Perdón por mi ignorancia pero para adquirir una carabina Destroyer (9 mm. Pb. o Largo), ¿me van a exigir el armero de arma larga?. Lo digo porque tengo licencia "F" y armero para arma corta en el cual se podría guardar el cerrojo.
¿Se nota que me jode que darme el capricho me cueste un armario en casa?
Gracias a todos.
¿Necesito armero?
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RE: ¿Necesito armero?
si es como en las licencias d y e no lo necesitas, firmarias un papel como que sabes que lo deberias tener pero que no es asi y como que te haces responsable de lo que le ocurra a tu arma, y seria buena idea guardar cerrojo en el otro armero de cortas, yo no tngo armero para largas, pero guardo lso cerrojos en una pequeña caja fuerte que tengo empotrada aunq no ay mas que los cerrojos y municion
RE: ¿Necesito armero?
Muchas gracias por la respuesta.
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RE: ¿Necesito armero?
Buenas!
Ojo!
Para armas guiadas con la D necesitas un armero homologado, clase I o A según el año de homologación, según el Art. 100.5.a del RA, y la resolución de 26/11/1998 de la Dirección General de la Guardia Civil.
Pero creo que sí puedes guardar una pieza fundamental del arma - lease cerrojo o similar - en un armero de arma corta, siempre que esté homologado como mínimo como clase I o A. Si es de clase III o C, miel sobre hojuelas.
Como siempre, la respuesta correcta en la IA más cercana.
De todos modos, a la que tengas una semiautomática ya verás como se te quitan las ganas de ir trasteando el cierre.
Saludos
Ojo!
Para armas guiadas con la D necesitas un armero homologado, clase I o A según el año de homologación, según el Art. 100.5.a del RA, y la resolución de 26/11/1998 de la Dirección General de la Guardia Civil.
Pero creo que sí puedes guardar una pieza fundamental del arma - lease cerrojo o similar - en un armero de arma corta, siempre que esté homologado como mínimo como clase I o A. Si es de clase III o C, miel sobre hojuelas.
Como siempre, la respuesta correcta en la IA más cercana.
De todos modos, a la que tengas una semiautomática ya verás como se te quitan las ganas de ir trasteando el cierre.
Saludos
RE: ¿Necesito armero?
En mi caso sería por el capricho de una Destroyer que lleva cerrojo, pero si fuese semiatomatico, estarías en lo cierto.
Gracias por la respuesta.
Gracias por la respuesta.
RE: ¿Necesito armero?
Los armeros de arma corta son mas seguros que los de arma larga.
De hecho no te permiten tener un arma corta en armero de arma larga.
Por seguridad basta con que tengas una parte esencial del arma larga en armero.
Dicho esto y teniendo en cuenta que el cerrojo es una parte esencial del arma larga, si la metes en un armero de arma corta estás dentro de la legalidad.
De hecho no te permiten tener un arma corta en armero de arma larga.
Por seguridad basta con que tengas una parte esencial del arma larga en armero.
Dicho esto y teniendo en cuenta que el cerrojo es una parte esencial del arma larga, si la metes en un armero de arma corta estás dentro de la legalidad.
 Si tienes pies anda, si tienes alas vuela, eres libre. No seré yo quien pare tus pasos o corte tu vuelo (Czeta dixit)                              Â
RE: ¿Necesito armero?
Que casualidad que yo estaba pensando en comprar un rifle de cerrojo y en si podría comprar un armero para arma corta y guardar el cerrojo en él.
Pues va a ser que no. Y va a ser que no porque el cañón es pieza fundamental del arma y puedes dar por hecho que no te va a entrar en el armero de arma corta.
No sólo se trata de guardar el cerrojo para que tu hijo por ejemplo no pueda coger el arma y liar una buena, sino de que ante un robo no se te puedan llevar partes importantes del arma como es el cañon también en este caso.
Te lo digo después de haber consultado en la IA de mi localidad.
Aprovecho para preguntar a Abel qué es eso de firmar un papel en el que diga que te haces responsable de ........
¿Dónde te han contado eso?
Necesitas un armero homologado y si no lo tienes estás infringiendo la ley.
Ya sabéis, sanción grave y a preparar pasta.
Salu2
Pues va a ser que no. Y va a ser que no porque el cañón es pieza fundamental del arma y puedes dar por hecho que no te va a entrar en el armero de arma corta.
No sólo se trata de guardar el cerrojo para que tu hijo por ejemplo no pueda coger el arma y liar una buena, sino de que ante un robo no se te puedan llevar partes importantes del arma como es el cañon también en este caso.
Te lo digo después de haber consultado en la IA de mi localidad.
Aprovecho para preguntar a Abel qué es eso de firmar un papel en el que diga que te haces responsable de ........
¿Dónde te han contado eso?
Necesitas un armero homologado y si no lo tienes estás infringiendo la ley.
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RE: ¿Necesito armero?
Buenas!
Fiambre, si pones a buen recaudo el cerrojo, que es pieza fundamental del arma, el resto se ha convertido en una cachiporra más o menos cara. Si te la roban, no podrán hacerla disparar. Claro que podrían fabricar un cerrojo nuevo, pero si tienen conocimientos para ello, también los tienen para fabricar un arma desde cero.
Lo del papel: hay intervenciones, la mia si ir más lejos, en las que para obtener las licencias F y D no necesitas acreditar la posesión de los armeros respectivos, sino que te hacen firmar que conoces la obligatoriedad de guardar las armas así guiadas en dichas cajas. Personalmente lo encuentro más lógico, porque el hecho de obtener la licencia no significa la posesión del arma, sino tu capacidad legal para hacerlo. Si luego te compras el bicho y no lo guardas como debes, que Dios te pille confesado si tienes que ir a la IA a dar cuenta del robo.
Me parece bien que, por una vez, nos traten como a mayores responsables y no como a crios juguetones.
Saludos
Fiambre, si pones a buen recaudo el cerrojo, que es pieza fundamental del arma, el resto se ha convertido en una cachiporra más o menos cara. Si te la roban, no podrán hacerla disparar. Claro que podrían fabricar un cerrojo nuevo, pero si tienen conocimientos para ello, también los tienen para fabricar un arma desde cero.
Lo del papel: hay intervenciones, la mia si ir más lejos, en las que para obtener las licencias F y D no necesitas acreditar la posesión de los armeros respectivos, sino que te hacen firmar que conoces la obligatoriedad de guardar las armas así guiadas en dichas cajas. Personalmente lo encuentro más lógico, porque el hecho de obtener la licencia no significa la posesión del arma, sino tu capacidad legal para hacerlo. Si luego te compras el bicho y no lo guardas como debes, que Dios te pille confesado si tienes que ir a la IA a dar cuenta del robo.
Me parece bien que, por una vez, nos traten como a mayores responsables y no como a crios juguetones.
Saludos
RE: ¿Necesito armero?
Mañana vuelvo a hablar con la IA y te cuento.
Estamos....
salu2
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RE: ¿Necesito armero?
He vuelto a hablar con la IA y hoy otra persona me ha dicho otra cosa diferente, hay que joderse.
El papel sí te lo hacen firmar en esta IA al recoger la licencia, pero no te exime de comprarte el armero al guiar un arma, que a eso quería ir yo.
Respecto a lo del cerrojo en un armero de arma corta, me han recomendado que no, que no me ande con chorradas por la poca diferencia de precio que hay entre el de corta y uno para 4 de larga.
Salu2
El papel sí te lo hacen firmar en esta IA al recoger la licencia, pero no te exime de comprarte el armero al guiar un arma, que a eso quería ir yo.
Respecto a lo del cerrojo en un armero de arma corta, me han recomendado que no, que no me ande con chorradas por la poca diferencia de precio que hay entre el de corta y uno para 4 de larga.
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RE: ¿Necesito armero?
Buenas!
No es por la diferencia de precio; es que si tienes armas cortas te obliga a tener dos cajas, con lo que eso ocupa.
Y sobre el papel... Lo habitual es que el arma te la guie la armería donde la compras; sólo en caso de compra entre particulares existe presencia física en la intervención. Le van a exigir prueba de la existencia de la caja al armero? No, claro. En las intervenciones que quieren prueba de compra, si no hay factura ni certificado de homologación, no hay galletas. En las que te tratan como adulto, firmas el papel y allá tú. Vamos, en Barcelona funciona así.
Saludos
No es por la diferencia de precio; es que si tienes armas cortas te obliga a tener dos cajas, con lo que eso ocupa.
Y sobre el papel... Lo habitual es que el arma te la guie la armería donde la compras; sólo en caso de compra entre particulares existe presencia física en la intervención. Le van a exigir prueba de la existencia de la caja al armero? No, claro. En las intervenciones que quieren prueba de compra, si no hay factura ni certificado de homologación, no hay galletas. En las que te tratan como adulto, firmas el papel y allá tú. Vamos, en Barcelona funciona así.
Saludos
RE: ¿Necesito armero?
Recibido, maestro.
Te pongo lo que dice el boe acerca de la seguridad de las armas en domicilio, extraido de la página oficial siguiente para zanjar lo del cerrojo en caja fuerte,
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1998/28108
Primero.-Las cajas fuertes y armarios o armeros a que se refiere el artículo 100.5.a) del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, para guardar las armas de fuego largas rayadas y los cañones comprendidos en la categoría 2. a 2, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase I establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Segundo.-Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase III establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Por lo que entiendo y está bien claro que para estar en la legalidad si tienes un arma amparada en categoría 2.2, por ejemplo arma rayada de cerrojo, tienes que guardar el cerrojo y también el cañón.
Pero si tienes ese mismo rifle de cerrojo amparado con licencia f de tiro deportivo en modalidad rifle histórico según el artículo segundo debes de guardar igualmente el cerrojo "0" sus partes esenciales, o sea, que según la academia de la lengua te dan a elegir entre guardar el "cañón" o sus partes esenciales, "cañón y cerrojo".
Vamos, que no hay que levantar a Camilo Jose Cela para que nos interprete lo que escrito está, y bien claro, no?
Es bastante absurdo, a que sí? El reglamento de armas tiene muchas lagunas como puedes ver.
Por lo tanto y para terminar:
Si se tiene un arma larga rayada para caza mayor con licencia D se tiene que guardar en armero largo. Otra cosa es que la IA pase del tema
Si se tiene esa misma arma con licencia F se puede guardar parte de ella en uno de arma pequeña.
Al final va a quedar todo más que aclarado. De eso se trata al fin y al cabo,no? de aprender un poco más entre todos.
Salu2
Te pongo lo que dice el boe acerca de la seguridad de las armas en domicilio, extraido de la página oficial siguiente para zanjar lo del cerrojo en caja fuerte,
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1998/28108
Primero.-Las cajas fuertes y armarios o armeros a que se refiere el artículo 100.5.a) del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, para guardar las armas de fuego largas rayadas y los cañones comprendidos en la categoría 2. a 2, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase I establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Segundo.-Las cajas fuertes a que se refiere el artículo 133.2.b) del citado Reglamento de Armas para guardar los cierres o las piezas esenciales de las armas amparadas por licencia F, en domicilios particulares, deberán reunir, al menos, el grado de seguridad clase III establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
Por lo que entiendo y está bien claro que para estar en la legalidad si tienes un arma amparada en categoría 2.2, por ejemplo arma rayada de cerrojo, tienes que guardar el cerrojo y también el cañón.
Pero si tienes ese mismo rifle de cerrojo amparado con licencia f de tiro deportivo en modalidad rifle histórico según el artículo segundo debes de guardar igualmente el cerrojo "0" sus partes esenciales, o sea, que según la academia de la lengua te dan a elegir entre guardar el "cañón" o sus partes esenciales, "cañón y cerrojo".
Vamos, que no hay que levantar a Camilo Jose Cela para que nos interprete lo que escrito está, y bien claro, no?
Es bastante absurdo, a que sí? El reglamento de armas tiene muchas lagunas como puedes ver.
Por lo tanto y para terminar:
Si se tiene un arma larga rayada para caza mayor con licencia D se tiene que guardar en armero largo. Otra cosa es que la IA pase del tema
Si se tiene esa misma arma con licencia F se puede guardar parte de ella en uno de arma pequeña.
Al final va a quedar todo más que aclarado. De eso se trata al fin y al cabo,no? de aprender un poco más entre todos.
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RE: ¿Necesito armero?
Buenas!
Tienes toda la razón. Como decimos por aquí, "a dreta llei" las cosas son así. Que luego una cierta manga ancha nos facilite la vida, mejor que mejor. Pero las armas largas, en su caja de grado A o 1, según sea.
Saludos
Tienes toda la razón. Como decimos por aquí, "a dreta llei" las cosas son así. Que luego una cierta manga ancha nos facilite la vida, mejor que mejor. Pero las armas largas, en su caja de grado A o 1, según sea.
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