¿Huirias en campo abierto? Parte 2

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jkaleido
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor jkaleido » 08 Ene 2009 21:00

[citando a: ratam]
Hombre sejos...si estabas como en tu avatar y te vio la viejecita...se quedaría de piedra... :plas


Joder pues debería tener buena vista la viejita porque yo no distingo casi nada. Buen camuflaje.

O serán mis gafas. :D

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sejos
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor sejos » 08 Ene 2009 21:08

jejejejejeje;)
No son molinos mi señor, son gigantes....

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creuetes
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor creuetes » 08 Ene 2009 21:14

bueno , si yo estoy por el campo y cerca de mi disparan sin yo saber donde estan,pues tambien me asusto.seguro que no me pongo a gritar pero tambien te digo que avisaria al que este tirando que tenga cuidado.:cw
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alexis8
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor alexis8 » 08 Ene 2009 21:21

[citando a: kentucky]
[citando a: jkaleido]
[citando a: krakendavid]
Ni siquiera la policia local ha sabido responderme a la pregunta de si puedo o no disparar con una carabina de ac en un lugar apartado, esa ley la interpreta cada uno como quiere, tan sencillo como que si el agente tiene un mal dia te multa, si no, pues no. Luego te espabilas para recurrir o pagas sin rechistar.


Pues sí, en esta materia como en otras relativas al AC hay un vacío legal: son aspectos no regulados explícitamente y que como tú dices cada uno lo interpreta a su manera.

Y la reflexión de andestoy es buenísima :plas:plas:plas:plas En mi ciudad tampoco hay zonas de tiro habilitadas y sin embargo el Ayuntamiento me da Tarjeta de Armas.¿Para qué, me pregunto yo?

Este reglamento es un despiporre :D:D:D:D:D

mi ayuntamiento es muy clarito, mejor dicho, los municipales, dicen que como no hay campo de tiro de AC no dan tarjetas de armas selladas los del ayuntamiento.
que para tenerlas en casa no hace falta.
en fin, que voy con un arma con papeles que tenia de antes de esta ridicula ocurrencia, y otra sin papeles de ningun tipo.
el dia que me pillen intentare explicarselo amablemente al agente que me toque, a ver si hay suerte y se tira al rollo, si no, pues a pagar multa




kentucky
yo el lunes ire al queridisimo ayuntamiento de nuestra ciudad con el reglamento de armas y una solicitud por escrito con el motivo de la targeta de armas y como se que me van a salir con el tema de que no hay centro de tiro y que si me pillan ellos luego me proporcionaran un papel diciendo el motivo de no tener la targeta les pedire que me hagan el papel antes de que me pillen,haber por donde me salen ahora
porque, digo yo una cosa,deacuerdo que no hay campo de tiro y que en mi casa la puedo tener,asta aqui bien,pero si me pillan trasladando el arma a casa de mis padres(que hay si que puedo disparar ya que es un sitio privado)y no tengo dicha targeta¿que?por lo menos que meden un permiso de transporte,digo yo
saludos

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dani_t
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor dani_t » 08 Ene 2009 21:55

Hola a tod@s.Os voy a contar un cuento:
Erase una vez un muchacho asturiano,que despues de sentirse atraido por un hasta entonces desconocido deporte(Yo lo considero deporte)llamado field target,se compro una bonita carabina llamada fx typhoon.Despues de mucho leer en foros y revisar el reglamento de armas,se dijo asi mismo que lo de tirar a dianas en un lugar apto para la caza y pesca no debia de ser ilegal.Tras algunos mese de andar sembrando plomos por los montes de Luarca(Asturias,patria queridaaaaaa)se le ocurrio la brillante idea de ir a consultar a la intervencion de armas de la guardia civil si estaban de acuerdo com mis interpretaciones de las leyes(Sere pardillo....)por eso de salir de dudas y estar tranquilo de una vez.
El amable oficial me explico lo equivocado que estaba,que aparte de no ser correcto lo que estaba haciendo,legalmente no existia en los alrrededores ningun sitio donde se pudiese utilizar un arma de 4 categoria.Ni siquiera en el campo de tiro al plato existente a unos 3 km de mi casa ,ni en el club de tiro con armas de fuego que hay a 40 km.Resumiendo,que no podia sacar la carabina de casa y si me pillaban me la secuestraban.
Despues de mucho pensar en una forma de poder practicar sin estar con el miedo a nuestros amigos(Si,digo amigos...)de verde,me hice socio del club de tiro al plato.Le expique mi situacion al simpatico encargado del club,y el me dijo que fuese sin ningun problema.Yo me hice socio para que no me pusiesen pegas.
Alguno se preguntara porque si en la intervencion de armas me dicen que no puedo,yo cojo y voy igualmente.Resulta que el "campo de tiro al plato" ,se encuentra en una cantera abandonada,en el medio de un monte.Todos sus socios son cazadores y utilizan el campo de tiro para poner a punto sus rifles de caza y pegar unos tirillos con sus escopetas,ah! y aveces tiran al plato.
Ellos tienen un acuerdo de esos no escritos con la benemerita.Si pasan cerca del campo de tiro y sienten disparos,suponen que estan tirando al plato y no se acercan.Eso si,como pase algo y no sea municion de tiro al plato,a alguien se le cae el pelo.
Se me olvido comentar que tambien la policia local hace practicas de tiro con sus armas reglamentarias,los mismos que me pidieron para concederme la tarjeta:
-Fotocopia compulsada del dni
-Declaracion jurada de intenciones
-Certificado de penales
-Reconocimiento psicotecnico
-Factura de compra
-No estar inmerso en proceso de nose que...
Os parece normal que levanten tanto la mano con unos y a mi me traten como a un peligroso tirador????
Espero por el bien de todos que a los demas no los traten asi...
Un saludo.

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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor negildo » 08 Ene 2009 22:06

bienvenido al mundo real
    

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andestoy
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor andestoy » 08 Ene 2009 23:09

[citando a: dani_t]

Se me olvido comentar que tambien la policia local hace practicas de tiro con sus armas reglamentarias....


:8 Hasta no hace mucho tiempo, mienbros de la policia local y algunos de la autonómica se reunían en una vieja cantera del municipio donde resido para hacer prácticas de tiro con sus armas. Me lo contó uno de los que allí acudían.

Ni qué decir tiene que el sitio en cuestión no estaba habilitado como campo de tiro o al menos no tengo constancia alguna de ello. Pero....¿quíen le pone le cascabel al gato?
Casi seguro que soy el peor tirador del foro pero.... siempre es bueno destacar en algo!!!

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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor GPW1944 » 09 Ene 2009 01:55

dani t, andestoy, lo suyo fuera presentar denuncia directamente en el Juzgado de Guardia contra la policia municipal y el Ayuntamiento por conducta illegal, aunque solo sea por fastidiar ya que el tiro en esas condiciones no es actividad propia de las fuerzas de seguridad. No obstante te aseguro que se sacan en un plis plas una habilitación con efectos retroactivos que los amparase ante la denuncia. Es un poco de lo mismo. Además de la propia incongruencia normativa, la arbitrariedad de quien te hace cumplir la ley sin cumplirla a su vez. O cuantas veces aparcan en doble fila, se saltan semaforos o circulan por las aceras o giran donde les da la gana, sin que ello lo hagan en el ejericio de una necesidad operativa. Por supuesto,¿qué compañero del mismo u otro cuerpo los denunciará? Y no es demagogia, es absoluta realidad, que en ningun caso pretende cuestionar la honorabilidad de los servidores publicos pero que demuestra como se hacen las cosas en este pais. O alguien se cree que los politicos o sus choferes pagan o pierden puntos por saltarse los limtes de velocidad en los tramos de autopista donde el resto de mortales tenemos que ir a velocidades de pena (80 km/h en la entradas de Barcelona, a partir de este mes de enero a variable entre 40 y 80 km/h).

En otro orden de cosas, con relación al informe qiue aporta gelin32 y que se agradece, decir que seguimos con lo mismo. No es más que la remisión a un Ayuntamiento de un informe emitido por la intervención de la Guardia Civil a la Delegación del Gobierno evacuando una serie de consultas pero sin ningún valor nomativo. Su valor es el mismo que el que pueda tener cualquier otro dictamen pericial como, por ejemplo, el que se emitiera a través de un despacho de abogados donde se diga todo lo contrario.

Me gustaría mucho conocer las distintas interpretaciones dadas por el CIPAE a los artículos 149 del R.A. a que hace mención ese documento. Si alguien las tiene, que las aporte.

En realidad, lo que finalmente vale es lo que digan los Jueces. Y eso, lo que opinan los jueces, de momento lo desconocemos. De ahí la importancia de conocer alguna sentencia sobre el particular.

Por otro lado, ese informe es un cúmulo de incongruencias y se limita a extender restrictivamente los criterios legislados para las armas de fuego a las propias de aire, cuando es evidente que el legislador quiso hacer una distinción entre unas y otras.

Por señalar alguna, es incongruente dar a entender que el Ayuntamiento pueda negarse a emitir tarjeta de armas con base a un articulo que lo único que dice es que pueden reducir la duración de la autorización o reducir el numero de tarjetas que se conceden a un mismo sujeto. Nada dice el R.A. sobre no emitir tarjeta de armas cuando no haya lugar habilitado, que es tanto como decir que trafico no te matricula un coche si eres de un pueblo de montaña donde no haya carreteras practicables. Se olvida el informe de explicarnos como es posible utilizar un arma CA en un municipio distinto al de residencia ya que la validez es territorial y ese municpio no puede emitir tarjeta a quien no es residente. En fin, un asco de redactado normativo y un asco del interpretativo.

Ese informe sigue la actitud restrictiva de las autoridades y desde luego, sirve para ver por donde andan las cosas pero en ningun caso creo que pueda tomarse como verdad incuestionable, pues nada más que se trata de una opinión administrativa y por tanto, que tiende a restringir la actividad.

Si el Ayuntamiento nos deniega la tarjeta, no solo hay que recurrir esa negativa con base a lo que se establece en el R.A. sinó además, entrar solicitud de autorización en todas sus facetas que les obligue a posicionarse legalmente, así presentar en una misma solicitud, una para la autorizacion individual para la practica en campo abierto, según el concerto "campo" que el propio RA admite; de forma alternativa a la primera, solicitud para que se informe sobre las caracteristicas que debe reunir un espacio para que se considere por el Ayuntamiento como idoneo para AC y alternativamente, solicitud para que se designe por el Ayuntamiento una zona idonea para la práctica dentro del municipio y todo ello, ¿por qué? pues por que a) tienen que responderte b) la respuesta ha de ser argumentada con base a la ley c) podemos recurrir la denegación por via administrativa con base a los argumentos que consideremos adecuados, a la que tambien tendrán que dar respuesta razonada conforme a la norma de aplicación y d) podemos finalmente recurrirla en via judicial.

Cualquier cosa menos quedarse parados y aceptando lo que nos viene de la administración como borregos que muchas veces somos .

Un saludo

GPW




Un saludo............ seguimos igual

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andestoy
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RE: ¿Huirias en campo abierto? Parte 2

Mensajepor andestoy » 09 Ene 2009 08:46

:8 Estoy totalmente de acuerdo con GPW1944 en que vivimos en una sociedad aborregada, y añado que apática y acrítica. Como un rebaño de ovejas que manejan a su antojo..

Hemos adoptado y acatado una democracia cuyas leyes han coaccionado, lentamente pero a paso firme, las libertades del individuo a niveles casi ínfimos. Y los derechos de los ciudadanos bajo esas leyes son poco más que anecdóticos porque poca fuerza tienen ante el entramado legislativo que más que defenderlos y engrandecerlos los limitan.

Como dijo el filósofo "somos sujetos sujetados".

Supongo que cuando digo "ciudadanos/individuos" todos entenderéis que me refiero a la gente de a pié, de la calle. De todos es conocido que a políticos, jueces, presidentes de turno (autónmicos y del gobierno), reyes y demás "privilegiados sociales" la cosa no les afecta.
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