Mensajepor fierabras » 21 Ene 2019 13:32
Y según dicen es mejor presentar una alegacion a LA TOTALIDAD, que en puntos concretos.
Yo espero a ver las de la RFETO y las de ANARMA y la federación de caza ...
Pero básicamente habría que indicar:
EXPONGO:
Que el proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero tiene como objetivo lo indicado en el siguiente párrafo del mismo:
"Mediante este proyecto se traspone la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio
de 1991, que asume una mejora de determinados aspectos de ésta, con el fin de combatir el uso indebido de
armas con fines delictivos y habida cuenta de los recientes atentados terroristas, e incorpora las decisiones
de la Agenda Europea de Seguridad adoptada en abril de 2015, de revisión de la citada Directiva y adopción
de un enfoque común sobre inutilización de armas de fuego con el fin de impedir su reactivación y uso por
parte de la delincuencia"
ALEGO:
El proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero va más allá del objetivo que debe de tener y que en su mismo texto se indica: trasposición de la la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991, ya que incluye modificaciones que no están contempladas en la citada Directiva, además otras que sí lo están no se incluyen o lo hacen de forma distinta a como marca la Directiva.
Es por ello que solicito la retirada íntegra del citado proyecto de Real Decreto, por ser muy lesivo para los intereses de los poseedores actuales de licencias de armas y no cumplir el objetivo que lo justifica: la trasposición de la Directiva (UE) 2017/853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 91/477/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1991.
Y aquí no se si habría que poner algún ejemplo de esos puntos que no están en la Directiva de la UE o los que si están pero no se ponen en el RD o se ponen alterados.