CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

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Juan007
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CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Juan007 » 21 Jun 2012 20:53

Hola, haber si me podeis aclarar lo siguiente: Cuando compro una pistola y la guio con "F", la GC me pide un certificado de homologacion de ese arma para tiro deportivo. Esa misma pistola, la vendo a un compañero de club y tiene que sacar un nuevo certificado de homologacion, o sea 15€ mas para la federacion. Es asi en toda España o solo en Cadiz? gracias y salu2

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Buen_tirador
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Buen_tirador » 21 Jun 2012 20:58

Se llama Certificado de Arma de Concurso.

Segun lo que comentas. Solo en Cadiz.

Si un arma esta guiada en F, al transferirla no es necesario que saques un nuevo certificado.

Yo todas las que he guiado con este criterio, no he tenido que sacar de nuevo el certificado y pasar por caja.

En Cordoba, yo nunca he pagado. Ahora no se si hay que pagar.

Un saludo al foro.
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor jrdc1 » 23 Jun 2012 00:28

Buenas!

En Barcelona:

Una S&W41 de enésima mano, comprada en tienda: certificado
Otra S&W41, la del club: me dieron la guía en el club; no se si hicieron el certificado, pero desde luego no me lo cobraron
Un S&W686-2 de subasta: no certificado.
Una CZ75 Shadow de tienda: certificado
Una Taurus PT1911 de tienda: certificado

Mi conclusión: o son de procedencia "interna" o siempre piden certificado.

Saludos

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor marchoso » 23 Jun 2012 09:19

Saludos Compañero.
En el único sitio de Andalucía que hemos tenido constancia de que se exigía esto era Almería y digo Era ya que lo denunciemos a la ICAE.
Indicándonos los mismo las medidas adoptadas al respecto.
Solo se requerirá dicho certificado cuando el arma estuviese guiada en F cuando el arma en cuestión fuese fehacientemente no denominada como de concurso, es decir un 2” con el único fin de aclarar dicho motivo.
Leer por favor lo que indica este artículo 35 F:
Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.
Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
A) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
B) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
C) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.
D) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico.
E) A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
F) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.
G) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
H) Al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.
I) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.
K) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes.
Cualquier cosa que os encontréis fuera de lo normal, por favor comunicarlo a Anarma nosotros informaremos al organismo pertinente.
Un saludo
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Odin2 » 23 Jun 2012 15:06

.
Última edición por Odin2 el 26 Jul 2012 20:48, editado 1 vez en total.

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Buen_tirador » 23 Jun 2012 15:38

Odin2 escribió:¡ Hola Marchoso !
Una pregunta ¿ este articulo 35 corresponde a la Constitución ?
Gracias, saludos


Que cachondo.

Un saludo al foro.
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor marchoso » 23 Jun 2012 16:01

Odin2 escribió:¡ Hola Marchoso !
Una pregunta ¿ este articulo 35 corresponde a la Constitución ?
Gracias, saludos

Saludos compañero.
Es la Ley de Administraciones Públicas.
Y dice textualmente no se requerirá documentos ya aportados por el ciudadano a la administración.
Un saludo
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor skiner » 23 Jun 2012 18:45

marchoso escribió:
Odin2 escribió:¡ Hola Marchoso !
Una pregunta ¿ este articulo 35 corresponde a la Constitución ?
Gracias, saludos

Saludos compañero.
Es la Ley de Administraciones Públicas.
Y dice textualmente no se requerirá documentos ya aportados por el ciudadano a la administración.
Un saludo


Vice me fastidia corregirte :lol: :lol: :lol: :lol:. Pero lo importante es el "o que ya se encuentren en poder de la administración actuante"

Saludos

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor marchoso » 23 Jun 2012 20:09

Saludos Skiner.
Cuando haya que corregir se corrige jejeje.
Lo que ocurre es que intento atender todo a la vez y …. Se me va.
Efectivamente como bien dice el amigo Skiner.
Si ya has presentado la documentación para guiar el arma y cada vez que se trasfiera dicha arma no sería necesario.
Un saludo
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor eagershoot » 23 Jun 2012 20:21

En intervencion de jaen me han vuelto a pedir certificado teniendolo ya,dos veces ademas.
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor marchoso » 23 Jun 2012 20:23

Completamente ilegal.
comentanoslo con detalle y si tiene documentacion al respecto en info@anarma.org
Un saludo
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor ARMONICA » 23 Jun 2012 21:38

Bien sabes Marchos que en Almeria se soluciono gracias al buen escrito que hicistes y presente en la I.A el problema quedo bien solucionado, una vez mas se demuestra el gran interes de ANARMA a que nuestros derechos sean representados y defendidos, una vez mas gracias y felicitaros por la gran labor que realizais en nuestra defensa.

Un saludo.

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Juan007 » 23 Jun 2012 21:43

Muchas gracias a to2, por vuestras aclaraciones.
Salu2

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor Juan007 » 07 Jul 2012 11:20

Muy agradecido por las aclaraciones :apla:
Salu2

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor CHAMACO » 07 Jul 2012 11:34

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. :caba:

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor CHAMACO » 07 Jul 2012 11:38

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.
Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
A) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
B) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
C) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.
D) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico.
E) A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
F) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.
G) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
H) Al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.
I) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.
K) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes.

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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor guyweisz » 07 Jul 2012 13:27

CHAMACO escribió:Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 35. Derechos de los ciudadanos.
Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:
A) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.
B) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
C) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.
D) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico.
E) A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
F) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.
G) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
H) Al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos previstos en la Constitución y en ésta u otras Leyes.
I) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
J) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.
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Re: CERTIFICADO DE HOMOLOGACION

Mensajepor jcgppp » 24 Abr 2014 14:13

A mi me han dicho en IA que si el arma está guiada por ejemplo con A, para poder guairla en F es necesario el certificado de la federación para la referida arma, creo que es correcto, por lo leido.


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