glocko escribió:Este hilo, cada vez está más liado...
"Marroyol" tu mismo te estas contestando, si tienes licencia de armas A, y tienes guiada "armas de concurso" (no te ha hecho falta la F, porque ya la tienes con la A), te habrán exigido un certificado expedido por tu federación en el que consta que estás federado (desarrollas una actividad deportiva), tu categoría como tirador deportivo, y que el arma reune los requisitos de arma de concurso.
Por tanto, con esa guía, tu carnet profesional (licencia A), y tu carnet de federado, en tu Club no deben ponerte pegas para venderte munición de ese calibre, y que deberás consumir en dichas instalaciones.
Si te las pone, sinceramente, no tiene ni puta idea... (me da igual el color de su ropa). Explicame entonces como vas a desarrollar tu actividad deportiva, con tu arma de concurso, si no te venden munición.
Sobre la perdida de categoría deportiva al pasar de la A a la F, solo se entendería ante un ser obtuso (que los hay).
Si tu tienes licencia A, y has desarrollado actividad deportiva (federado) tendrás una categoría (tercera, segunda o primera) y tu federación llegado el caso podrá justificar documentalmente, si por cualquier circustancia pierdes tu licencia A, y te sacas la F.
El problema que se nos plantea a los titulares de la A (federados), es que muchas veces no saben que aplicarnos, y tiran por el camino más corto.
Si te fijas tanto en el reglamento de armas como el de explosivos, en sus primeros articulos dice "Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, las Fuerzas Armadas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los cuerpos de policía de las comunidades autónomas que, en virtud de sus Estatutos... "
España es un país de paradojas,(y el reglamento de armas...) te pongo un ejemplo: tengo un compañero que es TEDAX del CNP (Técnico Especialista en Desactivación de Artefactos Explosivos),tiene licencia A,práctica el tiro deportivo y está federado (por cierto que no lo hace nada mal el jodio...),por tanto es un experto en todo tipo de explosivos, y podría decidir la voladura de un explosivo colocado en la vía pública, destrozando una terminal de un aeropuerto de nuestro país, sin embargo legalmente no podría adquirir un bote de medio kilo de polvora BA-9 en una armería para recargar (sin hacer el cursillito de recarga y la preceptiva autorización de la GC)... ¿no es para flipar?
Lo has clavao
