Hola buenas, aquí un super novato. Me dispongo a comprar un revolver de avancarga y creo que con la nueva legislación que sacaron hace poco, ¿necesitaría un armero grado III?.
He mirado por la web y no me ha quedado del todo claro, pero diría que si.
Saludos.
¿Armero para revolver de avancarga?.
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Paco41 escribió:Hola buenas, aquí un super novato. Me dispongo a comprar un revolver de avancarga y creo que con la nueva legislación que sacaron hace poco, ¿necesitaría un armero grado III?.
He mirado por la web y no me ha quedado del todo claro, pero diría que si.
Saludos.
No, las armas de avancarga, largas o cortas, guiadas en AE solo es necesario tenerlas guardadas bajo llave. Esto puede ser cualquier receptáculo que tenga una cerradura. Un armero sin homologar, una taquilla de vestuario, un armario ropero con cerradura, etc.
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Ok muchas gracias por la ayuda.
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Y un armario con cristales vale?
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Parisino escribió:Y un armario con cristales vale?
piensa que en caso de que ocurra algo, al final sera el juez el que decida si eso era suficientemente seguro o no. Yo no tentaría tanto a la suerte.
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Buenotéoricamente estan bajo llave, que es lo que pone la ley. Pero bueno claro esta que si vinieran los "verdes" pues les daria un infacto si vieran un armario como el mio en casa.

Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
Parisino escribió:Y un armario con cristales vale?
Una vez más estamos antre un caso de ambiguedad en el reglamento de armas. Bajo llave es un conepto muy amplio, uno podría decir que teniendo la pueta de su casa cerrada con llave sus armas de avancarga podrían estar colgadas en la pared legalmente, pero ante una ley no solo debemos ceñirnos al texto meramenete escrito si no al sentido de dicha ley, que al final es lo que valorará un juez, y en mi opinión el sentido de este artículo de Reglamento es que las armas solo sean accesibles por el propietario de la llave y por nadie más, por tanto un armario con puertas de cristal puede no entrar dentro del baremo. Pero, repito, solo es una opinión personal.
Re: ¿Armero para revolver de avancarga?.
ademas, no recuerdo bien en que punto, y si es aplicable a las de avancarga, pero me suena que en algún punto el reglamento habla de grados de seguridad y medidas de seguridad mínimas para expositores, y un armario acristalado no deja de ser un expositor.
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