Duda préstamo de armas

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javikarras
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Duda préstamo de armas

Mensajepor javikarras » 25 Feb 2019 15:19

Hola a todos,

Tengo una duda respecto al préstamo de armas.

Mi licencia F es de 2a categoría y tengo guiada una carabina del .22 ya que yo no tengo la licencia E. ¿Puede prestarme un compañero (rellenando y firmando el documento de préstamo) su carabina guiada con la licencia E?

Gracias!
:clint:

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor jrdc1 » 25 Feb 2019 15:30

Buenas!

Si.

Saludos

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javikarras
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor javikarras » 25 Feb 2019 15:37

jrdc1 escribió:Buenas!

Si.

Saludos

Gracias compañero,

Imagino que el criterio a seguir sería que el arma prestada cumpla con las restricciones de la licencia F (en este caso).
:clint:

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jfmtda
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor jfmtda » 25 Feb 2019 15:49

jrdc1 escribió:Buenas!

Si.

Saludos


Yo no respondería tan categóricamente en sentido afirmativo.

Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

En ese artículo no se mencionan las carabinas del .22 salvo que fuesen armas de concurso, que estarían entonces guiadas en F o al menos deberían disponer del correspondiente certificado federativo que se menciona en:


Artículo 136.

Solamente se podrá proceder a la expedición de las autorizaciones de adquisición y de las guías de pertenencia correspondientes, si las armas tienen la condición de armas de concurso reconocida en virtud de Orden del Ministerio del Interior, dictada teniendo en cuenta la comunicación prevenida en el artículo anterior y en la que se especificarán, junto a los límites máximos, las características mínimas de las armas. La petición de dichas autorizaciones y guías habrá de documentarse con certificado de las correspondientes federaciones deportivas en los que, con reseña de las armas, se acredite que se trata de armas de concurso.


Y como en el artículo 132 se deja claro que la licencia F solo autoriza el uso de armas de concurso:

Artículo 132.

1. La licencia F será de tres clases, en correspondencia con las categorías del tirador. La de tercera clase autorizará la tenencia y el uso de un arma corta o un arma larga de concurso, quedando excluidas las pistolas libres. La de segunda clase podrá autorizar la tenencia y el uso de hasta seis armas de concurso. Y la de primera clase podrá autorizar la tenencia y uso de hasta diez armas de concurso.

2. La licencia autorizará la adquisición de un arma de concurso. La adquisición de cada una de las armas restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.


Creo que todo indica que no sería correcto ceder temporalmente a un titular de licencia F un arma guiada en D salvo que tenga certificado federativo que la categorice como arma de concurso.


Otra cosa es que habiatualmente se haga y no pongan pegas.

En cualquier caso, consultalo en tu IA y si te dicen que sí, perfecto. Procura que te sellen el documento de cesión y te den el visto bueno, y así seguro que evitas posibles problemas.

Saludos.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor javikarras » 25 Feb 2019 16:00

jfmtda escribió:
jrdc1 escribió:Buenas!

Si.

Saludos


Yo no respondería tan categóricamente en sentido afirmativo.

Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

En ese artículo no se mencionan las carabinas del .22 salvo que fuesen armas de concurso, que estarían entonces guiadas en F o al menos deberían disponer del correspondiente certificado federativo que se menciona en:


Artículo 136.

Solamente se podrá proceder a la expedición de las autorizaciones de adquisición y de las guías de pertenencia correspondientes, si las armas tienen la condición de armas de concurso reconocida en virtud de Orden del Ministerio del Interior, dictada teniendo en cuenta la comunicación prevenida en el artículo anterior y en la que se especificarán, junto a los límites máximos, las características mínimas de las armas. La petición de dichas autorizaciones y guías habrá de documentarse con certificado de las correspondientes federaciones deportivas en los que, con reseña de las armas, se acredite que se trata de armas de concurso.


Y como en el artículo 132 se deja claro que la licencia F solo autoriza el uso de armas de concurso:

Artículo 132.

1. La licencia F será de tres clases, en correspondencia con las categorías del tirador. La de tercera clase autorizará la tenencia y el uso de un arma corta o un arma larga de concurso, quedando excluidas las pistolas libres. La de segunda clase podrá autorizar la tenencia y el uso de hasta seis armas de concurso. Y la de primera clase podrá autorizar la tenencia y uso de hasta diez armas de concurso.

2. La licencia autorizará la adquisición de un arma de concurso. La adquisición de cada una de las armas restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.


Creo que todo indica que no sería correcto ceder temporalmente a un titular de licencia F un arma guiada en D salvo que tenga certificado federativo que la categorice como arma de concurso.


Otra cosa es que habiatualmente se haga y no pongan pegas.

En cualquier caso, consultalo en tu IA y si te dicen que sí, perfecto. Procura que te sellen el documento de cesión y te den el visto bueno, y así seguro que evitas posibles problemas.

Saludos.


Muchas gracias por la ayuda!

Imagino que no habrá problema porque esa carabina ya estuvo en la F.

No obstante, y por si las moscas, habrá que consultar en la IA.

Gracias!
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Jorge_deluis » 07 Mar 2019 14:54

Yo creo que te podrías meter en un problema y te explico porqué. Si te fijas, las guías de pertenencia de las armas guiadas en F ponen bien grande "ARMA DE CONCURSO" que es lo que ampara tu licencia F; peeeeero las armas guiadas en D, E o AE no ponen nada, así que si te paran y te piden la guía del arma y tu licencia, los agentes verán que estás en posesión de un arma guiada en una licencia que no posees; así que según con quién des, te puedes meter en un problema por llevar un arma sin la licencia que le corresponde y el propietario del arma también, por dejartela sin la licencia oportuna.

Pregunta en tu intervención, pero yo no llevaría un arma sin tener la licencia con la que está guiada dicha arma; como poco te puedes llevar un susto.

:birra^:
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor javikarras » 07 Mar 2019 15:14

Jorge_deluis escribió:Yo creo que te podrías meter en un problema y te explico porqué. Si te fijas, las guías de pertenencia de las armas guiadas en F ponen bien grande "ARMA DE CONCURSO" que es lo que ampara tu licencia F; peeeeero las armas guiadas en D, E o AE no ponen nada, así que si te paran y te piden la guía del arma y tu licencia, los agentes verán que estás en posesión de un arma guiada en una licencia que no posees; así que según con quién des, te puedes meter en un problema por llevar un arma sin la licencia que le corresponde y el propietario del arma también, por dejartela sin la licencia oportuna.

Pregunta en tu intervención, pero yo no llevaría un arma sin tener la licencia con la que está guiada dicha arma; como poco te puedes llevar un susto.

:birra^:


Hola Jorge!!

Gracias por tu aporte. Realmente no voy a pedir nada prestado a nadie, pero el otro día en el campo de tiro surgió la duda en una conversación.

Mirándolo por el lado que comentas sí que puede ser un buen problema.

No obstante, creo que es una pregunta complicada. Apostaría a que si preguntamos en distintas IA tendríamos diversas respuestas!!

Un saludo!
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor jrdc1 » 07 Mar 2019 20:33

Buenas!

Jorge_deluis escribió:Yo creo que te podrías meter en un problema y te explico porqué. Si te fijas, las guías de pertenencia de las armas guiadas en F ponen bien grande "ARMA DE CONCURSO" que es lo que ampara tu licencia F; peeeeero las armas guiadas en D, E o AE no ponen nada, así que si te paran y te piden la guía del arma y tu licencia, los agentes verán que estás en posesión de un arma guiada en una licencia que no posees; así que según con quién des, te puedes meter en un problema por llevar un arma sin la licencia que le corresponde y el propietario del arma también, por dejartela sin la licencia oportuna.

Pregunta en tu intervención, pero yo no llevaría un arma sin tener la licencia con la que está guiada dicha arma; como poco te puedes llevar un susto.

:birra^:


De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear? No creo. Son armas legales guiadas legalmente bajo una licencia obtenida con todas las de la ley, y renovada religiosamente cuando tocaba. Punto.

Si un arma es guiable en F, entonces puede ser prestada a un poseedor de F para que la use, con los parámetros a que habilita la F.

Hablando de apellidos en las guías: para los revólveres guiados bajo AER tengo dos "réplicas" y una "reproducción". Debería preocuparme?

Saludos

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Jorge_deluis » 08 Mar 2019 09:41

:shock: Pues en las mías lo pone en todas...

:birra^:
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Jorge_deluis » 08 Mar 2019 09:50

De todas maneras no lo veo nada claro, según tú, puedo prestarle a un amigo mi CETME guiado en F para cazar con él, porque el rifle es guiable también en D, aunque la guía pone "ARMA DE CONCURSO"... Si estuviéramos en otro país me parecería normal, pero en España...

Respecto a lo de la AER no sé a qué viene, hablamos de que el compañero sólo tiene la F y al menos a mi, todas las guías de las armas guiadas en F me ponen "ARMA DE CONCURSO"; sólo las guiadas en F, las que tengo en D,E y AE no especifican nada (como puse en el primer post).

:birra^:
Última edición por Jorge_deluis el 08 Mar 2019 10:00, editado 2 veces en total.
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Wyat » 08 Mar 2019 09:54

jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 10:07

javikarras escribió:Hola a todos,

Tengo una duda respecto al préstamo de armas.

Mi licencia F es de 2a categoría y tengo guiada una carabina del .22 ya que yo no tengo la licencia E. ¿Puede prestarme un compañero (rellenando y firmando el documento de préstamo) su carabina guiada con la licencia E?

Gracias!

Jorge_deluis escribió:De todas maneras no lo veo nada claro, según tú, puedo prestarle a un amigo mi CETME guiado en F para cazar con él, porque el rifle es guiable también en D, aunque la guía pone "ARMA DE CONCURSO"... Si estuviéramos en otro país me parecería normal, pero en España...

Respecto a lo de la AER no sé a qué viene, hablamos de que el compañero sólo tiene la F y al menos a mi, todas las guías de las armas guiadas en F me ponen "ARMA DE CONCURSO"; sólo las guiadas en F, las que tengo en D,E y AE no especifican nada (como puse en el primer post).

:birra^:


Definitivamente NO SE PUEDE.

Que haya armas con características comunes amparadas por licencias diferentes, no habilita a intercambiar su uso.

La F te habilita a poseer y usar armas de concurso y sólo estas, (nunca armas con características de concurso o que puedan ser guiadas como de concurso), y son de concurso solamente si están certificadas y guiadas como tales y sólo mientras lo estén, no vale que lo estuviesen en la antigüedad o en un momento dado sino que han de estarlo en el momento de su cesión de uso temporal. En cuanto un arma cambia de tipo de guía, cambia automáticamente de condición.

Por tanto, aunque un amigo tuviese por ejemplo un rifle match del .22 l.r. guiado en la E, incluso aunque ese rifle hubiese sido antaño guiado en F, si ahora no lo está, no podrá ser prestado a alguien que sólo tiene la F.

En cuanto a que hay muchas guías de armas de concurso que no llevan el distintivo ARMA DE CONCURSO, esto ha ocurrido mucho por un problema informático de la aplicación de las IA, hace unos años, y durante bastante tiempo salían así.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Jorge_deluis » 08 Mar 2019 12:04

Eso me parecía a mi, pero como el compañero jrdc1 afirmó que sí con tanta convicción...

:birra^:
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 12:21

Jorge_deluis escribió:Eso me parecía a mi, pero como el compañero jrdc1 afirmó que sí con tanta convicción...

:birra^:


Ciertamente no es así, y puedo asegurarlo porque este tema se suscitó como consulta en mi IA y aunque lo tenían claro llamaron a la ICAE, donde explicaron el porqué no del mismo modo que yo lo he hecho.

No existe el término guiable bajo el Regamento de Armas, un arma está guiada de tal o cual modo. Y aunque un arma cumpla las especificiaciones de arma de concurso, (que muchas lo hacen), en tanto en cuanto no esté guiada como F y certificada para ello por una federación, como si la pintan de rosa, nunca será prestable a alguien con licencia F.

Cuidado, esto no significa que tu no puedas tirar con un 22 de la E en una competición F. Eso es algo muy distinto, no hablamos de que el mismo titular dé distintos usos a sus armas, hablamos de prestarlas, y sólo se pueden prestar armas guiadas de un modo a quien tenga esa misma licencia.

No hay más que leer el reglamento de armas, una vez más.

Sección 3. Cesión temporal de armas
Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos , con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

2. Con igual autorización y a los mismos efectos, podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor jrdc1 » 08 Mar 2019 14:25

Buenas!

Wyat escribió:
jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?


De las modernas. Debe ser lo que comenta Chinchu.

Saludos

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 08 Mar 2019 14:45

jrdc1 escribió:Buenas!

Wyat escribió:
jrdc1 escribió:De las 6 guías de arma corta amparadas en F que tengo, en dos no hacen mención de "arma de concurso". Significa eso que no puedo sacarlas a pasear?

Eso es rarísimo. Tus guías son de estas modernas, tipo tarjeta o tienes de las antiguas que eran de cartón, así verdosas?


De las modernas. Debe ser lo que comenta Chinchu.

Saludos


Precisamente,

Me refiero a las que se hacen en tarjeta plástica, en impresoras de tarjetas.

Parece que hubo diversas actualizaciones del software de las IA, y alguna versión no imprimía lo de arma de concurso. De hecho, de entre mis guías, unas lo tienen y otras no.

Saludos,

Extractor
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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Extractor » 23 Mar 2019 09:27

Por cierto, os recomiendo que si prestáis un arma que si podéis prestar, os saquéis el modelo de la página de la GC. En realidad si haces uno a mano con los mismos datos que la plantilla contempla, firmas y fecha debería valer, pero algunos se han encontrado con la sorpresa de Agentes puntillosos que les han buscado problemas donde, es mi forma de verlo, no debería haberlos si están todos los datos y las firmas originales.

Un saludo

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Re: Duda préstamo de armas

Mensajepor Chinchu » 23 Mar 2019 10:11

Extractor escribió:Por cierto, os recomiendo que si prestáis un arma que si podéis prestar, os saquéis el modelo de la página de la GC. En realidad si haces uno a mano con los mismos datos que la plantilla contempla, firmas y fecha debería valer, pero algunos se han encontrado con la sorpresa de Agentes puntillosos que les han buscado problemas donde, es mi forma de verlo, no debería haberlos si están todos los datos y las firmas originales.

Un saludo


Como siempre, cada uno a su bola.

El modelo colgado en la página de la GC no es más que eso, un modelo que nada tiene de normalizado, ya que no está incluido en el R.A., por tanto, ningún agente puede exigir su uso. Yo he usado muchas veces uno hecho sobre la marcha, como bien dices con los datos necesarios, y nunca ha habido problema alguno.

Saludos,


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