¿Cómo defendéis vuestro hogar?
- ChevCHELIOSS
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Hay otro hilo abierto sobre este tema, es el de "Cómo defendéis vuestro hogar "
http://www.armas.es/foros/armas-en-la-sociedad/como-defendeis-vuestro-hogar-t959934.html
Hay opiniones para todos los gustos y colores, léelas todas con tranquilidad y podrás decidir qué es lo mejor en tu caso.
un saludo
http://www.armas.es/foros/armas-en-la-sociedad/como-defendeis-vuestro-hogar-t959934.html
Hay opiniones para todos los gustos y colores, léelas todas con tranquilidad y podrás decidir qué es lo mejor en tu caso.
un saludo
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Como tienes guiada la Beretta?
En F? Entonces exclusivamente para tirar a dianas en campos de tiro.
En A o B? Entonces la puedes usar para defenderte dentro de la proporcionalidad exigida por la ley.
Si consideras que necesitas un arma para defender tu casa, debes ir a tur intervencion de armas, exponer las razones y solicitar la B.
El ICAE que es sabio, dictaminara si las razones son suficientes o con ponerte una alarma vas que chutas.
En F? Entonces exclusivamente para tirar a dianas en campos de tiro.
En A o B? Entonces la puedes usar para defenderte dentro de la proporcionalidad exigida por la ley.
Si consideras que necesitas un arma para defender tu casa, debes ir a tur intervencion de armas, exponer las razones y solicitar la B.
El ICAE que es sabio, dictaminara si las razones son suficientes o con ponerte una alarma vas que chutas.
Última edición por Supercito el 25 Nov 2013 23:29, editado 1 vez en total.
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Novatin escribió:[color=#80FF00]Creo tener entendido, que se ha de responder con las mismas armas que te pueden atacar, es decir, si el individuo en cuestión, entra con arma blanca, el que tu respondas con un arma de fuego "no es correcto".[/color]
Por lo tanto, el herirle en partes no vitales, no implica que sea lo correcto, legalmente hablando. Quizás te este diciendo un disparate, pero por hay van los tiros, nunca mejor dicho.
Seguro que algún compañero de foro podrá ayudarte mejor que yo.
De todas maneras, yo tengo mujer y dos hijas y te aseguro que en una situación de esas, le dan por el .... A la la ley. En mi casa la ley que impera es la mía y la de mi familia.
Un abrazo compañero
Estas completamente equivocado. Por esa regla, si el tío te entra con una motosierra, tú deberías responderle con otra. Si te entra con un lanzallamas, tú deberías tener uno preparado. Perdona pero no es así. La ley dice, en pocas palabras "congruencia en los medios empleados", es decir, si te ataca con un ramo de flores, lógicamente, no te va a causar la muerte pero si te ataca con un arma blanca, ésta si te puede causar la muerte (a corta distancia), por lo tanto si está justificado el uso del arma de fuego. Simplemente se debería usar (para que fuese "políticamente correcto" a corta distancia, o sea, 1 centímetro de antes de que te pueda apuñalar.
PD: Lógicamente lo que se pretende al usar el arma en casa es "evitar un mal igual o mayor al que se nos va a causar". La "legítima defensa" recoge la violación del domicilio (art. 20.4 código penal).
art 20 código penal:
4.º El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
Por lo tanto, si se puede usar el arma de fuego. También está la futura declaración: "Señoría, los delincuentes dijeron que me iban a matar, a violar y a matar a mi mujer y secuestrar a mis hijas para tráfico de órganos". -!!Eso es mentira!!!, pregúnteles a ellos, - !Están muertos!! - Pues, señoría, se tiene que fiar de mi palabra. Je,je. Menos miedo y más hierro.
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Si te soy sincero.
Legitimamente estamos ante una indefensión más, en caso de usar tú arma de concurso te imputaran un delito de tenencia ilicita de arma y blabla bla....
El pobre deliencuente le tendrás que indemnizar si lo dejas con vida...
Y ponerle un apartemento en la playa, con servicio 24 horas de mayordomo y enfermeras.
En tú caso y para evitar que encima tengas que pagar al ladrón, le das las buenas noches con la linterna del 9voltios y le apuntas con la luz a partes donde no se vuelva a levantar que la familia es lo primero y solo hay una HDp hay muchos...
Luego te buscas un buen abogado y punto.
Si tenemos terroristas en la calle, por esta justicia nuestra que quieres esperar.
Para que te van a dejar defenderte en casa??
Que locura, así no te pueden robar. (ironía)
Legitimamente estamos ante una indefensión más, en caso de usar tú arma de concurso te imputaran un delito de tenencia ilicita de arma y blabla bla....
El pobre deliencuente le tendrás que indemnizar si lo dejas con vida...
Y ponerle un apartemento en la playa, con servicio 24 horas de mayordomo y enfermeras.
En tú caso y para evitar que encima tengas que pagar al ladrón, le das las buenas noches con la linterna del 9voltios y le apuntas con la luz a partes donde no se vuelva a levantar que la familia es lo primero y solo hay una HDp hay muchos...
Luego te buscas un buen abogado y punto.
Si tenemos terroristas en la calle, por esta justicia nuestra que quieres esperar.
Para que te van a dejar defenderte en casa??
Que locura, así no te pueden robar. (ironía)
ΜΟΛΩΝ ΛΑΒΕ
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
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Última edición por Brotoloigos el 18 May 2019 00:19, editado 1 vez en total.
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
...
Última edición por Brotoloigos el 18 May 2019 00:18, editado 1 vez en total.
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Claro pero hay esta el tema si entra un tipo en mi domicilio como te pones a mirar lo que lleva en las manos ya sea un cuchillo o un corta pelos de la nariz en ese caso extremos de nervios e incluso terror por los tuyos no mirarias y actuarias. Entonces para un juez no seria un punto a mi favor el disparar a puntos no vitales. Siempre seria mejor que matar a alguien. No entiendo como en españa no es legitimo defender a nuectra familia en casos extremos.
Siempre y cuando quede claro que nuetra vida corria riesgo.
Y mas con los tiempos que corren en mi pueblo an robado el ultimo año una media de 2 veces al mes en un pueblo de no mas de 500 habitantes es indignante.
QUE QUEDE CLARO QUE TODO SON CONGETURAAAAS jejejeje
y ke ojala jamas tengamos ke usar nuestras armas para tal fin. la beretta la tengo guiada en f la tengo con el kit del 22.
Siempre y cuando quede claro que nuetra vida corria riesgo.
Y mas con los tiempos que corren en mi pueblo an robado el ultimo año una media de 2 veces al mes en un pueblo de no mas de 500 habitantes es indignante.
QUE QUEDE CLARO QUE TODO SON CONGETURAAAAS jejejeje
y ke ojala jamas tengamos ke usar nuestras armas para tal fin. la beretta la tengo guiada en f la tengo con el kit del 22.

Si Vis Pacem Para Bellum
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Brotoloigos escribió:Muy buenas. La legítima defensa en España es una eximente de responsabilidad criminal un tanto compleja de probar. Para que se pueda aplicar de forma coompleta se deben cumplir tres requisitos que vienen descritos en el artículo 20 del Código Penal: que sea una agresión ilegítima, no provocada, y que exista racionalidad en el medio empleado para repeler la agresión. El más controvertido de estos puntos es el último, el de la racionalidad del medio, puesto que las posiciones y las armas de defensor y atacante suelen ser muy dispares entre sí. Al contrario de lo que la gente piensa, cuando la ley dice que debe existir racionalidad en el medio no quiere decir que se deba usar un arma del mismo ¨nivel¨ que la que usa el agresor sino que la víctima agredida debe responder con proporcionalidad psicológica. Esto quiere decir que si te atacan con un cuchillo tú bien podrías defenderte utilizando una pistola, por ejemplo, y que aún así se podría aplicar válidamente la legítima defensa. Por el contrario, el hecho de que la legítima defensa se base tan sustancialmente en un elemento psicológico hace que la percepción judicial de los hechos sea muy subjetiva, por lo que en cualquier caso cada suceso específico deberá considerarse muy detenidamente por el juzgado o tribunal que corresponda. Son juicios complejos, y sobre todo muy subjetivos.
A diferencia que en los Estados Unidos (hablo de EEUU porque todos estamos acostumbrados a ver en las películas como trabajan los fiscales y jueces de ese país), donde los fiscales pueden decidir personalmente si procesan a una persona o no, en España los fiscales tienen la obligación de darle impulso procesal a la acusación de forma imperativa. En España el Ministerio Fiscal está sujeto a una rígida disciplina y deben actuar estrictamente de acuerdo con los criterios fijados por la Fiscalía General, lo que significa que en este país los fiscales siempre y en todo caso te acusaran de homicidio (en caso de el evento termine con la muerte del asaltante) y será a través de un procedimiento penal que se decidirá si eres culpable o no. En España, siempre, sin excepción (excepto excepciones de incapacidad procesal, claro está), serás penalmente procesado por un caso de este tipo. Pero no te asustes que no todo es oscuro: la parte buena es que existe una gran cantidad de juicios que acaban con la libre absolución, y justa debo añadir, del procesado, además del hecho de que si se tratase de un homicidio te tocaría Tribunal del Jurado y creo yo que tendrías más posibilidades de empatizar con ciudadanos normales.
Un saludo.
Ole!!! Por fin una repsuesta coherente! es más una cosa que he aprendido en mi trabajo es que muchas veces es mejor estar imputado...en ese momento tienes más derechos(entre ellos mentir)! Que lo que es una vergüenza es que te tires 3/4/5/6 años esperando el resultado del juicio? que aqui se las tienen tiesas con el concepto legítima defensa? por supuesto pero es lo que hay y lo que mantenemos...y mientras no haya unos pocos atracos en casa de gente con posibles de cambiar las interpretaciones así seguiremos!
22lr -cal.12 - -9 Para --.38 Spl.
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Unas aclaraciones.
Al tribunal solo le importa si tienes licencia y el arma está guiada. El que el arma sea una escopeta de caza o un arma de concurso le es indiferente.
Lo unico en que se va a fijar es en si racionalmente era necesaro el uso de ese arma. Y el supremo cuando se trata de defensa propia o de terceros dentro del domicilio e incluso del negocio (si el agresor está fuera y fuera es el jardin o el descansillo la cosa cambia un poco) tiene una jurisprudencia muy permisiva, a favor del que se ha defendido por lo que la absolución está garantizada en primera instancia.
En lo que no coincido con Brotoloigos es en lo de la responsabilidad civil. Si el tribunal reconoce la eximente de legítima defensa no hay responsabilidad civil. El Código Penal es muy claro al respecto. Otra cosa es que las partes la pacten y entonces el tribunal la fije el motivo.
Saludos.
Al tribunal solo le importa si tienes licencia y el arma está guiada. El que el arma sea una escopeta de caza o un arma de concurso le es indiferente.
Lo unico en que se va a fijar es en si racionalmente era necesaro el uso de ese arma. Y el supremo cuando se trata de defensa propia o de terceros dentro del domicilio e incluso del negocio (si el agresor está fuera y fuera es el jardin o el descansillo la cosa cambia un poco) tiene una jurisprudencia muy permisiva, a favor del que se ha defendido por lo que la absolución está garantizada en primera instancia.
En lo que no coincido con Brotoloigos es en lo de la responsabilidad civil. Si el tribunal reconoce la eximente de legítima defensa no hay responsabilidad civil. El Código Penal es muy claro al respecto. Otra cosa es que las partes la pacten y entonces el tribunal la fije el motivo.
Saludos.
- ChevCHELIOSS
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Mejor para evitarnos un buen lío...
- Alarma y las placas de Securitas bien visibles en la fachada
- Rejas o barrotes en ventanas y puerta
- Cerrojos interiores de barra de hierro bien gorda en las puertas
- Perro/s
- Móbil cargado y encendido en la mesita de noche, con el número de la GC preparado
- Linterna potente con pilas nuevas, la mayoría de las veces es una falsa alarma ( un gato, alguien de la familia que ha bajado a la nevera o a lo que sea, una ventana mal cerrada que hace ruido con el viento, una lavadora o lavavajillas en marcha, o incluso un juguete infantil en movimiento...)
- Buena comunicación con los vecinos, 20 ojos ven más que dos.
- Si la zona es muy insegura y no creemos que mejorará, considerar vender la casa y mudarnos a un sitio más tranquilo.
Si todo esto no funciona... pues medicina del 12.
La family lo es todo.
- Alarma y las placas de Securitas bien visibles en la fachada
- Rejas o barrotes en ventanas y puerta
- Cerrojos interiores de barra de hierro bien gorda en las puertas
- Perro/s
- Móbil cargado y encendido en la mesita de noche, con el número de la GC preparado
- Linterna potente con pilas nuevas, la mayoría de las veces es una falsa alarma ( un gato, alguien de la familia que ha bajado a la nevera o a lo que sea, una ventana mal cerrada que hace ruido con el viento, una lavadora o lavavajillas en marcha, o incluso un juguete infantil en movimiento...)
- Buena comunicación con los vecinos, 20 ojos ven más que dos.
- Si la zona es muy insegura y no creemos que mejorará, considerar vender la casa y mudarnos a un sitio más tranquilo.
Si todo esto no funciona... pues medicina del 12.
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Brotoloigos escribió:A diferencia que en los Estados Unidos (hablo de EEUU porque todos estamos acostumbrados a ver en las películas como trabajan los fiscales y jueces de ese país), donde los fiscales pueden decidir personalmente si procesan a una persona o no, en España los fiscales tienen la obligación de darle impulso procesal a la acusación de forma imperativa.
Ostras! ¿Y esto ya lo sabe el fiscal que "defiende" a la infanta?

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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
...
Última edición por Brotoloigos el 18 May 2019 00:18, editado 1 vez en total.
- lincis
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Brotoloigos escribió:, en España los fiscales tienen la obligación de darle impulso procesal a la acusación de forma imperativa. En España el Ministerio Fiscal está sujeto a una rígida disciplina y deben actuar estrictamente de acuerdo con los criterios fijados por la Fiscalía General,
Bueno, jajajaj, lo que los fiscales han de dar impulso procesal, que se lo digan a cierto juez de Palma de Mallorca, pero bueno, serán cosas de la "rígida disciplina".
Pero vamos al hilo.
Si ya te han robado y, encima, han estado intentando robarte el armero, puedes alegar que venían a rematar el trabajo anterior y has impedido el robo de las armas.
Encima con tres niñas en casa, alegar miedo insuperable es vital. Por supuesto, asegúrate de que sólo hay una versión del hecho y no dispares por encima de los 5 metros de distancia y, tampoco por la espalda. También, reza unas jaculatorías para que lo ladrones no tengan familia y te metan por lo civil.
Y, por último. que te parece agenciarte un rottweiler y adiestrarle?
Le darás una alegría a las niñas y el te dará tiempo a ti a abrir el armero.
A suerte o a muerte.
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Hace cosa de una semana vi un programa de éstos de 'investigación' en el que se hablaba del tema de la inseguridad en los domicilios. Ante la pregunta pertinente de qué hacer en un caso de entrada, un policía dijo claramente que lo mejor es dejarles hacer y que se piren. La verdad es que me dio un bajón. Que sí, que es lo que tienen que decir, pero escucharlo es penoso. Te das cuenta hasta qué punto un derecho básico como es la defensa de tu propia vida, tus bienes y tu familia no existe en este país que muchos creen del primer mundo...
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
nanomanza escribió:Queria haceros una pregunta
Algun dia se legalizara la defensa personal.
Tengo entendido que españa es el pais que digamoslo asi "protege a un delincuente antes que al dueño de la vivienda cullo delincuente intentaba robar" no se si me explico.
Como podriamos promover que España precisa una nueva ley de Legítima Defensa.
y esto es cierto ??
Que España, es el país mas restrictivo de europa en el uso de armas y casi del mundo ??
Otra pregunta o duda:
Me an robado 2 veces el ultimo año y soy un currito normal con un sueldo inferior a los 1200€ mensuales con una hipoteca y 3 niñas 9 5 y 4 años, la ultima vez sospecho me estuvieron vigilando ya que me fuy 4 dias a la playa y aprovecharon para robar y estuvieron apunto de robarme el armero completo con mi beretta 92 fs "menos mal que lo tenia bien asegurado" bueno al grano mi casa son 2 plantas si en el caso de yo estar durmiendo y sentir como entran en mi casa. la pregunta es dandome tiempo a coger mi arma y prepararla para disparar, ¿si disparo a puntos no vitales de el o los individuos en cuestion inmovilizandolos tambien seria delito?
Duermo con temor mi mujer me hace bajar las escaleras dia si dia tambien por cualquier ruido las niñas siempre quieren estar acompañadas ya hace 3 meses que me robaron y el temor aun esta presente por culpa de la situacion que vivimos en nuestro pais siempre pagamos los mismos...
Perdonad mi forma de expresarme Gracias compañeros
Como ya teníamos un hilo abierto, y de temática muy parecida, junto los dos y seguimos aquí.
Charlie
"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"
Patrick Henry
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Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
nanomanza escribió:Queria haceros una pregunta
Algun dia se legalizara la defensa personal.
Tengo entendido que españa es el pais que digamoslo asi "protege a un delincuente antes que al dueño de la vivienda cullo delincuente intentaba robar" no se si me explico.
Como podriamos promover que España precisa una nueva ley de Legítima Defensa.
y esto es cierto ??
Uniendote a ANARMA que trabaja para que esto cambie.
nanomanza escribió:Otra pregunta o duda:
Me an robado 2 veces el ultimo año y soy un currito normal con un sueldo inferior a los 1200€ mensuales con una hipoteca y 3 niñas 9 5 y 4 años, la ultima vez sospecho me estuvieron vigilando ya
Puedes intentar obtener la licencia B que alguien te asesore para ello, alegando estos dos robos y que te han vigilado, el riesgo que ha habido de que te robasen incluso las armas que posees alega todo lo que puedas y a ver pero es mas que difícil que te la concedan. Un saludo.
CENTRO GESTOR ANARMA: http://www.anarma.es/formularios.asp

"Nada esta perdido si tienes voluntad de triunfar" Antonio Gutiérrez de Otero y Santayana


"Nada esta perdido si tienes voluntad de triunfar" Antonio Gutiérrez de Otero y Santayana
Re: Repregunta sobre ley de defensa de nuestro hogar y familia?
Brotoloigos escribió:Muy buenas.
Contestando a skiner:
Entiendo que de forma general, en el derecho Penal, en una sentencia absolutoria, el tribunal no se pronuncia acerca de la responsabilidad civil, pues esta esta última es inherente a la primera. Sin embargo, y a pesar de ello, después de la sentencia absolutoria en la jurisdicción penal se es libre de acudir a la civil a valorar incluso los mismos hechos juzgados en la sentencia penal, con la consecuente apreciación acerca de si existe o no responsabilidad extracontractual. Es cierto que el Código Penal, en el artículo 118, hace una excepción a esta regla general y obliga, en algunos casos, a que el propio tribunal penal se pronuncia explícitamente en su sentencia sobre la existencia de responsabilidad civil, pero la legítima defensa no es una de esas excepciones.
Esta es mi valoración al respecto.
....
Interpreta mal el artículo 118 (claro que es un texto que no destaca por su claridad, aunque es algo comun a todo nuestro código penal).
art. 118
1. La exención de la responsabilidad criminal declarada en los números 1.º, 2.º, 3.º, 5.º y 6.º del artículo 20, no comprende la de la responsabilidad civil, que se hará efectiva conforme a las reglas siguientes:
Claro que no figura la eximente de defensa propia en el artículo 118. Ya que el artículo 118 dice en que casos la exención de la responsabilidad penal no implica la exención de la responsabilidad civil en los demás casos (que solo son dos, el 4- defensa propia y el 7- en cumplimiento de un deber o ejercicio legitimo de un oficio derecho o cargo)la eximente de responsabilidad penal implica la eximente de responsabildad civil.
Saludos.
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Re: ¿Cómo defendéis vuestro hogar?
...
Última edición por Brotoloigos el 18 May 2019 00:18, editado 1 vez en total.
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