Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Armas de avancarga: pura pólvora negra. Las grandes clásicas.
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Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor JotaErre » 13 Dic 2020 03:13

Os cuento:

Tengo desde hace unos cuantos años un arma de avancarga guiada merced al artículo el Reglamento que permite tener dos armas de avancarga sin necesidad de AE ni de libro.

Pues el viernes me llegó una carta de mi IA diciéndome que se acabó lo que se daba, que tengo un año de plazo para guiarla en AE, en libro de coleccionista, o, si no, entregarla.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Uboat » 13 Dic 2020 08:02

Tengo entendido que la retroactividad legislativa no está bien vista por nuestra Constitución.

"En Derecho, la retroactividad es la aplicación de nuevas normas a actos jurídicos, hechos pasados o previos a la ley. Debido al principio de seguridad jurídica que protegen la certidumbre sobre los derechos y obligaciones, por regla general la ley no es retroactiva y solo regula hechos posteriores a su sanción."

https://app.congreso.es/consti/constitu ... =83&tipo=2

En este Foro, debe haber entendidos en el tema que pueden arrojar mucha mas luz sobre este tema.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor RAFAELMIN » 13 Dic 2020 09:01

Buenos días

Sin ser experto en la materia lo que relata el compañero parece algo muy parecido a lo que ocurrió no hace mucho con las Armas Detonadoras (Fogeo), las cuales eran de tenencia libre y ahora obligan a meterlas en el Libro de Coleccionista.

En fin, ya sabemos lo que en España nos sucede a los propietarios de Armas...................

Saludos.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 09:21

JotaErre escribió:Os cuento:

Tengo desde hace unos cuantos años un arma de avancarga guiada merced al artículo el Reglamento que permite tener dos armas de avancarga sin necesidad de AE ni de libro.

Pues el viernes me llegó una carta de mi IA diciéndome que se acabó lo que se daba, que tengo un año de plazo para guiarla en AE, en libro de coleccionista, o, si no, entregarla.


Hola.

Pues eso no es nada comparado con el gol de asociar el libro de coleccionista a renovaciones cada cinco años como parece ser que quieren interpretarlo, por lo que tu colección aunque no la dispares se asocia a tu salud presente y futura.

Y otro más grande se suprimen las subastas, la repercusión que eso tendrá sobre numerosas piezas históricas, que forman parte de nuestra herencia cultural como nación. Muchas armas valiosas de coleccionistas salían a la luz gracias a la subasta, ahora estas desaparecerán en silencio en un auténtico genocidio cultural. Es fácil de entender que muchas viudas o familiares de coleccionistas, desconocerán la importancia y valor de esas armas, entregándolas para destrucción y renunciando a obtener un rédito económico legítimo. Estarán un año depositadas en la intervención y se destruirán.

https://www.club-caza.com/articulos/articulosver.asp?na=1140

Un saludo.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 09:49

Uboat escribió:Tengo entendido que la retroactividad legislativa no está bien vista por nuestra Constitución.

"En Derecho, la retroactividad es la aplicación de nuevas normas a actos jurídicos, hechos pasados o previos a la ley. Debido al principio de seguridad jurídica que protegen la certidumbre sobre los derechos y obligaciones, por regla general la ley no es retroactiva y solo regula hechos posteriores a su sanción."

https://app.congreso.es/consti/constitu ... =83&tipo=2

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No se puede hacer nada porque una autorización es una renovación de un permiso temporal de x años, por lo que al renovar se pueden aplicar las nuevas condiciones, la irretroactividad se podría aplicar a las autorizaciones de coleccionista anteriores a la reforma porque eran concedidas de por vida y a armas no guiadas porque estaban inscritas en el libro sin poder sacarlas de casa, ahora ya no es así, por lo que creo entender que son cada cinco años mediante revistas y certificados médicos aunque no las dispares, se cargan las transmisiones y las subastas por lo que se pueden disfrutar durante tu vida pero tus hijos lo van a tener difícil para recibirlas ó venderlas.

Resumiendo la irretroactividad es un concepto temporal de algo, si te dan una autorización para toda tu vida no te la pueden revocar, pero si el arma esta guiada ya esta sujeta a temporalidad que pueden modificar a su antojo mediante reglamentos, con el nuevo reglamento se cargan absolutamente toda idea de para toda tu vida, ahora si que las armas ya no son nuestras de verdad, ninguna, ni las colecciones.





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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor jlppons » 13 Dic 2020 11:17

Amra escribió:
JotaErre escribió:Os cuento:

Tengo desde hace unos cuantos años un arma de avancarga guiada merced al artículo el Reglamento que permite tener dos armas de avancarga sin necesidad de AE ni de libro.

Pues el viernes me llegó una carta de mi IA diciéndome que se acabó lo que se daba, que tengo un año de plazo para guiarla en AE, en libro de coleccionista, o, si no, entregarla.


Hola.

Pues eso no es nada comparado con el gol de asociar el libro de coleccionista a renovaciones cada cinco años como parece ser que quieren interpretarlo, por lo que tu colección aunque no la dispares se asocia a tu salud presente y futura.

Y otro más grande se suprimen las subastas, la repercusión que eso tendrá sobre numerosas piezas históricas, que forman parte de nuestra herencia cultural como nación. Muchas armas valiosas de coleccionistas salían a la luz gracias a la subasta, ahora estas desaparecerán en silencio en un auténtico genocidio cultural. Es fácil de entender que muchas viudas o familiares de coleccionistas, desconocerán la importancia y valor de esas armas, entregándolas para destrucción y renunciando a obtener un rédito económico legítimo. Estarán un año depositadas en la intervención y se destruirán.

https://www.club-caza.com/articulos/articulosver.asp?na=1140

Un saludo.

Desconozco que libro de coleccionista tienes pero yo paso revista de mi libro y sus armas (tiene más de 20años) cada cinco años como viene obligado en la autorización de libro de coleccionista.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 12:29

jlppons escribió:Desconozco que libro de coleccionista tienes pero yo paso revista de mi libro y sus armas (tiene más de 20años) cada cinco años como viene obligado en la autorización de libro de coleccionista.


No yo no tengo esa reseña, yo estoy obligado a pasar revista cuando me lo requieren para comprobaciones rutinarias pero no cada cinco años y mi autorización ya tiene años también, esto es igual que la AER algunos tienen armas inscritas en libro y guiadas y otros como yo si las guiamos nos las dan de baja del libro.

De todas formas lo que ponga en el libro es secundario, lo principal es lo que ponga en tu autorización de coleccionista que es el papel a dos caras que tienes que adjuntar al libro.

Autorización de coleccionista de armas antiguas e históricas. No pone nada de 5 años.

Autorización de coleccionista de reproducciones ó replicas de armas antiguas e históricas. Pone esto:



Las dos hacen referencias a la ley orgánica 1/92 sobre protección de la seguridad ciudadana y al reglamento de armas 137/93.

Ahora las nuevas supongo que harán referencia al 726/2020 con todo lo que implica, porque una vez modificado y aunque tengas una autorización bajo el 137/93 todo lo que inscribas nuevo puede que te lo hagan bajo el amparo del 726/2020, no lo se y no creo que lo sepa porque dejo de coleccionar bajo estas condiciones.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 13:09

Por supuesto que si quiero usar alguna de las anteriores, necesito guiarlas bajo la AE ó la AER con sus respectivos papeles a dos caras y en mi caso me las dan de baja del libro, estas sí se renuevan cada cinco años, lo que no entiendo es porque mantienen las autorización de coleccionista historicas/replicas y las autorizaciones de uso históricas/replicas AE/AER si en la practica ya son casi iguales con el nuevo reglamento, exceptuando el armero de grado III para las de cartucho metálico en cortas, I en largas y "bajo llave" en el resto.

Autorización coleccionista antiguas/históricas: Libro.
Autorización coleccionista replicas antiguas/históricas: Libro de replicas.
Autorización de uso antiguas/históricas: AE.
Autorización de uso replicas antiguas/históricas: AER.

Repito la irretroactividad creo que solo se puede aplicar a las armas inscritas antes del nuevo reglamento y no guiadas en las autorizaciones de uso y dudo que a las transmisiones no se les aplique el nuevo.

Lo de regularizar las armas de avancarga era lo siguiente después de las replicas de cartucho metálico.

Un saludo.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor jlppons » 13 Dic 2020 13:21

Tal vez hablamos de dos cosas diferentes pues no me fijé que estamos en la sección AVANCARGA, en mi caso es un Libro de Coleccionista para armas de cartucho metálico en perfecto uso.............quizás ahí esté la diferencia.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 13:24

jlppons escribió:Tal vez hablamos de dos cosas diferentes pues no me fijé que estamos en la sección AVANCARGA, en mi caso es un Libro de Coleccionista para armas de cartucho metálico en perfecto uso.............quizás ahí esté la diferencia.


Si las usas, cualquiera avancarga/retrocarga, es decir las guías para poder transportarlas, el control es si ó si de cinco años y lo que quieran.

Un saludo.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 13:29

JotaErre escribió:Os cuento:

Tengo desde hace unos cuantos años un arma de avancarga guiada merced al artículo el Reglamento que permite tener dos armas de avancarga sin necesidad de AE ni de libro.

Pues el viernes me llegó una carta de mi IA diciéndome que se acabó lo que se daba, que tengo un año de plazo para guiarla en AE, en libro de coleccionista, o, si no, entregarla.


El tramite es mínimo en tu caso que no son de cartucho metálico, la duda es que medidas de seguridad se necesitan ahora, parece ser que solo "bajo llave" y la federación ó asociación a algo tampoco esta claro.

Un saludo.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 13 Dic 2020 13:59

RAFAELMIN escribió:Buenos días

Sin ser experto en la materia lo que relata el compañero parece algo muy parecido a lo que ocurrió no hace mucho con las Armas Detonadoras (Fogeo), las cuales eran de tenencia libre y ahora obligan a meterlas en el Libro de Coleccionista.

En fin, ya sabemos lo que en España nos sucede a los propietarios de Armas...................

Saludos.


Antes no se diferenciaba en la practica entre originales (antiguas/históricas) y reproducciones/replicas, ahora parece que son todas iguales, armas.

Antes las de avancarga y sobretodo el cartucho metálico no estaban demonizadas, ahora parece que son todas iguales, armas.

Cargadores, semis, calibres, detonadoras ahora parece que son todas iguales, armas.

Control de armas, sus motivos tendrán seguro, pero que llamen a las cosas por su nombre y la irretroactividad es un concepto muy difuso, que no interesa y muy difícil de aplicar:

“Hagan usted las leyes, que ya haré yo los reglamentos”.

Un saludo.
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Adams1851 » 14 Dic 2020 10:16

Buenos días. Interesante hilo que yo comencé recién sacada la nefasta nueva norma, y que demuestra la absoluta paranoia de nuestras autoridades, y su poco respeto a la propiedad privada.

Lo que no puede ser, son estas maneras de legislar. Cualquier modificación tiene que estar justificada por un estudio técnico que la avale. No se puede legislar “a lo bestia” y con nocturnidad y alevosia.

El espíritu de las modificaciones de la directiva europea, no era controlar las armas de Avancarga ni las armas antiguas, entre otras cosas porque estas armas están consideradas fuera de control, como piezas de anticuario, en el resto de Europa, ni hay constancia de su uso como arma terrorista.

Luego no admito como disculpa, que la modificación de la directiva europea ha llevado a la introducción de la renovación cada cinco años para tener el libro de coleccionista de armas de Avancarga, entre otras cosas porque esa misma directiva no se ha aplicado en Francia para las armas de Avancarga ni armas antiguas.

Yo desde aquí, animo a todos los coleccionistas a formar una plataforma exigiendo de una vez que las armas de Avancarga y las armas antiguas, sean de venta libre con una legislación similar a la francesa.

Si hay algo que temen nuestras autoridades, es la mala prensa. Estas deberían de darse cuenta que con acciones legislativas así, lo único que hacen es crear una absoluta desconfianza entre ellos y administrados, pero voy a concretar.... no es la administración, es es en concreto el ICAE y sus paranoias. Lisa y llanamente la mentalidad de esta gente es de un absoluto desprecio a la propiedad privada, ya que parten de la idea prefijada de que no tienes derecho a tener nada, que todo tiene que estar absolutamente controlado por el Estado, y el Estado son ellos, el Estado no es ni tú, ni yo.

Habrá que recordarles que las armas de Avancarga son de venta libre en Francia. Luego no tiene sentido tener un control estricto absolutamente ridículo sobre ellas en España .

Por otro lado, también me atrevo a recordarles, sobre “la peligrosidad social” de estas armas, que ayer estuve en el campo de tiro, y para sacarle 10 tiros a la pistola de duelo estuve como una hora y con unas dificultades bastante grandes porque a partir del segundo tiro ya la bola no entra si no forzándola y dotado de buena parafernalia logística...que si mazos, tubos de carga, bolas sueltas, pistones....Es decir, no se puede exigir las mismas condiciones legales de acceso que para un arma moderna, por eso son armas que están libres en Europa....que parte no entiende nuestras autoridades?

Legislación francesa ya! tenemos que unirnos para conseguir una legislación igual a la de Francia en materia de armas de Avancarga y de armas antiguas.

Francia es un país culto por eso valora su patrimonio histórico cultural y artístico. En España, por desgracia, las autoridades son profundamente incultas, como lo demuestra esta última modificación del reglamento de armas referidas a las armas de Avancarga y antiguas históricas. Luego no me extraña estas paridas legislativas.

Yo lo que quiero es vivir en un país culto. Y preservar, coleccionar, estudiar y respetar la propiedad privada de armas antiguas e históricas, es cultura.
Ismael Tolomeo, “Todólogo hispánicus”, para servirle.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor RC67 » 14 Dic 2020 19:26

Uboat escribió:Tengo entendido que la retroactividad legislativa no está bien vista por nuestra Constitución.

"En Derecho, la retroactividad es la aplicación de nuevas normas a actos jurídicos, hechos pasados o previos a la ley. Debido al principio de seguridad jurídica que protegen la certidumbre sobre los derechos y obligaciones, por regla general la ley no es retroactiva y solo regula hechos posteriores a su sanción."

https://app.congreso.es/consti/constitu ... =83&tipo=2

En este Foro, debe haber entendidos en el tema que pueden arrojar mucha mas luz sobre este tema.


La retroactividad solo se aplica si favorece al interesado pero es para las sanciones, no se puede sancionar con efecto retroactivo o se reducen o dejan sin efecto las sanciones puestas antes del nuevo reglamento si esto beneficia al sancionado. Lo que ocurre es que a él no le están sancionando si no que le dan un plazo para que se adapte al nuevo reglamento, esto se hace continuamente cuando cambia la legislación a todos los niveles, veanse las directivas europeas que modifican las legislaciones estatales. Un ejemplo es el código de la circulación que está cambiando constantemente, no se aplica a cada conductor el reglamento vigente de cuando se sacó el carnet si no el actual, pero tampoco se le multa por infracciones que pueda haber cometido con anterioridad a la publicación de la nueva norma.
Resumiendo: que no deja de ser una put... pero va a tener que guiarlas.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor abranchadell » 17 Dic 2020 12:15

Como bien menciona Uboat en su reseña, el principio de seguridad jurídica de nuestra Constitución, impide este tipo de actos, pero entiendo que al haberse modificado previamente el marco jurídico que los regula, cosa que ha ocurrido recientemente, se ha abierto la puerta para que la Guardia Civil quede habilitada para intervenir todas las armas que se encuentren en esta situación, pues el Art. 107 e) del Reglamento de Armas, ya no contempla el supuesto de autorización para la posesión de dos armas de avancarga en el domicilio, sin necesidad de licencia expresa para ello. Por supuesto, todo es recurrible ante el orden Contencioso-Administrativo, pero la experiencia acumulada en estos últimos años, me hace ser muy pesimista sobre el resultado.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Adams1851 » 17 Dic 2020 13:36

La propiedad no puede estar sometida a cambios legislativos retroactivos, es lo que se llama seguridad jurídica, algo típico de países serios, asi como la falta de ella, es decir, que cambien la ley y te lo quiten, es típico de países en declive.

Insisto, y soy cansino, pueden darme señores ICAE un estudio de motivaciones de seguridad fundadas y otro de impacto de esa legislacion , que justifique el apretón de tuerca a armas de avancarga y antiguas en aras de la seguridad pública?
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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Fernoked » 18 Dic 2020 10:37

JotaErre escribió:Pues el viernes me llegó una carta de mi IA diciéndome que se acabó lo que se daba, que tengo un año de plazo para guiarla en AE, en libro de coleccionista, o, si no, entregarla.

La Administración de nuevo intentando arreglar problemas que no existen y que tampoco se prevé que existan en un futuro ¿O es que se ven muchos delitos cometidos con armas de avancarga?

Uboat escribió:Tengo entendido que la retroactividad legislativa no está bien vista por nuestra Constitución.

La Constitución se refiere a las disposiciones sancionadoras y no es este el caso pero el título preliminar del Código Civil, del que se dice tiene carácter cuasiconstitucional, reserva la retroactividad para normas con rango de ley y el Reglamento de Armas carece de tal consideración. De nuevo entra la disfunción de tener un reglamento que no desarrolla una ley.

Amra escribió:No se puede hacer nada porque una autorización es una renovación de un permiso temporal de x años

No es el caso porque estamos hablando de armas de avancarga cuya autorización no se encontraba sometida a renovación.

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Re: Otro gol que nos han colado en el nuevo Reglamento...

Mensajepor Amra » 18 Dic 2020 14:51

Fernoked escribió:
Amra escribió:No se puede hacer nada porque una autorización es una renovación de un permiso temporal de x años

No es el caso porque estamos hablando de armas de avancarga cuya autorización no se encontraba sometida a renovación.


Hola.

Como bien comenta el compañero abranchadell al modificarse el marco jurídico la antigua legislación ya no es aplicable, lo que pasa con las armas inscritas en el libro antiguo anterior a las nuevas condiciones es que se inscribieron hasta el año 2099, si les cambian esa fecha sí seria retroactividad porque anulas un hecho ó actividad concreto del pasado, no unas condiciones para ese hecho ó actividad, ahora tienen caducidad cada cinco años.

Resumiendo y me puedo equivocar, yo lo entiendo como que tus armas al no estar guiadas ni inscritas no implicaban un hecho ó actividad concreta, te dejaban tenerlas sin condiciones y punto, ahora la nueva ley anula esa posibilidad y tienes que guiar ó inscribir con caducidad 2025 cinco años.

Otra cosa es que se prohíba, entonces nos meteríamos en temas de rangos de leyes, ¿cual tiene más poder ó autoridad?, ¿la seguridad ciudadana ó el derecho del ciudadano?, por ejemplo lo que esta ocurriendo con los cetme, los guiados anteriores al nuevo reglamento los puedes tener hasta renovación porque así se permitía en ese momento, es un hecho concreto del pasado, ahora los prohíben y al renovar se los cargan al prohibirlos, si lo acaban haciendo porque parece que te los quedas pero no puedes transmitirlos, no lo se.

A mi me paso con las armas de cartucho metálico, las guié con la AE, en ese momento había unas condiciones para guiarlas y lo hice pero tenia que renovarlas cada cinco años con la posibilidad de nuevas condiciones como sucedió, tuve que adaptarme a la AER y gracias que no las prohibieron.

Se cargan las transmisiones porque los que tenemos libro antiguo también tenemos caducidad y aunque se permite transmitir de libro a libro al hacer esa transmisión dudo mucho que el arma se mantenga con las mismas condiciones del 2099.

Creo que es así pero el mundo esta lleno de leyes ambiguas é interpretables, solo es mi visión, no soy un profesional del tema aunque me interesé en su momento, ahora he perdido todo interés, en España ya no se puede coleccionar, ahora es otra cosa, ya veremos que.

Por cierto los libros anteriores siguen estando sujetos a antecedentes y posibilidad de revisiones periódicas cuando se estime oportuno, por lo que también están muy regulados, solo que un poco menos que ahora, sobre todo en el tema de los chequeos médicos que con el nuevo reglamento son cada cinco años para "coleccionar" armas, es decir para mirarlas en tu casa sin poder sacarlas, colecciones para cinco años, TODO para cinco años y gracias que no las prohíben ó destrozan totalmente como las nuevas inutilizaciones.

Un saludo.
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