...Ampliación de cupo.

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...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 26 Dic 2010 23:49

...Mi pregunta es fácil. Y prometo que las respuestas que encontrado en el foro, NO CONCUERDAN, con las que me ha dado mi interventor. ( un tio muy majo, por cierto)
...Solicité información sobre el aumento de cupo del 22lr y del 17hrm en mi intervención. Calibres anulares que no puedo recargar.

Respuesta del interventor:

1º Como ud no tiene EXPEDIDA la licencia "F" (En estos momentos esta solicitada), tiene que esperar a que se le conceda.

y 2º punto y no menos importante.

Como ud, no tiene guiadas armas en "F" ( y es verdad, mis rifles y carabinas estan en "D" y "E")
...NO tiene derecho a aumento de cupo. Y no se le concederá.

...Realmente es así? Si lo es no hay problema, acepto barco!

Pero si no lo es, podeis indicarme una base legal; para formular alegación al respecto.

Muchisimas gracias.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Sergi » 27 Dic 2010 08:41

Pues desafortunadamente para ti, es así. El cupo solo te lo concederan de aquellas armas que esten guiadas con la licencia F. Si la tienes pedida, pero no concedida todavía, hasta que no se te conceda no podrás pedir el aumento de cupo. Por otro lado, deberás justificar el motivo del aumento de cupo, pero eso ya es otra historia.

Un saludo.

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor marchoso » 27 Dic 2010 15:00

Gracias sergi, por tu aclaracion.
Una vez obtengas la licenca F en mano, te puedo facilitar el escrito de solicitud.
Un saludo.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 27 Dic 2010 15:13

...Mi gozo en un pozo!

...Gracias a los 2. ;-)

marchoso escribió:Gracias sergi, por tu aclaracion.
Una vez obtengas la licenca F en mano, te puedo facilitar el escrito de solicitud.
Un saludo.


...Teniendo la "F" en mano, sin armas guiadas con ella, estamos igual no?

PD: Abro otro hilo para el tema tirador de segunda.

Salut. Y muchas gracias.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor marchoso » 27 Dic 2010 15:16

Efectivamente F en mano y armas guiadas.
Un saludo
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Farnacho » 27 Dic 2010 15:27

Hola Burbaies

Como ya te han comentado los compañeros, sin la F lo tienes crudo.

Como la maravillosa legislación que tenemos, no contempla que uno pueda ir cuando le apetezca con SUS armas, a SU club de tiro a disfrutar disparando, ni se le pasa por la cabeza otorgarte el privilegio de comprar más munición que la que te toca en tu cartilla de racionamiento.

Tan solo con la licencia F, que es para tiro deportivo o tiro olímpico, te pueden conceder un aumento de cupo de munición. Pero atención, tiene que ser para armas que tengan la consideración de armas de concurso, y sólo para calibres que tengan la misma consideración. Además, tendrás que argumentar muy bien el número de cartuchos que necesitas para entrenar y para competir.

En definitiva, y como siempre, la Administración lo que persigue con todo este rollo macabeo es que te aburras y te quedes en tu casa viendo la tele... pero ten ánimo, que presentando toda la documentación que te piden, al final te concederán la ampliación de cupo. A mi me la dieron...

Un saludo y no desfallezcas

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 27 Dic 2010 15:54

...Gracias compañero Farnacho.

...Pues seguiremos esperando la dichosa "F" solicitada a mediados de octubre, unos meses mas.

...Menos mal que termina el año ( natural) y en enero ya podre comprar mil unidades mas del 22 y del 17. Las de mi club, no van muy finas en mi cañon. Y 17 no hay ( NO existe... ezoo que éeeee?¿?¿?) :shock:
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor skiner » 27 Dic 2010 17:53

No se cuando se lo pregunto a su interventor pero a dia de hoy se puede solicitar incremento de cupo para las armas guiadas con cualquier licencia.

Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.
1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta inmediata de la compra a la Intervención de Armas y Explosivos territorial.

En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, y efectuando las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo:

1. El personal de las empresas de seguridad y los guardas particulares de campo podrán adquirir los cartuchos de dotación, reposición de los utilizados en el ejercicio de sus cometidos específicos, ejercicios de tiro reglamentarios y para la obtención de licencias tipo C, según se establece en la normativa específica de aplicación. Las autorizaciones de adquisición de cartuchería serán expedidas por las Intervenciones de Armas y Explosivos de las correspondientes Zonas de la Guardia Civil y tendrá una validez de un año.
2. Los organismos o Cuerpos de los que dependa el personal reglamentariamente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y la persecución de la criminalidad podrán adquirir los cartuchos necesarios para la dotación, realización de los ejercicios de tiro reglamentarios, y practicas de los equipos de tiro constituidos formalmente. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil
3. Los Centros de Formación que deseen adquirir la cartuchería necesaria para las prácticas de sus actividades docentes, deberán de estar provistos de un permiso especial expedido por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, cuya validez será de un año. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería y de las armas debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
4. El personal en posesión de licencia F podrá adquirir para su consumo un número ilimitado de cartuchos siempre que lo haga en las propias instalaciones de las Federaciones y sin que pueda sacarlos del recinto de estas. Las Federaciones adoptarán las medidas de control adecuadas para evitar que dichos cartuchos puedan salir al exterior. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida a los Clubes o Federaciones por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
5. Si el particular en posesión de licencias A, B, D o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
6. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de 10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres. Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas cantidades.
4. Podrá adquirirse un número ilimitado de cartuchos de caza no metálicos. En ningún caso podrá tenerse en depósito un número superior a 5000 unidades de esta clase de cartuchos.


Saludos

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 27 Dic 2010 19:08

...Compañero Skiner, así la cosa cambia.

Cambia relativamente, ya que según leo tu post NO veo la licencia E, en la cual tengo guiadas mis carabinas del 22.

no obstante si veo posibilidad de ampliación de cupo sin tener la "F", a mis carabinas del 17hrm, y 308 por estar guiadas en "D".

...Corregidme si me equivoco, por favor.
Salut.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor topp » 27 Dic 2010 23:48

efectivamente yo siempre lo he oido y me lo han aconsejado ya que tengo todas las armas con la D.. Es cojerte el reglamento en mano y a la intervencion no te tienen que poner ninguna pega y pedir los 5000 cartuchos que te corresponden si tienes que alegar alega que eres cazador y cazas todo el año a nivel mundial...
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 27 Dic 2010 23:59

...compañero topp, desgraciadamente yo no tengo ninguna carabina del 22 guiada en "D". Osea que segun el reglamento no puedo pedir aumento de cupo del calibre 22.

Puedo pedir del calibre 17 y del 308.Pero no del 22.

Es así?

Saludos
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Sergi » 28 Dic 2010 18:39

Como dice Skiner, se puede pedir aumento de cupo teniendo A, B, D o F, otra cosa es que te lo concedan la cual cosa es prácticamente imposible si no lo solicitas a través de la F, és decir, si no estás federado y pagas un club de tiro. El procedimiento que emplean es simple, tienes que rellenar una solictud explicando el porqué solicitas el aumento de cupo la cual cosa tampoco es fácil ya que en muchos campos de tiro venden munición y por lo tanto no tiene sentido (según ellos) que pidas aumento de cupo ya que la puedes comprar y la debes gastar durante ese mismo día. Si tienes un rifle que empleas para caza, por supuesto puedes pedir aumento de cupo, pero, quien se va a creer que haces más de 1000 disparos en una temporada cazando, y si lo empleas en un campo de tiro volvemos al pez que se come la cola, 1000 disparos son muchos disparos (unos 20 disparos de media a la semana) y además el coste es desmesurado.
En definitiva, en la gran mayoría de los casos el aumento de cupo se concede a aquellos tiradores de arma corta y que pueden justificar que en su club de tiro no venden asiduamente munición. Pero, por supuesto, hay excepciones.

Un saludo.

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Burbaies » 29 Dic 2010 21:23

...Gracias Sergi. Y a todos.

Salut.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Farnacho » 30 Dic 2010 00:14

Skiner, tienes razón, pero pensaba que estábamos hablando de tramitar el aumento de cupo mediante la F. No tengo ni idea de cómo gestionarlo mediante otras licencias, aunque teóricamente parece posible hacerlo.

Saludos

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor karlos35 » 06 Abr 2011 16:06

Hola a tod@s.
Aprovechando este hiloos pregunto una de las mil dudas que tengo en este mundo del tiro,ya que soy menos que novato ya que hasta final de este mes no me examino,bueno mi pregunta es ¿que calibres son los denominados de concurso y que teóricamente no pondrán ninguna pega al pedir aumento de cupo en la I.A?
Un saludo a tod@s.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Sergi » 07 Abr 2011 09:28

Calibres de concurso hay muchos, tanto de arma larga como de arma corta, aunque de arma corta menos. El problema no es ese, el problema está en lo que comentaba en este mismo hilo. Además, vas a examinarte a final de mes para la F y ya quieres pedir aumento de cupo, no vas demasiado rápido.

Un saludo.

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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor karlos35 » 07 Abr 2011 09:48

Hola a tod@s
Lo del aumento de cupo es por curiosidad,en principio tenia un calibre pensado para mi primer arma y resulta que como no hay nunguna competicion con este calibre la IA no me lo concederia,no quiero comprarme un arma que luego solo tenga 100 balas de cupo ya que mi club no vende esa municion,para evitar esto he pensado en cambiar de calibre,por eso preguntaba que calibres quitando el 22,no me pondrían pegas,creeme que no tengo ninguna prisa,lo que no tengo es nada de información ya que vuelvo a repetir que estoy muuuuuuuuuuuuuuu verde en esto del tiro.
Un saludo.
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Re: ...Ampliación de cupo.

Mensajepor Sergi » 07 Abr 2011 20:10

Cualquier munición de arma corta tiene de cupo 100 cartuchos al año. Si quieres disponer de más cartuchos tienes la posibilidad de comprarte un arma larga que dispare el mismo calibre. Por ejemplo puedes comprarte un carabina del .22 o una destroyer del 9mm parabellum, también hay armas largas en calibre 357 magnum y en 44 magnum.

Un saludo.


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