Buenas chicos.
Veréis, un amigo y yo queremos aficionarnos al tiro recreativo y bueno, hemos adquirido un par de revólveres de CO2 de 4,5 mm, de balines de acero, pero tengo algunas dudas trascendentales y leyendo por ahí en foros varios no termino de verlo claro, a ver si nos podéis echar un cable, ahí van:
-¿Necesitamos alguna licencia concreta para usarlas/transportarlas? He leído literalmente de todo sobre este punto, desde que no, hasta que sí, pasando por muchos matices y supuestos vacíos legales.
-¿El tema de las recargas del CO2, cómo va? ¿Cuánto suele durar una de esas bombonas pequeñas?
-¿Se pueden usar en galerías de tiro? ¿Alguna recomendable por zonas de Catalunya? Y precios, etc.
Disculpad si no es el subforo adecuado, viendo más o menos me ha parecido que era este.
Un saludo.
Edit:
¿Es esta normativa la vigente, entiendo?
https://escopetasdebalines.es/normativa-aplicable/
Dudas de novatos con revólveres.
-
- Fogueo
- Mensajes: 1
- Registrado: 07 Oct 2018 00:12
- Contactar:
- Estado: Desconectado
Re: Dudas de novatos con revólveres.
Pensad que esos revólveres son para tirar a poca distancia, pueden tener fuerza, pero, a más de cinco metros, tendréis dificultades para acertarle a un elefante. Y, con la munición de bolitas de acero, tened mucho cuidado con los rebotes, procurad usar siempre protección ocular cuando disparéis.
Para tenerlos en casa, no necesitáis licencia. Usarlos en la calle o en un descampado, está prohibido. Y, para transportarlos, necesitáis una licencia de vuestro Ayuntamiento. Cada ayuntamiento es un mundo en eso (unos la dan sin más que presentar la factura del arma y el DNI, y pagar las tasas, y otros te exigen más requisitos que para tener una bomba atómica en casa), así que lo mejor es acercaros hasta vuestro Ayuntamiento y preguntar (o mirar si tienen esa información disponible en su web).
Para tenerlos en casa, no necesitáis licencia. Usarlos en la calle o en un descampado, está prohibido. Y, para transportarlos, necesitáis una licencia de vuestro Ayuntamiento. Cada ayuntamiento es un mundo en eso (unos la dan sin más que presentar la factura del arma y el DNI, y pagar las tasas, y otros te exigen más requisitos que para tener una bomba atómica en casa), así que lo mejor es acercaros hasta vuestro Ayuntamiento y preguntar (o mirar si tienen esa información disponible en su web).
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 32 invitados