NUEVO REGLAMENTO LISTO

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Brubaker » 01 Nov 2011 14:33

No me canso de aplaudir :apla:
Gracias por pasar la info de comando actualidad, estaremos atentos a la pantalla. Al final si la gente decente no tiene respaldo y defensa ante injusticias, es el caos. Esto lo tiene que comprender le guste o no cualquier gobierno. La gente de orden debe prevalecer para que se mantenga el mismo estado.
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SamColt
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor SamColt » 01 Nov 2011 16:05

Hola,la verdad que recuerdo que lo comentamos Guy, y se me ha solucionado satisfactoriamente.

Si hubiese ido por libre seguramente me hubiesen toreado.

Claro que una NRA es posible, aunque no sea identica,pues las leyes de alli y de aqui no se parecen en nada,pero más vale luchar por lograr más libertades que refunfuñar y no hacer nada, no?

ANARMA esperemos sea algun dia una muy gran asociación,y cierto,en 1 año se ha hecho mucho más que otros en más tiempo.

ANARMA ahora y siempre.

Saludos

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fjhc1975
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor fjhc1975 » 24 Nov 2011 18:22

Lasaga escribió:Lo daba por finiquitado pero, como hay tertulianos que quieren seguir con el tema, me veo en la necesidad de hacer un apunte más. Espero que sea el último.

Dice "jfjc1975" que si alguien cumple con su condena y resarce a sus víctimas, puede solicitar en el plazo correspondiente la cancelación de antecedentes y solicitar la licencia de armas oportuna siempre que cumpla con el resto de los requisitos a reunir.

Efectivamente. Conforme a Derecho, si alguien cumple condena y resarce a sus víctimas puede solicitar la cancelación de antecedentes.

Ahora bien: Tejero eludió la mayor parte de las indemnizaciones declarándose insolvente. Por no pagar, no pagó ni el artesonado de madera del techo del Congreso que destrozó a tiro limpio, según se publicó en prensa. Y no hablemos ya del resarcimiento del daño moral causado a tod@s l@s demócratas. Que haberlos haylos.

Salu2.



buenas, hacía tiempo que no entraba en el post, pero visto el comentario de lasaga creo que por alusiones debo contestar ( dicho sin tiranteces y sólo por el mero hecho de comentar).

Respecto a si lo digo o no lo digo, por desgracia no soy yo quien establece las normas ni la forma de acogerse a la cancelación de los antecedentes penales sino que son, como mínimo las siguientes normas, las que lo determinan:

Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre Código Penal, artículos 136 y 137(B.O.E de 24 de noviembre)

Real Decreto 2012/1983, de 28 de julio, sobre cancelación de antecedentes penales (B.O.E Nº 181, de 30 de julio)

Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, (B.O.E de 7 de octubre)

Orden de 29 de octubre de 1996, de delegación de atribuciones.

Real Decreto 3096/1973 del Código Penal para los antecedentes penales que subsistan no revisados por la Ley Orgánica 10/95

Y como dije antes, me puede parecer bien o mal, pero prefiero unos criterios objetivos que no dejarlo al libre "albedrío" o a los sentimientos del personal.

En otro orden de cosas, no pertenezco a ANARMA, pero me parece de recibo reconocer que su actuación nos está "abriendo puertas" a los demás.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Lasaga » 25 Nov 2011 15:01

Buenas tardes.

Estamos hablando de lo mismo pero desde diferentes ópticas.


Para la cancelación de los antecedentes penales se necesitan, según la legislación vigente, los siguientes requisitos:

1.- Que el afectado haya extinguido la responsabilidad penal y las responsabilidades civiles si las hubiera derivadas de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal sentenciador, salvo que el reo hubiere venido a mejor fortuna.
2.- Se puede solicitar la cancelación siempre que hubieran transcurrido los siguientes plazos desde que se cumplió la sentencia:

- 6 meses para las penas leves.
- 2 años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- 3 años para las restantes penas menos graves.

- 5 años para las penas graves.



Con otras palabras, no basta con haber afrontado las responsabilidades penales, sino que hay que encarar también las civiles en forma de indemnizaciones a las víctimas si las hubiese.

Declararse insolventes, como hacen algunos, para evitar el pago de las multas o que las afronten terceros por ellos con ingenua solidaridad no parece lo más edificante. Sobre todo cuando algún astuto, que jamás ha pedido por cierto perdón a sus víctimas, tiene un piso de 150 m² en Madrid y un apartamento playero de casi 100 m² en Málaga.

Saludos cordiales.


fjhc1975 escribió:Por desgracia no soy yo quien establece las normas ni la forma de acogerse a la cancelación de los antecedentes penales sino que son, como mínimo las siguientes normas, las que lo determinan:

Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre Código Penal, artículos 136 y 137(B.O.E de 24 de noviembre)

Real Decreto 2012/1983, de 28 de julio, sobre cancelación de antecedentes penales (B.O.E Nº 181, de 30 de julio)

Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, (B.O.E de 7 de octubre)

Orden de 29 de octubre de 1996, de delegación de atribuciones.

Real Decreto 3096/1973 del Código Penal para los antecedentes penales que subsistan no revisados por la Ley Orgánica 10/95

Y como dije antes, me puede parecer bien o mal, pero prefiero unos criterios objetivos que no dejarlo al libre "albedrío" o a los sentimientos del personal.
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor fjhc1975 » 25 Nov 2011 15:38

Buenas tardes de nuevo Lasaga

Es cierto como tu dices que hay gente que se declara insolvente para evitar el pago y puede ser, o no, edificante ello, pero como poder, se puede cancelar los antecedentes penales. Ahora bien, es cierto que algunos "insolventes" mantienen propiedades y no resarcen ni las inmdenizaciones ni los daños causados. Tambien es cierto que los bienes sean propiedad de algún familiar ( conyuge, hijos, etc.).

Es lo bueno y lo malo de tener leyes, que algunas nos gustan, otras no, peor por lo menos evitamos que la "masa furibunda" sea quien tome la justicia por su mano.

Y como colofón decir que me agrada que se tomen a bien mis palabras y sean rebatidas con mesura ( que últimamente hay foreros que se dejan llevar por las pasiones)

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor manchego2010 » 25 Nov 2011 16:50

Lasaga escribió:Para la cancelación de los antecedentes penales se necesitan, según la legislación vigente, los siguientes requisitos:
1.- Que el afectado haya extinguido la responsabilidad penal y las responsabilidades civiles si las hubiera derivadas de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el Juez o Tribunal sentenciador, salvo que el reo hubiere venido a mejor fortuna.
2.- Se puede solicitar la cancelación siempre que hubieran transcurrido los siguientes plazos desde que se cumplió la sentencia:
- 6 meses para las penas leves.
- 2 años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- 3 años para las restantes penas menos graves.
- 5 años para las penas graves.


Esa no es la redacción vigente del art. 136.2 del Código Penal, sino la que transcribo (y también el apartado 3), según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre:

2. Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables:

1. Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el juez o tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso previsto en el artículo 125 será suficiente que el reo se halle al corriente de los pagos fraccionados que le hubieran sido señalados por el juez o tribunal y preste, a juicio de éste, garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada.

2. Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves.

3. Estos plazos se contarán desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, pero si ello ocurriese mediante la remisión condicional, el plazo, una vez obtenida la remisión definitiva, se computará retrotrayéndolo al día siguiente a aquel en que hubiere quedado cumplida la pena si no se hubiere disfrutado de este beneficio.

En este caso, se tomará como fecha inicial para el cómputo de la duración de la pena, el día siguiente al del otorgamiento de la suspensión.


No es necesario haber extinguido las responsabilidades civiles, solo que el reo se halle al corriente de los pagos fraccionados y prestar garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Lasaga » 25 Nov 2011 17:54

Buenas tardes, Manchego. Tiempo sin leerte.


Obviamente, he hecho un resumen de la legalidad vigente para no cansar en exceso al lector.

Por otra parte, cuando se pide a un reo "prestar garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada", se está asegurando de facto el cobro de la deuda contraída por responsabilidad civil. El pago fraccionado es, en estos casos, una facilidad formal con certidumbre de ingreso.

Conviene recordar, a estos efectos, el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, aprobado por mayoría de 15 a 2 en 2005, sobre el pago fraccionado en lo que a la progresión de grado penitenciario respecta: "Tal variable comporta la plena asunción de la responsabilidad delictiva y una inequívoca voluntad de reparación del daño causado por el delito (...) de los penados condenados por la comisión de delitos cuyo móvil único o principal haya sido el ánimo de lucro".

Cuando se trata de otro tipo de delitos (como el que aquí nos ocupa) los jueces piden garantías para el pago fraccionado que, en la práctica, lo convierten en extinción anticipada de responsabilidad civil. Estamos hablando de lo mismo desde ópticas complementarias.

Salu2.
Última edición por Lasaga el 25 Nov 2011 22:19, editado 2 veces en total.
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor fjhc1975 » 25 Nov 2011 22:14

Bueno, y no nos olvidemos del indulto.

Espero no teneros como "contricantes" en algún proceso... ya que eso haría que tuviera que trabajar mucho

Saludos

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor manchego2010 » 26 Nov 2011 12:05

Lasaga escribió:Obviamente, he hecho un resumen de la legalidad vigente para no cansar en exceso al lector.


Buenas, Lasaga. Un placer leerte siempre, y totalmente de acuerdo contigo. Era solo por puntualizar que podían estar pendientes de pago aunque si está garantizado el pago aplazado.

fjhc1975 escribió:Bueno, y no nos olvidemos del indulto.


Sobre todo si tienes la suerte de ser Vicepresidente y Consejero Delegado de algún Banco... En esos supuestos, es una forma de extinción de la responsabilidad muy habitual en el derecho español. Incluso con el informe desfavorable del tribunal sentenciador.

Allá van leyes do quieren reyes... decía el refrán. (Ya no ocurre eso, actualmente: Allá van leyes do quieren consejos de ministros).

Pero vamos, no se preocupen. Estamos en un estado democrático de Derecho (art. 1) en el que la Constitución garantiza la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3).

Bueno, ya hablando en serio, la concesión del indulto extingue la pena (art 130.1.4 del C. Penal), pero no lleva aparejada la cancelación del antecedente penal; no lo prevé así la Ley de 18 de junio de 1870, por la que se establecen reglas para el ejercicio de la Gracia de Indulto, que en su artículo 6 dispone que "El indulto de la pena principal llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, a excepción de las de inhabilitación para cargos públicos y derechos políticos y sujeción a la vigilancia de la autoridad, las cuales no se tendrán por comprendidas si de ellas no se hubiese hecho mención especial en la concesión. = Tampoco se comprenderá nunca en ésta la indemnización civil." así que hay que dejar transcurrir el plazo correspondiente desde la extinción de la pena, ya que como es sabido, el antecedente no es una pena accesoria.
Última edición por manchego2010 el 26 Nov 2011 12:52, editado 3 veces en total.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor manchego2010 » 26 Nov 2011 12:26

fjhc1975 escribió:Respecto a si lo digo o no lo digo, por desgracia no soy yo quien establece las normas ni la forma de acogerse a la cancelación de los antecedentes penales sino que son, como mínimo las siguientes normas, las que lo determinan:

(...)

Real Decreto 2012/1983, de 28 de julio, sobre cancelación de antecedentes penales (B.O.E Nº 181, de 30 de julio)


No tiene importancia, pero para evitar errores, significar que el Real Decreto 2012/1983, de 28 de julio, sobre cancelación de antecedentes penales fue derogado por la Disp. Derogatoria Única del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor fjhc1975 » 26 Nov 2011 12:43

Es cierto, fallo mío por no corroborarlo antes.

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Aprobada la reforma de la Ley de Armas en Francia

Mensajepor juandaustria » 13 Dic 2011 19:54

Al fin el Senado francés ha aprobado la reforma de la Ley de Armas dando en el diez de la diana. Os transcribo traducido el texto que recibí hace unos días de la asociación Guillermo Tell dando cuenta de la reforma que ha sido un éxito absoluto pues endurece extraordinariamente las penas a los delincuentes mientras protege y simplifica la vida a los ciudadanos honrados que deseen tener armas de fuego para el deporte, la caza, el coleccionismo, etc. Envidia me da el país vecino con su Ley de Armas, no nuestro chusco reglamento redactado por oscuros funcionarios al servicio del partido de turno y a los que nadie elije. A ver si con el cambio de aires político, van tomando nota los mandamases de turno de lo que significa la palabra DEMOCRACIA y al menos copian lo que hacen sus colegas franceses.

Ahora va el texto:


Nota de prensa del Comité Guillermo Tell, 8 de diciembre de 2011

“Reforma de la ley de armas: los senadores dan en el blanco”

El Comité Guillermo Tell, que representa a dos millones de usuarios legales de armas de fuego en Francia, defiende en su totalidad la excelente reforma de armas que acaba de ser aprobada por unanimidad en el Senado el pasado 8 de diciembre de 2011.
Merece la pena destacar el sentido común del que han hecho gala el Gobierno y los diputados de izquierda y de derecha votando una reforma valiente que da plenamente en el blanco.
Por primera vez desde hace 20 años al fin tenemos una reforma legislativa que endurece de forma considerable las sanciones penales contra los traficantes de armas y los delincuentes que poseen y utilizan armas de fuego ilegales. Al mismo tiempo, hemos conseguido un texto equilibrado que simplifica y esclarece la ley para cazadores, tiradores deportivos, amantes del tiro al plato, coleccionistas, armeros y los fabricantes en materia de adquisición, tenencia y transporte de armas de fuego. No cabe duda de que aún quedan algunas imperfecciones que serán objeto de revisión en la Asamblea Nacional próximamente.
Tras las violentas reacciones que siguieron a la votación de la Asamblea Nacional en enero pasado, el Comité Guillermo Tell no ha dejado de negociar con el ministro del Interior, señor Claude Guéant y los miembros de su gabinete, con la Presidencia del Gobierno en el Elíseo, con el ponente de la Comisión de leyes, señor Antoine Lefèvre y con los portavoces del Partido Socialista Francés (PSF) señor Jean-Jacques Mirassou y de la Unión para un Movimiento Popular (UMP), señor Ladislas Poniatowski respectivamente.
El Comité ha apreciado especialmente el pragmatismo del presidente de la Comisión de leyes, señor Jean-Pierre Sueur y de los presidentes de los grupos políticos en el Senado que han sabido confiar en sus colegas parlamentarios y en las personas cercanas al mundo de la caza para elaborar con gran sensibilidad esta proposición de ley de seguridad pública.
Tras varios meses de intensas negociaciones, los miembros del Comité, del ministerio del Interior y los diputados de izquierda y derecha han llegado a un compromiso mediante el cual se ejercita un aumento de la represión contra los delincuentes al tiempo que se establece un profundo respeto hacia los usuarios legales de armas de fuego.
Esta nueva redacción del artículo 1 que divide la clasificación de armas de fuego en cuatro categorías despeja la ambigüedad, sobre todo para los tiradores de armas deportivas, entre las armas prohibidas y las armas que requieren autorización. En los artículos 2 y 8, la situación de los coleccionistas se amplia y refuerza con medidas que van en el buen sentido cuando antes estaba prevista su supresión. El artículo 3 precisa la adquisición y tenencia de armas de todas las categorías y se suprimen las nuevas obligaciones que aparecían en la Asamblea Nacional relativas la tenencia de carabinas de caza.
Se confirma la eliminación del artículo 4 referente a la licencia de armas. Asimismo, desaparecen otras medidas similares incluidas en el artículo 5 en beneficio de la puesta en marcha operacional de los ficheros AGRIPA y FINIADA (prohibición de armas). Respecto al aspecto penal establecido en los artículos 9 al 33, se produce un reajuste y endurecimiento de penas contra los delincuentes y contra todos aquellos que cometen delitos con un arma ilegal.
El Comité agradece el esfuerzo realizado por el Ministerio del Interior y la Cancillería para que el resto de las medidas y el dictamen de los jueces encajen de manera más clara en el dispositivo penal. El objetivo es evitar que, en caso de una infracción y bajo el pretexto de ser portadores de armas, los poseedores legales de armas de fuego sean víctimas de un doble delito.
La nueva redacción del artículo 32 también suprime la ambigüedad en la que se encontraban los cazadores y los tiradores de armas deportivas respecto al transporte legítimo de sus armas.
A pesar del gran número de noticias publicadas sobre los últimos y dramáticos acontecimientos producidos por el uso repetido de armas de guerra ilegales, los senadores de izquierda y derecha y el Gobierno han sido capaces de separar las cosas comprometiéndose con una reforma que ahora deberá votarse en la Asamblea tan pronto como sea posible.

Para más información contactar con:
Thierry Coste: 0033 6 80 87 77 05
Secretario General del Comité Guillermo Tell
Email: thierry.coste@accesyst.com

El Comité Guillermo Tell está formado por la Federación Nacional de cazadores (FNC), la Federación Francesa de Tiro (FFTir), la Federación Francesa de Tiro al plato (FFBT), la Asociación Nacional para la Defensa de los Tiradores Amateurs y Coleccionistas de Armas (ANTAC), la Cámara Sindical Nacional de Armerías Profesionales (CSNAP) y la Cámara Sindical Nacional de Fabricantes y Distribuidores de Armas, Municiones, Equipos y Accesorios para la Caza y el Tiro Deportivo (SNAFAM).

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Jracing » 13 Dic 2011 22:18

QUE ENVIDIA!

Y que patética nuestra situación.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Montelongo » 14 Dic 2011 09:44

Hola:

"El Comité Guillermo Tell, que representa a DOS MILLONES de usuarios legales de armas".

Nosotros hemos sido y seguiremos siendo DOS MILLONES de pequeñas tribus.

Esto es lo que yo encuentro patético e irreparable.

Como ven hoy resumo optimismo.

Saludos.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Ermitanio » 14 Dic 2011 11:25

Montelongo escribió:Hola:

"El Comité Guillermo Tell, que representa a DOS MILLONES de usuarios legales de armas".

Nosotros hemos sido y seguiremos siendo DOS MILLONES de pequeñas tribus.

Esto es lo que yo encuentro patético e irreparable.

Como ven hoy resumo optimismo.

Saludos.


Aparte de nuestros necios políticos y legisladores ÉSE es nuestro GRAN PROBLEMA. Que aquí cada cual lucha (Si es que lo hace) por su cuenta. :oops:

Saludos...
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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor juandaustria » 14 Dic 2011 11:36

Ermitanio escribió:
Montelongo escribió:Hola:

"El Comité Guillermo Tell, que representa a DOS MILLONES de usuarios legales de armas".

Nosotros hemos sido y seguiremos siendo DOS MILLONES de pequeñas tribus.

Esto es lo que yo encuentro patético e irreparable.

Como ven hoy resumo optimismo.

Saludos.


Aparte de nuestros necios políticos y legisladores ÉSE es nuestro GRAN PROBLEMA. Que aquí cada cual lucha (Si es que lo hace) por su cuenta. :oops:

Saludos...



Si observais el final de la nota de prensa, observareis que entre otras organizaciones encuadradas en el comité Guillermo Tell francés, están la Federación Francesa de Tiro y la de Plato. Os acordais cuando los sociatas presentaron su bodrio-reglamento el papelón que hizo la Federación Española de Tiro Olímpico y demas federaciones regionales??? Defendieron nuestro deporte con la boca pequeña, de forma reactiva ante el gran clamor producido en todos los estamentos relacionados con el mundo de las armas en España. El problema en nuestro país viene desde la base: unos organismos a los que pagamos todos para que nos representen y que no sirven absolutamente para nada, mas que para fastidiarnos siempre que pueden y pegarse unos cuantos las gran vida a nuestra costa. Mientras las federaciones deportivas españolas sean lo que son, poco o nada podremos hacer. Son cómplices del poder de turno porque son el modus vivendi de unos cuantos listillos.

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Orion » 14 Dic 2011 11:55

Endurecimiento de leyes contra los delincuentes que usan armas ilegales y facilidades para los poseedores legales y honrados. ¿Tan complicado resulta eso para nuestros legisladores?

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Re: NUEVO REGLAMENTO LISTO

Mensajepor Ermitanio » 14 Dic 2011 12:48

juandaustria escribió:
Ermitanio escribió:
Montelongo escribió:Hola:

"El Comité Guillermo Tell, que representa a DOS MILLONES de usuarios legales de armas".

Nosotros hemos sido y seguiremos siendo DOS MILLONES de pequeñas tribus.

Esto es lo que yo encuentro patético e irreparable.

Como ven hoy resumo optimismo.

Saludos.


Aparte de nuestros necios políticos y legisladores ÉSE es nuestro GRAN PROBLEMA. Que aquí cada cual lucha (Si es que lo hace) por su cuenta. :oops:

Saludos...



Si observais el final de la nota de prensa, observareis que entre otras organizaciones encuadradas en el comité Guillermo Tell francés, están la Federación Francesa de Tiro y la de Plato. Os acordais cuando los sociatas presentaron su bodrio-reglamento el papelón que hizo la Federación Española de Tiro Olímpico y demas federaciones regionales??? Defendieron nuestro deporte con la boca pequeña, de forma reactiva ante el gran clamor producido en todos los estamentos relacionados con el mundo de las armas en España. El problema en nuestro país viene desde la base: unos organismos a los que pagamos todos para que nos representen y que no sirven absolutamente para nada, mas que para fastidiarnos siempre que pueden y pegarse unos cuantos las gran vida a nuestra costa. Mientras las federaciones deportivas españolas sean lo que son, poco o nada podremos hacer. Son cómplices del poder de turno porque son el modus vivendi de unos cuantos listillos.


Sí que me acuerdo, como también me acuerdo cuando desde la federación de caza (Me niego a escribir estas organizaciones con mayúsculas, pues no lo merecen) se aplaudía el nuevo reglamento de armas (Idem que con las federaciones) PORQUE A ELLOS NO LES AFECTABA :shock: :shock: ¡¡¡Tócate los cojones!!! Porque a ellos no les afectaba como colectivo de cazadores, y cuando les afecte a ellos, ¿¿¿Esperarán el apoyo de tiradores y coleccionistas??? Si es que.... :oops: :oops:

Saludos...
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