Duda legal sobre cuchillo de cuello

Cuchillos y flechas: la base de la historia armera
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Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor sensei » 25 Oct 2014 12:41

Vereis me he comprado este flamante cuchillo de cuello
Imagen
es bastante pequeño mucho mas que en la foto. la hoja mide 5 cms y el total con mango 11 cms.
el caso es que me gustaria llevarlo en el cuello cuando voy a dar algun paseo por el campo pero cuando vuelva a mi casa ya estare por las calles de la ciudad. si algun dia me olvido de quitarmelo y guardarlo en mi mochila para volver a casa y me para un policia y me lo ve.
me podria multar por arma oculta o algo raro?
ya se que me puede multar por llevar un simple corta uñas al estar en una calle con gente y ser un sitio publico de transito, pero quiero saber si llevarlo en el cuello es un agravante o da lo mismo llevarlo en el cuello o en el bolsillo o en la mochila.

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Antonio1955
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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor Antonio1955 » 25 Oct 2014 15:47

Mas de mil veces se ha dicho, es un ccuchillo legal, pero queda a criterio de la Autoridad y sus Agentes el valorar si en el momento en que se porta hay necesidad o motivo para lelvarlo.
Si lees el R.D. 137/93 aclararas todas tus dudas, estes o no de acuerdo con el citado texto legal.
Última edición por Antonio1955 el 26 Oct 2014 14:44, editado 1 vez en total.

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor sensei » 26 Oct 2014 02:00

pero mi duda principal es por el hecho de llevarlo al cuello. eso es un agravante?
es como si lo llevo escondido en una bota o en el cinturon.
no habia una ley que ponia que no se podian camuflar las armas?
llevarla al cuello puede considerarse camuflar un arma?
bueno supongo que sera lo de siempre. que el guardia que te toque te multara o no segun su criterio y no hay vuelta de hoja.

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Antonio1955
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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor Antonio1955 » 26 Oct 2014 14:47

sensei escribió:pero mi duda principal es por el hecho de llevarlo al cuello. eso es un agravante?
es como si lo llevo escondido en una bota o en el cinturon.
no habia una ley que ponia que no se podian camuflar las armas?
llevarla al cuello puede considerarse camuflar un arma?
bueno supongo que sera lo de siempre. que el guardia que te toque te multara o no segun su criterio y no hay vuelta de hoja.


Vamos a ver, lo lleves donde lo lleves es lo mismo, te pongo el artículo 4 del Vigente testo legal.



Artículo 4

1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:

a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.
b) Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
g) Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
h) Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.

2. No se considerará prohibida la tenencia de las armas relacionadas en el presente artículo por los museos, coleccionistas u organismos a que se refiere el artículo 107, con los requisitos y condiciones determinados en él.

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor Antonio1955 » 26 Oct 2014 14:53

Y ahora te pongo un enlace al R.D. 137/93 (Reglamento de Armas en vigor), podremos estar de acuerdo o no, si no lo estamos debemos luchar porque se cambie o modifique, pero en tanto no sea asi hay que acatarlo y respetarlo, nos guste o no.
Te ruego te lo leas y si después de su lectura, estudio y reflexión sigues teniendo dudas, al menos yo, intentaré aclarártelas.
Siento ser tan claro y taxativo, pero es un tema tan manido que, al menos a mi, ya me cansa.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd137-1993.html

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor sensei » 26 Oct 2014 21:04

d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
llevarlo entre la ropa no se considera interior de objeto.
e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
y tampoco va camuflada para que parezca otro objeto.
Ahora si me queda mas claro. Osea que da igual donde la lleve.
Gracias por tu respuesta. ☺

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor mjk_017 » 29 Oct 2014 00:37

Pregunto desde la ignorancia.
¿como se lucha para cambiar la legislación? Por que a mi la segunda enmienda americana me parece bien la verdad jajaj

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor Antonio1955 » 29 Oct 2014 14:33

mjk_017 escribió:Pregunto desde la ignorancia.
¿como se lucha para cambiar la legislación? Por que a mi la segunda enmienda americana me parece bien la verdad jajaj


Creo que discrepamos, yo seré gilipollas, pero no veo el vigente Reglamento de Armas tan mal, obviamente haría alguna reforma.
Y no me pongais a parir que no me voy a apear de la burra, conozco más de uno que tiene armas blancas y de fuego y no deberia tener ni cuchillos de madera.
¿O no?.

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Re: Duda legal sobre cuchillo de cuello

Mensajepor Antonio1955 » 29 Oct 2014 14:37

Para que cambie cualquier legislación esta claro que hay que luchar, no es fácil, pero tampoco imposible, la unión hace la fuerza, pero eso es lo que nos falta, unión.
¿Como se lucha?, a base de denuncias y recursos, no nos queda otra.
Repito que hay cosas del R.D.137/93 que yo modificaría, algunas abriendo la mano y otras veces cerrandola más.
Lo siento, es mi opinión, en principio la razonable y la que se ajusta a derecho en tanto no se me demuestre lo contrario.
Un saludo.


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