Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Temas relacionados con la tenencia y uso de las armas.
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Jurgen
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Jurgen » 19 Jul 2016 00:27

Una pregunta: ¿esta m****, cuando entraría en vigor?
Las armas tienen solo dos enemigos: la oxidación y los polí­ticos.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Parachut » 19 Jul 2016 08:08

En ningún lado habla de tener que guiar los cargadores, habla de presentar licencia, pero esto nosotros ya lo teníamos con el caso de los visores y la licencia D, que supuestamente hay que presentarla y es un absurdo que nadie hace.
Que no entre el pánico.
Un saludo.
Cuando enfermo,agotado o herido,sea un lastre para el cumplimiento de la misión,cooperaré hasta morir.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Jon_Garfio » 19 Jul 2016 09:01

byWok escribió:Ojito con este fragmento:

Member States may authorise target shooters to acquire and possess semi-automatic firearms classified in categories A.6 or A.7, subject to the following conditions:

    a) the target shooter participates in shooting competitions organised by an official shooting sport organisation recognised by a Member State or by an internationally established and officially recognised shooting sport federation; and
    b) the target shooter is a member of a recognised shooting club, regularly practises target shooting and has been doing so for at least twelve months.

Cómo se demuestra que has tenido "actividad" durante los últimos ( como mínimo ) 12 meses ?


Eso es exactamente lo que hay que hacer actualmente con la licencia F, demostrar actividad deportiva.

Si tienes un arma guiada en F es para competir o aunque sea hacer alguna tiradilla social o entreno controlado.

Yo tengo mi AR15 guiado en F y cada x meses hacemos una tirada social de 30 tiros depies con alzas.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor topp » 19 Jul 2016 16:19

Leyéndolo me parece un poco chapucero y algunas cosas una utopia. Lo de la actividad deportiva...? Pues no se que decir ya que la mayoria que tiene armas de cargador extraible las tirne guiadas con la "D" por pura logica de cupo. Con lo cual no hay que demostrar actividad deportiva de federacion para renovar esta licencia ya que se asume que se caza con ella (usando los cargadores limitados) y suelen pedir licencia de caza. Para que sea viable tendrian que abrir el cupo libre en la "F" y guiar todas las armas que se quiera y poder demostrar asi actividad deportiva.
Tambien dice demostrar actividad en doce meses a que se refiere a una tirada en doce meses o a una tirada todos los meses...? Eso sin contar lo de pertenecer a un club o asociacion a este paso hasta para follar nos van a pedir formar parte de una asociacion... :evil: Es para recordarles que el pidtoleto de noruega seapunto a un clubo para poder tener las armas y hacer la masacre que hizo en la isla.... :evil:
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor demoniotasmania » 19 Jul 2016 16:21

Pues sí, varios de los puntos son como lo que tenemos en vigor aquí, pero que en otros países lo verán (lo es) como un cambio a peor en sus reglamentos.
¡Aman más sus armas y sus caballos que a la propia vida! Crónica romana sobre los antiguos hispanos y su apego a sus armas, símbolos de su libertad. ANARMA Socio 499 http://anarma.org/

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Jon_Garfio » 19 Jul 2016 16:25

El otro día el ministro del interior dio una rueda de prensa y entre otras cosas habló de la nueva reforma de armas europea, donde España es un referente (en apretarnos las tuercas, tiene razón) y quieren instaurar algunas cosas españolas en otros países europeos.
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor NachoOA » 19 Jul 2016 16:36

Es una vergüenza que se establenzca una directiva sobre las "prohibiciones mínimas", cuando debería de ser exactamente al revés, ya que existe dicha directiva con caracter prohibitvo, el parlamento europeo debería velar porque ese fuera el máximo que un estado miembro puede prohibir. A ver si nuestras autoridades, dado su empeño en implantar a nivel europeo algunas de nuestras restricciones, toman nota y eliminan aquellas que la citada directiva no impone, ¿no consiste en eso ser europeos?
Última edición por NachoOA el 20 Jul 2016 08:12, editado 1 vez en total.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Jon_Garfio » 19 Jul 2016 18:07

Es el sueño húmedo de todo tirador de la piel de toro, que liberen el 223.....
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor joselevega » 19 Jul 2016 18:45

Bueno... entonces en que lugar o como quedan las replicas de los M4, AK, HK, ... etc. de calibre 22 que casi todos tenemos
guiadas con la E y llevan cargadores de 25 o 30 ??

:? :? :?
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Chinchu » 19 Jul 2016 18:59

No son carabinas de tiro deportivo????

Pues a actividad deportiva

Digo yo!!!
Última edición por Chinchu el 19 Jul 2016 19:08, editado 1 vez en total.

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor carses » 19 Jul 2016 19:05

El calibre 22, está exento de todo esto, al igual que otros calibres menores, debido a que dicho calibre fuera de España, se trata de igual forma que la armas neumáticas y no necesitan licencia de armas, solo un permiso municipal.
Saludos y buenos tiros
:birra^:

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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor carses » 19 Jul 2016 19:31

Para ver el contexto de todo esto, os dejo el enlace de la Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, de fecha 18/11/2015, en la que indican lo que querian hacer, y lo que pueden aprobar:

https://ec.europa.eu/transparency/regdo ... S-F1-1.PDF
Saludos y buenos tiros
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor carses » 19 Jul 2016 19:37

La clasificación de las armas, (para entender un poco mejor de que hablamos con respecto a que clase de armas se refieren), según la UE, es:

Categoría A — Armas de fuego prohibidas

1. Aparatos y lanzadores militares de efecto explosivo.

2. Las armas de fuego automáticas.

3. Las armas de fuego disimuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.

4. Las municiones con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles para tales municiones.

5. Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles dum-dum o de punta hueca así como estos proyectiles, salvo en lo que respecta a las armas de caza o de tiro al blanco para las personas autorizadas a utilizar dichas armas.

Categoría B — Armas de fuego sujetas a autorización

1. Las armas de fuego cortas semiautomáticas o de repetición.

2. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión central.

3. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión anular, cuya longitud total sea inferior a 28 cm.

4. Las armas de fuego largas semiautomáticas, cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos.

5. Las armas de fuego largas semiautomáticas cuyo depósito de munición y cuya recámara no puedan contener más de ◄ tres cartuchos, cuyo cargador no sea inamovible o en relación con las cuales no se garantice que no puedan ser transformadas, mediante herramientas corrientes, en armas cuyo depósito de munición y cuya recámara puedan contener más de tres cartuchos.

6. Las armas de fuego largas de repetición y semiautomáticas de ánima lisa, cuyo cañón no exceda de 60 cm.

7. Las armas de fuego semiautomáticas de uso civil con apariencia de armas de fuego automáticas.

Categoría C — Armas de fuego sujetas a declaración

1. Las armas de fuego largas de repetición, salvo las incluidas en el punto 6 de la categoría B.

2. Las armas de fuego largas de un solo tiro, de ánima rayada.

3. Las armas de fuego largas semiautomáticas, salvo las incluidas en los puntos 4 a 7 de la categoría B.

4. Las armas de fuego cortas de un solo tiro, de percusión anular, cuya longitud total sea superior o igual a 28 cm.

Categoría D — Otras armas de fuego

Las armas de fuego largas de un solo tiro, de ánima lisa.



El mecanismo de cierre, la recámara y el cañón de las armas de fuego, que considerados como objetos separados, quedarán incluidos en la categoría en que se haya clasificado el arma de fuego en la que se monten o vayan a ser montados.
Saludos y buenos tiros
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor carses » 19 Jul 2016 20:06

Y la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, de fecha 8 de junio de este año, la teneis en el siguiente enlace:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ ... 89&from=ES
Saludos y buenos tiros
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor carses » 19 Jul 2016 20:06

Y la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo sobre el control de la adquisición y tenencia de armas, de fecha 8 de junio de este año, la teneis en el siguiente enlace:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ ... 89&from=ES
Saludos y buenos tiros
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Marques1 » 19 Jul 2016 22:29

carses escribió:El calibre 22, está exento de todo esto, al igual que otros calibres menores, debido a que dicho calibre fuera de España, se trata de igual forma que la armas neumáticas y no necesitan licencia de armas, solo un permiso municipal.


Coño pues ya podian hacer eso tb en España. Q solo se apuntan a lo malo
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor Marques1 » 19 Jul 2016 22:37

carses escribió:El calibre 22, está exento de todo esto, al igual que otros calibres menores, debido a que dicho calibre fuera de España, se trata de igual forma que la armas neumáticas y no necesitan licencia de armas, solo un permiso municipal.


Coño pues ya podian hacer eso tb en España. Q solo se apuntan a lo malo
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Re: Prohibición de fusiles semiautomáticos en la UE?

Mensajepor topp » 19 Jul 2016 23:02

El calibre 22, está exento de todo esto, al igual que otros calibres menores, debido a que dicho calibre fuera de España, se trata de igual forma que la armas neumáticas y no necesitan licencia de armas, solo un permiso municipal.


No somos europeos pues que lo apliquen, aquí solo se aprueban cosas para joder al prójimo.. Pobre europeos no saben las que se le avecinan les están metiendo nuestro reglamento untado en vaselina y despacito... A nosotros no lo metieron a peló... :cow: :D
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