Buenos días, compañero a raíz de la buena explicación que has dado, preguntarte a ver, ya que te veo puesto en el tema, una pregunta.
En mi Ayuntamiento, (Antequera) no me registran las armas sin factura de compra, aunque se le lleve el contrato de compra venta diciendo que el vendedor las compro o las adquirió legalmente. Sin factura de compra no hay registro, ¿sabes cómo puedo proceder para insistir?
Muchas Gracias
Saludos foro
quote="4444"]La respuesta del compañero Pablo a sido clara y cristalina...... Usa el buscador haber que encuentras o mejor aún, acércate al cuartelillo y preguntas, allí te aclararán tus dudas.
Saludos.
Pd:no se necesita ningún tipo de licencia para tirar con armas de 4ª categoría.
Sólo se necesita tarjeta para transporte
Solicitud de tarjeta de armas de 4ª categoria
Tramitación : Policía Municipal
Normativa
Las armas de 4ª categoría deben estar documentadas con una tarjeta (según lo dispuesto en Reglamento de Armas - RD 137/1993, de 29 de enero y en la Orden INT 2860/2012, de 27 de diciembre)
Requisitos para su solicitud
Condiciones:
Estar empadronado en el municipio a expedir
Ser mayor de 14 años (menores de 18 con autorización de quien ostente la patria potestad o tutela)
Aceptar las condiciones y normativa
En ningún caso podrán tener ni usar armas las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización
La tarjeta solo es válida para el transporte y uso del arma en los lugares habilitados para ello en el término municipal del municipio donde haya sido concedida
Documentación necesaria
Solicitud por compra
Impreso de solicitud por compra rellenado
Original y copia del documento de identidad de la persona solicitante
En el caso de menores, también original y copia del DNI de la persona que ostente la patria potestad o tutela
Copia de la factura que acredite la propiedad y las características del arma, especialmente: marca, modelo, categoría, tipo, calibre, número de serie.
Certificado de antecedentes penales.
Deberá de presentar el arma para verificar datos.
Deberán de presentar sin rellenar las tarjetas que les aportara el comercio a la hora de adquirir el arma, también los pueden adquirir en la Guardia Civil
Solicitud por transmisión entre particulares
Impreso rellenado de solicitud por transmisión entre particulares
Declaración jurada, acreditando la propiedad del arma.
Original y copia del documento de identidad de la persona solicitante
En el caso de menores, también original y copia del DNI de la persona que ostente la patria potestad o tutela
Original y copia del DNI del propietario-a actual
Tarjeta de armas actual, si la tiene
Certificado de antecedentes penales
Deberá de presentar el arma para verificar datos
Deberán de presentar sin rellenar las tarjetas que les aportara el comercio a la hora de adquirir el arma, también los pueden adquirir en la Guardia Civil
Tipos de tarjetas para esta categoría:
Tarjeta A (validez 1 año)
1) armas accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas:
· Carabinas y pistolas – tiro semiautomático y repetición
· Revólveres de doble acción
2) armas de uso lúdico deportivo con sistema de disparo automático
Tarjeta B (validez 1 año)
1) armas accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
· Carabinas y pistolas – ánima lisa o rayada y de un solo tiro
· Revólveres de acción simple
2) armas de uso lúdico deportivo accionadas por muelle o resorte
Observaciones
- es necesaria para llevar y usar las armas fuera del domicilio
- solo es válida para el término municipal
- se concede, o retira, por el Alcalde o Alcaldesa del municipio de residencia de las personas solicitantes, previa consideración de conducta y antecedentes.
Si aún te queda alguna duda ve a preguntar a la GC.[/quote]