Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
CON TODO ELLO LA INTERVENCION DE ARMAS DE LA COMANDANCIA HA DICTADO LAS SIGUIENTES INSTRUCCIONES:
De conformidad con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el marco de lo dispuesto por la Orden de Servicios del Mando de Operaciones 19/2020, las Intervenciones de Armas y Explosivos adoptarán las siguientes medidas temporales de carácter extraordinario con el fin de prevenir y contener la transmisión del COVID-19:
a) El sistema de cita previa queda clausurado durante las fechas de vigencia del estado de alarma. Las citas previas concertadas con anterioridad quedan automáticamente anuladas. Debe comunicarse a los interesados que dichas citas deberán solicitarlas nuevamente una vez finalizada la declaración del estado de alarma.
b) De conformidad con la Disposición adicional cuarta del R.D. 463/2020, quedan suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma, los plazos de prescripción y caducidad de las autorizaciones y licencias de armas establecidos en el Real Decreto 137/1993 por el que se aprueba el Reglamento de Armas, así como sus prórrogas por autorizaciones temporales.
c) Igualmente y de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera del R.D. 463/2020, se suspenden los plazos administrativos para todos los procedimientos administrativos en tramitación, establecidos de conformidad con el Reglamento de Armas, Reglamento de Explosivos y Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el R.D. 463/2020 o, en su caso, las prórrogas del mismo.
No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
d) El artículo 10.3 del R.D. 463/2020 y su Anexo, determina la suspensión de las actividades en galerías de tiro, campos de tiro al plato, de pichón y asimilables, durante la vigencia del estado de alarma, por lo que quedan suspendidos los exámenes, pruebas y competiciones deportivas que se realicen en las citadas galerías o campos.
e) La atención presencial se limitará exclusivamente a dar respuesta a las imprescindibles obligaciones de presentación de documentación por empresas o particulares (fábricas y depósitos de explosivos, talleres de artículos pirotécnicos, sedes y delegaciones de empresas de seguridad privada..., excepto lo preceptuado en el apdo. b) para las licencias de armas), y siempre que no sea posible su realización o sustitución por la presentación telemática.
f) La Orden de Servicios 19/2020 dimanante del Mando de Operaciones establece como servicio NO prioritario el transporte de explosivos, por lo que se flexibilizarán en la medida de lo posible los servicios de “admisión al transporte de explosivos”, sin perjuicio del cumplimiento de otras instrucciones impartidas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
g) Mientras subsista la declaración del estado de alarma, todos los Interventores de Armas y Explosivos se encontrarán a disposición de los Jefes de Zona y Comandancia para cumplir los cometidos que el servicio requiera, sean o no propios de la Especialidad.
De conformidad con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el marco de lo dispuesto por la Orden de Servicios del Mando de Operaciones 19/2020, las Intervenciones de Armas y Explosivos adoptarán las siguientes medidas temporales de carácter extraordinario con el fin de prevenir y contener la transmisión del COVID-19:
a) El sistema de cita previa queda clausurado durante las fechas de vigencia del estado de alarma. Las citas previas concertadas con anterioridad quedan automáticamente anuladas. Debe comunicarse a los interesados que dichas citas deberán solicitarlas nuevamente una vez finalizada la declaración del estado de alarma.
b) De conformidad con la Disposición adicional cuarta del R.D. 463/2020, quedan suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma, los plazos de prescripción y caducidad de las autorizaciones y licencias de armas establecidos en el Real Decreto 137/1993 por el que se aprueba el Reglamento de Armas, así como sus prórrogas por autorizaciones temporales.
c) Igualmente y de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera del R.D. 463/2020, se suspenden los plazos administrativos para todos los procedimientos administrativos en tramitación, establecidos de conformidad con el Reglamento de Armas, Reglamento de Explosivos y Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el R.D. 463/2020 o, en su caso, las prórrogas del mismo.
No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.
d) El artículo 10.3 del R.D. 463/2020 y su Anexo, determina la suspensión de las actividades en galerías de tiro, campos de tiro al plato, de pichón y asimilables, durante la vigencia del estado de alarma, por lo que quedan suspendidos los exámenes, pruebas y competiciones deportivas que se realicen en las citadas galerías o campos.
e) La atención presencial se limitará exclusivamente a dar respuesta a las imprescindibles obligaciones de presentación de documentación por empresas o particulares (fábricas y depósitos de explosivos, talleres de artículos pirotécnicos, sedes y delegaciones de empresas de seguridad privada..., excepto lo preceptuado en el apdo. b) para las licencias de armas), y siempre que no sea posible su realización o sustitución por la presentación telemática.
f) La Orden de Servicios 19/2020 dimanante del Mando de Operaciones establece como servicio NO prioritario el transporte de explosivos, por lo que se flexibilizarán en la medida de lo posible los servicios de “admisión al transporte de explosivos”, sin perjuicio del cumplimiento de otras instrucciones impartidas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
g) Mientras subsista la declaración del estado de alarma, todos los Interventores de Armas y Explosivos se encontrarán a disposición de los Jefes de Zona y Comandancia para cumplir los cometidos que el servicio requiera, sean o no propios de la Especialidad.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Pues a un forero ya le han dicho que haga los tramites on line a través de la web de la guardia civil... Que solo queda exento de la revista de armas, con lo cual eso de esperar a que acabe el covi para renovar me parece que no funciona excepto que haya petado la web de la GC y no se pueda gestionar nada.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
hay alguno que no se entera, el forero seguramente.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Así sí , ahora ya podemos estar todos tranquilos, pero ojo hay que respetar los nuevos plazos para evitar problemas.
Saludos
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Ahora ya es otra cosa... Por que una intervencion lo diga no vale psra nada pero si ha quedado reglejado en el BOE es otro cantar...
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
topp escribió:Ahora ya es otra cosa... Por que una intervencion lo diga no vale psra nada pero si ha quedado reglejado en el BOE es otro cantar...
Saludos Manolo
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Saludos Manolo
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Reincidente escribió:El BOE de hoy ya lo recoge.
Quedan automáticamente prorrogadas por seis meses desde su pérdida de vigencia tanto licencias de armas, como certificados médicos para su obtención o renovación.
Y punto pelota.
Se lleva diciendo tiempo, pero ya verás que todavía vendrá alguno a decir algo de la arbitrariedad de la GC, de su IA, y tonterías varias.... etc....
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
viewtopic.php?f=52&t=1101396&start=10
En este otro hilo el compañero Sako Valmet lo ha puesto tambien, clarito y facil de entender, yo me quedo tranquilo al respecto.
En este otro hilo el compañero Sako Valmet lo ha puesto tambien, clarito y facil de entender, yo me quedo tranquilo al respecto.
Afortunadamente todavia hay PERSONAS VALIENTES Y HONRADAS dispuestas a salir cada día a la calle con armas para proteger la libertad.
Lamentablemente LOS COBARDES SE LO PUEDEN IMPEDIR
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
kikeformad escribió:Reincidente escribió:El BOE de hoy ya lo recoge.
Quedan automáticamente prorrogadas por seis meses desde su pérdida de vigencia tanto licencias de armas, como certificados médicos para su obtención o renovación.
Y punto pelota.
Se lleva diciendo tiempo, pero ya verás que todavía vendrá alguno a decir algo de la arbitrariedad de la GC, de su IA, y tonterías varias.... etc....
Tonterías NO... todos sabemos como interpreta cada IA el BOE, si se dedicaran aplicarlo correctamente y no hicieran interpretaciones jurídicas de las cuales no tienen ni puta idea nadie se quejaría y nos iría mucho mejor.
Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Pero no hay interpretación posible. Aquí no hay dudas, está clarísimo. Con el abogado mas tonto del mundo ganarías un juicio si tuvieses un problema. Ojalá el reglamento de armas fuese tan claro.
Tiempos nuevos, tiempos salvajes, toma un arma, eso te salvará. . _ANARMA Socio 277
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
topp escribió:kikeformad escribió:Reincidente escribió:El BOE de hoy ya lo recoge.
Quedan automáticamente prorrogadas por seis meses desde su pérdida de vigencia tanto licencias de armas, como certificados médicos para su obtención o renovación.
Y punto pelota.
Se lleva diciendo tiempo, pero ya verás que todavía vendrá alguno a decir algo de la arbitrariedad de la GC, de su IA, y tonterías varias.... etc....
Tonterías NO... todos sabemos como interpreta cada IA el BOE, si se dedicaran aplicarlo correctamente y no hicieran interpretaciones jurídicas de las cuales no tienen ni puta idea nadie se quejaría y nos iría mucho mejor.
Lo dicho, y dale la burra al trigo...así va el país.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
kikeformad escribió:topp escribió:kikeformad escribió:Se lleva diciendo tiempo, pero ya verás que todavía vendrá alguno a decir algo de la arbitrariedad de la GC, de su IA, y tonterías varias.... etc....
Tonterías NO... todos sabemos como interpreta cada IA el BOE, si se dedicaran aplicarlo correctamente y no hicieran interpretaciones jurídicas de las cuales no tienen ni puta idea nadie se quejaría y nos iría mucho mejor.
Lo dicho, y dale la burra al trigo...así va el país.
El día que tengas movidas como he tenido yo en la Intervención de armas te callaras la boca...
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
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Última edición por Reincidente el 20 Oct 2020 16:37, editado 1 vez en total.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
El BOE es clarísimo eso no te lo discuto y si se aplicara tal como es no pasaría nada, el problema viene de como muchos individuos que trabajan en la IAs en España lo interpretan a su antojo sin tener ni puta idea de leyes ni criterio y si no te gusta te jodes y ya te tienes que buscar un abogado y denunciar perdiendo tiempo y dinero solamente para confirmarle a este individuo o varios lo que pone en el BOE el reglamento o lo que sea... (A ellos no les va afectar un tironcillo de orejas y ya esta) cosa que seria para hecharles a la puta calle de su puesto de trabajo por prevaricación... Y no tener ni puta idea de leyes.
Tranquilo estoy pero como ya los tengo calados pues miedo me da lo que puedan hacer a otros usuarios.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
topp escribió:El BOE es clarísimo eso no te lo discuto y si se aplicara tal como es no pasaría nada, el problema viene de como muchos individuos que trabajan en la IAs en España lo interpretan a su antojo sin tener ni puta idea de leyes ni criterio y si no te gusta te jodes y ya te tienes que buscar un abogado y denunciar perdiendo tiempo y dinero solamente para confirmarle a este individuo o varios lo que pone en el BOE el reglamento o lo que sea... (A ellos no les va afectar un tironcillo de orejas y ya esta) cosa que seria para hecharles a la puta calle de su puesto de trabajo por prevaricación... Y no tener ni puta idea de leyes.
Tranquilo estoy pero como ya los tengo calados pues miedo me da lo que puedan hacer a otros usuarios.
Error....solo tienes que hacer una consulta por escrito a la ICAE, resuelven siempre y conforme a la Ley y con eso se va a la IA. Y no te preocupes que les leen la cartilla... palabra.
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Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
kikeformad escribió:Error....solo tienes que hacer una consulta por escrito a la ICAE, resuelven siempre y conforme a la Ley y con eso se va a la IA. Y no te preocupes que les leen la cartilla... palabra.
Correcto, el problema es que no todo el mundo sabe que este servicio existe y a veces no tienes margen (por tiempo) para elevar la pregunta y esperar la respuesta.
Saludos.
Re: Coronavirus y tiradas para renovación tiro deportivo
Eso cuando no te responden como le pasó a un compañero de club y miembro de este foro, que sólo estás obligado a cumplir lo establecido en el Reglamento de Armas y no tienes por qué conocer (ni derecho a ello) lo que pongan las circulares internas, aunque estás obligado a cumplirlo. Sí, por escrito y con un par...
Así que aunque lo publicado en el BOE en esta ocasión está claro, ya veremos como deciden aplicarlo. Y seguro que saldrán casos de compañeros que veremos publicados en este foro. Al tiempo...
Así que aunque lo publicado en el BOE en esta ocasión está claro, ya veremos como deciden aplicarlo. Y seguro que saldrán casos de compañeros que veremos publicados en este foro. Al tiempo...
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