Hola a todos,
Fuí el primer presidente de la Asociación Gallega de Field Target y, en aquel momento -año 2005-, me tube que empollar la legislación de armas de 4º categoría. Bueno, resumo:
1.- Sólo con ser mayor de 14 años ya tienes
derecho a ir a una armería y, pagando lo que te pidan por ella, llevártela a casa. Sin más.
2.- Existe la "obligación" de sacarte la tarjeta de armas en el ayuntamiento, eso sí. Pero es muy discutible que el el mismo tenga ninguna autoridad para decidir que tú puedes tener o no dicha arma. Ver punto primero.
3.- Eso sí, puede hacerte pagar una tasa por la gestión de la tarjeta y, desde luego es el que autoriza el donde se puede tirar con ella.
4.- Por otra parte la tarjeta sólo sirve dentro del municipio en que fué expedida o sea que... en un campeonato de España de A.C. salvo los tiradores de la localidad, ¡Todos están fuera de la ley!
5.- Mi experiencia - y cuando digo experiencia me refiero a un control de la G.C. en medio de una tirada de F.T. - me dice que lo mejor que se puede hacer es tener la factura del arma a buen recaudo. ESA es la documentación más eficaz. En caso que el arma sea comprada de segunda mano, pues un documento de compraventa privado donde figuren los datos del comprador/vendedor y del arma. Esto me ha servido a mí, hasta para documentar el arma en tiradas fuera de España.
Si no se disponde de ninguna de los dos documentos anteriores - factura o doc. de compraventa - se puede hacer también una declaración jurada conforme esa arma ha sido comprada/regalada/encontrada en el desván... y no se disponde de factura. En las páginas de las diferentes asociaciones de tiro de F.T. hay modelos para dicho documento y en airecomprimido.net, también.
La targeta amarilla del ayuntamiento podeís usarla como blanco o para calzar los visores, cuando no ajustan bien el parlaje... porque para poco más sirve. Si os para la municipal con un arma de A.C. convenientenmente transportada - descargada y en su funda o maletín - y acompañada de su factura a vuestro nombre, je... a ver que "oeufs" tienen para llevaros ante el juez. ¿De que se os puede acusar?
Os pongo un enlace con la legislación sobre este tema.
https://airecomprimido.vacau.com/leyes.pdfEspero haber ayudado algo en este tema.
Saludos,
Túzaro