Licencias TIPO A y legislacion
Licencias TIPO A y legislacion
Buenas, a ver si alguno me puede resolver estar dudas.
¿ Las licencias tipo A podemos tirar en Galerias fuera del cuerpo, con armas particulares por supuesto?
¿ Es necesario que haya un instructor para dirigir esas tiradas o podemos hacer tirada libre?
Y por ultimo estoy harto de mirar donde se pueden sacar cursos para ser instructor, y solo existen en modalidades deportivas, nada para que nos podamos formar en Galerias, para tiro policial.
Muchas gracias
¿ Las licencias tipo A podemos tirar en Galerias fuera del cuerpo, con armas particulares por supuesto?
¿ Es necesario que haya un instructor para dirigir esas tiradas o podemos hacer tirada libre?
Y por ultimo estoy harto de mirar donde se pueden sacar cursos para ser instructor, y solo existen en modalidades deportivas, nada para que nos podamos formar en Galerias, para tiro policial.
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenos días,
Ante todo no quiero que se malinterpreten mis palabras, y aparte de esto, valga la pena mi ignorancia al no estar en el ningún cuerpo o fuerzas del estado.
En primer lugar, a la respuesta de si pueden tirar en galería, la respuesta es que no por norma general, debido a que la práctica del tiro fuera de vuestras instrucciones de tiro obligatorias no están cuebiertas por ningún seguro, por lo que para poder practicar, independientemente de si es tu arma reglamentaria o de dotación, necesitas tener en vigor una licencia federativa (así como para poder apuntarte a tiradas deportivas-esto no se como se haría en los recorridos de tiro, pero entiendo que también debes de tener una licencia federativa por ser competición-)
En segundo lugar, teniendo en cuenta lo anterior, vuestras tiradas de entrenamiento (obligatorias o no) deben ser con un instructor profesional, por el tema de que no teneis un seguro de la federación, que os cubra posibles percances, por lo que para poder entrenar de forma libre necesitais la licencia federativa, sino, os teneis que limitar a las tiradas con instructor, os guste o no.
Aquí a lo anterior debo añadir que hay clubs que disponen de acuerdos especiales con algún cuerpo para reservar ciertos días semanales o mensuales para que de "forma libre" podais acudir y tirar, pero no os engañeis, este acuerdo media a través de un seguro por si os haceis daño o rompeis algo del club, ya que repito, al no tener una licencia federativa si os pasa algo, o pasa algo, no estaríais cubiertos o el club estaría desprovisto de una garantía de restitución bienes dañados.
Y por último, existen infinidad de cursos de tiro, práctico, defesivo-ofensivo, policial, antiterrorismo,... y un largo etcétera, pero evidentemente como para el civil de a pie no le reporta ningún beneficio (en españa al menos), pues no se publicita, pero existir existen, eso sí, te lo tienes que pagar de tu bolsillo (y ten en cuenta que después te pagarán a ti cuando impartas las instrucciones).
En resumen, una cosa son cursos de árbitro de tiro deportivo, con los que nadie se gana la vida, son para estar "en el mundillo", y otra cosa son cursos de instrucción de tiro profesionalizado con los que sí te puedes ganar un sueldo mensual si te organizas con diferentes cuerpos policiales, municipales, nacionales, o guardia civiles o de seguridad privada, cursos como los impartidos por EUROINNOVA o la NETPOL son bastante económicos y creo que te sirven para ir a galerías a entrenar y te capacitan para dar instrucción de tiro.
Cualquier duda o discrepacia soy todo ojos para leerte sin problema, un saludo (Espero que no seas mi colega de la Eliana con el que he comentado cosas como estas alguna vez
)
Ante todo no quiero que se malinterpreten mis palabras, y aparte de esto, valga la pena mi ignorancia al no estar en el ningún cuerpo o fuerzas del estado.
En primer lugar, a la respuesta de si pueden tirar en galería, la respuesta es que no por norma general, debido a que la práctica del tiro fuera de vuestras instrucciones de tiro obligatorias no están cuebiertas por ningún seguro, por lo que para poder practicar, independientemente de si es tu arma reglamentaria o de dotación, necesitas tener en vigor una licencia federativa (así como para poder apuntarte a tiradas deportivas-esto no se como se haría en los recorridos de tiro, pero entiendo que también debes de tener una licencia federativa por ser competición-)
En segundo lugar, teniendo en cuenta lo anterior, vuestras tiradas de entrenamiento (obligatorias o no) deben ser con un instructor profesional, por el tema de que no teneis un seguro de la federación, que os cubra posibles percances, por lo que para poder entrenar de forma libre necesitais la licencia federativa, sino, os teneis que limitar a las tiradas con instructor, os guste o no.
Aquí a lo anterior debo añadir que hay clubs que disponen de acuerdos especiales con algún cuerpo para reservar ciertos días semanales o mensuales para que de "forma libre" podais acudir y tirar, pero no os engañeis, este acuerdo media a través de un seguro por si os haceis daño o rompeis algo del club, ya que repito, al no tener una licencia federativa si os pasa algo, o pasa algo, no estaríais cubiertos o el club estaría desprovisto de una garantía de restitución bienes dañados.
Y por último, existen infinidad de cursos de tiro, práctico, defesivo-ofensivo, policial, antiterrorismo,... y un largo etcétera, pero evidentemente como para el civil de a pie no le reporta ningún beneficio (en españa al menos), pues no se publicita, pero existir existen, eso sí, te lo tienes que pagar de tu bolsillo (y ten en cuenta que después te pagarán a ti cuando impartas las instrucciones).
En resumen, una cosa son cursos de árbitro de tiro deportivo, con los que nadie se gana la vida, son para estar "en el mundillo", y otra cosa son cursos de instrucción de tiro profesionalizado con los que sí te puedes ganar un sueldo mensual si te organizas con diferentes cuerpos policiales, municipales, nacionales, o guardia civiles o de seguridad privada, cursos como los impartidos por EUROINNOVA o la NETPOL son bastante económicos y creo que te sirven para ir a galerías a entrenar y te capacitan para dar instrucción de tiro.
Cualquier duda o discrepacia soy todo ojos para leerte sin problema, un saludo (Espero que no seas mi colega de la Eliana con el que he comentado cosas como estas alguna vez

Re: Licencias TIPO A y legislacion
jajaja muchas gracias. NO, no soy tu amigo los cursos de Euronova son poco mas que un chiste, el de especialista en tiro lo imparte una antigua compañera de clase mia, que ni es policía, ni tiradora, ni nada, hizo la carrera de derecho y ya, y el temario esta completamente desactualizado.
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Pues nose si alguien mas puede arrojar luz al tema, porque, no se hasta que punto esos cursos, capacitan, para impartir cursos, ya que no he parado de buscar legislación al respecto y no hay nada claro. Exceptuando el tiro deportivo
- Danko
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenos días compañeros
Al final la solución es apuntarte a un Club de Tiro, que además te permite guiarte armas de concurso amparadas en tu licencia tipo A. Yo aparte de las armas particulares, nunca he tenido problemas para tirar con la reglamentaria. Si que es cierto que algunos clubs ponen problemas a la hora de vender munición si el arma está guiada con la Tipo A, pero en general tampoco hay problema.
Si estáis por Barcelona, el Club de Tiro de Sabadell hay muchos policías locales y se organizan cosas interesantes. Uno de sus directores o encargados es PL y eso facilita mucho las cosas.
Al final es una buena opción para entrenar, si te gusta el tema además, porque el plan nacional de tiro y tal...pues eso. A mi no me molan nada las tiradas oficiales, voy, cumplo y me marcho...pero entrenar, aprender, practicar...eso por tu cuenta en los clubs de tiro, siempre que haya buen ambiente.
Un saludo desde tierras valencianas.
Al final la solución es apuntarte a un Club de Tiro, que además te permite guiarte armas de concurso amparadas en tu licencia tipo A. Yo aparte de las armas particulares, nunca he tenido problemas para tirar con la reglamentaria. Si que es cierto que algunos clubs ponen problemas a la hora de vender munición si el arma está guiada con la Tipo A, pero en general tampoco hay problema.
Si estáis por Barcelona, el Club de Tiro de Sabadell hay muchos policías locales y se organizan cosas interesantes. Uno de sus directores o encargados es PL y eso facilita mucho las cosas.
Al final es una buena opción para entrenar, si te gusta el tema además, porque el plan nacional de tiro y tal...pues eso. A mi no me molan nada las tiradas oficiales, voy, cumplo y me marcho...pero entrenar, aprender, practicar...eso por tu cuenta en los clubs de tiro, siempre que haya buen ambiente.
Un saludo desde tierras valencianas.
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
raidou escribió:Buenas, a ver si alguno me puede resolver estar dudas.
¿ Las licencias tipo A podemos tirar en Galerias fuera del cuerpo, con armas particulares por supuesto?
¿ Es necesario que haya un instructor para dirigir esas tiradas o podemos hacer tirada libre?
Y por ultimo estoy harto de mirar donde se pueden sacar cursos para ser instructor, y solo existen en modalidades deportivas, nada para que nos podamos formar en Galerias, para tiro policial.
Muchas gracias
Buenas tardes, en la galería SHOOTING RANGE de Zaragoza puedes tirar con tú arma particular guiada en A, e incluso puedes alquilar alguna otra arma tanto corta como larga para tirar.
Un saludo.
TODO lo que anuncio aqui, lo vendo en wallapop.La forma mas segura y económica de enviar. Preguntame sin compromiso
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenas, espero que no te moleste ya que he entrado en el hilo porque tengo dudas parecidas, pero me ha quedado una
Me han dicho que con un arma particular guiada en A, no suelen dejar tirar en galerías privadas, que la piden en F
Sabéis si es así?
Gracias
Me han dicho que con un arma particular guiada en A, no suelen dejar tirar en galerías privadas, que la piden en F
Sabéis si es así?
Gracias
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenas, en principio no deberías tener problemas en tirar en galerias con licencia A. Al menos en las que he estado yo nunca me dijeron nada.
Un saludo
Un saludo
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenas a todos! voy a comentar un poco desde mi corta experiencia en galerías y "tiradas libres", por lo menos en la Comunidad de Madrid que es donde he podido practicar varias veces.
En más de una galería a la que solemos acudir a practicar con nuestras armas particulares y nuestra munición adquirida legalmente (con ampliación de cartuchería autorizada, etc...) funcionan de la siguiente forma:
Dependiendo de si la galería tiene una o varias zonas de tiro, cada una funciona de una forma diferente.
Si tiene una única zona de tirada, solemos reservar una o dos horas para practicar, preferiblemente por las mañanas, en las que presentamos todos nuestra licencia A (Tarjeta de identificación profesional) y pagamos junto a la reserva un seguro de tirada que lo llaman, ya que nos anotan los datos a todos los que hacemos la tirada y respecto a los daños materiales estaríamos cubiertos.
Respecto a los daños propios, que también hemos preguntado ya que nunca hemos tenido un percance (tocamos madera), en el propio documento que se nos presenta consta que es el seguro de cada uno (privado o SS) el que se hace cargo de un accidente, ya que como profesionales estamos habilitados para el uso de armas también fuera de servicio, haciendo una instrucción de forma particular).
Sobre las galerías con varias zonas de tiro o habilitadas para la práctica de tiro deportivo, de igual manera alquilamos nuestra calle, aunque haya gente realizando su tirada (siempre entrenamiento y nunca durante una competición) y cada uno hace su tirada en paz y armonía.
Además solemos caer bien ya que hay mucha gente que hace recarga de munición y les regalamos nuestras vainas.
Espero haber aportado algo de luz, siempre desde la poca o mucha experiencia que podamos tener.
Aún así, que vaya por delante que estoy muy a favor de realizar cursos, instrucción operativa y de tiro y que por supuesto no esta reñido con una práctica habitual, que siempre resultará positivo para los profesionales.
SALUDOS!
En más de una galería a la que solemos acudir a practicar con nuestras armas particulares y nuestra munición adquirida legalmente (con ampliación de cartuchería autorizada, etc...) funcionan de la siguiente forma:
Dependiendo de si la galería tiene una o varias zonas de tiro, cada una funciona de una forma diferente.
Si tiene una única zona de tirada, solemos reservar una o dos horas para practicar, preferiblemente por las mañanas, en las que presentamos todos nuestra licencia A (Tarjeta de identificación profesional) y pagamos junto a la reserva un seguro de tirada que lo llaman, ya que nos anotan los datos a todos los que hacemos la tirada y respecto a los daños materiales estaríamos cubiertos.
Respecto a los daños propios, que también hemos preguntado ya que nunca hemos tenido un percance (tocamos madera), en el propio documento que se nos presenta consta que es el seguro de cada uno (privado o SS) el que se hace cargo de un accidente, ya que como profesionales estamos habilitados para el uso de armas también fuera de servicio, haciendo una instrucción de forma particular).
Sobre las galerías con varias zonas de tiro o habilitadas para la práctica de tiro deportivo, de igual manera alquilamos nuestra calle, aunque haya gente realizando su tirada (siempre entrenamiento y nunca durante una competición) y cada uno hace su tirada en paz y armonía.
Además solemos caer bien ya que hay mucha gente que hace recarga de munición y les regalamos nuestras vainas.
Espero haber aportado algo de luz, siempre desde la poca o mucha experiencia que podamos tener.
Aún así, que vaya por delante que estoy muy a favor de realizar cursos, instrucción operativa y de tiro y que por supuesto no esta reñido con una práctica habitual, que siempre resultará positivo para los profesionales.
SALUDOS!
Re: Licencias TIPO A y legislacion
por la licencia no creo que te pongan pegas, pero es posible que te pidan que tengas la federativa de tiro deportivo.
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Las galerías de tiro o campos de tiro, son entidades privadas (incluso las de las federaciones) y cada uno puede poner sus normas atendiendo las autorizaciones que tenga cada uno. En principio un arma guiada en A, de dotación, solo puede usarse para las practicas oficiales de cada cuerpo. En A también se pueden guiar armas de concurso. Lo normal es hacerse socio de un club i tener licencia federativa de Tiro Olímpico. Aun así, si se trata de competir, con un arma guiada en A (que no sea de concurso) no se puede competir.
Saludos
Saludos
SOCIO ANARMA Nº 630
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Claro el problema es ir a tirar particularmente con el arma guiada en A de DOTACIÓN, que es lo que no se permite. Pero con cualquier arma guiada en A particular si se puede ir a galerías y campos de tiro, que como dice el compañero son de gestión privada. Yo particularmente si me he preocupado de ir a practicar (no a competir en tiro deportivo) en sitios con alquiler de galeria que incluya seguro de responsabilidad civil, que es el que se necesita. Y otra cosa, la munición tampoco puede ser oficial…también es sancionable. Saludos!
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
SR_190683 escribió:Claro el problema es ir a tirar particularmente con el arma guiada en A de DOTACIÓN, que es lo que no se permite.
¿Hay algún motivo en especial por el que no se permita? ¿Ni aunque estés federado?
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Hace no mucho hablé de esto con un guardia civil de intervención y me explicó lo siguiente:
No es tanto el problema que sea un arma guiada en licencia A, como el tipo de licencia que absorbe la A, me explico, una pistola guiada en A para porte oculto y defensa, es una licencia tipo B amparada dentro de la A, y por lo tanto, no es una licencia con la que se permita tirar en galerías (salvo que sea una tirada de policías o militares, con un instructor y soporte sanitario, por temas de responsabilidad civil).
Otra cosa es un rifle o una escopeta, que no dejan de ser licencias tipo E o D, pero amparadas en la A, en cuyo caso, al no estar destinadas a la defensa, sí nos permite ir a una galería a practicar con ellas. El problema está solo en la licencia tipo B.
Otro tema es el arma que usemos. En mi caso concreto, tengo terminantemente prohibido usar mi arma de dotación fuera del trabajo, y Dios me libre de que me pillen con ella en una galería tirando. Que luego haya lugares en donde permitan el tiro con el arma particular para defensa, depende ya del establecimiento y del propio tirador.
Espero haber aclarado algo.
No es tanto el problema que sea un arma guiada en licencia A, como el tipo de licencia que absorbe la A, me explico, una pistola guiada en A para porte oculto y defensa, es una licencia tipo B amparada dentro de la A, y por lo tanto, no es una licencia con la que se permita tirar en galerías (salvo que sea una tirada de policías o militares, con un instructor y soporte sanitario, por temas de responsabilidad civil).
Otra cosa es un rifle o una escopeta, que no dejan de ser licencias tipo E o D, pero amparadas en la A, en cuyo caso, al no estar destinadas a la defensa, sí nos permite ir a una galería a practicar con ellas. El problema está solo en la licencia tipo B.
Otro tema es el arma que usemos. En mi caso concreto, tengo terminantemente prohibido usar mi arma de dotación fuera del trabajo, y Dios me libre de que me pillen con ella en una galería tirando. Que luego haya lugares en donde permitan el tiro con el arma particular para defensa, depende ya del establecimiento y del propio tirador.
Espero haber aclarado algo.
Re: Licencias TIPO A y legislacion
pero, ¿quien no lo permite? ¿la normativa, o los propios clubes o galerías?
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Blank_ escribió:pero, ¿quien no lo permite? ¿la normativa, o los propios clubes o galerías?
La propia normativa, y por ende los clubes y galerías. La ICAE puede pasar una inspección y si ven a un policía tirando un arma corta guiada en A para porte diario, hay sanción para el agente y la galería.
Re: Licencias TIPO A y legislacion
Buenas compañeros.
Dependerá del club. Te cuento mi caso, yo llevo más de 20 años tirando, he tenido licencia F, despues A y F, despues solo A y ahora licencia B. Yo nunca he tenido problemas para tirar en los clubs, en la actualidad soy miembro de un club, no estoy federado, y adquiero en el club la munición para tirar ese día.
Un saludo
Dependerá del club. Te cuento mi caso, yo llevo más de 20 años tirando, he tenido licencia F, despues A y F, despues solo A y ahora licencia B. Yo nunca he tenido problemas para tirar en los clubs, en la actualidad soy miembro de un club, no estoy federado, y adquiero en el club la munición para tirar ese día.
Un saludo
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Re: Licencias TIPO A y legislacion
Thalas86 escribió:Blank_ escribió:pero, ¿quien no lo permite? ¿la normativa, o los propios clubes o galerías?
La propia normativa, y por ende los clubes y galerías. La ICAE puede pasar una inspección y si ven a un policía tirando un arma corta guiada en A para porte diario, hay sanción para el agente y la galería.
Pues por mi experiencia no es así y quisiera justificarlo con lo siguiente:
He pedido ampliación de cartuchería a la iaex, para un arma corta guiada en A para defensa personal. Me han pedido que presente un plan de ejercicios de tiro para justificar ese gasto de munición, lo cual he hecho y me lo han concedido, indicando las galerías donde voy a ir a tirar(Solo entrenamientos privados, nada de competición). Si quisieran sancionarme a mí o a las galerías, se lo estoy dando hasta por escrito y de momento no ha sido así
El único problema es tirar con armas de dotación, no pasa nada por tirar en galerías privadas con armas particulares.
En muchos club o federaciones lo que quieren es q seas socio para que abones la cuota anual y te ponen la excusa mentirosa de que si no, no se puede tirar. Oye que les entiendo, es un negocio y hay que facturar.
Pero en galerías de tiro privado yo siempre he tirado con la licencia A, con un arma guiada para defensa y con mi ampliación de cartuchería para comprar la munición necesaria.
A lo que si no te ampara es a comprar la munición ilimitada para su consumo dentro del recinto como con la F, por eso los que tiramos con la A pedimos la ampliación de cartuchería.
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