¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

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_Dani
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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor _Dani » 18 Mar 2018 14:14

Para mi la lógica es que se trata de tener un registro-control de las armas en circulación, es decir, es a la administración a la que le interesa tener mis datos como propietario (o poseedor o como se quiera llamar me da igual) de tal arma o armas, por tanto que vaya yo con mi dni a decir tengo esta arma en mi poder y me digan mire sin factura no la registro no le veo ninguna lógica, por ser la administración la que quiere y tiene interés en conocer y controlar esa información, y no creo sinceramente que alguien con un arma robada se vaya a ir a inscribirla... yo por lo menos si fuera ese tipo de gente no creo que lo hiciera, ¿y si aunque sea de aire tiene un número de serie único y el dueño la denunció, y una vez registrada es cotejable con lista de robadas? no se me parecería muy tonto ir a inscribir un arma robada

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor josegun » 18 Mar 2018 14:52

No hace falta ser tontos para incribir un arma robada,vasta NO ser CONSCIENTES.
Anda que mismo por milanuncios no se venden carabinas,y las compramos de buena fe y con la mejor de las intenciones.
Imaginaos que compro una en milanuncios y me tramitan la licencia con solo declaración jurada,y yo tan inocente...y con el tiempo se sabe que tenia un anterior dueño y posee factura.
Por eso esa meticulosidad en las nuevas licencias,para TENER un registro lo mas exacto y legítimo posible.
Ademas lo recalca la licencia...DEBE DE IR ACOMPAÑADO DE DOCUMENTO DNI
Yo propondría algo diferente para esas carabinas PERDIDAS

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor _Dani » 18 Mar 2018 17:33

Josegun me refería a inscribirla el propio ladrón, obviamente. En cualquier caso insisto: la administración quiere y desea que un arma en uso esté vinculada a un dni, por tanto ponerte trabas a ti que vas de buena fe a inscribirla es ir en contra de su propia voluntad, salvo que conlleve confiscartela claro... pero decirte que te vuelvas a tu casa con ella sin quedarse constancia de tus datos y los del arma como "pareja de hecho" no tiene ninguna lógica para mi, y si la has comprado de 2ª y era robada... pues lo dicho habrá denuncia y se podrá cotejar el nº de serie del arma. Si se podría prohibir vender de segunda mano sin la factura, el comprador de nueva la vendería con la factura y los sucesivos con la factura y contrato de compraventa grapados, pero rechazar inscripciones del poseedor actual sigo sin verle la lógica porque ese es precisamente el deseo de la administración saber donde está el arma

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor manolosolo » 19 Mar 2018 02:00

Como si fuera muy difícil el hacerse una factura, con cualquier editor de archivos PDF, mismo el Word ya lo hace, en menos de 1 minuto, te haces una factura a tu nombre, de cualquiera de las múltiples armerías que han cerrado estos años, sera por facturas.... :mrgreen: No se yo que problema hay, que si quieren factura a cojones, pues le das una, y listo....y si, seguro que van a investigar la factura.... :mrgreen:
Saludos.

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor RAFAELMIN » 19 Mar 2018 10:37

manolosolo escribió:Como si fuera muy difícil el hacerse una factura, con cualquier editor de archivos PDF, mismo el Word ya lo hace, en menos de 1 minuto, te haces una factura a tu nombre, de cualquiera de las múltiples armerías que han cerrado estos años, sera por facturas.... :mrgreen: No se yo que problema hay, que si quieren factura a cojones, pues le das una, y listo....y si, seguro que van a investigar la factura.... :mrgreen:
Saludos.



:apla: :apla: sí señor, siempre encontrando soluciones prácticas y baratas!! :apla: :apla:

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor amdelemus » 19 Mar 2018 19:32

manolosolo escribió:Como si fuera muy difícil el hacerse una factura, con cualquier editor de archivos PDF, mismo el Word ya lo hace, en menos de 1 minuto, te haces una factura a tu nombre, de cualquiera de las múltiples armerías que han cerrado estos años, sera por facturas.... :mrgreen: No se yo que problema hay, que si quieren factura a cojones, pues le das una, y listo....y si, seguro que van a investigar la factura.... :mrgreen:
Saludos.

Eso es un delito, al igual que cuando se hablan de supuestos julios se sale al cuello del personal, eso que estas diciendo manolosolo no deberias de publicarlo tan abiertamente en un foro, si admites el consejo

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor manolosolo » 19 Mar 2018 19:45

Hay tantísimas cosas que son delito, y que están a la orden del día, que este gravoso delito de la factura, seria una minucia.....Por estar prohibido, hasta uno debería de hacerse pis encima, en caso de apuro, pues no se puede orinar en la vía publica.....
Si algo es tuyo, no lo has robado, aunque dudo mucho que haya por ahí un mercado de armas de aire robadas, y te piden una factura, pues se le da una factura, y asunto arreglado, donde esta el problema?????
Hace unos años me compre una Diana 54 (700 pavos), personalmente en Alvarez, que no es una armería nada pequeña, ni de pueblo, por cierto, y me daban un simple ticket de caja.......como si fuera una barra de pan en el super de la esquina.......
Saludos.

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor _Dani » 19 Mar 2018 20:00

NO se si vale la pena arriesgarte quizá a que te retiren todas tus armas y licencias de fuego también por falsedad documental... una cosa es lo que haga uno sabiendo lo que hace pero yo con este tipo de temas no recomendaría tan alegremente jugársela a los demás

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor pcpfori » 19 Mar 2018 20:26

Desde luego mira que tenéis ganas de marear la perdiz .

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor Ferabot » 23 Mar 2018 18:56

A ver ,

Declaración jurada
Este documento sirve para formalizar una declaración jurada o promesa solemne. Así, este escrito tiene por objetivo recoger una manifestación o declaración personal relativa a la persona que la realiza, y donde ésta asegura que la manifestación contenida es veraz o cierta. Como consecuencia, se presume como cierto lo declarado hasta que se pueda acreditar lo contrario.

La declaración jurada podría ser requerida en procedimientos tanto ante autoridades, como la administración, y organismos o instituciones, y su importancia se debe a que genera una responsabilidad legal para el declarante en caso que la declaración jurada resulte ser falsa.


Derecho Aplicable

Otorgar una declaración jurada en la que se contienen afirmaciones contrarias a la verdad puede acarrear graves consecuencias pues la falsedad documental se encuentra tipificada en el Libro II, Título XVIII, Capítulo II, Secciones 1, y 2, según se trate de la falsificación de documentos públicos o privados, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Pen

Si,una declaracion jurada, si que vale,es mas si quieres sacarte la licencia de armas de fuego,cualquiera de ellas,la Guardia civil te obliga a realizarla en la que juras,prometes,... que su uso estara destinado a la caza o tiro deportivo

De todas formas,es cierto, es facil hacerte tu mismo una DJurada o una factura de una armeria ya cerrada
El problema vendra si ese arma ha sido denunciada su robo y un dia te cogen con ella... el follon sera enorme,falsificacion de documento,robo de un arma, aunque sea de Aire comprimido
Informarse bien de quien te la vende,pedirle su DNI y hacer los papeles correspondientes y...suerte

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor Dropelasconi » 24 Mar 2018 01:53

Depende de ayuntamiento, en mi ayuntamiento es la factura original y el contrato de compraventa, pero tiene que ser el mismo nombre el de ambos, además del psicotécnico.


Pero que lo más sencillo sería que cuando te vendieran el arma se registrara automáticamente a tu nombre.

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor pcpfori » 24 Mar 2018 11:56

Pero mira que le dais vueltas, el problema este viene de debido a 2 causas el miedo del concejal-funcionario de turno o el desconocimiento por eso para curarse en salud buscarán pedirte hasta la partida de bautismo si lo ven oportuno.
OS cuento lo que hago yo, no es ilegal, cuando preveo ir a alguna tirada de ft, mas bien preveía o galería de tiro una semana antes presento por registro municipal declaración jurada de propiedad así como de que el arma no ha sido alterada en sus características y cumple la normativa en vigor, copia de mi dni, justificante de empadronamiento, no presento el test psicotécnico ni certificado médico ni gaitas por el estilo. Recojo mi copia sellada de la solicitud y a esperar siendo consciente de que me va a ser denegada en 3,4 o 6 meses depende de la burocracia, pero transporto la carabina al campo de tiro con mi copia de la solicitud y la declaración jurada de propiedad . Hasta la fecha nunca he tenido ningún problema.

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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor JJWinchester » 25 Mar 2018 13:33

Por si sirve de algo, tanto en mi ayuntamiento como en el de al lado (ambos Comunidad de Madrid) basta con una declaración jurada de propiedad, no exigen factura ni contrato de compra-venta. Eso sí, en ambos piden el certificado psico-técnico...

Saludos.
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Re: ¿Y si el vendedor no tiene factura de compra?

Mensajepor alexis8 » 25 Mar 2018 18:45

aun que me salga del tema........ hemos llegado aun nivel de estupidez en este pais que rozamos lo para-normal,lo digo por lo del psicotecnico o lo de antecedente de penales que te piden en algunos ayuntamientos para registrar las carabinas
es decir que te piden los mismos requisitos que para sacarte una licencia para armas de fuego, eso si, en el caso de las armas de aire comprimido te lo piden una vez tienes el arma en tu casa......el mundo al reves por no hablar de las tasas, que en mi caso son mas de 20€ por arma para mear y no echar gota, la gente al final que hace? que no las registra sin mas.......si es que al final va a ser mas sencillo que saquen una licencia especifica para armas de la 4 categoria sin limite de potencia, si total te piden los mismos requisitos por tener una licencia tipo d que por registrar un arma de aire comprimido
pero aun es mas grabante la cosa con las armas de airsoft,porque tiene coj.... la cosa para registrar un juguete, si, un juguete te piden lo mismo que para un 308 con el problema de que tienes que llevar el arma a una armeria especializada para que te graben el numero para poder registrarla..........como digo,no se si acojonante o acongojante
el proximo paso penales y psicotecnico para comprar cuchillos de cocina y tenedores
la pregunta es? se pensaran que vamos a hacer una revolución con replicas de airsoft y armas de ac? inquietante :mrgreen:


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