa nada hasta que pasa. Se habla de falta de confianza, de que todos somos colegas, de que entre paidanos no hacen falta papeles.....

No desconfies de quien te proponga hacer las cosas bien aunque patezca desconfianza, desconfia de quien basandose en la confianza te proponga hacerlas mal.


Quien bien te quiere, te hará llorar, etc. Suscribo tu comentario, es de sentido común. Tener o no tener registrada el arma en el ayuntamiento es un trámite, que según los casos te será útil o será superfluo (si no la sacas de casa), pero para el vendedor poder demostrar que ya no tiene la propiedad sí es importante.

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