AngelCalibre16 escribió:topp escribió:KeisiMekaigo escribió:15 días encerrados en casa con la mujer,..cuando no, la suegra y la cuñada,.. sin futbol, sin F1,....esto huele a pelotazo de los abogados especializados en divorcios. Vas a ver que año se pegan.
Quien ha dicho 15 dias Abalos acaba de decir que lo mas seguro que se ampliara otros 15 dias... No tendria logica que a los 15 dias nos soltaran donde se ha visto una cuarentena de 15 dias...
eso lo dijeron para no encabronar a la población y que se fuera metalizando poco a poco..
Por supuesto que va a ver divorcios y mucha violencia de genero...
Buenas...
Me parece que 15 días es lo máximo que puede declararlo el Gobierno. Para más tiempo creo que se necesita el Congreso de los Diputados.
Si alguien lo puede confirmar.
Un saludo.
Buenas tardes
Extracto de la Constitución Española:
"La Constitución española de 1978.
Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
Artículo 116
Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración."
Pues eso, 15 días prorrogables con la autorización del Congreso.
Lo que ya no piloto es si , dentro de 15 días , decide la "Diputación Permanente" al estar "cerrado" el Congreso de los Diputados o tendrán que hacer una sesión especial en el Congreso con todos los Diputados.
Animo para todos y mucha munición