NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Armas de IPSC y todo sobre las armas utilizadas en esta disciplina
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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor Strongresolve » 28 Abr 2016 05:43

La figura del RSO (Range Safety Officer) o del técnico del club es común es todo el mundo, en las instalaciones tanto públicas y privadas vela por la seguridad y por la conservación de las mismas.

No está para cambiar blancos ni limpiar, solo para vigilar y asistir a quien lo necesite. Y si algún socio rompe un porta blancos por hacer la gracia para pasarle la factura por los daños.

Los RSO están presentes en casi todos los campos de tiro de EEUU, solamente no son necesarios cuando alguno de los tiradores es instructor o está habilitado como RSO, es más sin un RSO presente nadie te alquila la cancha.

Gracias a los RSO muchas canchas son abiertas, y no hay necesidad de tirar en cuevas ni abrirte la cabeza con parabalas.
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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor Alavin » 28 Abr 2016 08:31

Querido Luis, no quieres perder un segundo con nosotros, porque:
¿somos unos ignorantes?

¿Estamos diciendo que has hecho una nornativa con la que, de hecho ,te has adueñado te todo el tiro extremeño?

¿Porque somos unos impresentables que llevamos aquí veintitantos años peleando con tiranuelos como tu disfrazados de amigos salvadores?

¿Porque nuestra presencia te molesta?

Besitos Luis

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor lugoso2 » 28 Abr 2016 15:37

Strongresolve escribió:La figura del RSO (Range Safety Officer) o del técnico del club es común es todo el mundo, en las instalaciones tanto públicas y privadas vela por la seguridad y por la conservación de las mismas.

No está para cambiar blancos ni limpiar, solo para vigilar y asistir a quien lo necesite. Y si algún socio rompe un porta blancos por hacer la gracia para pasarle la factura por los daños.

Los RSO están presentes en casi todos los campos de tiro de EEUU, solamente no son necesarios cuando alguno de los tiradores es instructor o está habilitado como RSO, es más sin un RSO presente nadie te alquila la cancha.

Gracias a los RSO muchas canchas son abiertas, y no hay necesidad de tirar en cuevas ni abrirte la cabeza con parabalas.


Que definición en ESPAÑOL podríamos darle al RSO para que las autoridades se entiendan y que funciones podríamos asignarles?

Me parece buena idea que el RSO realice o supervise algún tipo de parte o listado de los tiradores y las armas que utilizan y que se traslade a la intervención de armas, que os parece?

Os animo a presentar ideas de cara a la inclusión del Anexo C del RA teniendo por delante la posible modificación del RA que no nos coja con el paso cambiado y tengamos el trabajo hecho.

Aprovechando que me acaba de llegar incluimos el escrito que la Rfedeto ha remitido al Consejo Superior de Deportes, así como el Dosier completo de Consideraciones sobre RRTT IPSC presentado por la Rfedeto a la ICAE.
Adjuntos
2015 FEB 27 INFORME AL CSD RR.TT.1.pdf
INFORME DE REFEDETO AL CSD
(66.38 KiB) Descargado 125 veces
2014 DIC 12 CONSIDERACIONES SOBRE RR TT 1.pdf
DOSIER CONSIDERACIONES RRTT IPSC
(411.79 KiB) Descargado 110 veces
Última edición por lugoso2 el 28 Abr 2016 16:09, editado 1 vez en total.

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 28 Abr 2016 16:07

Esa figura EEUU simple vigilante jurado. En usa armado por las circunstancias y aquí los jefes de campo


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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 28 Abr 2016 18:07

Los adjuntos esos que pones tienen ya "solera".


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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor Strongresolve » 29 Abr 2016 07:52

lugoso2 escribió:
Me parece buena idea que el RSO realice o supervise algún tipo de parte o listado de los tiradores y las armas que utilizan y que se traslade a la intervención de armas, que os parece.


Me parece terrible, lo último que me gustaría ver en un campo de tiro es a un civil haciendo funciones policiales o listados para la GC.

Si la gente de la GC quiere saber algo que muevan el culo y vayan al campo de tiro a por los listados o a realizar una inspección, que para eso cobran.

El RSO solo está y debe estar para garantizar seguridad en los ejercicios de tiro, y no es un vigilante jurado. En caso de problemas con las armas presta asistencia y es el que dirige las operaciones de las líneas de fuego y marca los tiempos para el cambio de los blancos.
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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 08:15

Aquí los jefes de campo llevan haciendo el trabajo de supervisar el campo muchos años. No creo que haga falta más


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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 08:21

Yo no sé cuál es la finalidad de querer complicar tanto todo ( bueno o quizás si la imagino, entrenamientos controlados y cobrados creo que lo llaman en alguna federación).


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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor danilacalzada » 29 Abr 2016 09:19

Y otra forma de hacer un control es un acceso con tarjetas por ejemplo, pasas tu tarjeta, la puerta se abre y queda registrado quien accedió y a qué hora. Así ya se tiene constancia, si me apuras incluso con algún sistema de cámaras de vigilancia se cumplen dos funciones, seguridad del centro de que no acceda nadie al interior y dejar grabación de lo sucedido dentro en caso de accidentes, roturas de mobiliario etc.
Yo me pregunto, y a lo mejor es que yo soy muy mal pensado eh, quien dirija el entrenamiento me va a cobrar por entrenar?? Y quien dirija el entrenamiento va a traer un guión del entrenamiento que yo tendré que seguir al pie de la letra o puedo entrenar lo que yo voluntariamente considere más oportuno porque sean mis puntos más flojos??
Un saludo

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 09:31

danilacalzada escribió:Y otra forma de hacer un control es un acceso con tarjetas por ejemplo, pasas tu tarjeta, la puerta se abre y queda registrado quien accedió y a qué hora. Así ya se tiene constancia, si me apuras incluso con algún sistema de cámaras de vigilancia se cumplen dos funciones, seguridad del centro de que no acceda nadie al interior y dejar grabación de lo sucedido dentro en caso de accidentes, roturas de mobiliario etc.
Yo me pregunto, y a lo mejor es que yo soy muy mal pensado eh, quien dirija el entrenamiento me va a cobrar por entrenar?? Y quien dirija el entrenamiento va a traer un guión del entrenamiento que yo tendré que seguir al pie de la letra o puedo entrenar lo que yo voluntariamente considere más oportuno porque sean mis puntos más flojos??
Un saludo


Pregunta a los federados en la madrileña. Ellos tienen todas las respuestas a tarjetas, huella digital y cobro por entrenos...
QUE SEA UNA MODALIDAD MÁS. No seamos más papistas que el papa

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor jabierles » 29 Abr 2016 10:23

Nosotros por ejemplo entrenamos haciendo lo que cada uno quiera, si que es verdad que montamos el campo y uno suele dirigir el entrenamiento haciendo cosas tecnicas o trabajando algún tipo de ejercicios concretos. Nosotros no cobramos un puto duro por supuesto.

Ahora el sabado a la mañana la federación pone a un "entrenador" a sueldo de la federación que dice y obliga a tirar lo que el quiere, yo hace que no voy un sábado a la mañana mucho tiempo, ya que que me venga una persona que tiene nivel tecnico menos cero a decir lo que yo tengo que entrenar manda cojones.

En los entrenamientos cada uno necesita entrenar unas cosas, unos movimientos, otros velocidad y otros dedo, cada uno debe entrenar lo que quiera sin restricciones, y si necesita alguien ayuda tener a alguien que te aporte algo nunca es malo

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 10:45

Es que si la lucha por legalizar los campos pasa por tener que llevar el culo pegado a la pared, apaga y vamonos.
Los campos de cualquier modalidad se homologan y se utilizan con las normas de cada modalidad y bajo la supervisión del club, añadir más tonterías tiene poco sentido. Todas las modalidades de tiro se entrena como y cuando se quiere. Luego ya las particularidades de cada campo harán que se haga todo con normalidad y seguridad. Sino me temo que daremos una patada a una piedra y saldrán dos salvándonos la vida y cobrando por ello. Hagamos de la normalidad de cualquier disciplina, la nuestra también


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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor jgp123 » 29 Abr 2016 12:56

En la adIPSC siempre hemos defendido que hay situaciones en nuestra vida cotidiana que realmente entrañan ciertos riesgos, al igual que en nuestra modalidad deportiva, y que sin embargo están totalmente normalizadas y legalizadas.He aquí un ejemplo que todos entenderán

LA IDEA DE NORMATIVA DE CANCHAS SEGÚN LA adIPSC EXPLICADA PARA NIÑOS.
https://www.adipsc.com/Paginas/normativa.aspx#N1
(adIPSC) ASOCIACION DE DEPORTISTAS DE IPSC , registrada con el nº 603.514 en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior -

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor JCBallesteros » 29 Abr 2016 13:27

Como pakoipsc, también tengo muy claro, que aquí hay unos señores que pretenden cobrar , más pronto que tarde, por ejercer sus funciones de entrenador “forzoso e impuesto”. Y nos lo quieren meter a tornillo, vender como un enorme trabajo el que hacen para desarrollar esa normativa y darse golpes en el pecho de lo que hacen por los tiradores.

A ver si nos entendemos, que me gusta decirlo alto y claro, aquí, lo que hay, son unos cara duras que, sin tener experiencia de cómo funciona un campo de tiro de IPSC, ni en los entrenamientos, ni la problemática, ni dónde van los proyectiles después de impactar en la tarjeta o un metal, se meten a reglamentar algo sin tener en cuenta del daño que van hacer. Porque su objetivo con este reglamento multiterritorial, no es el beneficio de todos los tiradores de IPSC, sino, en el mejor de los casos, su ego particular.

Yo le pediría al señor Luis (Lugoso2 ), que deje ya de “joder” a los tiradores, que bastante lo ha hecho ya. Que este hombre, o no es consciente de la que ha liado con sus jueguecitos de “líder de los tiradores”, o si lo es, le importan un bledo los efectos colaterales que ya han empezado a producirse.

La figura del RSO (Range Safety Officer) o JEFE DE CAMPO, se lleva aplicando en la mayoría de los clubes desde hace muchos años y NO NECESITAMOS que aparezcan ahora estos “arregladores” para inventar la necesidad de un entrenador detrás de cada tirador. Que a nadie le quepa la menor duda, que esto sólo lo quieren “cuatro elementos” que quieren controlar el IPSC en su ámbito de actuación. Es por ello que la normativa NACIONAL, sea la que sea, siempre será mala.

Un saludo
Juan Carlos Ballesteros

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Re: NORMATIVA CAMPOS RRTT IPSC REFEDETO/ADIPSC

Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 14:44

Así es. Una normativa de campo, solo puede ser por motivos técnicos objetivos y ajustados a un proyecto.
Si dejamos en manos de las federaciones, comunidades autónomas o entes de diverso "paño"....
Cerrarán cada campo que les venga en gana, recordemos que no todas las federaciones quieren los recorridos de tiro, es más, algunas las detestan y con esas que haremos? Los campos por criterios técnicos para el resto las federaciones y comunidades ya tienen donde jodernos


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Mensajepor lugoso2 » 29 Abr 2016 16:17

Aclarar que la normativa autonómica se elaboró y desarrolló pensando en la celebración de competiciones amparadas en el formato de campo eventual del art 149.3 RA. En un futuro relativamente corto se nos brinda la oportunidad de que exista un Anexo C del RA de determine como deben de ser los campos permanentes de RRTT IPSC y esto lo cambia todo, los entrenamientos también. Os recuerdo que la normativa extremeña, por ejemplo, ha sido objeto de control y revisión y finalmente ha sido promulgada por la Junta de Extremadura, es decir, el gobierno regional.

La Federación Madrileña desarrolla entrenamientos controlados amparados en el art. 149.3 RA, hay muchos clubes que ponen tiradas sociales para poder entrenar basados también en el art. 149.3 RA. Todo lo relacionado con los RRTT IPSC que se hace conforme al art. 149.3 tiene un coste, no pretendamos que nos gastamos miles de euros en armas y municiones y otras cosas nos van a salir gratis. Si ya no hablamos de campos eventuales y si hay campos de RRTT IPSC permanentes, estos costes se eliminan ¿Cuantos entrenamientos se pueden hacer en un campo eventual de un pueblo que se utiliza en las fiestas del mismo?

Dejemos de darle vuelta a los entrenamientos, porque si no hay galerías permanentes autorizadas por la Guardia Civil después de la modificación del RA, habremos perdido.........otra vez. Asi que os animo, a que os mováis elaboréis propuestas y las enviéis a quienes nos gobiernan, porque por mucho que hablemos en los foros, los bares, los campos, etc, etc, podremos seguir hablando hasta el infinito pero los que deciden sobre nuestro futuro son otros. HACER PROPUESTAS Y PRESENTAR ENMIENDAS TODAVÍA NO ES DELITO, por lo tanto tenemos derecho a hacerlas, mientras vivamos en una sociedad LIBRE, y luego que decida quien tiene la responsabilidad.

En mi opinión que una norma determine que el Vicepresidente de Recorridos de la RFEDETO es el que tiene la potestad de homologar o no una instalación, teniendo en cuenta la alhajita que tenemos de presidente, es cuanto menos muy muy arriesgado, a bote pronto desde la entrada en vigor de dicha norma, muchos campos iban a estar años cerrados esperando la bendita homologación. Yo jamás me atrevería a poner esa norma, salvo que fuera muy muy amigo del Vicepresidente o mejor aún fuera yo el Vicepresidente entonces no hay problema porque decido yo. Por el contrario una normativa que establece criterios mínimos que se pueden medir y cuantificar hará que dejen de existir cuestiones arbitrarias e injusta.....si una rueda debe medir máximo 65 cm. o los mide o no los mide, pero si tenemos que entrar a debate con la fuerza inspectora que si esa rueda es de tractor, camión, furgoneta, turismo, moto, etc, etc, tendremos que hacer un cursillo sobre ruedas y no habremos avanzado.

El discurso de la España grande y libre esta muy bien, para cuando lo fué, actualmente España, guste o no (mi opinión personal es irrelevante y eso no lo vamos a cambiar los tiradores de IPSC, me amoldo a lo que hay) se divide en CCAA, que tienen asumida las competencias de DEPORTE, eso incluye instalaciones y actividad deportiva, y todo lo que no sea eso es contrario a la Constitución Española. Y la RFEDETO solo puede elaborar normas para la actividad de ámbito nacional y claro está podrá poner condiciones a la instalaciones que celebren competiciones nacionales. El gobierno sabe que esto es así y no hará nada ilegal, contrario a la Constitución. Esto no lo determino yo, lo plasma la propia RFEDETO en sus escritos, sus Estatutos y sus normas.

JCBalletesteros, tienes un problema de persecución obsesiva hacia mi persona..........háztelo mirar. Tienes toda la razón, soy un tonto a las tres, que no tengo ni idea de que va esto y normalmente lo lógico es que nadie haga caso a un tonto a las tres, yo no se lo haría, entonces no entiendo que te preocupa.......porque yo no preocupo ni hago caso a los tontos a las tres que me encuentro por la calle. El Anexo C del RA no lo tengo ni que elaborar, ni aprobar, yo, sino las autoridades competentes, todo lo que yo diga no vale de nada porque las autoridades no harán caso a ningún tonto. Lo dicho no preocuparse que yo no te haré mas caso.

También señores, recordemos que este año habrá elecciones en la RFEDETO, dependiendo del resultado las cosas pueden seguir igual o ir a mejor, ustedes deciden.

Puede ocurrir, como dice el dicho popular, mi niño desfila muy bien y los demás llevan todos el paso cambiado.

Y dicho esto

¿ALGUIEN VA A APORTAR IDEAS DE LO QUE SERÍA UNA CANCHA PERMANENTE DE RRTT IPSC?

¿ALGUIEN SE VA A ANIMAR A PRESENTAR EL OPORTUNO DOSIER, PROYECTO, IDEA, DE LAS CARACTERÍSTICAS QUE DEBE TENER UNA CANCHA DE RRTT IPSC?

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Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 17:54

​El tirador debe disponer en el punto de partida de su ejercicio de un espacio perfectamente definido y señalizado en el suelo, dependiendo del ejercicio a realizar. El tirador podrá desplazarse para la resolución de los ejercicios de entrenamiento.
​Pantallas de separación de tiradores.

​Los ejercicios de tiro siempre se realizan de forma individual, por lo que no es necesario la utilización de pantallas de separación.

​En el caso de que algún ejercicio especial requiera, que varios tiradores deban disparar simultáneamente desde una línea común (ejercicio Standard), y para evitar accidentes debidos a la expulsión de los casquillos, se colocarán pantallas cuyas dimensiones serán: Altura mínima, 2 metros; anchura, 1,5 metros; altura del suelo, menos de 0,70 metros.

​Protección con marquesinas.

​Dadas las características de la Modalidad de la Recorridos de ´Tiro, cuyos ejercicios se desarrollan en movimiento, no son necesarias las marquesinas.

​Zona de espera de tiradores.

​Detrás de la zona que comprende la superficie de la galería de tiro, deberá existir un espacio destinado a los tiradores que están esperando para realizar el ejercicio, así como el personal auxiliar que se necesite para el desarrollo del ejercicio. Esta zona deberá estar definida en su parte delantera por una señal, perfectamente materializada y visible, por delante de la cual sólo podrá acceder el tirador que realice el ejercicio y el Técnico que lo dirige.

​Piso adecuado.

​El piso de la galería debe ser plano, horizontal en todas direcciones y rugoso para evitar deslizamientos, debiendo ser de tierra compactada, con un espesor mínimo de 30 a 40 cm.

Puertas de acceso directo.

​No deberán existir puertas de acceso directo en todo el recinto de cada galería. Si existiesen, para los ejercicios de la Modalidad de la que se trata, deberán estar clausuradas durante la realización de los ejercicios de Recorridos de Tiro.

​Iluminación adecuada.

​No es necesario ningún tipo de iluminación que no sea la de la luz natural, ya que los ejercicios se realizan durante el día. Si por algún motivo se instala iluminación, ésta no deberá producir deslumbramientos o brillos molestos para el tirador.

​Insonorización.

​Al ser una galería abierta, no es necesario ningún tipo de insonorización, pero los tiradores y el resto del personal técnico deberán estar dotados de medios de protección auditiva.

​Protectores visuales.

​Tanto el Técnico, como los deportistas y el personal auxiliar que se precise, deberán estar dotados de medios para proteger la vista.


Espaldones.

Son aquellos elementos destinados a detener los proyectiles disparados en el campo y pueden ser:

​1º De muro con tierra en talud a 45 grados.

​2º De muro con recubrimiento de troncos.

3º Siempre que la altura natural del espaldón se considere suficiente, no será necesaria la construcción de obra, de la parte final de la galería.

a)​Anchura.

Necesariamente deben cubrir todo el ancho de la galería.

b)​Altura mínima. La altura mínima exigida es:

1º Si es natural, su altura deberá sobresalir 5 metros por encima de la trayectoria más desfavorable.

2º Si es de muro con tierra en talud, este deberá sobrepasar 1 metro la trayectoria más desfavorable y el muro de contención que sobresalga de esta altura estará cubierto de madera.

c)​Relación con la penetración de las armas.

1º Si es de muro con tierra en talud, el muro será de un espesor tal que por si solo pueda detener un impacto del máximo calibre que se emplee

d)​Espaldones hechos con materiales que producen rebotes.

​1º Los taludes de tierra deberán estar recubiertos de tierra vegetal


e)​Protección del paso de personas.

​No está permitida la circulación de personas durante la práctica de la Modalidad.


Línea de blancos.

​Dadas las características de esta Modalidad, no existe una línea definida de blancos, quedando éstos colocados a distintas distancias y dentro del ancho de la galería, según el diseño que se establezca para cada “stage” o ejercicio de entrenamiento.




Otras consideraciones de interés.

​Cuando el módulo se construya tomando como base una galería específica para Modalidades de Precisión, la marquesina de los puestos de tiro, los accesos al foso y las protecciones de éstos, deberán cumplir los requisitos que para éstas últimas se requiere.

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Mensajepor pakoipsc » 29 Abr 2016 18:29

En resumidas cuentas:
Cada cancha sirve para hacer unos ejercicios y otros no.
se llevan tirados miles de competiciones en todo el país y en todo el mundo.
Está todo inventado y reglamentado. Tenemos personas con la suficiente experiencia para montar si llega el caso un campeonato del mundo. Dejemos de buscar tres pies al gato con reglamentos federativos, y favores regionales. Como digo se lleva compitiendo más de 20 años y está más que demostrado que no necesitamos del favor de normas de comunidades autonómicas, solo necesitamos reglamentar lo que se lleva haciendo con gran acierto todos estos años.


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