Hijo de 6 años, pronto para una carabina pequeña ??
nada
nada, perdón
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Re: Hijo de 6 años, pronto para una carabina pequeña ??
chargu2 escribió:Chemi _Refogs escribió:Los 14 años es la edad legal para poseer un arma, no para usarla.
Se puede usar antes y hasta competir oficialmente, con lo que el profesor o el vecino tocapelotas se la pueden envainar, siempre que tires en tu propiedad y sin poner en peligro a nadie (patio trasero contra un muro alto, o similar...)
Todo ello, en mi humilde opinión.
Saludos cordiales.
Estas equivocado.
La edad mínima para poseer un arma son 18 años.
Hasta una miserable pistola de airsoft requiere DNI para la venta.
Para disparar y entrenar en un club, pues no te lo se decir, pero con 10 años yo creo que ya compiten.
Y lo de disparar en el patio trasero de casa, pues va a ser que no. Legalmente solo se puede disparar en instalaciones autorizadas, y no creo que sea el caso.
Un saludo
Hola, chargu2 y demás compañeros:
Pues no te lo voy a discutir muy ardientemente, porque no lo tengo muy claro. Lo que sí tengo claro es el Artículo 105 del Reglamento:
“1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4.ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
[...]
2. Las armas incluidas en la categoría 4.ª, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.ª, 1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes en vigor.”
Si posees la Tarjeta, se supone que el arma es tuya, y que presentándo dicha tarjeta junto al DNI, puedes adquirir más, aunque sea con el permiso paterno, pero ya te digo que no lo sé por experiencia propia. Otra cosa es que tenga que estar bajo la supervisión de un adulto, etc.
Respecto a lo de tirar en el patio, pues dependerá de la “autoridad “ que te toque, pero es como la vieja discusión de si se puede tirar en la terraza de tu piso... creo que, al menos, puede ser discutible, porque en tu casa o propiedad se puede tirar. Lo de instalaciones autorizadas, creo que se refiere a que no se puede tirar en descampados o montes.
Respecto a competir, creo que empiezan en Benjamines, o algo así, a esa edad.
Todo ello, a falta de opinión mejor documentada.

Saludos cordiales.

"Nasío pá tirar"
Socio NRA # 204393755.
Socio ANARMA: 1778.

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