Un saludo y disculpar si se repite la cuestión.
¿Es factible ceder temporalmente un arma que este guiada en A a una persona en posesión de la F ,mientras dicha arma cumpla lo contemplado en lo referido a armas de concurso?
Un saludo.
Sobre cesión de armas.
Sobre cesión de armas.
Sic vos non vobis.
Re: Sobre cesión de armas.
Pues esa es una de las muchas incognitas de nuestro incongruente reglamento de armas.
Saludos.
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Re: Sobre cesión de armas.
El arma esta guiada en una licencia determinada, y un arma de concurso lo es por estar certificada por una federacion. Si el arma no esta certificada no es de concurso, aunque podria serlo si cumple los requisitos y la federacion le da el visto bueno. En cualquier caso, opino que la licencia condiciona el uso y al usuario.
Por tal motivo el poseedor de la F solo puede tener o usar armas de concurso, aunque todos sabemos que pueden ser las mismas. Yo tampoco lo entiendo.
Por tal motivo el poseedor de la F solo puede tener o usar armas de concurso, aunque todos sabemos que pueden ser las mismas. Yo tampoco lo entiendo.
- carses
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Re: Sobre cesión de armas.
Efectivamente, es una de las cosas que "estan bien hechas del reglamento", (lo digo con ironia). Para ceder una arma, la persona al que se la cede, debe tener la licencia de armas necesaria que ampare dicha arma, por lo tanto, si un arma esta guiada en A, solo la podrá ceder a quien tenga A, además si el arma es de servicio y no parrticular, deberá pedir permiso a su superior para poderla ceder. Por el contrario, un arma guiada en F, puede ser cedidad a poseedores de F y A. En caso de licencia C, no podrá cederla por ser el propietario la empresa de seguridad.
Espero haber aclarado un poco este lio.
Un saludo.
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Re: Sobre cesión de armas.
Alferoz escribió:Un saludo y disculpar si se repite la cuestión.
¿Es factible ceder temporalmente un arma que este guiada en A a una persona en posesión de la F ,mientras dicha arma cumpla lo contemplado en lo referido a armas de concurso?
Un saludo.
De entrada te digo que no es factible.El arma de servicio y lo que se llama"segunda arma" no se pueden prestar ni tan siquiera entre titulares de licencia "A".Pero si te refieres a armas de concurso guiadas como A, la cosa puede cambiar.
- elsantoangel
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Re: Sobre cesión de armas.
yo discrepo, en el RA donde habla de cesion temporal no dice q de "A" no pueda CEDERCE a "D" "F" ó "K" ...
se entiende q entre ambos deben de tener licencia y que el arma debe adaptarse a dichas licencia
el arma de servicio es propiedad del estado, pero la particulares guiadas en "A" NO
Yo le dejo mi escopeta a alguien q tiene "D" donde esta el problema? donde dice el reglemento q no ?
yo dejo mi infinity guiada en "A" a alguien con "F" donde esta el problema? acaso no es un arma de concurso?
el problema vendira cuon ciertas armas y ciertas licencias, tambien depende de quien te atienda en tu unidad si tiene ganas de trabajar, ect
se entiende q entre ambos deben de tener licencia y que el arma debe adaptarse a dichas licencia
el arma de servicio es propiedad del estado, pero la particulares guiadas en "A" NO
Yo le dejo mi escopeta a alguien q tiene "D" donde esta el problema? donde dice el reglemento q no ?
yo dejo mi infinity guiada en "A" a alguien con "F" donde esta el problema? acaso no es un arma de concurso?
el problema vendira cuon ciertas armas y ciertas licencias, tambien depende de quien te atienda en tu unidad si tiene ganas de trabajar, ect
"Es mas facil engañar a la gente, que convencerlos que han sido engañados ..." Mark twain
Re: Sobre cesión de armas.
Hola "elsantoangel"; estoy de acuerdo contigo. Yo también conozco a poseedores de rifles de caza guiados en "A" que los ceden legalmente a cazadores con licencia "D" sin ningún problema. No recuerdo ningún artículo del reglamento de armas donde lo prohiba.
Un saludo
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Re: Sobre cesión de armas.
elsantoangel escribió:yo discrepo, en el RA donde habla de cesion temporal no dice q de "A" no pueda CEDERCE a "D" "F" ó "K" ...
se entiende q entre ambos deben de tener licencia y que el arma debe adaptarse a dichas licencia
el arma de servicio es propiedad del estado, pero la particulares guiadas en "A" NO
Yo le dejo mi escopeta a alguien q tiene "D" donde esta el problema? donde dice el reglemento q no ?
yo dejo mi infinity guiada en "A" a alguien con "F" donde esta el problema? acaso no es un arma de concurso?
el problema vendira cuon ciertas armas y ciertas licencias, tambien depende de quien te atienda en tu unidad si tiene ganas de trabajar, ect
Y que crees que he dicho?? yo tengo armas guiadas en A como armas de concurso...ESTAS SE PueDEN PRESTAR . La que no se puede prestar es la segunda arma,esa que es particular y va vinculada a la primera arma.Esa que "vuela" si te retiran el arma de servicio. conozco el caso de unos compñaeros que se "prestaron" la segunda arma y cumplimentaron el impreso de quince dias.Les adverti que eso no se podia hacer y poco mas que me dijeron que no me enteraba.Luego ellos SI se enteraron cuando "aparecio" la GC.
Re: Sobre cesión de armas.
SÍ, siempre y cuando el arma sea un arma de concurso y guiada como tal a la vista de certificado de la Federación (sea con Licencia A o F)
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Re: Sobre cesión de armas.
PROFESIONAL escribió:elsantoangel escribió:yo discrepo, en el RA donde habla de cesion temporal no dice q de "A" no pueda CEDERCE a "D" "F" ó "K" ...
se entiende q entre ambos deben de tener licencia y que el arma debe adaptarse a dichas licencia
el arma de servicio es propiedad del estado, pero la particulares guiadas en "A" NO
Yo le dejo mi escopeta a alguien q tiene "D" donde esta el problema? donde dice el reglemento q no ?
yo dejo mi infinity guiada en "A" a alguien con "F" donde esta el problema? acaso no es un arma de concurso?
el problema vendira cuon ciertas armas y ciertas licencias, tambien depende de quien te atienda en tu unidad si tiene ganas de trabajar, ect
Y que crees que he dicho?? yo tengo armas guiadas en A como armas de concurso...ESTAS SE PueDEN PRESTAR . La que no se puede prestar es la segunda arma,esa que es particular y va vinculada a la primera arma.Esa que "vuela" si te retiran el arma de servicio. conozco el caso de unos compñaeros que se "prestaron" la segunda arma y cumplimentaron el impreso de quince dias.Les adverti que eso no se podia hacer y poco mas que me dijeron que no me enteraba.Luego ellos SI se enteraron cuando "aparecio" la GC.
Hola.
Me permito "resucitar" este hilo, después de haber repasado las casi ocho páginas que salen de la búsqueda "cesión de arma".
Con mi "F de tercera" recién estrenada, y la previsible compra de una .22 para ir aprendiendo, me haría pero que muy feliz saber que algunos de mis amigos con licencia "A" podrían prestarme de vez en cuando sus armas (no las de servicio, claro) para practicar en la galería.
Ahora bien, ¿cómo es lo de guiar en A como arma de concurso?. ¿Basta con que se trate de un arma de las que está en la lista que publicó la Orden INT/56/2011, de 13 de enero, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia de armas "F", son consideradas de concurso? ¿Lo tiene que certificar la Federación?. ¿Lo tiene que pedir el titular cuando adquiere o registra el arma?.
Adjunto la relación de armas que recoge la Orden:


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Re: Sobre cesión de armas.
En mi IA... Para una walther GSP me acaban de decir que no puedo guiarla hasta que me den un certificado de arma de concurso! Un arma que lleva siendo guiable en F los ultimos 40 años?????? Que ha pasado por 3 manos con licencia F!!!! Así que me imagino que si no la puedo guiar.... Menos podré prestar un arma guiada en A para alguien Con F!!!!
O por lo menos no en mi intervencion
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